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Página 6 - Lunes 16 de Enero de 2023
Ministerio de Obras Públicas REGION DE OHIGGINS
www.mop.cl Ministerio de Obras Públicas AGUAS SUBTERRÁNEAS
www.mop.cl
PROVINCIA DE COLCHAGUA
ACTO INSCRIP-
CONSTI- CION EN
TUTIVO C.B.R.
DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS Nº PROPIETARIO(A) TIPO DE EJERCICIO Nº FECHA LUGAR FS Nº AÑO CAUDAL VALOR
DERECHO DEL SUJETO A PATENTE
PATENTES POR LA NO UTILIZACIÓN DE LAS AGUAS
DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS DERECHO PAGO (l/s) (UTM)
10104 INMOBILIARIA
Consuntivo
FIJA LISTADO DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS AFECTOS AL PAGO DE PATENTE A BENEFICIO FISCAL POR NO UTILIZACIÓN DE Permanente 434 01/09/2003 SANTA CRUZ 51 41 2017 1,80 2,88
PATENTES POR LA NO UTILIZACIÓN DE LAS AGUAS E INVERSIONES VTA
LAS AGUAS, PROCESO 2023
SIETE MARES S.A.
PROCESO N°: 16622666
FIJA LISTADO DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS AFECTOS 10229 SOCIEDAD Consuntivo Permanente 36 31/01/2003 PERALILLO 204 189 2015 7,10 11,36
AL PAGO DE PATENTE A BENEFICIO FISCAL POR NO UTILIZACIÓN DE LAS AGRÍCOLA EL
SANTIAGO, 29 DE DICIEMBRE DE 2022. FLORIDO LTDA
AGUAS, PROCESO 2023
RESOLUCIÓN D.G.A. EXENTA N° 3847/ 10231 AGRICOLA Consuntivo Permanente 83 13/11/2012 23,50 9,40
RANQUILHUE
VISTOS: PROCESO N°: 16622666 LIMITADA
1. Lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y siguientes del Código de Aguas;
Lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 19.880, de 2003, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que
2.
SANTIAGO, 29 DE DICIEMBRE DE 2022. 10436 SOCIEDAD Consuntivo Permanente 417 26/06/1997 PERALILLO 191 180 2010 6,00 9,60
DE INVERSIONES
VTA
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
RESOLUCIÓN D.G.A. EXENTA N° 3847/ Y ASESORIAS
La Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de
3.
Razón; PUPILLA LTDA
4.
La Ley N° 20.017, de 16 de junio de 2005;
VISTOS: 11566 AGRICOLA, Consuntivo Permanente 336 26/12/2006 SANTA CRUZ 311 229 2009 0,49 0,78
5.
La Ley N° 21.435, de 6 de abril de 2022;
1- Lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y siguientes del Código de Aguas; GANADERA
Lo dispuesto en los artículos 2, 9 y 22 de la Ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los
6.
2- Lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 19.880, de 2003, que Estable- Y FORESTAL
indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena;
EL CIRUELO LTDA.
Las atribuciones que me confiere el artículo 300 letra c) del Código de Aguas; y
7.
ce las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; 11567 AGRICOLA Consuntivo Permanente 336 26/12/2006 SANTA CRUZ 85 60 2012 6,80 10,88
SANTA AMELIA
3- La Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, DE AUQUINCO
C O N S I D E R A N D O:
que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón; LIMITADA
4- La Ley N° 20.017, de 16 de junio de 2005; 2073 AGRICOLA, Consuntivo Permanente 336 26/12/2006 SANTA CRUZ 311 229 2009 0,49 0,78
1. QUE, acorde a lo previsto en el artículo 129 bis 8 del Código de Aguas, corresponde al Director General de Aguas, previa
5- La Ley N° 21.435, de 6 de abril de 2022; GANADERA
consulta a la organización de usuarios respectiva, determinar los derechos de aprovechamiento cuyas aguas no se encuentren
Y FORESTAL
total o parcialmente utilizadas al 31 de agosto de cada año, para lo cual deberá
6- Lo dispuesto en los artículos 2, 9 y 22 de la Ley N° 19.253, que establece confeccionar un listado con los derechos
EL CIRUELO LTDA.
afectos al pago de patente.
normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; 3864 ESSBIO S.A. Consuntivo Permanente 480 31/10/1983 SANTA CRUZ 34 34 1993 41,25 66,00
2. QUE, la consulta antedicha fue publicada en el Diario Oficial y diarios regionales o provinciales, con fecha 01 de septiembre de
7- Las atribuciones que me confiere el artículo 300 letra c) del Código de Aguas; y 3865 JOSE CANEPA Consuntivo Permanente 624 18/10/2001 SANTA CRUZ 50 48 2002 54,00 86,40
2022.
Y CIA. LTDA.
