Page 8 - Diario Enero 16
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Página 8 - Lunes 16 de Enero de 2023
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                                                      Ministerio de Obras Públicas
                                                                  www.mop.cl
                                                                 Ministerio de Obras Públicas
                                                                             www.mop.cl    recibió Mesa





                                                                                      Medioambiente
                                        DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

                                 PATENTES POR LA NO UTILIZACIÓN DE LAS AGUAS
                             DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS

           FIJA LISTADO DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS AFECTOS AL PAGO DE PATENTE A BENEFICIO FISCAL POR NO UTILIZACIÓN DE
                                         LAS AGUAS, PROCESO 2023
                       PATENTES POR LA NO UTILIZACIÓN DE LAS AGUAS                       de Colchagua

                                          PROCESO N°: 16622666
           RECTIFICA RESOLUCIÓN D.G.A (EXENTA) N° 3847, DE 29 DE DICIEMBRE DE 2022, QUE

          FIJA LISTADO DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS AFECTOS AL PAGO DE
          SANTIAGO, 29 DE DICIEMBRE DE 2022.
           PATENTE A BENEFICIO FISCAL POR NO UTILIZACIÓN DE LAS AGUAS, PROCESO 2023.
          RESOLUCIÓN D.G.A. EXENTA N° 3847/

          VISTOS:                PROCESO N°: 16654743
             1.   Lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y siguientes del Código de Aguas;
             2.   Lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 19.880, de 2003, que Establece las Bases de los Procedimientos  Administrativos que
          SANTIAGO, 06 DE ENERO DE 2022.
               Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
          RESOLUCIÓN D.G.A. EXENTA N° 19/
               La Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de
             3.
               Razón;
             4.   La Ley N° 20.017, de 16 de junio de 2005;
          VISTOS:
               La Ley N° 21.435, de 6 de abril de 2022;
             5.
          1- Lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y siguientes del Código de Aguas;
             6.
               Lo dispuesto en los artículos 2, 9 y 22 de la Ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los
               indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena;
          2- Lo establecido en el artículo 62 de la Ley N° 19.880, de 2003, que Establece las Bases de
               Las atribuciones que me confiere el artículo 300 letra c) del Código de Aguas; y
             7.
          los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración

          del Estado;

                                          C O N S I D E R A N D O:
          3- La Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas

          sobre exención del Trámite de Toma de Razón;
          4- La Ley N° 20.017, de 16 de junio de 2005;
             1.  QUE,  acorde a lo  previsto  en el artículo  129 bis 8 del Código  de Aguas, corresponde al Director General de Aguas, previa
          5- La Ley N° 21.435, de 6 de abril de 2022;
               consulta a la organización de usuarios respectiva, determinar los derechos de aprovechamiento cuyas aguas no se encuentren
               total o  parcialmente utilizadas al 31 de agosto  de cada año, para lo cual deberá confeccionar un listado con los derechos
          6- La Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de 29 de diciembre de 2022, que Fija listado de
               afectos al pago de patente.
          derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente a beneficio fiscal por no
          utilización de las aguas, Proceso 2023.
             2.  QUE, la consulta antedicha fue publicada en el Diario Oficial y diarios regionales o provinciales, con fecha 01 de septiembre de
          7- Las atribuciones que me confiere el artículo 300 letra c) del Código de Aguas; y
               2022.
             3.  QUE, por disposición del artículo 129 bis 7 del Código de Aguas, la Dirección General de Aguas debe publicar la resolución que
               contenga el listado de derechos de aprovechamiento  de aguas afectos a la obligación de pagar una patente a beneficio
                                 C O N S I D E R A N D O:
               fiscal, por la no utilización total o parcial de las aguas.            Una masiva con-  cerdos ubicada el sector de  más fuerza vamos a tener
             4.  QUE, según lo establece el citado artículo 129 bis 7, la publicación en comento debe efectuarse el día 15 de enero de cada año
          1. QUE, de acuerdo a los artículos 129 bis 4 y siguientes del Código de Aguas, el Director Ge-  vocatoria tuvo la cuar-  Lima.  para generar acciones que
               o el primer día hábil inmediato si aquél fuere feriado, en el Diario Oficial y en forma destacada en un diario o periódico de la
          neral de la Dirección General de Aguas, dictó la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de 29 de   ta edición de la mesa del     Asimismo, se re-  vayan en pos del cuidado
               provincia respectiva y, si no lo hubiere, en uno de la capital de la región correspondiente.
          diciembre de 2022, que Fija listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago   medioambiente de Colcha-  visaron  los  compromisos  de la naturaleza. Este es un
             5.  QUE, asimismo, la referida publicación debe ser complementada por un mensaje r
          de patente a beneficio fiscal por no utilización de las aguas, proceso 2023. adial de un extracto de ésta, en una emisora   establecidos y los avances  mandato del Presidente Ga-
                                                                               gua, que se realizó el pasa-
               con cobertura territorial del área correspondiente.
          2. QUE, de conformidad al artículo 129 bis 7 del citado cuerpo legal, la Dirección General de   do miércoles en la casona  de las gestiones planteadas  briel Boric, por eso lo esta-
             6.  QUE, según señala el artículo 129 bis 5 del Código de Aguas y el artículo  2° transitorio de la Ley 20.017, de 16 de junio de 2005,
          Aguas publicará la resolución que contenga el listado de los derechos sujetos al pago de pa-  municipal de Nancagua.  en sesiones anteriores y  mos ejecutando en nuestra
               para el caso  de los derechos de aprovechamiento  no  consuntivos y consuntivos, de ejercicio  permanente y eventual, la
          tente, la cual “…La Dirección General de Aguas publicará la resolución que contenga el listado   Liderada por la Delegada  contó con la exposición de  provincia, contando con la
               contabilización de los plazos de no utilización de las aguas, comenzará a regir a  contar del 1 de enero del año siguiente a la
               fecha de publicación de la citada Ley, es decir, desde el 1 de enero de 2006. Para el caso de los derechos de aprovechamiento
          de los derechos sujetos a esta obligación, en las proporciones que correspondan. El listado   Presidencial de Colchagua,  especialistas y autoridades  presencia de muchos servi-
               de aguas que se constituyan o  reconozcan  con posterioridad  a tal fecha, los plazos se  computarán desde la fecha de su
          deberá contener: la individualización del propietario,  la naturaleza del derecho,  el volumen
               constitución o reconocimiento.
          por unidad de tiempo involucrado en el derecho y la capacidad de las obras de captación, la   Marta  Pizarro  Inzunza,  sobre temas específicos.  cios públicos y de los sere-
             7.  QUE, en razón de lo anterior, el listado incluye algunos derechos de aprovechamiento de aguas con más de 5 o 10 años de no retaria Regional  Entre ellos, la que realizó  mis que están involucrados
          fecha y número de la resolución de la Dirección General de Aguas o de la sentencia judicial   y la Sec
               utilización del caudal constituido y en mérito de lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5 del Código de Aguas, relativos a
          que otorgó el derecho y la individualización de su inscripción en el Registro de Aguas del Con-  Ministerial (Seremi) del  la Directora de la carrera de  en temas ambientales”.
               derechos de aprovechamiento no consuntivos y consuntivos respectivamente.
          servador de Bienes Raíces respectivo en el caso en que estos datos se encuentren en poder   Medioambiente, Giovan-  Medicina Veterinaria de la     Por  su  parte,  la
          de la autoridad”.                                                    na Amaya, contó además  Universidad de O’Higgins,  Seremi de Medioambiente,
             8.  QUE, dicho lo anterior, corresponde hacer presente que los plazos a que se refiere el legislador en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5
               del Código de Aguas, están referidos a la no utilización de las mismas y no a las ocasiones que un determinado derecho de
               aprovechamiento de aguas es incorporado a la Resolución que debe dictar la Dirección General de Aguas al efecto cada año,
          3. QUE, el resuelvo N° 1 de la citada Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de 29 de diciembre   con la participación del  Karen González, quien  Giovanna  Amaya,  señaló
               plazos que son anuales y de días completos.
          de 2022, indico para las provincias del Biobio, Tamarugal y Valdivia, el carácter subterráneo de   alcalde local, Mario Bus-  comprometió ayuda de sus  que “hemos sesionado  ya
