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artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código
                                                                                de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta
                                                                                demanda ejecutiva en contra de LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA, ya
                                                                                individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se
                                                                                despache   mandamiento   de   ejecución   y   embargo   en   su   contra   por   la   suma   de
                                                                                $9.440.629.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se
                                                                                siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido
                                                                                pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S.
                                                                                tener   por   acompañado,   bajo   apercibimiento   del   artículo   346   N°   3   del   Código   de
                                                                                Procedimiento Civil, el pagaré individualizado en lo principal, y se ordene su custodia.
                                                                                SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo
                                                                                todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos
                                                                                los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de
                                                                                depositarios   provisionales,   bajo   su   responsabilidad   civil   y   penal.   TERCER   OTROSÍ:
                                                                                Sírvase SS. tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco
                                                                                Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada
                                                                                en la Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, firmada a través de firma
                                                                                electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación.
                                                                                CUARTO   OTROSÍ:   Que   por   este   acto   vengo   en   señalar   a   S.S.,   como   medio   de
                                                                                notificación el siguiente correo electrónico: [email protected] QUINTO OTROSÍ:
                                                                                Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la
                                                                                profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y
                                                                                representación en el presente proceso. Asimismo, en virtud de las facultades que me ha
                                                                                conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio
                                                                                de   la   profesión   don   JUDITH   GONZALEZ   ARENAS,   domiciliada   en   calle   Guadalupe
                                                                                N°565-A, de la ciudad de San Fernando, quien firma en señal de aceptación, mediante
                                                                                firma electrónica avanzada.- Hay Proveído de fecha 12 de Octubre de 2023, que señala:
                                                                                NOMENCLATURA: 1. [67]Ordena despachar mandamiento JUZGADO: 1º Juzgado de
                                                                                Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL:   C-2090-2023   CARATULADO:   BANCO   DEL
                                                                                ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, doce de octubre de dos mil veintitrés
                                                                                Téngase   por   cumplido   con   lo   ordenado,   y   por   acompañado   documento,   se   provee
                                                                                derechamente la  demanda  de fecha 28  de septiembre de  2023: A lo  principal:  Por
                                                                                interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
                                                                                pagaré, bajo el apercibimiento del numeral 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
                                                                                Civil, custódiese; Al segundo y quinto otrosí: Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase
                                                                                presente personería y por acompañado documento, con citación; Al cuarto otrosí: téngase
                                                                                                                      Jueves 2 de Enero de 2025 - Página 3
                                                                                presente correo electrónico sólo para efectos de las notificaciones que deban efectuarse
                                                                                personalmente o por cédula. Cuantía: $9.440.629.- Firma digitalmente el Juez Titular que
                                                                2024 se solicitó por escrito notificación por avisos del ejecutado. El Tribunal con fecha 14
                                                                                se indica en pie de página. En San Fernando, a doce de octubre de dos mil veintitrés, se
                                                                de Agosto de 2024  proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
                                                                    EXTRACTO
                                                                                notificó por el estado diario, la resolución precedente. jcz.- El mandamiento de ejecución y
                                                                Juzgado   de   Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL   :   C-2090-2023   CARATULADO   :
                                                                                embargo que consta en el cuaderno de apremio de fecha 12 de Octubre de 2023 es del
                                                                BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, catorce de Agosto de dos
                                                                                siguiente tenor: M A N D A M I E N T O San Fernando, a doce de octubre de dos mil
                                                                mil veinticuatro Al escrito presentado a folio 20, se resuelve: De conformidad con lo
                                                                                veintitrés. Un  Ministro de Fe requerirá de pago a LEONARDO  ANDRÉS  CORNEJO
                   Extracto Notificación 1° Juzgado de Letras de San Fernando.   dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
                                                                                VALENZUELA, el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién
                                                                fecha 28 de septiembre de 2023, su proveído y mandamiento de fecha 12 de octubre de
         Causa   Civil   Rol   C-2090-2023,   caratulada   BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   con   sus derechos representen la suma de $9.440.629, más intereses, reajustes y costas. No
                                                                2023, al demandado Leonardo Andrés Cornejo Valenzuela, mediante avisos redactados
         CORNEJO. Notificación por avisos, conforme el artículo 54 del Código de Procedimiento   verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
                                                                en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