414
FRUTICOLA
Consuntivo
3. QUE, por disposición del artículo 129 bis 7 del Código de Aguas, la Dirección General de Aguas debe publicar la resolución que Permanente 87 10/12/2004 SANTA CRUZ 10 10 2011 90,00 144,00
RAMIRANA LTDA.
contenga el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos a la obligación de pagar una patente a beneficio
C O N S I D E R A N D O:
fiscal, por la no utilización total o parcial de las aguas. 416 MARIANA INES Consuntivo Permanente 254 21/03/2002 SAN 50 58 2002 47,00 75,20
PRIETO PIZARRO FERNANDO
1. QUE, acorde a lo previsto en el artículo 129 bis 8 del Código de Aguas,
4. QUE, según lo establece el citado artículo 129 bis 7, la publicación en comento debe efectuarse el día 15 de enero de cada año
corresponde al Director General de Aguas, previa consulta a la organización 8186 JOSE GUSTAVO Consuntivo Permanente 22 23/03/2007 SANTA CRUZ 66 48 2007 20,00 32,00
o el primer día hábil inmediato si aquél fuere feriado, en el Diario Oficial y en forma destacada en un diario o periódico de la
provincia respectiva y, si no lo hubiere, en uno de la capital de la región correspondiente.
de usuarios respectiva, determinar los derechos de aprovechamiento cuyas MORENO
CARRENO
aguas no se encuentren total o parcialmente utilizadas al 31 de agosto de 8188xtracto de ésta, en una emisora
5. QUE, asimismo, la referida publicación debe ser complementada por un mensaje radial de un e
SOCIEDAD
cada año, para lo cual deberá confeccionar un listado con los derechos afec- AGRICOLA Consuntivo Permanente 35 18/11/2009 SAN 122 164 2013 50,00 40,00
con cobertura territorial del área correspondiente.
FERNANDO
tos al pago de patente. LA RIOJA
6. QUE, según señala el artículo 129 bis 5 del Código de Aguas y el artículo 2° transitorio de la Ley 20.017, de 16
LIMITADA de junio de 2005,
para el caso de los derechos de aprovechamiento no consuntivos y consuntivos, de ejercicio permanente y eventual, la
2. QUE, la consulta antedicha fue publicada en el Diario Oficial y diarios re- 8654 VIU MANENT Consuntivo Permanente 321 19/12/2006 SAN 154 202 2007 22,70 36,32
contabilización de los plazos de no utilización de las aguas, comenzará a regir a contar del 1 de enero del año siguiente a la
Y COMPANIA
fecha de publicación de la citada Ley, es decir, desde el 1 de ene
gionales o provinciales, con fecha 01 de septiembre de 2022.ro de 2006. Para el caso de los derechos de aprovechamiento FERNANDO
LIMITADA
de aguas que se constituyan o reconozcan con posterioridad a tal fecha, los plazos se computarán desde la fecha de su
constitución o reconocimiento.
3. QUE, por disposición del artículo 129 bis 7 del Código de Aguas, la Direc- 8655 JEANETTE DE Consuntivo Permanente 12 23/03/2007 SAN 132 176 2013 44,50 71,20
LAS MERCEDES
ción General de Aguas debe publicar la resolución que contenga el listado de DONOSO Y FERNANDO
7. QUE, en razón de lo anterior, el listado incluye algunos derechos de aprovechamiento de aguas con más de 5 o 10 años de no
derechos de aprovechamiento de aguas afectos a la obligación de pagar una SANCHEZ
utilización del caudal constituido y en mérito de lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5 del Código de Aguas, relativos a
derechos de aprovechamiento no consuntivos y consuntivos respectivamente.
patente a beneficio fiscal, por la no utilización total o parcial de las aguas. Y OTROS
8668 AGRICOLA Consuntivo Permanente 252 12/06/2003 SANTA CRUZ 295 266 2004 37,10 59,36
8. QUE, dicho lo anterior, corresponde hacer presente que los plazos a que se refiere el legislador en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5
4. QUE, según lo establece el citado artículo 129 bis 7, la publicación en Y VINEDOS
del Código de Aguas, están referidos a la no utilización de las mismas y no a las ocasiones que un determinado derecho de
comento debe efectuarse el día 15 de enero de cada año o el primer día hábil TIERRUCA S.A
aprovechamiento de aguas es incorporado a la Resolución que debe dictar la Dirección General de Aguas al efecto cada año,
plazos que son anuales y de días completos.
inmediato si aquél fuere feriado, en el Diario Oficial y en forma destacada en 8669 SOCIEDAD Consuntivo Permanente 230 02/04/2001 SANTA CRUZ 58 55 2002 43,00 68,80
un diario o periódico de la provincia respectiva y, si no lo hubiere, en uno de ANONIMA VINA
SANTA RITA
la capital de la región correspondiente. 8670 AGRICOLA Consuntivo Permanente 640 26/10/2001 PERALILLO 303 269 2012 30,00 48,00
RAPEL LTDA.
