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Miércoles 8 de Febrero de 2023 - Página 7


                    Cuadro celeste sufrió su primera derrota de la temporada
               O’Higgins dejó escapar



                 el liderato tras perder



                           ante Huachipato






                  Huachipato quedó como  mantuvo firme dentro del campo  sin embargo, el tanto fue anulado por
           único líder del campeonato de Pri-  buscando  extender  la  ventaja,  en  posición de adelanto. Además, un
           mera División tras vencer en con-  el minuto 34, Altamirano rema-  minuto antes los sureños se queda-
           dición de visitante a O´Higgins de  tó a portería sin éxito, en cambio  ron con un jugador menos tras la ex-
           Rancagua por la cuenta mínima, en  O´Higgins respondió a través de un  pulsión de Claudio Torres por doble
           el partido que cerró la tercera fecha  tiro de Matías Donoso en el 41, que  amonestación.
           del torneo en el estadio El Tenien-  estuvo cerca de vencer la valla cus-     Al final, Huachipato se
           te, esta derrota es la primera de la  todiada por Gabriel Castellón.  quedó con el triunfo y se ubicó
           campaña para los celestes que deja-     En la segunda fracción,  como único líder del campeonato
           ron escapar la oportunidad de lide-  Huachipato siguió presionando sobre  con puntaje ideal (9 de 9), mientras
           rar la máxima categoría de nuestro  la portería celeste, a los 68 minutos  que  O´Higgins dejó  escapar  sus
           balompié.                     el argentino Julián Brea remató des-  primeros tres puntos de la campa-
                  La única cifra del partido  de media distancia, pero el balón se  ña, quedando en la tercera ubica-
           llegó en el minuto 17, tras un cen-  fue por sobre el travesaño, el “Capo  ción con 6 puntos. El próximo due-
           tro por derecha de Javier Altamira-  de Provincia” tuvo sobre el final dos  lo del cuadro rancagüino debería
           no este último fue aprovechado por  chances de igualar el marcador, un  haber sido este fin de semana ante
           Mateo Acosta, quien solo tuvo que  disparo desviado de Esteban Morei-  Ñublense en Chillan, pero debido
           empujar el balón para el festejo del  ra en el minuto 83 y posteriormente  a la emergencia decretada en la
           cuadro de Talcahuano.         en los descuentos (minuto 93) Arnal-  zona por los incendios forestales,
                  El  cuadro acerero se  do Castillo, anotó el gol del empate  el match fue postergado.