         Civil. Con fecha 28 de Septiembre de 2023, se presentó demanda ejecutiva, del siguiente   deudor, quedando  estos en  su poder en  calidad  de  depositario  provisional,  bajo  su
                                                                veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
         tenor:   PROCEDIMIENTO:   Ejecutivo   Civil   (C07)   MATERIA:   Cobro   de   Pagaré   responsabilidad legal. Rol: C-2.090-2.023 Juez Secretaria.-  Con fecha 12 de Agosto de
                                                                Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal
         DEMANDANTE: Banco del Estado de Chile RUT Nº: 97.030.000-7 REPRESENTANTE   2024 se solicitó por escrito notificación por avisos del ejecutado. El Tribunal con fecha 14
                                                                distinto   de
         LEGAL:   ÓSCAR   GONZÁLEZ   NARBONA.   RUN   N°:   6.362.085-8   ABOGADO    la   notificación   de   la   demanda,   cítese   al   demandado   para   el   día   30   de
                                                                                de Agosto de 2024  proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
                                                                                                                                       Este documento tiene firma electrónica
                                                                septiembre de 2024 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras
         PATROCINANTE: CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ. RUN N°: 13.902.651-  Juzgado   de   Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL   :   C-2090-2023   CARATULADO   :
                                                                                                                                       y su original puede ser validado en
                                                                                      2024 se solicitó por escrito notificación por avisos del ejecutado. El Tribunal con fecha 14
                                                                de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto
         9   APODERADO:   JUDITH   GONZALEZ   ARENAS   RUT:   13.780.471-9   DEMANDADO:   BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, catorce de Agosto de dos
                                                                                                                                       http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                      de Agosto de 2024  proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
                                                                precedentemente en el extracto respectivo. Firma digitalmente juez que se indica en pie
         LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA. RUT: 15.916.532-9. N° OPERACIÓN:   mil veinticuatro Al escrito presentado a folio 20, se resuelve: De conformidad con lo
                                                                                                                                       Código: PUFZXREZECW
                                                                                      Juzgado   de   Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL   :   C-2090-2023   CARATULADO   :
         33895866.   CUANTÍA:   $9.440.629.-   EN   LO   PRINCIPAL:   Demanda   ejecutiva   y n San Fernando, a catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por
                                                                de página. E
                                                                                dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
                                                                                      BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, catorce de Agosto de dos
         mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo  diario, la resolución precedente. aac. Con fecha 11 de Diciembre de 2024,
                                                                el estado
                                                                                fecha 28 de septiembre de 2023, su proveído y mandamiento de fecha 12 de octubre de
                                                                                      mil veinticuatro Al escrito presentado a folio 20, se resuelve: De conformidad con lo
         apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba   2023, al demandado Leonardo Andrés Cornejo Valenzuela, mediante avisos redactados
                                                                solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago. El Tribunal con fecha 13 de
                                                                                      dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de
         del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO   en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
                                                                Diciembre de 2024, proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
                                                                                      fecha 28 de septiembre de 2023, su proveído y mandamiento de fecha 12 de octubre de
                                                                                veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
                                                                                      2023, al demandado Leonardo Andrés Cornejo Valenzuela, mediante avisos redactados
                                                                Juzgado   de
         OTROSÍ:   Señala   correo   electrónico.   QUINTO   OTROSÍ:   Patrocinio   y   poder.   S.   J.   L.    Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL   :   C-2090-2023   CARATULADO   :
         JUZGADO   DE   LETRAS   DE   SAN   FERNANDO.   CLAUDIO   FELIPE   ALTAMIRANO   Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal
                                                                                      en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
                                                                BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, trece de diciembre de dos
         RODRIGUEZ,  Abogado,  domiciliado   en  San   Diego  81,  piso   8,  Santiago,   mandatario   distinto   de   la   notificación   de   la   demanda,   cítese   al   demandado   para   el   día   30   de
                                                                                      veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
                                                                mil veinticuatro   Proveyendo escrito del folio 25, se resuelve: A lo principal: Para los
         judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa   septiembre de 2024 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras
                                                                                      Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de un acto procesal
                                                                efectos   del   requerimiento   de   pago   y   tratándose   de   un   acto   procesal   distinto   de   la
         autónoma   de   créditos   del   Estado,   representada   por   don   Óscar   González   Narbona,   de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto    de
                                                                                      distinto   de   la   notificación   de   la   demanda,   cítese   al   demandado   para   el   día   30
                                                                notificación de la demanda, como se pide, se fija nuevo día y hora. Cítese al demandado
                                                                                      septiembre de 2024 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras
         chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad N° 6.362.085-8,   precedentemente en el extracto respectivo. Firma digitalmente juez que se indica en pie
                                                                para el día 24 de enero de 2025 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer
                                                                                      de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo resuelto
         según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022,   de página. En San Fernando, a catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por
                                                                Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial.