5. QUE, asimismo, la referida publicación debe ser complementada por un 8671 SOCIEDAD Consuntivo Permanente 997 18/11/2002 PERALILLO 86 87 2005 16,00 25,60
mensaje radial de un extracto de ésta, en una emisora con cobertura territo- CORREA VTA
rial del área correspondiente. HERNANDEZ
LIMITADA
6. QUE, según señala el artículo 129 bis 5 del Código de Aguas y el artículo 8672 AGRICOLA Consuntivo Permanente 638 20/11/2003 SANTA CRUZ 294 265 2004 75,00 120,00
2° transitorio de la Ley 20.017, de 16 de junio de 2005, para el caso de los Y VINEDOS
TIERRUCA S.A
derechos de aprovechamiento no consuntivos y consuntivos, de ejercicio per-
manente y eventual, la contabilización de los plazos de no utilización de las 8673 ALBERTO TAGLE Consuntivo Permanente 243 11/06/2003 PERALILLO 46 38 2012 18,00 28,80
VALDES
aguas, comenzará a regir a contar del 1 de enero del año siguiente a la fecha 8674 AGRICOLA
de publicación de la citada Ley, es decir, desde el 1 de enero de 2006. Para EL CASERIO Consuntivo Permanente 42 26/01/2002 SANTA CRUZ 112 107 2002 40,00 64,00
el caso de los derechos de aprovechamiento de aguas que se constituyan o LIMITADA
reconozcan con posterioridad a tal fecha, los plazos se computarán desde la 8676 SUCESION Consuntivo Permanente 400 14/08/2003 SAN 16 26 2004 20,00 32,00
fecha de su constitución o reconocimiento. ADOLFO FERNANDO VTA
SEGUNDO
7. QUE, en razón de lo anterior, el listado incluye algunos derechos de apro- ESPINOZA
RIVEROS
vechamiento de aguas con más de 5 o 10 años de no utilización del caudal
constituido y en mérito de lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5 8678 INMOBILIARIA Consuntivo Permanente 434 01/09/2003 SANTA CRUZ 266 248 2003 9,00 14,40
E INVERSIONES
del Código de Aguas, relativos a derechos de aprovechamiento no consunti- SIETE MARES S.A.
vos y consuntivos respectivamente. 8681 JOSE BISQUERT Consuntivo Permanente 523 04/11/1992 PERALILLO 49 49 1993 11,00 17,60
URRUTIA
8. QUE, dicho lo anterior, corresponde hacer presente que los plazos a que 8682 SOCIEDAD DE Consuntivo Permanente 297 26/04/1996 PERALILLO 38 37 2020 80,00 128,00
se refiere el legislador en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5 del Código de INVERSIONES
Aguas, están referidos a la no utilización de las mismas y no a las ocasiones E INMOBILIARIA
que un determinado derecho de aprovechamiento de aguas es incorporado a MP GP SPA
la Resolución que debe dictar la Dirección General de Aguas al efecto cada 8684 AGRICOLA AGUA Consuntivo Permanente 274 10/03/1998 38,00 60,80
SANTA LTDA.
año, plazos que son anuales y de días completos.
8685 SOCIEDAD Consuntivo Permanente 1088 06/11/1998 SANTA CRUZ 1 1 1999 20,00 32,00
ANONIMA VINA
9. QUE, de conformidad con lo previsto en el artículo 129 bis 7, incisos 1° y 2° SANTA RITA
del Código de Aguas, la presente resolución se entenderá notificada desde la 8978 SOCIEDAD Consuntivo Permanente 48 01/06/2004 PERALILLO 174 157 2015 22,70 36,32
fecha de publicación de ella en el Diario Oficial. AGRÍCOLA EL VTA
BARCO LIMITADA
9. QUE, de acuerdo a lo previsto en el artículo 129 bis 7, inciso segundo, en 9299 ARTURO Consuntivo Permanente 58 03/02/2003 PERALILLO 248 224 2008 9,30 14,88
relación al artículo 129 bis 10 del Código de Aguas, en contra de la presente EDUARDO
resolución procederán los recursos de reconsideración y de reclamación, los CATALAN TOLEDO
que deberán deducirse dentro del plazo de 30 días contados desde su notifi- 9300 ARTURO Consuntivo Permanente 58 03/02/2003 PERALILLO 248 224 2008 9,00 14,40
cación, ante el Director General de Aguas y la Ilustrísima Corte de Apelacio- EDUARDO
CATALAN TOLEDO
nes de Santiago, respectivamente. 9301 ARTURO Consuntivo Permanente 58 03/02/2003 PERALILLO 248 224 2008 7,00 11,20
EDUARDO
CATALAN TOLEDO
R E S U E L V O: 9302 AGRICOLA Consuntivo Permanente 417 26/06/1997 PERALILLO 23 23 2013 1,50 2,40
POBEÑA S.A. 230113801
1. FÍJASE el listado de derechos de aprovechamiento afectos al pago de pa- 9828 INMOVILIARIA Consuntivo Permanente 434 01/09/2003 SANTA CRUZ 56 42 2017 1,46 2,34
tente a beneficio fiscal, por no utilización de las aguas, cuyos propietarios(as) E INVERSIONES
ordenados(as) por región, naturaleza del agua y provincia son los que se SIETE MARES S.A
señalan a continuación: