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artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código
de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta
demanda ejecutiva en contra de LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA, ya
individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se
despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de
$9.440.629.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se
siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido
pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S.
tener por acompañado, bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de
Procedimiento Civil, el pagaré individualizado en lo principal, y se ordene su custodia.
SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo
todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos
los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de
depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal. TERCER OTROSÍ:
Sírvase SS. tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco
Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada
en la Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, firmada a través de firma
electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación.
CUARTO OTROSÍ: Que por este acto vengo en señalar a S.S., como medio de
notificación el siguiente correo electrónico: [email protected] QUINTO OTROSÍ:
Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la
profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y
representación en el presente proceso. Asimismo, en virtud de las facultades que me ha
conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio
de la profesión don JUDITH GONZALEZ ARENAS, domiciliada en calle Guadalupe
N°565-A, de la ciudad de San Fernando, quien firma en señal de aceptación, mediante
firma electrónica avanzada.- Hay Proveído de fecha 12 de Octubre de 2023, que señala:
NOMENCLATURA: 1. [67]Ordena despachar mandamiento JUZGADO: 1º Juzgado de
Letras de San Fernando CAUSA ROL: C-2090-2023 CARATULADO: BANCO DEL
ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, doce de octubre de dos mil veintitrés
Téngase por cumplido con lo ordenado, y por acompañado documento, se provee
derechamente la demanda de fecha 28 de septiembre de 2023: A lo principal: Por
interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
pagaré, bajo el apercibimiento del numeral 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
Civil, custódiese; Al segundo y quinto otrosí: Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase
presente personería y por acompañado documento, con citación; Al cuarto otrosí: téngase
Jueves 2 de Enero de 2025 - Página 3
presente correo electrónico sólo para efectos de las notificaciones que deban efectuarse
personalmente o por cédula. Cuantía: $9.440.629.- Firma digitalmente el Juez Titular que
2024 se solicitó por escrito notificación por avisos del ejecutado. El Tribunal con fecha 14
se indica en pie de página. En San Fernando, a doce de octubre de dos mil veintitrés, se
de Agosto de 2024 proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
EXTRACTO
notificó por el estado diario, la resolución precedente. jcz.- El mandamiento de ejecución y
Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-2090-2023 CARATULADO :
embargo que consta en el cuaderno de apremio de fecha 12 de Octubre de 2023 es del
BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, catorce de Agosto de dos
siguiente tenor: M A N D A M I E N T O San Fernando, a doce de octubre de dos mil
mil veinticuatro Al escrito presentado a folio 20, se resuelve: De conformidad con lo
veintitrés. Un Ministro de Fe requerirá de pago a LEONARDO ANDRÉS CORNEJO
Extracto Notificación 1° Juzgado de Letras de San Fernando. dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
VALENZUELA, el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién
fecha 28 de septiembre de 2023, su proveído y mandamiento de fecha 12 de octubre de
Causa Civil Rol C-2090-2023, caratulada BANCO DEL ESTADO DE CHILE con sus derechos representen la suma de $9.440.629, más intereses, reajustes y costas. No
2023, al demandado Leonardo Andrés Cornejo Valenzuela, mediante avisos redactados
CORNEJO. Notificación por avisos, conforme el artículo 54 del Código de Procedimiento verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
Civil. Con fecha 28 de Septiembre de 2023, se presentó demanda ejecutiva, del siguiente deudor, quedando estos en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su
veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
tenor: PROCEDIMIENTO: Ejecutivo Civil (C07) MATERIA: Cobro de Pagaré responsabilidad legal. Rol: C-2.090-2.023 Juez Secretaria.- Con fecha 12 de Agosto de
Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal
DEMANDANTE: Banco del Estado de Chile RUT Nº: 97.030.000-7 REPRESENTANTE 2024 se solicitó por escrito notificación por avisos del ejecutado. El Tribunal con fecha 14
distinto de
LEGAL: ÓSCAR GONZÁLEZ NARBONA. RUN N°: 6.362.085-8 ABOGADO la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 30 de
de Agosto de 2024 proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
Este documento tiene firma electrónica
septiembre de 2024 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras
PATROCINANTE: CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ. RUN N°: 13.902.651- Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-2090-2023 CARATULADO :
y su original puede ser validado en
2024 se solicitó por escrito notificación por avisos del ejecutado. El Tribunal con fecha 14
de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto
9 APODERADO: JUDITH GONZALEZ ARENAS RUT: 13.780.471-9 DEMANDADO: BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, catorce de Agosto de dos
http://verificadoc.pjud.cl
de Agosto de 2024 proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
precedentemente en el extracto respectivo. Firma digitalmente juez que se indica en pie
LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA. RUT: 15.916.532-9. N° OPERACIÓN: mil veinticuatro Al escrito presentado a folio 20, se resuelve: De conformidad con lo
Código: PUFZXREZECW
Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-2090-2023 CARATULADO :
33895866. CUANTÍA: $9.440.629.- EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y n San Fernando, a catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por
de página. E
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, catorce de Agosto de dos
mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo diario, la resolución precedente. aac. Con fecha 11 de Diciembre de 2024,
el estado
fecha 28 de septiembre de 2023, su proveído y mandamiento de fecha 12 de octubre de
mil veinticuatro Al escrito presentado a folio 20, se resuelve: De conformidad con lo
apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba 2023, al demandado Leonardo Andrés Cornejo Valenzuela, mediante avisos redactados
solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago. El Tribunal con fecha 13 de
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
Diciembre de 2024, proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
fecha 28 de septiembre de 2023, su proveído y mandamiento de fecha 12 de octubre de
veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
2023, al demandado Leonardo Andrés Cornejo Valenzuela, mediante avisos redactados
Juzgado de
OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S. J. L. Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-2090-2023 CARATULADO :
JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO. CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal
en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, trece de diciembre de dos
RODRIGUEZ, Abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 30 de
veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
mil veinticuatro Proveyendo escrito del folio 25, se resuelve: A lo principal: Para los
judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa septiembre de 2024 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras
Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal
efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal distinto de la
autónoma de créditos del Estado, representada por don Óscar González Narbona, de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto de
distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el día 30
notificación de la demanda, como se pide, se fija nuevo día y hora. Cítese al demandado
septiembre de 2024 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras
chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad N° 6.362.085-8, precedentemente en el extracto respectivo. Firma digitalmente juez que se indica en pie
para el día 24 de enero de 2025 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer
de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto
según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, de página. En San Fernando, a catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por
Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial.
precedentemente en el extracto respectivo. Firma digitalmente juez que se indica en pie
otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alvaro González Salinas, que el estado diario, la resolución precedente. aac. Con fecha 11 de Diciembre de 2024,
Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Por
de página. En San Fernando, a catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por
acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago. El Tribunal con fecha 13 de
acompañado documento, con citación. Firma digitalmente Juez que se indica en pie de
el estado diario, la resolución precedente. aac. Con fecha 11 de Diciembre de 2024,
´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, a US. respetuosamente digo: Mi Diciembre de 2024, proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
página. En San Fernando, a trece de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el
solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago. El Tribunal con fecha 13 de
representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-2090-2023 CARATULADO :
estado diario, la resolución precedente.pp San Fernando, 23 de Diciembre de 2024.
Diciembre de 2024, proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor por don/ña BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, trece de diciembre de dos
Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-2090-2023 CARATULADO :
LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA, ignoro profesión u oficio, domiciliado/a mil veinticuatro Proveyendo escrito del folio 25, se resuelve: A lo principal: Para los
BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, trece de diciembre de dos
en PJE. LA UNIÓN N° 332, SAN FERNANDO y/o CALLEJÓN CHORRILLOS SN, SAN efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal distinto de la
mil veinticuatro Proveyendo escrito del folio 25, se resuelve: A lo principal: Para los
FERNANDO. El pagaré fue suscrito por la suma de $9.440.629.-, por concepto de capital, notificación de la demanda, como se pide, se fija nuevo día y hora. Cítese al demandado
efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal distinto de la
Ximena Andrea Hinojosa Abarca
más un interés del 0,9900% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 01 cuotas para el día 24 de enero de 2025 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer
notificación de la demanda, como se pide, se fija nuevo día y hora. Cítese al demandado
Secretario
Anual de $10.334.751.- cada una, con vencimiento los días 05 de cada mes, venciendo la Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial.
para el día 24 de enero de 2025 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer
PJUD
primera de ellas el día 05 de Junio de 2023. Se estableció en el pagaré que en caso de Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Por
Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial.
Veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro
mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está acompañado documento, con citación. Firma digitalmente Juez que se indica en pie de
Inclúyase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Por
16:32 UTC-3
obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo página. En San Fernando, a trece de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el
acompañado documento, con citación. Firma digitalmente Juez que se indica en pie de
convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás estado diario, la resolución precedente.pp San Fernando, 23 de Diciembre de 2024.
página. En San Fernando, a trece de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el
derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer estado diario, la resolución precedente.pp San Fernando, 23 de Diciembre de 2024.
exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de
cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del caso señalar que el deudor
ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 05 de Junio de 2023, inclusive, Ximena Andrea Hinojosa Abarca
Secretario Ximena Andrea Hinojosa Abarca
y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible PJUD Secretario 241231305-06-07-08
la totalidad de la deuda, demandando la suma de $9.440.629.-, más los intereses Veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro
PJUD
pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la, más las 16:32 UTC-3 Veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro
costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es 16:32 UTC-3
indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación
de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación
es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR
TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código http://verificadoc.pjud.cl
de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta Código: PUFZXREZECW
demanda ejecutiva en contra de LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA, ya
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se
http://verificadoc.pjud.cl
despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de
Código: PUFZXREZECW
$9.440.629.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se
siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido San Fernando
pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S. Este documento tiene firma electrónica
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado
tener por acompañado, bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Incendio de pastizales y matorrales
y su original puede ser validado en en
http://verificadoc.pjud.cl
http://verificadoc.pjud.cl
Procedimiento Civil, el pagaré individualizado en lo principal, y se ordene su custodia. Código: PUFZXREZECW
Código: PUFZXREZECW
SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo movilizó a bomberos y Conaf
todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos
los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de
depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal. TERCER OTROSÍ:
Sírvase SS. tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco
Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada
en la Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, firmada a través de firma
electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación.
CUARTO OTROSÍ: Que por este acto vengo en señalar a S.S., como medio de
notificación el siguiente correo electrónico: [email protected] QUINTO OTROSÍ:
Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la
profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y
representación en el presente proceso. Asimismo, en virtud de las facultades que me ha
conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio
de la profesión don JUDITH GONZALEZ ARENAS, domiciliada en calle Guadalupe
N°565-A, de la ciudad de San Fernando, quien firma en señal de aceptación, mediante
firma electrónica avanzada.- Hay Proveído de fecha 12 de Octubre de 2023, que señala:
NOMENCLATURA: 1. [67]Ordena despachar mandamiento JUZGADO: 1º Juzgado de
Letras de San Fernando CAUSA ROL: C-2090-2023 CARATULADO: BANCO DEL
ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, doce de octubre de dos mil veintitrés
Téngase por cumplido con lo ordenado, y por acompañado documento, se provee
derechamente la demanda de fecha 28 de septiembre de 2023: A lo principal: Por
interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
pagaré, bajo el apercibimiento del numeral 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
Civil, custódiese; Al segundo y quinto otrosí: Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase
presente personería y por acompañado documento, con citación; Al cuarto otrosí: téngase
presente correo electrónico sólo para efectos de las notificaciones que deban efectuarse
personalmente o por cédula. Cuantía: $9.440.629.- Firma digitalmente el Juez Titular que
se indica en pie de página. En San Fernando, a doce de octubre de dos mil veintitrés, se
notificó por el estado diario, la resolución precedente. jcz.- El mandamiento de ejecución y
embargo que consta en el cuaderno de apremio de fecha 12 de Octubre de 2023 es del
siguiente tenor: M A N D A M I E N T O San Fernando, a doce de octubre de dos mil
veintitrés. Un Ministro de Fe requerirá de pago a LEONARDO ANDRÉS CORNEJO
VALENZUELA, el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién
sus derechos representen la suma de $9.440.629, más intereses, reajustes y costas. No
verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
deudor, quedando estos en su poder en calidad de depositario provisional, bajo su
responsabilidad legal. Rol: C-2.090-2.023 Juez Secretaria.- Con fecha 12 de Agosto de
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
Código: PUFZXREZECW