                                                                                      precedentemente en el extracto respectivo. Firma digitalmente juez que se indica en pie
         otorgada   ante   el   Notario   Público   de   Santiago   don   Alvaro   González   Salinas,   que   el estado diario, la resolución precedente. aac. Con fecha 11 de Diciembre de 2024,
                                                                Inclúyase   lo   resuelto   precedentemente   en   el   extracto   respectivo.   Al   otrosí:   Por
                                                                                      de página. En San Fernando, a catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por
         acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O  solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago. El Tribunal con fecha 13 de
                                                                acompañado documento, con citación. Firma digitalmente Juez que se indica en pie de
                                                                                      el estado diario, la resolución precedente. aac. Con fecha 11 de Diciembre de 2024,
         ´Higgins   Nº   1111,   piso   8º,   Comuna   de   Santiago,   a   US.   respetuosamente   digo:   Mi   Diciembre de 2024, proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
                                                                página. En San Fernando, a trece de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el
                                                                                      solicitó nuevo día y hora para el requerimiento de pago. El Tribunal con fecha 13 de
         representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el   Juzgado   de   Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL   :   C-2090-2023   CARATULADO   :
                                                                estado diario, la resolución precedente.pp San Fernando, 23 de Diciembre de 2024.
                                                                                      Diciembre de 2024, proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite JUZGADO : 1º
         primer   otrosí   de   esta   demanda,   que   fue   suscrito   en   calidad   de   deudor   por   don/ña   BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, trece de diciembre de dos
                                                                                      Juzgado   de   Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL   :   C-2090-2023   CARATULADO   :
         LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA, ignoro profesión u oficio, domiciliado/a   mil veinticuatro   Proveyendo escrito del folio 25, se resuelve: A lo principal: Para los
                                                                                      BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, trece de diciembre de dos
         en PJE. LA UNIÓN N° 332, SAN FERNANDO y/o CALLEJÓN CHORRILLOS SN, SAN   efectos   del   requerimiento   de   pago   y   tratándose   de   un   acto   procesal   distinto   de   la
                                                                                      mil veinticuatro   Proveyendo escrito del folio 25, se resuelve: A lo principal: Para los
         FERNANDO. El pagaré fue suscrito por la suma de $9.440.629.-, por concepto de capital,   notificación de la demanda, como se pide, se fija nuevo día y hora. Cítese al demandado
                                                                                      efectos   del   requerimiento   de   pago   y   tratándose   de   un   acto   procesal   distinto   de   la
                                                             Ximena Andrea Hinojosa Abarca
         más un interés del 0,9900% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 01 cuotas   para el día 24 de enero de 2025 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer
                                                                                      notificación de la demanda, como se pide, se fija nuevo día y hora. Cítese al demandado
                                                             Secretario
         Anual de $10.334.751.- cada una, con vencimiento los días 05 de cada mes, venciendo la   Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial.
                                                                                      para el día 24 de enero de 2025 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer
                                                             PJUD
         primera de ellas el día 05 de Junio de 2023. Se estableció en el pagaré que en caso de   Inclúyase   lo   resuelto   precedentemente   en   el   extracto   respectivo.   Al   otrosí:   Por
                                                                                      Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial.
                                                             Veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro
         mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está   acompañado documento, con citación. Firma digitalmente Juez que se indica en pie de
                                                                                      Inclúyase   lo   resuelto   precedentemente   en   el   extracto   respectivo.   Al   otrosí:   Por
                                                             16:32 UTC-3
         obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo   página. En San Fernando, a trece de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el
                                                                                      acompañado documento, con citación. Firma digitalmente Juez que se indica en pie de
         convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás   estado diario, la resolución precedente.pp San Fernando, 23 de Diciembre de 2024.
