Se estima que en Chile se generan unas 126.000 toneladas de aceites lubricantes usados, pero sólo el 47% son tratadas de conformidad con la regulación vigente. Se establece un plazo de dos años para iniciar con las metas.
Un nuevo hito en la implementación de la ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) -también conocida como Ley del Reciclaje- se marcó con la publicación en el Diario Oficial del decreto que fija las metas de recolección y valorización para los aceites lubricantes, uno de los productos declarados como prioritarios en la legislación.
De ello dio cuenta la Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, quien explicó los alcances de esta normativa: “este decreto permitirá que forma gradual, se recolecten y valoricen el 90% de los aceites lubricantes usados en el país, a través de exigencias establecidas a los productores de este residuo. Esto sin duda promoverá la economía circular, lo cual va en la línea del Gobierno Ecológico del presidente Gabriel Boric”.
Por su parte, el ministro (s) del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, fue enfático al señalar que este es un importante hito medioambiental para nuestro país, ya que según explica “en Chile se generan unas 126.000 toneladas de aceites lubricantes usados, pero sólo el 47% son tratadas de conformidad con la regulación vigente, mientras que el resto tiene un destino desconocido”.
Normativa y plazos de cumplimiento
El decreto establece la obligación de recolectar y reciclar el 50% de los aceites lubricantes usados, lo cual se irá incrementando gradualmente hasta llegar al 90% al año 12. Según explicó Proaño “son metas exigentes, pero daremos un tiempo de dos años para que la industria se adapte a las nuevas exigencias y comiencen a regir las primeras metas”.
Este decreto de la ley REP no solo involucra a los productores de aceites lubricantes, sino también a otros actores relevantes en la cadena, como son los comercializadores y los talleres, ya que las personas podrán entregar los aceites lubricantes usados en cualquiera de estos recintos, lo cual no tendrá costo asociado. A su vez, los sistemas de gestión tienen la obligación de proveer el servicio de retiro de ALU, sin costo, desde los comercializadores. Ambas obligaciones entrarán en vigencia después de 24 meses de publicado el decreto, es decir, el 11 de noviembre del 2026.
“Además, se promoverá la inversión sustentable. Para cumplir las metas necesitaremos más plantas que sean capaces de reciclar todo este aceite. Habrá más y mejor trabajo e impulsaremos nuevos emprendimientos verdes para Chile”, enfatizó el ministro (s) Maximiliano Proaño.
Cabe destacar que los “productos prioritarios” establecidos en la Ley REP y sujetos a cumplir metas de recolección y valorización son seis: Aceites Lubricantes, Pilas, Aparatos Eléctricos y Electrónicos, Baterías, Envases y Embalajes, y Neumáticos.
A la fecha, hay dos decretos de metas vigentes: el de neumáticos y el de envases y embalajes. Ambos fueron publicados en 2021 y cuyas metas entraron en vigencia en enero y octubre de 2023, respectivamente.
Para conocer más sobre esta iniciativa, puedes visitar el sitio https://economiacircular.mma.gob.cl/ley-rep/