Page 7 - Diario Agosto 17-
P. 7
Miércoless 17 de Agosto de 2022 - Página 7
RIT : C-667-2019 CHÁVEZ/SOTO F. Ing.: 12/07/2019
RUC: 19- 2-1437648-5 Proc.: Ordinario Forma Inicio: Demanda
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-667-2019, RUC: 19-2-1437648-5, caratulada CHÁVEZ/SOTO
por Alimentos Menores, por resolución de fecha 30 de junio de 2022, se ha ordenado notificar de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, por avisos en el Diario VI Región, por ser un
Diario del lugar donde se sigue el Juicio y que también corresponde al de la Capital de la Provincia de Colchagua
DEMANDA: a doña MARÍA JESÚS SOTO CARO, C.I. 17.127.797-3, demanda por Alimentos Menores ingresada
en este Tribunal el 12 de julio del 2019, interpuesta por don ANTONIO ISAAC CHAVEZ TORRES, al siguiente
tenor: En lo principal, Demanda de Alimentos Menores, primer otrosí: acompaña documentos, segundo otrosí:
solicita Alimentos Provisorios; tercer otrosí, beneficio de asistencia judicial; cuarto otrosí: Patrocinio y Poder,
propone forma de notificación. S.J. de Familia. ANTONIO ISAAC CHAVEZ TORRES deduce demanda de
alimentos menores en contra de la madre de mi hijo Brallan Issac Chavez Soto, doña MARÍA JESÚS SOTO
CARO a fin de que se ordene por su S.S. concederla en todas sus partes condenando a la demandada al pago de
pensión de alimentos. RESOLUCION 30 DE JUNIO DE 2022: A lo principal y al otrosí: como se pide,
reprográmese la audiencia decreta en autos y cítese a audiencia preparatoria para el día 13 de septiembre 2022
a las 11:15 horas en sala virtual (Sala N° 3), la que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no
concurran, todas las resoluciones que se dicten en ella sin ulterior notificación. Lo anterior de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 59 de la ley 19.968. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma
virtual ZOOM). Para este objeto, las partes (en caso de no tener asesoría letrada), los abogados y los programas
deberán informar a este Tribunal una dirección de correo electrónico para conectarse a la videoconferencia y un
número telefónico (red fija o celular) dentro de tercer día de notificada la presente resolución. El ID y el link
respectivo para proceder a la conexión es el siguiente: https://zoom.us/j/99160638145 ID de reunión: 991
6063 8145 Código de acceso: 993718 Se sugiere que las partes se conecten a la dirección señalada con una
antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar técnicamente la correcta realización de la misma,
más la acreditación y validación de la identidad de los participantes. Debido a las características de cada causa,
puede existir un retraso en el inicio de la audiencia, razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo
dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente. Se advierte a las partes desde ya, que conforme lo
dispuesto en el artículo 29 inciso 2 de la ley 19.968, cuentan con plenas facultades para solicitar a los órganos,
servicios públicos o terceras personas la respuesta a los oficios solicitados en la audiencia preparatoria que se
celebre y que hayan sido admitidos por el tribunal, a fin de que puedan ser presentados como medios de prueba
en la audiencia del juicio. MINUTA DE PRUEBAS OFRECIDAS Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar
Programa “Chile apoya a tu Comuna” la tramitación, favorecer la bilateralidad de la audiencia; se informa a las partes, que con una antelación de dos
días hábiles a la fecha de audiencia, deberán ingresar a la carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta
que contenga la individualización de los medios de prueba a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en
Más de $3 mil millones los casos que proceda, deberá consignar: Individualización completa de los testigos (nombre, domicilio)
Dirección, correo electrónico de las instituciones a las que se solicite oficios. Si se trata de otras causas; indicar
la resolución/escrito/informe, que la parte incorporará bajo su responsabilidad como prueba documental. Se
hace presente a las partes que en atención a la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país con ocasión del
fueron entregados a 23 Covid-19, este Tribunal no está despachando oficios por correspondencia. Por lo anterior y con la finalidad de
evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
de dichos oficios. INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA O CONEXIÓN A LAS AUDIENCIAS. Los intervinientes que no
comunas de O’Higgins puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente al tribunal el día de la
audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con las medidas de
resguardo de la vida y salud establecidas por aquella. CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN DE NO ASISTENCIA A
