Diputado Eduardo Cornejo llama a aprobar proyecto que obliga a conductores en estado de ebriedad pagar pensión de alimentos a hijos de víctimas de accidentes

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El representante de O’Higgins aseguró que dicha iniciativa -que presentó hace más de dos años- deberá ser votada en dos semanas más en la Cámara, por lo pidió que sea respaldada.

El diputado por la Región de O’Higgins, Eduardo Cornejo (UDI), llamó al resto de los parlamentarios a respaldar un proyecto de ley que -junto al resto de su bancada- presentó hace más de dos años, para que los conductores que sean condenados por manejar en estado de ebriedad y causen la muerte o lesiones gravísimas a una persona, se vean en la obligación de pagar una pensión de alimentos a los hijos/as que, eventualmente, haya tenido la víctima, previo al accidente de tránsito.

Al respecto, el parlamentario gremialista explicó que dicha iniciativa surgió como una manera de proteger a todos los niños, niñas y adolescentes que hayan perdido a uno de sus padres debido a la irresponsabilidad de algún conductor, garantizando así que puedan contar mensualmente con una cantidad de recursos que permita cubrir sus necesidades básicas, como alimentación y educación.

En ese sentido, y a más de dos años de haber presentado la propuesta, el diputado Cornejo aseguró que finalmente será sometida a votación en la Cámara Baja, el próximo miércoles 3 de julio, por lo que manifestó que “espero que todos podamos estar a favor de un proyecto que no sólo es de sentido común, sino que además viene a proteger a todos los niños que eventualmente pueden quedar huérfanos o sin el soporte económico de uno de sus padres, que es vital para su desarrollo”.

“Este es un proyecto de ley que presentamos en mayo de 2022 para garantizar que los menores de edad que, lamentablemente, pierdan a sus padres producto de la irresponsabilidad de algún conductor en estado de ebriedad, no vean perjudicado su desarrollo ni crecimiento. De acuerdo con las últimas estadísticas, durante el año pasado hubo 78.238 accidentes de tránsito en nuestro país, dentro de los cuales 1.635 personas resultaron fallecidas. Y si bien la ‘Ley Emilia’ que se implementó en 2014 permitió establecer sanciones más duras por manejar en esas condiciones, creemos que es muy necesario que se complemente con esta otra iniciativa”, señaló el representante del Distrito 16.

Producto de lo anterior, es que durante el año pasado comenzó a tramitarse dicho proyecto de ley, siendo refundido con otras dos iniciativas que presentaron parlamentarios de diversos sectores políticos, lo que da cuenta de la transversalidad de la propuesta. De esta manera, la comisión de Familia de la Cámara Baja decidió extender el pago de la pensión de alimentos a todos los hijos menores de edad, cuyos padres hayan fallecido o resultados gravemente lesionados durante un accidente de tránsito, quedando en una situación de discapacidad total o parcial a raíz del evento.

En esa línea, Cornejo explicó que deberá ser el juez el que -a petición de los familiares de las víctimas- deberá imponer el pago de una pensión de alimentos, la que se extenderá hasta los 21 años de edad o, incluso, hasta los 28 años en caso de que se encuentre cursando una carrera técnica o profesional.

“Es muy razonable que los conductores en ese estado y que provoquen la muerte de una persona o le causen lesiones gravísimas, se hagan cargo de la manutención de los hijos de las víctimas”, destacó.

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