                              NOTIFICACION POR AVISO.-
                                  NOTIFICACION POR AVISO.-
              Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, en causa Civil Rol C-1365-2019,
               Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, en causa Civil Rol C-1365-2019,
              sobre   Juicio   Ejecutivo,   caratulados  “BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON
               sobre   Juicio   Ejecutivo,   caratulados  “BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON
              ROBLES BARRALES VICTOR ANTONIO”,  por resolución 12 Enero 2023, se
               ROBLES BARRALES VICTOR ANTONIO”,  por resolución 12 Enero 2023, se
              decretó   notificar   por   avisos   de   conformidad   con   artículo   54   del   Código   de
               decretó   notificar   por   avisos   de   conformidad   con   artículo   54   del   Código   de
              Procedimiento   Civil,   la   demanda,   su   proveído   y   mandamiento   al   ejecutado
              VICTOR ANTONIO ROBLES BARRALES, ignoro giro, chileno, rut 10.219.067-K,
               Procedimiento   Civil,   la   demanda,   su   proveído   y   mandamiento   al   ejecutado
                                  NOTIFICACION POR AVISO.-
               VICTOR ANTONIO ROBLES BARRALES, ignoro giro, chileno, rut 10.219.067-K,
              con   domicilio   desconocido.     Banco   del   Estado   de   Chile   dio   en   préstamo   al
                 Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando, en causa Civil Rol C-1365-2019,
              ejecutado la suma de 925,175497.UF. op.148126381-RACV.- por concepto de
               con   domicilio   desconocido.     Banco   del   Estado   de   Chile   dio   en   préstamo   al
                 sobre   Juicio   Ejecutivo,   caratulados  “BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON
              capital,   más   un   interés   del   4,3%   anual,   se   obligó     a   pagar   en   359   cuotas
                 ROBLES BARRALES VICTOR ANTONIO”,  por resolución 12 Enero 2023, se
               ejecutado la suma de 925,175497.UF. op.148126381-RACV.- por concepto de
              mensuales, iguales y sucesivas de 3,290590.UF., las 358 primeras cuotas y de
                 decretó   notificar   por   avisos   de   conformidad   con   artículo   54   del   Código   de
               capital,   más   un   interés   del   4,3%   anual,   se   obligó     a   pagar   en   359   cuotas
              3,520215.UF., la última que incluye intereses y serán pagaderas todos los días 01
                 Procedimiento   Civil,   la   demanda,   su   proveído   y   mandamiento   al   ejecutado
               mensuales, iguales y sucesivas de 3,290590.UF., las 358 primeras cuotas y de
              de cada mes a contar del día 01 Julio 2015 y la última el día 01 Mayo 2045.  No ha
                 VICTOR ANTONIO ROBLES BARRALES, ignoro giro, chileno, rut 10.219.067-K,
               3,520215.UF., la última que incluye intereses y serán pagaderas todos los días 01
              pagado sus obligaciones adeudando incluyendo la capitalización de los intereses
                 con   domicilio   desconocido.     Banco   del   Estado   de   Chile   dio   en   préstamo   al
               de cada mes a contar del día 01 Julio 2015 y la última el día 01 Mayo 2045.  No ha
              del periodo inicial, saldo insoluto de 923,141535.UF., intereses devengados a la
                 ejecutado la suma de 925,175497.UF. op.148126381-RACV.- por concepto de
               pagado sus obligaciones adeudando incluyendo la capitalización de los intereses
              fecha 0,432596.UF. 7 dividendos impagos de 24,671150.UF., intereses penales de
                 capital,   más   un   interés   del   4,3%   anual,   se   obligó     a   pagar   en   359   cuotas
              0,326107.UF., lo que da un total al 5 de Junio de 2019 a 948,571388. UF. Con
               del periodo inicial, saldo insoluto de 923,141535.UF., intereses devengados a la
                 mensuales, iguales y sucesivas de 3,290590.UF., las 358 primeras cuotas y de
              fecha 6 de Junio de 2019, se provee la demanda: A lo principal: despáchese; Al
               fecha 0,432596.UF. 7 dividendos impagos de 24,671150.UF., intereses penales de
                 3,520215.UF., la última que incluye intereses y serán pagaderas todos los días 01
              primer   otrosí:   por   acompañado   pagaré,   custódiese   una   vez   acompañado
                 de cada mes a contar del día 01 Julio 2015 y la última el día 01 Mayo 2045.  No ha
               0,326107.UF., lo que da un total al 5 de Junio de 2019 a 948,571388. UF. Con
              materialmente y por acompañado certificado de deuda, con citación; Al segundo,
                 pagado sus obligaciones adeudando incluyendo la capitalización de los intereses
               fecha 6 de Junio de 2019, se provee la demanda: A lo principal: despáchese; Al
              tercer y cuarto y sexto otrosí: téngase presente; Al quinto otrosí: no ha lugar en la
                 del periodo inicial, saldo insoluto de 923,141535.UF., intereses devengados a la
               primer   otrosí:   por   acompañado   pagaré,   custódiese   una   vez   acompañado
              forma solicitada.- Sin perjuicio de aportar materialmente el pagaré original, en el
                 fecha 0,432596.UF. 7 dividendos impagos de 24,671150.UF., intereses penales de
               materialmente y por acompañado certificado de deuda, con citación; Al segundo,
              plazo de tres días, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la
                 0,326107.UF., lo que da un total al 5 de Junio de 2019 a 948,571388. UF. Con
               tercer y cuarto y sexto otrosí: téngase presente; Al quinto otrosí: no ha lugar en la
              ejecución si no lo hiciere.- Cuantía: UF948,571388 equivalentes al día 5 de junio
                 fecha 6 de Junio de 2019, se provee la demanda: A lo principal: despáchese; Al
               forma solicitada.- Sin perjuicio de aportar materialmente el pagaré original, en el
              de 2019 a la suma de $26.347.481.-  MANDAMIENTO.  San Fernando, a 6 de
                 primer   otrosí:   por   acompañado   pagaré,   custódiese   una   vez   acompañado
              Junio   de   2019.-   Un   ministro   de   Fe   requerirá   de   pago   a   VICTOR   ANTONIO
               plazo de tres días, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la
                 materialmente y por acompañado certificado de deuda, con citación; Al segundo,
              ROBLES BARRALES, para que en el acto de intimidación pague al BANCO DEL
               ejecución si no lo hiciere.- Cuantía: UF948,571388 equivalentes al día 5 de junio
                 tercer y cuarto y sexto otrosí: téngase presente; Al quinto otrosí: no ha lugar en la
              ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la cantidad de UF.
               de 2019 a la suma de $26.347.481.-  MANDAMIENTO.  San Fernando, a 6 de
                 forma solicitada.- Sin perjuicio de aportar materialmente el pagaré original, en el
              948,571388, equivalentes al día 5 de junio de 2019, a la suma de $26.347.481,
                 plazo de tres días, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la
               Junio   de   2019.-   Un   ministro   de   Fe   requerirá   de   pago   a   VICTOR   ANTONIO
              más intereses y costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese
                 ejecución si no lo hiciere.- Cuantía: UF948,571388 equivalentes al día 5 de junio
               ROBLES BARRALES, para que en el acto de intimidación pague al BANCO DEL
              embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder calidad de
                 de 2019 a la suma de $26.347.481.-  MANDAMIENTO.  San Fernando, a 6 de
               ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la cantidad de UF.
              depositario   provisional,   bajo   su   responsabilidad   legal.   Rol:C-1.365-2019
                 Junio   de   2019.-   Un   ministro   de   Fe   requerirá   de   pago   a   VICTOR   ANTONIO
               948,571388, equivalentes al día 5 de junio de 2019, a la suma de $26.347.481,
              RESOLUCION. San Fernando, 12 de Enero  de 2023. Proveyendo escrito de folio
                 ROBLES BARRALES, para que en el acto de intimidación pague al BANCO DEL
               más intereses y costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese
              124, se resuelve: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de
                 ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la cantidad de UF.
               embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder calidad de
              Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de fecha 05 junio 2019, su proveído y
                 948,571388, equivalentes al día 5 de junio de 2019, a la suma de $26.347.481,
              mandamiento de fecha 6 junio 2019, al demandado VICTOR ANTONIO ROBLES
               depositario   provisional,   bajo   su   responsabilidad   legal.   Rol:C-1.365-2019
                 más intereses y costas. No verificado el pago en el acto de la intimación, trábese
              BARRALES, mediante avisos redactados en extractos por Secretaria del tribunal o
                 embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su poder calidad de
               RESOLUCION. San Fernando, 12 de Enero  de 2023. Proveyendo escrito de folio
              quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta
                 depositario   provisional,   bajo   su   responsabilidad   legal.   Rol:C-1.365-2019
               124, se resuelve: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de
              Región de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Por resolución de
                 RESOLUCION. San Fernando, 12 de Enero  de 2023. Proveyendo escrito de folio
               Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de fecha 05 junio 2019, su proveído y
              fecha 18 Enero 2023 se complementó resolución de fecha 12 Enero del presente
                 124, se resuelve: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de
               mandamiento de fecha 6 junio 2019, al demandado VICTOR ANTONIO ROBLES
              año en el sentido que para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de
                 Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de fecha 05 junio 2019, su proveído y
               BARRALES, mediante avisos redactados en extractos por Secretaria del tribunal o
              un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado
                 mandamiento de fecha 6 junio 2019, al demandado VICTOR ANTONIO ROBLES
               quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta
              para el día 28 de Febrero del presente año a las 09:30 horas en dependencias de
                 BARRALES, mediante avisos redactados en extractos por Secretaria del tribunal o
               Región de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Por resolución de
              este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia por Receptor Judicial.
                 quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta
                              XIMENA HINOJOSA ABARCA
               fecha 18 Enero 2023 se complementó resolución de fecha 12 Enero del presente
                 Región de esta ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Por resolución de
                              SECRETARIA SUBROGANTE.-
               año en el sentido que para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de
                 fecha 18 Enero 2023 se complementó resolución de fecha 12 Enero del presente
                 año en el sentido que para los efectos del requerimiento de pago y tratándose de
               un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado
                 un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado
               para el día 28 de Febrero del presente año a las 09:30 horas en dependencias de
                 para el día 28 de Febrero del presente año a las 09:30 horas en dependencias de
               este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia por Receptor Judicial.
           Ximena Andrea Hinojosa Abarca
                 este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia por Receptor Judicial.
                                  XIMENA HINOJOSA ABARCA
           Secretario             XIMENA HINOJOSA ABARCA                       8-9-10-14-230207201-02-03-04
           PJUD                  SECRETARIA SUBROGANTE.-
           Uno de febrero de dos mil veintitrés  SECRETARIA SUBROGANTE.-
           11:06 UTC-3
            Ximena Andrea Hinojosa Abarca
               Ximena Andrea Hinojosa Abarca
               Secretario
            Secretario
               PJUD
            PJUD
               Uno de febrero de dos mil veintitrés
            Uno de febrero de dos mil veintitrés           Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                    Nuestros horarios de atención, son de 09:00 hrs a 13:00
                                                           http://verificadoc.pjud.cl
                                                           Código: NQDCXDVDRXX
                                                                                     hrs en la mañana y 14:00 hrs a 19:00 hrs por la tarde.
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                                                               Código: NQDCXDVDRXX
                                                                  http://verificadoc.pjud.cl
                                                                  Código: NQDCXDVDRXX
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