AUDIENCIAS. Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se reprogramará
en los siguientes casos: a) Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede poner en una
situación de riesgo para su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese sentido
En presencia del Delegado Presidencial Regional (DPR), Fabio López Aguilera, (mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b) Si la persona pertenece a la
población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c) Si la
la Seremi de Gobierno, Patricia Torrealba Pino, la encargada de la Subdere persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
regional, Pamela Caro Ángel, y el senador de O’Higgins Juan Luis Castro; ade- autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
idóneo (teléfono del tribunal, whatsapp, Oficina Judicial Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada,
más de la presencia de alcaldes beneficiados, se entregaron $3.100 millones RIT : C-667-2019 CHÁVEZ/SOTO F. Ing.: 12/07/2019
que no cuente con medios para comparecer por video conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al
F. Ing.: 12/07/2019
CHÁVEZ/SOTO
RIT : C-667-2019
tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento
en total para financiar proyectos en 23 comunas. RUC: 19- 2-1437648-5 Proc.: Ordinario Forma Inicio: Demanda
Proc.: Ordinario
Forma Inicio: Demanda
RUC: 19- 2-1437648-5
del art. 59 de la Ley 19.968. OBLIGACIÓN DE DEMANDADO DE INFORMAR CAMBIO DE DOMICILIO Y FORMA DE
RIT : C-667-2019
F. Ing.: 12/07/2019
CHÁVEZ/SOTO
NOTIFICACIÓN. El demandado deberá informar al Tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en
RUC: 19- 2-1437648-5
Forma Inicio: Demanda
Proc.: Ordinario
Recientemente se realizó el de los recursos que hoy día se entre- que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido. El
anuncio de los recursos adjudicados garon en el municipio son para comu- mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
Este documento tiene firma electrónica
mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
demandado que no dé cumplimiento a lo anterior se le podrá imponer una multa de 1 a 15 unidades tributarias
y su original puede ser validado en
Por otra parte, el demandado deberá informar otras formas que faciliten su notificación, atendido lo dispuesto en
en la región de O´Higgins, enmar- nas rurales”, agregó la vocera. Por otra parte, el demandado deberá informar otras formas que faciliten su notificación, atendido lo dispuesto en
http://verificadoc.pjud.cl
el art. 23 de la Ley 19.968, como correo electrónico y teléfono. Lo anterior, bajo apercibimiento de efectuar las
mensuales a beneficio fiscal, ello de conformidad al artículo 2 de la Ley 14.908 modificado por la Ley 20.152.
el art. 23 de la Ley 19.968, como correo electrónico y teléfono. Lo anterior, bajo apercibimiento de efectuar las
restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente por el estado diario que se publica en el
Por otra parte, el demandado deberá informar otras formas que faciliten su notificación, atendido lo dispuesto en
Código: RWNBXXZSYZT
cados en el plan “Chile Apoya a tu El alcalde de Rancagua, Juan restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente por el estado diario que se publica en el
tribunal. OBLIGACIÓN DE LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO
el art. 23 de la Ley 19.968, como correo electrónico y teléfono. Lo anterior, bajo apercibimiento de efectuar las
tribunal. OBLIGACIÓN DE LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO
ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más
restantes notificaciones, en los casos que corresponda, simplemente por el estado diario que se publica en el
Comuna”, impulsado por el Gobier- Ramón Godoy, cuya comuna fue una eficiente las notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios
ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más
tribunal. OBLIGACIÓN DE LAS PARTES, DEMANDANTE Y DEMANDADO DE INFORMAR TELÉFONO, CORREO
de notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las restantes notificaciones, en los casos que
no del presidente Gabriel Boric. A de las beneficiadas por la inyección eficiente las notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios
ELECTRÓNICO, WHATSAPP, COMO FORMAS DE NOTIFICACIÓN, SEGÚN ART. 23 DE LA LEY 19.968. Para hacer más
corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación
de notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las restantes notificaciones, en los casos que
eficiente las notificaciones, disminuir recarga a Carabineros de Chile; se apercibe a las partes, a señalar medios
corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación
través del proyecto de la Subsecre- de recursos detalló sobre el proyecto deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE
de notificación alternativos; y en el evento de no hacerlo, las restantes notificaciones, en los casos que
ABOGADO A LA PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su
deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE
corresponda, simplemente se efectuarán por el estado diario que se publica en el tribunal. Esta obligación
taría de Desarrollo Regional (Sub- adjudicado que se trata de, “resalto, oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su
ABOGADO A LA PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su
abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o
deberá cumplirse al momento de efectuar cualquier presentación en la causa. RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE
ABOGADO A LA PARTE DEMANDADA. Habiéndose efectuado designación de abogado a la parte demandada en su
demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días
dere), 23 comunas se vieron bene- una de las principales peticiones que oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su
abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o
de anticipación a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal
oportunidad, se insta a la parte demandada que deberá ponerse en contacto con su
demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días
abogado designado, a fin de que pueda ejercer, si estima pertinente, su derecho a contestar la demanda y/o
ficiadas, lo que en total significa tenemos de las vecinas y vecinos de dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN
CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información
demandar reconvencionalmente en forma escrita, teniendo presente que ésta debe estar a lo menos con 5 días
de anticipación a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal
la inyección de $3.100 millones a Rancagua estos resaltos de velocidad para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942
de anticipación a la fecha de la audiencia que se fije en su oportunidad, o excepcionalmente en forma verbal
dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN
0388; Email: [email protected]; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00
dentro del mismo plazo, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 19.968. INFORMACIÓN ATENCIÓN
CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información
nuestra región. que permitan reducir la velocidad hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo.
CORPORACIÓN ASISTENCIA JUDICIAL DE SAN FERNANDO. Se hace presente a las partes la siguiente información
para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942
INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del
para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp +569 3942
Tras el anuncio, el delegado frente a muchos temas de seguridad 0388; Email: [email protected]; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00
abogado patrocinante, especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia derivada por
0388; Email: [email protected]; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00 hrs. A 13:00
hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo.
propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente,
hrs y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. Comunas atendidas: San Fernando, Placilla, Nancagua, Chimbarongo.
presidencial, Fabio López, aseguró vial que tenemos en la ciudad”. INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del
que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio.
INFORMACIÓN RESPECTO DE LA DELEGACIÓN DE PODER. En el evento de delegarse el poder por parte del
abogado patrocinante, especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia derivada por
INFORMACIÓN SOBRE FORMAS DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO:
que estos recursos están entregando, “Estoy muy contento por este Plataforma: Canal Digital PJUD A través del enlace: https://conecta.pjud.cl/ Mediante Correo electrónico del
abogado patrocinante, especialmente en período de excepción constitucional por Pandemia derivada por
propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente,
propagación de COVID 19, dicha presentación, debe cumplir con los requisitos mínimos, y acreditar previamente,
Tribunal (solo para remitir escritos) [email protected] INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL
“justicia territorial”, ya que, “esto proyecto, pero además destacar la que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio.
VIRTUAL (OJV). Que, se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única
INFORMACIÓN SOBRE FORMAS DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO:
que el profesional a quien se delega el poder, se encuentra legalmente habilitado para comparecer en juicio.
INFORMACIÓN SOBRE FORMAS DE ATENCIÓN ALTERNATIVAS DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN FERNANDO:
Plataforma: Canal Digital PJUD A través del enlace: https://conecta.pjud.cl/ Mediante Correo electrónico del
viene a romper la lógica de la eva- equidad territorial, entendemos que del Estado, proporcionada y administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones
efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin
Plataforma: Canal Digital PJUD A través del enlace: https://conecta.pjud.cl/ Mediante Correo electrónico del
Tribunal (solo para remitir escritos) [email protected] INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL
Tribunal (solo para remitir escritos) [email protected] INFORMACIÓN SOBRE USO DE OFICINA JUDICIAL
luación social de proyectos que mu- hoy día hay recursos para una gran necesidad de contener su firma manuscrita material. NOTIFICACIONES. Notifíquese al demandante por
VIRTUAL (OJV). Que, se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única
intermedio de su abogado vía correo electrónico. NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demandada y sus proveídos,
VIRTUAL (OJV). Que, se instruye a las partes, que deberán utilizar, para todas sus presentaciones, la Clave Única
doña MARÍA JESÚS
cha veces la rentabilidad social hace cantidad de municipios que se está del Estado, proporcionada y administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones
del Estado, proporcionada y administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Las presentaciones
efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin
SOTO CARO, RUN. 17127797-3, POR AVISOS en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, debiendo
efectuadas a través de la Oficina Judicial Virtual, se entenderán suscritas por el usuario que las remite, sin
confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte
que los recursos se empiecen a quedar desarrollando en la Subdere y que necesidad de contener su firma manuscrita material. NOTIFICACIONES. Notifíquese al demandante por
necesidad de contener su firma manuscrita material. NOTIFICACIONES. Notifíquese al demandante por
demandante realizar las gestiones pertinentes para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la
intermedio de su abogado vía correo electrónico. NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demandada y sus proveídos,
intermedio de su abogado vía correo electrónico. NOTIFÍQUESE A LA DEMANDADA la demandada y sus proveídos,
donde hay mayor población”. tenemos que avanzar justamente en realización de la notificación dentro de los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que
doña MARÍA JESÚS
de no concurrir el día
doña MARÍA JESÚS y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá
SOTO CARO, RUN. 17127797-3, POR AVISOS en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, debiendo
Asimismo, remarcó que, la descentralizar”, añadió el edil de la abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. En virtud de lo dispuesto en el
SOTO CARO, RUN. 17127797-3, POR AVISOS en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, debiendo
confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte
artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
confeccionarse el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del Tribunal. Siendo responsabilidad de la parte
medida “Tiene efectos multiplicado- capital regional. demandante realizar las gestiones pertinentes para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la
instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
demandante realizar las gestiones pertinentes para efectuar las publicaciones ordenadas en autos para la
realización de la notificación dentro de los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que
dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Firma el Juez que
realización de la notificación dentro de los plazos anteriores señalados. Se apercibe a la parte demandante, que
res, ya que van a ser recursos que van Finalmente, Carlos Aliaga, de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá
encabeza el pie de firma digital. .San Fernando, 9 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San
de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la causa se podrá
Fernando.
abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. En virtud de lo dispuesto en el
abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968. En virtud de lo dispuesto en el
a permitir reactivar la economía en alcalde de Peumo, la comuna be- artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
artículo 11 de la Ley N° 20.886 y el artículo 27 del Acta 71-2016, las comunicaciones entre el Poder Judicial y las
las distintas comunas que van a ser neficiada con la mayor cantidad de instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
instituciones serán por medios electrónicos, siendo responsabilidad de cada institución mantener actualizado
dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Firma el Juez que
dicho correo electrónico. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Firma el Juez que
encabeza el pie de firma digital. .San Fernando, 9 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San
beneficiadas porque se van a poder recursos en la región de O’Higgins, Boris Mauricio Ortega Suazo
encabeza el pie de firma digital. .San Fernando, 9 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San
Fernando.
Fernando.
activar fuentes laborales”. manifestó que tras la adjudicación, “a Jefe Unidad
PJUD
En la misma línea, la Seremi nosotros nos corresponde recuperar Nueve de agosto de dos mil veintidós 18-18-20-220816301-02-03
19:21 UTC-4
de Gobierno, Patricia Torrealba, des- espacios públicos, trabajar en razón Boris Mauricio Ortega Suazo
Boris Mauricio Ortega Suazo
tacó el “sello de descentralización” de la seguridad ciudadana ¿y cómo se Jefe Unidad
Jefe Unidad
de esta iniciativa del Gobierno. hace eso? Invirtiendo ¿invirtiendo en PJUD PJUD
Nueve de agosto de dos mil veintidós
Nueve de agosto de dos mil veintidós
“Específicamente, hay 23 co- qué? En canchas de fútbol, en mejoras 19:21 UTC-4
19:21 UTC-4
Este documento tiene firma electrónica
munas que se adjudicaron proyectos de iluminación, y en ese sentido no- y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
emblemáticos para muchas de ellas. sotros como municipio, como comu- Código: RWNBXXZSYZT
Y algo muy importante, más de 60% na, estamos felices”.
Este documento tiene firma electrónica
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado
y su original puede ser validado en en
http://verificadoc.pjud.cl
http://verificadoc.pjud.cl
Código: RWNBXXZSYZT
Código: RWNBXXZSYZT