Tras el Informe Preliminar sobre el "Estudio de Mercado del Gas", la Fiscalía Nacional Económica (FNE) entregó al Ministerio de Energía tres grandes recomendaciones.
En ese contexto, el pasado viernes 7 de enero se ingresó al Congreso el Proyecto de ley, el cual se enfoca en la reestructuración del mercado de GLP envasado a través de la desintegración completa del mercado mayorista respecto del mercado minorista;
Respecto del mercado de gas natural de red, se enfoca en garantizar acceso abierto a redes y se establece un procedimiento detallado para la solicitud y otorgamiento de dicho acceso abierto. Además, se reemplazará el artículo duodécimo transitorio actual de la Ley N° 20.999, de manera tal de corregir la situación de Metrogas y el contrato con su empresa relacionada.
De acuerdo con lo anticipado hace algunas semanas por el ministro de Energía, Juan Carlos Jobet, el Proyecto de Ley ingresado a fines de la semana pasada, tomó como base las recomendaciones del informe de la Fiscalía Nacional Económica y tiene por objetivo aumentar la competencia en el mercado del gas, para así reducir los precios e ir en beneficio directo de las familias chilenas.
"Tomamos las recomendaciones de la FNE e ingresamos un proyecto de ley robusto, que busca aumentar y mejorar la competencia, para bajar los precios de este servicio básico tan importante para las familias chilenas", resaltó el ministro Jobet.
Respecto de las tres líneas a trabajar por la FNE, el cuerpo legal ingresado al Congreso establece:
Reestructuración del mercado de GLP envasado:
Desintegración completa del mercado mayorista respecto del mercado minorista:
-Mayoristas no podrán comercializar directamente al cliente final, sólo los minoristas podrán hacerlo. Las empresas actuales que participan en ambos mercados deberán elegir en cuál de estos permanecer y registrarse en la SEC como tales.
-No se permitirán contratos de exclusividad entre mayoristas y minoristas.
-No se permitirán empresas relacionadas entre mayoristas y minoristas.
-Minoristas podrán distribuir cilindros de diversas marcas mayoristas (multimarca) o cilindros propios en caso de registrarse como minoristas de marca propia.
-Minoristas serán responsables de la calidad de servicio al cliente final.
-Mayoristas deberán dar acceso abierto a minoristas de marca propia a plantas de envasado de GLP.
Perfeccionamiento del mercado de gas natural de red:
Se indican los casos en que procede garantizar acceso abierto a redes y se establece un procedimiento detallado para la solicitud y otorgamiento de dicho acceso abierto.
-Obligación de acceso abierto para gasoductos y terminales de GNL.
-Se extenderá acceso abierto a redes de distribución para abastecer a grandes clientes, negociado entre partes, pero con resolución de controversias mediante un Panel de Expertos.
Se reemplazará el artículo duodécimo transitorio actual de la Ley N° 20.999, de manera tal de corregir la situación de Metrogas y el contrato con su empresa relacionada.
-Se mantiene exigencia de licitaciones públicas supervisadas por la CNE para contratos de aprovisionamiento de gas entre empresas relacionadas y, para los contratos que existentes a la fecha, se establece que el cheque de rentabilidad deberá considerar la rentabilidad resultante de todo el grupo económico verticalmente integrado.