Condenan a cinco años y un día de presidio efectivo a autor de robo con intimidación en Rengo

Policial

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Moisés Alejandro Ramírez Muñoz a cinco años y un día de presidio efectivo en calidad de autor de un delito consumado de robo con intimidación. Ilícito ocurrido el 9 de octubre de 2019, en la comuna de Rengo.

En fallo unánime (causa rol 578-2021), el tribunal -integrado por la magistrada Rocío Castello Cordero (presidenta) y los jueces David Gómez Palma y César Torres Mesías (redactor)- aplicó también las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos; el pago de las costas del juicio; y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.

Se ordenó, además, que una vez firme la sentencia se le tome su huella genética para incluirlo en el Registro de Condenados.

El tribunal estableció -más allá de toda duda razonable- que “el día 09 de octubre del año 2019, alrededor de la 1:00 de la madrugada, en circunstancia que la víctima de iniciales M.E.S.M., se encontraba detenido en la Ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 107, sector de Rosario, comuna de Rengo, verificando el funcionamiento del camión en que él se desplazaba, hasta dicho lugar se acerca el imputado Moisés Alejandro Ramírez Muñoz, quien se desplazaba en una bicicleta tipo montaña, quien con piedras procedió a intimidar a la víctima referida, exigiéndole la entrega de especies, forzando la entrega de su teléfono celular y de $20.000, en dinero efectivo, consistente en dos billetes de $10.000, huyendo el imputado, con las especies en su poder, en dirección hacia el sector de Rosario, lugar donde fue recuperado el teléfono y diez mil pesos aun en poder del mismo”.

Agrega: “(…) no es extraño que un sujeto actualmente porte un teléfono celular y diez mil pesos, el punto relevante es que ese teléfono fue reconocido por la víctima de iniciales M.E.S.M. como de su propiedad, como aquél que le había sido sustraído sólo momentos antes. Así las cosas se cuenta en este punto con un acusado que se desplazaba en una bicicleta montañesa, coincidente con la que señaló el afectado utilizaba su agresor para desplazarse; que vestía ropas también coincidentes con las que singularizó la víctima vestía el sujeto que lo intimidó y que además es encontrado con el teléfono celular que la víctima reconoce como de su propiedad y el que momentos antes había denunciado como sustraído”.

El tribunal establece que con esto “ya es suficiente para fundar la autoría del acusado, sin embargo a ello se debe añadir que la víctima señala haber sido trasladada a la comisaría de Rosario y que en ella reconoció al acusado en dos oportunidades como su agresor; primero en un cárdex de fotos que se confecciona, donde se incluye una foto del acusado y donde lo reconoce en el N°2 según lo afirmó el Cabo Mahías Salinas. Además refirió que también luego le pudo ver reconociéndole como su agresor”.-

Rancagua

22°

Soleado
San Fernando

23°

Soleado
San Vicente

19°

Soleado
Pichilemu

16°

Soleado
Santa Cruz

23°

Soleado