          las aguas referentes a dichos derechos, los cuales hacen alusión tanto a derechos de aprove-  tamante, concejales nan-  estudiantes en los munici-  por cuarta vez en estos ca-
          chamiento tanto sobre aguas subterráneas como superficiales.         cagüinos, la alcaldesa de  pios, para labores relaciona-  bildos ambientales, donde
          4. QUE, de conformidad al artículo 62 de la Ley N° 19.880 que Establece las Bases de los   Palmilla, Gloria Paredes,  das con la tenencia respon-  la ciudadanía nos entrega
          Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del   el  seremi  de  Agricultura  sable de mascotas.  distintas demandas ciuda-
          Estado, en cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión   Cristian Silva, el Director     Además, se entregó  danas y que tienen respues-
          podrá, de oficio o a petición del interesado, “..rectificar los errores de copia, de referencia, de   Regional  Servicios  Eva-  a los asistentes un informati-  ta inmediata de parte de
          cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de   luación Ambiental (SEA),  vo con los contactos y meca-  las autoridades que tienen
          manifiesto en el acto administrativo”.
                                                                               Pedro Pablo Miranda, la  nismos que deben seguir para  competencia en la temática
          5. QUE, en razón de los considerandos anterios, corresponde rectificar el resuelvo N° 1 de la   Jefa de la oficina regional  realizar denuncias medioam-  que los ciudadanos señalan.
          citada Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de 29 de diciembre de 2022.  de la Superintendencia del  bientales. Este material ade-  En ese sentido, es cada vez
                                                                               Medio Ambiente (SMA),  más será distribuido en los  más el interés que ha sur-
                                    R E S U E L V O:
                                                                               Karina Olivares, el Jefe de  encargados de medioambien-  gido (en participar) porque
          1. RECTIFÍQUESE el resuelvo N° 1 de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de 29 de diciem-  la oficina del SAG de San  te de los diez municipios de la  justamente  la  ciudadanía
          bre de 2022, en el siguiente sentido:                                Fernando, Manuel Berna-  provincia, para difundirlos en  espera  que  las autoridades
                                                                               les, el Jefe Provincial de  sus comunidades.   puedan   inmediatamente
             a. En la página N° 3, para la provincia de Tamarugal, donde dice “Aguas Subterráneas”,   CONAF Colchagua, Feli-     La Delegada Pre-  fiscalizar o entregar una
             debe decir “Aguas Subterráneas y Superficiales”.
                                                                               pe Sandoval, encargados  sidencial de Colchagua,  respuesta que ha sido por
             b. En la página N° 66, para la provincia de Bio-bio, donde dice “Aguas Subterráneas”, debe   comunales de los diez mu-  Marta  Pizarro Inzunza,  años y que es la línea que
             decir “Aguas Subterráneas y Superficiales”.                       nicipios de la provincia y  resaltó que “este es un hito,  nos  ha  entregado  nuestro
                                                                               representantes de diversas  ya que es la única mesa pro-  Presidente Gabriel Boric,
             c. En la página N° 109, para la provincia de Valdivia, donde dice “Aguas Subterráneas”,
             debe decir “Aguas Subterráneas y superficiales”.                  agrupaciones ambientalis-  vincial de medioambiente  dar respuesta a la ciudada-
                                                                               tas de la provincia.   en el país. Por eso es para  nía y ser un gobierno com-
          2. La presente resolución se entenderá, para todos los efectos legales, formar parte integrante      Como ha sido la  nosotros es muy importan-  prometido con las temáticas
          de aquella que rectifica, la que subsistirá en todo lo no modificado por esta.  tónica en las ediciones an-  te poder contar con toda la  medioambientales”.
                                                                               teriores, los activistas am-  comunidad que se autocon-     “Queremos ser un
          3. PUBLÍQUESE la presente resolución rectificatoria, el día 16 de enero de 2022, por una sola
          vez en el Diario Oficial, y en un diario o periódico de cada provincia y, si no lo hubiere, en uno                  gobierno ecológico, pero
                                                                               autoridades  las  problemá-
                                                                                                      guardar el ambiente. En el  para ello debemos trabajar
          de la capital de la región correspondiente, ya sea en edición impresa o electrónica, en forma   230113801 bientales presentaron a las  voca para proteger y salva-
          conjunta con la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 3847, de 29 de diciembre de 2022.  ticas en sus comunidades.  mes de febrero la mesa no  en la transición socioeco-
          4. COMUNÍQUESE la presente resolución a la Tesorería General de la República, a la Divi-  En esta ocasión expuso la  va a sesionar y volveremos  lógica justa, que significa
          sión Legal, al Departamento de Recursos Hídricos, a las Direcciones Regionales y Oficinas   agrupación de Nancagua  a  reencontrarnos  en  mar-  buscar la forma de cómo
          Provinciales, al Departamento de Fiscalización Nivel Central y demás oficinas de la Dirección   Magallanes Outdoor, sobre  zo, por lo que queremos  le devolvemos dignidad
          General de Aguas que corresponda.                                    la conservación de la ribe-  invitar a todos los vecinos  al territorio respecto a de-
                                                                               ra del río Tinguiririca y la  y vecinas que tienen una  mandas que por años han
                          ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.                   agrupación “No + Moscas  conciencia de cuidado del  tenido que pagar sus costos
                              DIRECTOR GENERAL DE AGUAS                        Chépica”, sobre los proble-  ambiente, a participar de  la ciudadanía, sobre todo la
                                                                               mas ha tenido esa comu-  esta mesa, para unirnos,  más vulnerable”, subrayó la
                                                                               nidad con una empresa de  porque entre más seamos,  Seremi.
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