                                                                                      página. En San Fernando, a trece de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el
         derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer   estado diario, la resolución precedente.pp San Fernando, 23 de Diciembre de 2024.
         exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de
         cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del caso señalar que el deudor
         ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 05 de Junio de 2023, inclusive,   Ximena Andrea Hinojosa Abarca
                                                                             Secretario Ximena Andrea Hinojosa Abarca
         y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible   PJUD  Secretario                            241231305-06-07-08
         la   totalidad   de   la   deuda,   demandando   la   suma   de   $9.440.629.-,   más   los   intereses   Veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro
                                                                                   PJUD
         pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la, más las   16:32 UTC-3 Veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro
         costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación  es   16:32 UTC-3
         indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación
         de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación
         es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR
         TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el                                 Este documento tiene firma electrónica
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         artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código                      http://verificadoc.pjud.cl
         de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta                           Código: PUFZXREZECW
         demanda ejecutiva en contra de LEONARDO ANDRÉS CORNEJO VALENZUELA, ya
                                                                Este documento tiene firma electrónica
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         individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se
                                                                http://verificadoc.pjud.cl
         despache   mandamiento   de   ejecución   y   embargo   en   su   contra   por   la   suma   de
                                                                Código: PUFZXREZECW
         $9.440.629.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se
         siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido          San Fernando
         pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S.                                            Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                                          Este documento tiene firma electrónica
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         tener   por   acompañado,   bajo   apercibimiento   del   artículo   346   N°   3   del   Código   de   Incendio de pastizales y matorrales
                                                                                                                                       y su original puede ser validado en en
                                                                                                                                       http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                          http://verificadoc.pjud.cl
         Procedimiento Civil, el pagaré individualizado en lo principal, y se ordene su custodia.                                      Código: PUFZXREZECW
                                                                                                                                          Código: PUFZXREZECW
         SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que señalo para la traba del embargo   movilizó a bomberos y Conaf
         todos los bienes del ejecutado, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y todos
         los que puedan aparecer en el futuro, los que permanecerán en su poder en calidad de
         depositarios   provisionales,   bajo   su   responsabilidad   civil   y   penal.   TERCER   OTROSÍ:
         Sírvase SS. tener presente que mi personería para actuar en representación del Banco
         Del Estado de Chile, consta en escritura pública de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada
         en la Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, firmada a través de firma
         electrónica avanzada, documento que se acompaña en pdf a estos autos, con citación.
         CUARTO   OTROSÍ:   Que   por   este   acto   vengo   en   señalar   a   S.S.,   como   medio   de
         notificación el siguiente correo electrónico: [email protected] QUINTO OTROSÍ:
         Solicito a S.S. tener presente en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la
         profesión, asumo el patrocinio de la demandante y actuaré personalmente en su nombre y
         representación en el presente proceso. Asimismo, en virtud de las facultades que me ha
         conferido mi mandante, otorgo patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio
         de   la   profesión   don   JUDITH   GONZALEZ   ARENAS,   domiciliada   en   calle   Guadalupe
         N°565-A, de la ciudad de San Fernando, quien firma en señal de aceptación, mediante
         firma electrónica avanzada.- Hay Proveído de fecha 12 de Octubre de 2023, que señala:
         NOMENCLATURA: 1. [67]Ordena despachar mandamiento JUZGADO: 1º Juzgado de
         Letras   de   San   Fernando   CAUSA   ROL:   C-2090-2023   CARATULADO:   BANCO   DEL
         ESTADO DE CHILE/CORNEJO San Fernando, doce de octubre de dos mil veintitrés
         Téngase   por   cumplido   con   lo   ordenado,   y   por   acompañado   documento,   se   provee
         derechamente la  demanda  de fecha 28  de septiembre de  2023: A lo  principal:  Por
         interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
         pagaré, bajo el apercibimiento del numeral 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
         Civil, custódiese; Al segundo y quinto otrosí: Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase
         presente personería y por acompañado documento, con citación; Al cuarto otrosí: téngase
         presente correo electrónico sólo para efectos de las notificaciones que deban efectuarse
         personalmente o por cédula. Cuantía: $9.440.629.- Firma digitalmente el Juez Titular que
         se indica en pie de página. En San Fernando, a doce de octubre de dos mil veintitrés, se
         notificó por el estado diario, la resolución precedente. jcz.- El mandamiento de ejecución y
         embargo que consta en el cuaderno de apremio de fecha 12 de Octubre de 2023 es del
         siguiente tenor: M A N D A M I E N T O San Fernando, a doce de octubre de dos mil
         veintitrés. Un  Ministro de Fe requerirá de pago a LEONARDO  ANDRÉS  CORNEJO
         VALENZUELA, el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién
         sus derechos representen la suma de $9.440.629, más intereses, reajustes y costas. No
         verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
         deudor, quedando  estos en  su poder en  calidad  de  depositario  provisional,  bajo  su
         responsabilidad legal. Rol: C-2.090-2.023 Juez Secretaria.-  Con fecha 12 de Agosto de
                                                                Este documento tiene firma electrónica
                                                                y su original puede ser validado en
                                                                http://verificadoc.pjud.cl
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