Page 5 - 23-agosto-2024
P. 5

T
                                                O
                                            N
                                              D
                                                         R
 derecho, viene en demandar al deudor JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA el
                                                       A
                                                    O
                                                      B
                                  N

                                 A
                              J
                               U
                                         N
                                           A
                                        R
                                     F
                                      E
                                                               B
                                                                R
                                                            C
                                                             A
                                                                     A

                                                                  E
                                                                   R

 í
            é
 pago  ntegro del cr dito ascendente a la suma equivalente en pesos moneda legal de
                                                                      A
                                                     E
                                                                     B
                                                                   O
                                                             D
                                                                            A
                                                      R
                                                                        R
                                                          A
         derecho, viene en demandar al deudor JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA el
                                                                 T
                                                               O
                                                A
                                                    F
                                                 N

                                                           N
                                                        N
                                              U
                                             J

                     e
 4
                   m
 2
            s
               e
 7
                      n
 8

                 F
 ,
              d

 2
                  o
                       t
    U
         a

        d
 9 924,2876 Unidades de Fomento, en capital a la fecha del primer vencimiento impago
      n
       i
          d
           e
  6
                        o
                           é
               í
         pago  ntegro del cr dito ascendente a la suma equivalente en pesos moneda legal de
 í
 el d a 05 de enero de 2023, y que equivalen a modo meramente referencial a esa fecha
           2
         9 924,2876 Unidades de Fomento, en capital a la fecha del primer vencimiento impago
             ,
            4
             2

                                F
                              e

                             d
                                 o
                                      t
                                       o
                                     n
                                  m
                                    e
                           s

                   U
                 6
               8
                7
                     n
                         d
                          e
                        a
                      i
                      d
                                            á
                                  0
                                   4
                                5
                                .
                                    7
                             3
 (valor UF $35.167,38) a la suma de $32.504.773.-, m s los intereses convenidos, que
                                       3
                                      7
                               2
                                    .
             í
         el d a 05 de enero de 2023, y que equivalen a modo meramente referencial a esa fecha
                                         í
 debe calcularse a partir de la fecha de la mora el d a 05 de enero de 2023 y hasta la
                                                           á
                                                 4
                                                0
                                               5
                                            3
                                             2
                                               .
                                                    7
                                                      3
                                                   7
                                                   .
         (valor UF $35.167,38) a la suma de $32.504.773.-, m s los intereses convenidos, que
                                         é
 fecha de pago efectivo y, las costas de la causa, a trav s de este procedimiento ejecutivo y
                                                        í
         debe calcularse a partir de la fecha de la mora el d a 05 de enero de 2023 y hasta la
                 ó
                                 O
                        R

                      O
 a contar de su notificaci n.  POR TANTO, A US. PIDO: tener por interpuesta la
                     P
                               T
                                                O
                              N
                           T
                            A
                                              D
                                          .

                                    A
                                            P
                                             I

                                       U
                                         S
                                                        é
         fecha de pago efectivo y, las costas de la causa, a trav s de este procedimiento ejecutivo y
                                                             C
                                       F
                                                     T
                                                                  R
 presente demanda ejecutiva en contra de JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA,
                                                D

                                                               A
                                         R
                                        E
                                                                 B

                                                  O
                                                           R
                                             A
                                                                       A
                                                                     R
                                                                    E
                                           N
                                    N
                                              N
                                 U
                                   A
                                J

                                                        B
                                                         A
                                                      O
                                ó
                                                             D
                                                        S
                                                            I
                                                   A

                                                      U

                                                         .
                                           A
                                          T
                                                           P
                                       R
         a contar de su notificaci n.  POR TANTO, A US. PIDO: tener por interpuesta la
                                    P
                                             N

                                                               O
                                              T
                                     O
                                                O
                                                                    ó
 ya individualizado ordenando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y
                                                               D
                                                                              A
                                               J

                                                                   T
                                                                                    R
                                                   N
                                                                     O
                                                                        A
                                                                       B
                                                       E
                                                             N

                                                                                     A
                                                 A
                                                                O
                                                            A
                                                                               B
                                                        R
                                                                                 R

