Concejo Municipal: Normar, fiscalizar y algo más...

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Durante el año 2016, Chile desarrolló una de las elecciones con menor participación ciudadana desde la vuelta a la democracia. En ese proceso eleccionario, de alcaldes y concejales, la participación de la ciudadanía a nivel nacional apenas alcanzó un 34,83% según los datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). A pesar de ello, la Región de O'Higgins se destacó por ser la segunda región del país con mayor participación de votantes, alcanzando un 44,42%, siendo solamente superada por la Región del Maule. Las comunas con mayor convocatoria, a nivel regional, fueron Placilla, Paredones, Las Estrella y Pumanque donde más del 70% de sus electores ejercieron su derecho a sufragio; mientras que Rancagua y San Fernando fueron los puntos más bajos, con un 28,10% y un 40,77% de participación respectivamente.

Otro dato interesante recogido por el INE, con respecto a las elecciones de ese año, es que el índice de participación de los ciudadanos, entre los 18 y 39 años, ni siquiera alcanzó el 30%. Estos datos evidenciaban un manifiesto desinterés de la ciudadanía, especialmente de menor edad, en participar de este tipo de procesos.

Desde aquel año hasta hoy, muchas cosas han cambiado en el país. Estamos a menos de una semana de unas nuevas elecciones de alcaldes y concejales y ha sido notorio el interés de muchos ciudadanos de querer involucrarse en la política local, especialmente, tratando de alcanzar escaño en el concejo municipal. En este contexto, y ante la abundancia de los "ofertones" típicos en estas fechas, sería interesante preguntarnos ¿cuál es el rol de un Concejo Municipal? Según la ley vigente, la función de los Concejos Municipales se puede sintetizar en dos acciones muy concretas: normar y fiscalizar.

1. En relación con lo normativo, el Concejo Municipal, a requerimiento del alcalde, debe dar su acuerdo para dictar las ordenanzas municipales y el reglamento que establecen la organización interna del municipio. Además, debe aprobar el plan comunal de desarrollo; el presupuesto municipal, y los de salud y educación; los programas de inversión; el plan regulador comunal y las políticas de recursos humanos; la prestación de servicios municipales y de concesiones; permisos y licitaciones. Además, los concejales deben resolver materias en que las leyes exigen acuerdo del Concejo.

2. Con respecto a la fiscalización, las atribuciones del Concejo Municipal consisten en fiscalizar la gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo. Además, velar por el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal, junto con la ejecución real del presupuesto aprobado. Inclusive, el Concejo, por la mayoría de sus miembros, puede disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de la situación financiera del municipio.

Existen otras atribuciones del Concejo Municipal que pueden ser encontradas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N°18.695. No obstante, conociendo los roles antes descritos, ya es un avance para poder votar informados y en conciencia por las autoridades locales que, anhelamos, dirijan con responsabilidad, probidad y en sintonía con la comunidad, los destinos de las 33 comunas de nuestra región. #Yo Voto. #SoyCiudadano.

Por: Osvaldo Arriaza Urzúa
Docente del Área Ciencias Sociales
Carreras: Técnico en Trabajo Social y Servicio Social
Instituto Profesional Santo Tomás - Rancagua

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