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Sábado 25 de Noviembre de 2023 - Página 21
Región de O´Higgins
INDAP incentivará siembra
sustentable de maíz y trigo
Extracto
Luis García Va-
EXTRACTO lenzuela, con 26 años de-
Ante el 2º Juzgado Civil de San Fernando, autos Rol Nº C-952-, caratulados “BANCO DE dicados a la agricultura, es
CHILE/VIAL”, se ordenó notificar por avisos a Jaime Joaquín Vial Fontannaz, la siguiente uno de los 450 productores
gestión preparatoria de desposeimiento: Paula Arancibia Rodríguez, abogado, por el de INDAP de la región de
Banco de Chile, cuyo gerente general es don Eduardo Ebensperger Orrego, ambos con
domicilio para estos efectos en calle Bandera 577, piso 10, comuna y ciudad Santiago, a O’Higgins que accederá Luis García Valenzuela
SS. respetuosamente digo: Vengo en deducir demanda en juicio ejecutivo en contra de a los beneficios del nuevo
Jaime Joaquín Vial Fontannaz, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Fundo Santa programa de “Promoción y la comuna de San Vicente explotación.
Berta S/N, comuna de Chimbarongo y/o en La Llavería 11615, comuna de Vitacura, de Fortalecimiento de la Pro- T.T. acudió a INDAP en el Sobre el nuevo
acuerdo a los antecedentes de hecho y fundamentos de derechos que paso a exponer: I.- ducción Sustentable de Cul- año 2001 a solicitar capital programa de Cultivos Tra-
Título ejecutivo y fecha de mora El Banco que represento es dueño y legítimo tenedor tivos Tradicionales”, que de trabajo para una hectárea dicionales señaló que tiene
del Pagaré Línea de Crédito Automática en Cuenta Corriente Plazo Indefinido Nº impulsan el Ministerio de de zapallo camote. A partir muchas expectativas; agre-
120801789, suscrito por Jaime Joaquín Vial Fontannaz, con fecha 21 de Noviembre de
2000 por la cantidad de $7.807.611.-, suma que el demandado recibió en préstamo, en Agricultura e INDAP. de ahí continuó recibiendo gando que “para mí, INDAP
dinero efectivo y a su entera satisfacción y que se obligó a pagar en una sola cuota el 21 Dicha iniciativa apoyo de INDAP y desde ha sido un aliado en mi ca-
de Diciembre de 2022. Se estableció que esa obligación no sería reajustable y, que a permitirá a estos agriculto- hace 15 años se dedica a mino como agricultor, ayu-
contar desde el día de la fecha del pagaré inclusive, la obligación devengaría intereses en res acceder a asesoría pre- los cultivos tradicionales dándome en momentos de
razón de la Tasa Base Banco de Chile de 30 días para Colocaciones a 1 día Banca de dial especializada con in- de maíz y trigo, que según problemas e incertidumbre”.
Personas recargada en 0,60 puntos sobre el saldo deudor diario de la cuenta corriente de versiones y encadenamiento indicó lo hace por tradición El Seremi de
crédito en el mes respectivo. En caso de mora o simple retardo en el pago de capital y/o
los intereses de esta obligación, se devengará también un interés penal igual al máximo productivo. En la Región de y por el aporte cultural, ali- Agricultura, Cristian Sil-
convencional recién antes referido, el que regirá desde la mora o simple retardo hasta el O’Higgins se incentivará la mentario y patrimonial que va; y el director regional
día de su pago efectivo. Se estipuló que todas las obligaciones que emanan del pagaré siembra sustentable de maíz entregan al país estos culti- de INDAP, Braulio More-
son indivisibles conforme a los artículos 1.526 Nº 4 y 1.528 del Código Civil, se liberó al y trigo; y en otras regiones vos. Esta temporada sem- no, señalaron que uno de
tenedor de la obligación de protesto, y se constituyó para todos los efectos legales
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo las siembras de legumino- bró 8 hectáreas de maíz. los objetivos de este nuevo
domicilio en la comuna de San Fernando, sometiéndose a la jurisdicción de sus
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5 sas como porotos, lentejas, Añadió que en los últimos programa es aumentar las
Tribunales. Es del caso que los demandados, llegado el día de vencimiento de la única
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile, garbanzos, además de trigo, años ha diversificado su hectáreas de cultivos tradi-
MARIO BARRIENTOS OSSA
cuota, a saber, 21 de Diciembre de 2022, no hizo pago de ella. II.- Monto adeudado a la
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el avena y arroz. producción, incorporando cionales con manejo susten-
Abogado
fecha de la mora La suma total de $7.807.611.-, más los intereses pactados y penales,
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ Magíster en Derecho U. de Ch.
que se devenguen desde la fecha de la mora y hasta el día del pago efectivo, calculados y
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm). Este productor de frutales de nectarines a su table.