                                                                                  E
                                                      F
                                                U
         presente demanda ejecutiva en contra de JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA,
                                                          N
                                                        8
 embargo por la suma equivalente en pesos moneda legal de  924,2876 Unidades de
                                                    2
                                                   9
                                                       2
                                                      ,
                                                     4
                                                                  d
                                                                 a
                                                                   e

                                                                     s
                                                          6
                                                            U

                                                              n
                                                                d
                                                               i
                                                                      d
                                                                        e
                                                         7
         ya individualizado ordenando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y
                                                        í
  o
 F Fomento, en capital a la fecha del primer vencimiento impago el d a 05 de enero de
 n
 t
 m
 e
 o
                                                                                  e
                                                                               d
                                                                                   s
         embargo por la suma equivalente en pesos moneda legal de  924,2876 Unidades de
                                                                       8
                                                                    4
                                                                      2
                                                                     ,
                                                                  9

                                                                   2
                                                                        7
                        é
   ú
                                                       í
                                          ñ
                ó
 2023, seg n la liquidaci n de cr dito que se acompa a en el otros  y que equivalen a
                                                                       í
                o
         F Fomento, en capital a la fecha del primer vencimiento impago el d a 05 de enero de
            m
                t
               n
           o
              e
 modo   meramente   referencial   a   esa   fecha   (valor   UF   $35.167,38)   a   la   suma   de
                               ó
                  ú
                                      é
                                                                      í
                                                         ñ
         2023, seg n la liquidaci n de cr dito que se acompa a en el otros  y que equivalen a
                    á
 2
 .
    7
   7
  .
 5
 3
 4
 $32.504.773.-, en capital m s intereses convenidos, reajustes y comisiones, que deben
 0
     3
         modo   meramente   referencial   a   esa   fecha   (valor   UF   $35.167,38)   a   la   suma   de
                                                            á
                                   í
 calcularse a partir de la fecha de la mora el d a 05 de enero de 2023, y m s las costas de
                                   á
                    3
                 7
             5
             .
                 .
         $32.504.773.-, en capital m s intereses convenidos, reajustes y comisiones, que deben
              0
            2
          3
                   7
                4
 la causa; y en definitiva acoger la presente demanda ejecutiva, ordenando que se siga
                                                 í
                                                                          á
         calcularse a partir de la fecha de la mora el d a 05 de enero de 2023, y m s las costas de
           ó
 adelante la ejecuci n hasta hacerse a mi representado entero y cumplido pago de todo lo
         la causa; y en definitiva acoger la presente demanda ejecutiva, ordenando que se siga
                                      ñ
                                  Í
 adeudado,   con   costas.   PRIMER   OTROS :   Se ala   bienes   para   embargo   y   designa
                         ó
         adelante la ejecuci n hasta hacerse a mi representado entero y cumplido pago de todo lo
                                                      ñ
                                             Í
 depositario   provisional.   EN   EL   SEGUNDO   OTROS :   Acompa a   documentos   con    6   R C U C n B i R a E d R ó A     d e
                                                     ñ
                                                Í
         adeudado,   con   costas.   PRIMER   OTROS :   Se ala   bienes   para   embargo   y   designa
 ó
                                     Í
 citaci n y custodia. EN EL TERCER OTROS : se tenga presente. EN EL CUARTO
                                                                     ñ
                                                           Í
         depositario   provisional.   EN   EL   SEGUNDO   OTROS :   Acompa a   documentos   con
  Í
                                                  ó
             í
                          ñ
 OTROS :  Personer a,  y  acompa a  documento,  con  citaci n.  EN  EL  QUINTO
