El beneficio es un aporte temporal que entrega el Estado a familias que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda. Así, las familias beneficiadas reciben un subsidio total de 170 UF ($6.305.800 aproximadamente).
El pago al arrendador se deposita mensualmente, el décimo día hábil del mes y en un solo monto.
Este viernes 28 de junio finaliza el plazo para postular al Subsidio de Arriendo que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el cual tiene beneficios tanto para el arrendatario como para quien arrienda su propiedad.
Este subsidio es una ayuda temporal dirigida a 8.500 familias a nivel nacional que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda en la que quieran vivir. Los beneficiarios pueden recibir hasta 6 millones 305 mil pesos, que se entregan de manera mensual, con un tope de 156 mil pesos, los cuales podrán usarse consecutiva o fragmentadamente en un plazo máximo de ocho años.
En la región de O'Higgins, serán seleccionadas 478 familias para recibir este beneficio, brindándoles la oportunidad de mejorar su calidad de vida mediante un apoyo económico para el arriendo de su vivienda.
El seremi de Vivienda y Urbanismo, Luis Barboza, informó que “el proceso de postulación se puede realizar por dos vías: a través de la página web del Minvu o de manera presencial en las oficinas de Serviu O’Higgins”. Para ser parte del proceso el postulante debe tener un ingreso para aportar una parte del pago del arriendo. El total se entrega en cuotas mensuales a quien arrienda su vivienda cada décimo día hábil del mes.
“Tal como lo señaló el ministro Carlos Montes, este beneficio permite a las familias cambiarse de vivienda a cualquier región del país y no les impide postular de forma paralela a un subsidio para comprar una vivienda. En la región, el monto máximo del subsidio es de 155 mil pesos”, concluyó el seremi.
¿Cuáles son los requisitos para postular?
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con cédula nacional de identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar cédula de identidad para extranjeros vigente.
- Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular no necesitan contar con núcleo familiar.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Se permitirá una postulación por RSH en cada llamado.
- Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular, la cual debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
- En este llamado, se requiere contar con un ingreso familiar entre 7 UF y 25 UF. Por cada integrante familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual familiar aumentará en 8 UF. La UF debe ser del valor vigente al último día del mes anterior al período de postulación (31-03-2024).
¿Y qué pasa con el arrendador?
El Subsidio de Arriendo del ministerio es una opción segura para los propietarios o representantes. Primero, debe contar con una cuenta bancaria para recibir la transferencia mensual del pago total del arriendo que realiza el ministerio. En caso de no tener, puede ser Cuenta RUT o similar.
Este pago se realiza el décimo día hábil de cada mes. Es el Minvu quien se encarga de recaudar el aporte del arrendatario para luego hacer un solo depósito por el monto del arriendo.
LINK DIRECTO PARA POSTULAR: https://bit.ly/3xxeOjs