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en el
determinados en la forma señalada en el referido documento. III.- Ejecutividad del título
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído y
Por último, la deuda consta de un título ejecutivo, es actualmente exigible y su acción no
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
se encuentra prescrita. Por tanto, Sírvase S.S. : Tener por entablada la presente
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o
demanda ejecutiva en contra de Jaime Joaquín Vial Fontannaz, ya individualizado,
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región T TR RI IB BU UN NA AL L D DE E P PA AR RT TI IC CI IO ON N. .
ordenando se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por un total
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo PARTICION: MEJIAS/MEJIAS
de $7.807.611.-, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de
correspondientes, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas.. EN
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento
EL PRIMER OTROSÍ: señala bienes para embargo y designa depositario provisional; EN
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de
EL SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documento y custodia; EN EL TERCER OTROSÍ:
MATE
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un A AV VI IS SO O D DE E R RE EMATE
Acredita personería; EN EL CUARTO OTROSÍ: Se tenga presente. EN EL QUINTO
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en
OTROSÍ: Confiere patrocinio y poder. EN EL SEXTO OTROSÍ: Se exhorte. Resolución de
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la
fecha 29 de Mayo de 2023: A lo principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase presente
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses Ante el Juez Partidor don MARIO BARRIENTOS OSSA, celular: +56 9 9789
bienes muebles y depositario provisional; Al segundo otrosí: por acompañado pagaré bajo
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese 8471, correo electrónico: [email protected], el día jueves 14 de diciembre
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al tercer otrosí:
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de
téngase presente personería y por acompañada con citación, Al cuarto otrosí: téngase
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás del año 2023, a las 16°° hrs., por videoconferencia, se rematará el Sitio N° 102
presente; Al quinto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder conferidos, y en cuanto al
antecedentes, Secretaría del Tribunal.
correo electrónico [email protected], téngase presente solo para las notificaciones de la Población José María Caro, ubicado en Pasaje Lautaro N° 102, de la
estrictamente necesarias; y Al sexto otros : Como se pide, exhórtese al Juzgado de Letras comuna de Nancagua. El mínimo para las posturas será de $ 39.592.507.-;
de turno de Santiago, en los términos señalados por el ejecutante, hasta la traba del
embargo, remitiéndose interconexión las piezas pertinentes para su diligenciamiento.- Sin
Ximena Luz Guzmán Torres precio pagadero al contado, vigésimo día hábil desde fecha de subasta. Para
Secretario perjuicio de aportar materialmente título ejecutivo en original, en el plazo de treinta días
PJUD hacer posturas, interesados deberán presentar vale vista o consignación en la
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo
hábiles, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la ejecución, si así no lo
Tres de noviembre de dos mil veintitrés
16:37 UTC-3 hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5 cuenta corriente de don Mario Barrientos Ossa, por el 5% del mínimo, que
hiciere. Atendido que me afecta la causal de recusación prevista en el artículo 196 N° 5
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile, corresponde a la suma de $ 1.979.625.- El Tribunal dará cumplimiento a lo
Este documento tiene firma electrónica
del Código Orgánico de Tribunales, en relación con la parte demandante Banco de Chile,
y su original puede ser validado en
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el
póngase en conocimiento dicha circunstancia a las partes para los efectos previstos en el
http://verificadoc.pjud.cl
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ previsto en el art. 29 de la Ley N° 21.389, que crea el Registro Nacional de
art culo 125 del Código de Procedimiento Civil.- Cuantía: $7.807.611.- Proveyó don JOSÉ
Código: FPXMXJESPRE
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm). Deudores de Pensiones de Alimentos, no se admitirá participación en el
MIGUEL VALENZUELA, Juez del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. (jm).
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en
Resolución de fecha 21 de Agosto de 2023: De conformidad con lo dispuesto en el el
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su proveído y y remate a quienes se encuentren en dicho registro. El link para conectarse se
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
requiérase de pago a don JAIME JOAQUIN VIAL FONTANNA, cédula de identidad N°
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o enviará a quienes hayan depositado la caución. Demás bases, ver juicio
12.862.113-K, mediante avisos redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región ión arbitral: “MEJIAS/MEJIAS”. Ministro de Fe.
quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Reg
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo
de esta ciudad, y por una sola vez en el Diario Oficial. Comparezca al respectivo
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de
requerimiento de pago, el ejecutado en la Secretaría del tribunal al tercer día después de
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de 06-07-08
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento
la última publicación de la notificación por avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento
de tenerlo por opuesto sin más trámite a la diligencia. Notifíquese por el estado diario de MARIO RAMON Firmado digitalmente
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un 305-
hoy. MANDAMIENTO. San Fernando, veintinueve de Mayo de dos mil veintitrés.- Un por MARIO RAMON
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses -29-1-231123
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en
Ministro de Fe requerirá de pago a don JAIME JOAQUÍN VIAL FONTANNAZ, para que en ENRIQUE ENRIQUE BARRIENTOS
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la
el acto de intimación pague a BANCO DE CHILE, o a quien sus derechos representen la BARRIENTOS OSSA
suma de $7.807.611, por concepto de saldo de capital adeudado, más los intereses OSSA Fecha: 2023.11.14
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese
correspondientes, con costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese 25-28 21:08:31 -03'00'
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de
embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder en calidad de Mario Barrientos Ossa
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás
depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-952-2023.-Demás Juez Partidor
antecedentes, Secretaría del Tribunal.
antecedentes, Secretaría del Tribunal. 22-23-25-28-231121101-02-03-04
Firma electrónica avanzada
ANDREA CAROLINA
Ximena Luz Guzmán Torres ALFARO DE LA FUENTE
Ximena Luz Guzmán Torres 2023.11.15 10:09:19 -0300
Secretario
Secretario
PJUD
PJUD Tres de noviembre de dos mil veintitrés Este documento tiene firma electrónica Andrea Alfaro de la Fuente
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Tres de noviembre de dos mil veintitrés http://verificadoc.pjud.cl Ministro de Fe
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