              ó
                                                    Í
         citaci n y custodia. EN EL TERCER OTROS : se tenga presente. EN EL CUARTO
  Í
                                                            é
 OTROS : Patrocinio y poder. El tribunal provee: San Fernando, veintis is de abril de                               Viernes 23 de Agosto de 2024 - Página 5
                                         ñ
                 Í
                           í
                                                                 ó
         OTROS :  Personer a,  y  acompa a  documento,  con  citaci n.  EN  EL  QUINTO
                                                          ó
        é
 dos mil veintitr s. Proveyendo demanda ejecutiva de cobro de obligaci n de dar: A lo   é
                 Í
         OTROS : Patrocinio y poder. El tribunal provee: San Fernando, veintis is de abril de
                                         á
                                                                        í
 principal: por interpuesta demanda ejecutiva, desp chese; Al primer y tercer otros :  ó
                       é
         dos mil veintitr s. Proveyendo demanda ejecutiva de cobro de obligaci n de dar: A lo
                             é
                                               ñ
 é
                          í
 t ngase presente; Al segundo otros : t ngase por acompa ada copia autorizada de la   í                      San Vicente T.T.
                                                        á
         principal: por interpuesta demanda ejecutiva, desp chese; Al primer y tercer otros :
                                                         í
    ú
                                                                   º
 escritura p blica de mutuo e hipoteca, bajo el apercibimiento del art culo 346 N 3 del
                                            é
                                         í
          é
                                                              ñ
         t ngase presente; Al segundo otros : t ngase por acompa ada copia autorizada de la
                                              á
                                                              é
 ó
 C digo  de  Procedimiento  Civil,  en   cuanto  a  los  dem s documentos,  t nganse  por   º   Monseñor Guillermo Vera
                                                                       í
                   ú
         escritura p blica de mutuo e hipoteca, bajo el apercibimiento del art culo 346 N 3 del
                  ó
                                                                í
                                     í
                                        é
  ñ
 acompa ados,   con   citaci n;   Al   cuarto   otros :   t ngase   presente   personer a   y   por   é
           ó
                                                             á
         C digo  de  Procedimiento  Civil,  en   cuanto  a  los  dem s documentos,  t nganse  por
         acompa ado   documento,   con   citaci n;   Al   quinto   otros :   t ngase   presente   correo  celebró misa de la solidaridad
                                                í
  ñ
                            ó
                                                   é
 acompa ado   documento,   con   citaci n;   Al   quinto   otros :   t ngase   presente   correo   í
                                                       é
                                                    í
                ñ
                                ó
         acompa ados,   con   citaci n;   Al   cuarto   otros :   t ngase   presente   personer a   y   por
     ó
 ó
 electr nico s lo para efectos de las notificaciones que deban efectuarse personalmente o
                                                                  é
                ñ
                                                              í
                                           ó
                                        í
          í
 é
 por c dula. Cuant a: UF 924,2876 equivalentes al d a 05 de enero de 2023, a la suma de
                    ó
              ó
         electr nico s lo para efectos de las notificaciones que deban efectuarse personalmente o
                                                                   é
 $32.504.773. El tribunal despacha MANDAMIENTO San Fernando, a veintis is de                                con jóvenes
              é
                                                       í
                         í
         por c dula. Cuant a: UF 924,2876 equivalentes al d a 05 de enero de 2023, a la suma de
                é
                                           á
 mayo de dos mil veintitr s. Un Ministro de Fe requerir  de pago a JUAN FERNANDO   é
         $32.504.773. El tribunal despacha MANDAMIENTO San Fernando, a veintis is de
                                                ó
 TOBAR   CABRERA,   para   que   en   el   acto   de   intimaci n   pague   a   BANCO   DE
                               é
                                                          á
         mayo de dos mil veintitr s. Un Ministro de Fe requerir  de pago a JUAN FERNANDO
 É
                              é
 CR DITO E INVERSIONES, o a qui n sus derechos representen la cantidad de UF
                                                               ó
         TOBAR   CABRERA,   para   que   en   el   acto   de   intimaci n   pague   a   BANCO   DE
                                                                       á
                   í
 924,2876, equivalentes al d a 05 de enero de 2023, a la suma de $32.504.773, m s
                                             é
            É
         CR DITO E INVERSIONES, o a qui n sus derechos representen la cantidad de UF
                                                    ó
                                                         á
 intereses y costas. No verificado el pago en el acto de la intimaci n, tr bese embargo en
         924,2876, equivalentes al d a 05 de enero de 2023, a la suma de $32.504.773, m s á
                                  í
 bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de depositario
                                                                        á
                                                                   ó
         intereses y costas. No verificado el pago en el acto de la intimaci n, tr bese embargo en
                                                                   ó
 provisional, bajo su responsabilidad legal. La parte demandante solicita notificaci n por
         bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de depositario
                                        ó
                                                                       é
 avisos y el tribunal resuelve: San Fernando, veintid s de diciembre de dos mil veintitr s.   ó
         provisional, bajo su responsabilidad legal. La parte demandante solicita notificaci n por
 Proveyendo escrito de folio 43, se resuelve: De conformidad con lo dispuesto en el
                                                      ó
         avisos y el tribunal resuelve: San Fernando, veintid s de diciembre de dos mil veintitr s. é
          ó
                                          í
 í
 art culo 54 del C digo de Procedimiento Civil, notif quese la demanda de fecha 18 de
         Proveyendo escrito de folio 43, se resuelve: De conformidad con lo dispuesto en el
                       EXTRACTO
                  í
 mayo de 2023, su prove do y mandamiento de fecha 26 de diciembre de 2023, al
                                                        í
            í
                         ó
         art culo 54 del C digo de Procedimiento Civil, notif quese la demanda de fecha 18 de
    demandado JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA, mediante avisos redactados en
                                í
         mayo de 2023, su prove do y mandamiento de fecha 26 de diciembre de 2023, al
                í
                                                    í
 extractos por la Secretar a del tribunal o quien la Subrogue. Publ quese por cuatro veces
         demandado JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA, mediante avisos redactados en
 Primer Juzgado Civil Rancagua, calle José Victorino Lastarria N°410,
                           ó
 consecutivas en el Diario Sexta Regi n de esta ciudad y por una sola vez en el Diario
                               í
                                                                   í
         extractos por la Secretar a del tribunal o quien la Subrogue. Publ quese por cuatro veces
 quinto piso, Rancagua, rematará 13 septiemb óre 2024 a las 11:00 hrs
 Oficial.  Con   fecha  09   de  julio  de  2024  el  tribunal   resuelve:  Para  los   efectos del
         consecutivas en el Diario Sexta Regi n de esta ciudad y por una sola vez en el Diario
                    á
                                                                 ó
 requerimiento de pago y trat ndose de un acto procesal distinto de la notificaci n de la
 propiedad  ubicada  pasaje Joaquín  Edwards  Bello  1721  Sitio 12
         Oficial.  Con   fecha  09   de  julio  de  2024  el  tribunal   resuelve:  Para  los   efectos del
     í
                                                                    í
 demanda, c tese al demandado JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA para el d a 29
                                   á
         requerimiento de pago y trat ndose de un acto procesal distinto de la notificaci n de la
 Manzana O, Conjunto Residencial Eduardo Barrios de la comuna San               ó  í
 de agosto de 2024, a las 9:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de
                    í
         demanda, c tese al demandado JUAN FERNANDO TOBAR CABRERA para el d a 29
                       °
                                                    á
 Fernando.  Inmueble inscrito  a  nombre  Cristian  Wenceslao Gómez
 San Fernando en Luis Amesti N 1550, diligencia que se efectuar  por Receptor Judicial.
         de agosto de 2024, a las 9:00 horas en dependencias de este Primer Juzgado de Letras de
 ú
 Incl yase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo.
                                      °
                                                                  á
 Contreras Fojas 4559 N° 784, del Registro de Propiedad SERVIU del
         San Fernando en Luis Amesti N 1550, diligencia que se efectuar  por Receptor Judicial.
             ú
         Incl yase lo resuelto precedentemente en el extracto respectivo.
 Conservador de Bienes Raíces San Fernando, Año 2002. Rol avalúo
 873-8,  comuna  San Fernando.  Mínimo  posturas  $18.678.181
 Interesados deberán presentar vale vista bancario a orden Tribunal por
                                                             Este documento tiene firma electrónica
                                                             y su original puede ser validado en
 equivalente a 10% mínimo. Saldo pagadero dentro de 5 días hábiles a        Este documento tiene firma electrónica
                                                             http://verificadoc.pjud.cl
                                                                            y su original puede ser validado en
 contar día siguiente del remate propiedad,  rematase ad corpus todos       http://verificadoc.pjud.cl
                                                             Código: SKCYXPMRMGK
 sus  usos derechos costumbres servidumbres.  Demás  bases y                Código: SKCYXPMRMGK
 antecedentes ver Juicio Ejecutivo “SCOTIABANK con CARIZ” Rol
                 Jorge Eduardo Sepúlveda Palma
 7838-2023. La Secretaria.
                 Secretario
                 PJUD                                                                    240819309-10-11-12º
                 Catorce de agosto de dos mil veinticuatro
                 18:49 UTC-4
 Clara Luz Vásquez Riquelme
 Secretario
 PJUD
 Catorce de agosto de dos mil veinticuatro
 21:36 UTC-4
                                          EXTRACTO
                                               EXTRACTO

