Tesorería General de la República (TGR) informa que está facultada por Ley para cobrar deudas tributarias, fiscales y territoriales (contribuciones) y multas que aplican distintas entidades del Estado en atención a su rol de fiscalización.
Con este fin, de manera permanente, realiza gestiones de cobranza administrativa y judicial de impuestos, patentes, multas y créditos de carácter fiscal, incluyendo sus reajustes, intereses y sanciones conforme a lo establecido en el artículo 35 del Decreto Ley N°1.263 sobre Administración Financiera del Estado.
Estos recursos constituyen una fuente esencial para el financiamiento del gasto público, permitiendo el adecuado retorno de fondos a las arcas fiscales y contribuyendo directamente a la implementación de políticas sociales y la provisión de servicios para la ciudadanía.
En este marco, TGR administra la cobranza de sanciones aplicadas por diversos organismos del Estado, entre ellos la Dirección del Trabajo, el Instituto de Salud Pública (ISP), la Superintendencia de Salud, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).
De igual forma, se incluyen multas provenientes de entidades fiscalizadoras como la Contraloría General de la República (CGR), Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), Subsecretaría de Telecomunicaciones y el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), además de organismos vinculados a recursos naturales y medioambiente como Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca), Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin).
A lo anterior se suma la nueva facultad que asume TGR, a partir de este mes, para la cobranza prejudicial a los empleadores que mantienen deudas correspondientes a cotizaciones previsionales de sus trabajadores (Ley 21.735 de Reforma Previsional).
Es vital tener presente que el proceso de cobranza que efectúa TGR se realiza, en coordinación con los organismos giradores, los que le derivan las multas o créditos fiscales emitidos, después de un proceso fiscalización previo, comunicado al infractor, y agotadas las instancias de reclamación propias de cada procedimiento, donde el contribuyente puede efectuar alegaciones y presentar antecedentes para modificar, rebajar o eximirle del pago de la multa o crédito fiscal, es decir, una vez que estas obligaciones se encuentran firmes y ejecutoriadas, lo que permite asegurar un procedimiento transparente, trazable y ajustado al marco legal vigente.
La gestión de cobranza se basa en tres principios: la promoción de la regularización voluntaria mediante procesos previos y graduales; la igualdad de trato ante la normativa para todos los contribuyentes; y la aplicación del embargo como medida de último recurso, cuando el contribuyente ha sido notificado y no ha regularizado su situación ni suscrito un convenio de pago.
En este contexto, TGR recuerda que los convenios de pago permiten a los contribuyentes regularizar su situación tributaria en condiciones establecidas por la normativa, suspendiendo el proceso de cobranza mientras éstos se mantengan al día. Por consiguiente, invita a la ciudadanía a informarse y revisar su situación en tgr.cl, con canales de atención y alternativas de regularización antes de llegar a etapas de cobranza coactiva.