             Primer Juzgado Civil Rancagua, calle José Victorino Lastarria N°410,
                  Primer Juzgado Civil Rancagua, calle José Victorino Lastarria N°410,
             quinto piso, Rancagua, rematará 13 septiembre 2024 a las 11:00 hrs
                  quinto piso, Rancagua, rematará 13 septiembre 2024 a las 11:00 hrs
             propiedad  ubicada  pasaje Joaquín  Edwards  Bello  1721  Sitio 12
                  propiedad  ubicada  pasaje Joaquín  Edwards  Bello  1721  Sitio 12
             Manzana O, Conjunto Residencial Eduardo Barrios de la comuna San
                  Manzana O, Conjunto Residencial Eduardo Barrios de la comuna San
             Fernando.  Inmueble inscrito  a  nombre  Cristian  Wenceslao Gómez
                  Fernando.  Inmueble inscrito  a  nombre  Cristian  Wenceslao Gómez
             Contreras Fojas 4559 N° 784, del Registro de Propiedad SERVIU del
                  Contreras Fojas 4559 N° 784, del Registro de Propiedad SERVIU del
             Conservador de Bienes Raíces San Fernando, Año 2002. Rol avalúo
                  Conservador de Bienes Raíces San Fernando, Año 2002. Rol avalúo
             873-8,  comuna  San Fernando.  Mínimo  posturas  $18.678.181
                  873-8,  comuna  San Fernando.  Mínimo  posturas  $18.678.181
             Interesados deberán presentar vale vista bancario a orden Tribunal por
                  Interesados deberán presentar vale vista bancario a orden Tribunal por
             equivalente a 10% mínimo. Saldo pagadero dentro de 5 días hábiles a
                  equivalente a 10% mínimo. Saldo pagadero dentro de 5 días hábiles a
             contar día siguiente del remate propiedad,  rematase ad corpus todos
                  contar día siguiente del remate propiedad,  rematase ad corpus todos
             sus  usos derechos costumbres servidumbres.  Demás  bases y
                  sus  usos derechos costumbres servidumbres.  Demás  bases y
             antecedentes ver Juicio Ejecutivo “SCOTIABANK con CARIZ” Rol
                  antecedentes ver Juicio Ejecutivo “SCOTIABANK con CARIZ” Rol
             7838-2023. La Secretaria.
                  7838-2023. La Secretaria.
         Clara Luz Vásquez Riquelme
             Clara Luz Vásquez Riquelme
         Secretario                                                                       22-23-27-28-240821301-02-03-04
         PJUD Secretario
         Catorce de agosto de dos mil veinticuatro
             PJUD
         21:36 UTC-4
             Catorce de agosto de dos mil veinticuatro
             21:36 UTC-4
                                                           Este documento tiene firma electrónica
                                                           y su original puede ser validado en
                                                           http://verificadoc.pjud.cl
                                                           Código: UFHTXPPEFHK
                                                                         Este documento tiene firma electrónica
                                                                         y su original puede ser validado en
                                                                         http://verificadoc.pjud.cl tiene firma electrónica
                                                                             Este documento
                                                                             y su original puede ser validado en
                                                                             http://verificadoc.pjud.cl
                                                                         Código: UFHTXPPEFHK
                                                                             Código: UFHTXPPEFHK
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10