Page 10 - Diario Agosto 4-
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Página 10 - Miércoles 4 de Agosto de 2021

                   pdI investiga homicidio de interno



                                       en cárcel de Rancagua




                                                    Otro reo también fue herido y trasladado al Hospital Regional

                 una  riña  que  torio de Criminalística  muerte.
        tuvo lugar el domin-    (laCrim) regional, se           en cuanto al in-
        go en el módulo 48 del  trasladaron hasta el re-  terno que se encuentra
        Complejo Policial  ran-  cinto penitenciario se-  internado en el Hospital
        cagua, terminó con gra-  ñalado, donde efectua-  regional, habría sido
        ves consecuencias, ya  ron diversas diligencias  agredido con un arma
        que un reo de 24 años,  investigativas,  relacio-  corto-punzante en  uno
        perdió la vida y otro in-  nadas a entrevistas al  de sus pulmones, mien-
        terno de 29 años fue in-  personal de Gendarme-  tras se encontraba en un
        ternado con riesgo vital  ría y revisión de cáma-  taller de la cárcel, situa-
        en el Hospital  regional  ras de seguridad.     ción que lo mantiene en
        rancagua.                        las   indagato-  estado de gravedad.
                 debido   a   lo  rias  permitieron  esta-           Conforme  a  lo
        anterior, y a solicitud  blecer que el interno fa-  señalado por la Pdi,
        del fiscal de turno de  llecido fue atacado con  los antecedentes fueron
        la  macrozona  o’Hig-   un estoque artesanal  entregados a la Fiscalía
        gins, el personal de la  por otro reo de 28 años,  local de rancagua, con
        Brigada de Homicidios  quien lo hirió en uno de  quien determinarán el
        (BH)  rancagua, junto  sus brazos, lesión que  curso que tomará la in-
        a peritos del  labora-  le habría provocado la  vestigación.
                                         FOJA: 22 .-  veintid s .-ó




  NOMENCLATURA        : 1. [378]Actuaci nó               existen denuncias desde el año 2019
                             detienen a sujeto acusado por abusar
  JUZGADO             : Juzgado de Letras y Gar.de Litueche
  CAUSA ROL           : V-17-2021
  CARATULADO          : ARRU /OSORIOÉ                 FOJA: 22 .-  veintid s .-ó
                               de cinco mujeres en capital regional
  Con esta fecha se autoriza extracto.
                                                                                                                      EXTRACTO
  Litueche,  dos de Agosto de dos mil veintiuno                                                                 SENTENCIA DECLARATIVA
                    NOMENCLATURA     : 1. [378]Actuaci nó
                                                                                                              INTERDICCIÓN POR DEMENCIA
                    JUZGADO
                                     : Juzgado de Letras y Gar.de Litueche
                 durante la tarde  na de  rancagua, un in-  tos  sexuales (BriseX)   automóvil blanco.  sujeto que las violentó  años de edad, la cual fue
                    CAUSA ROL
                                     : V-17-2021
                             EXTRACTO
                    CARATULADO dividuo que viajaba en  rancagua, efectuó diver-
        del domingo, se acercó       : ARRU /OSORIOÉ      FOJA: 22 .-  veintid s .-ó           Conforme  a  los  sexualmente.   materializada por la Pdi.
                                                                                            Con fecha 23 de abril de 2021, a fojas 17 y siguientes en autos voluntarios sobre
        una mujer de 23 años,  un automóvil blanco, la  sas diligencias, mediante   antecedentes proporcio-           luego  de  reco-           desde  la  Poli-
       En causa Rol V-17-2021, del Tribunal de Letras y Garantía de Litueche,               interdicción por demencia caratulados “DE LA PAZ”, Rol V-207-2020, del Segundo
                    Con esta fecha se autoriza extracto.
                                acorraló y la sujetó de  las cuales pudo determi-
        hasta a la Pdi de ranca-
                                                                                            Juzgado de Letras de San Fernando, se resolvió: “I.- Que, ha lugar a la solicitud
  caratulada   “Arrué/Osorio”,   por   sentencia   de   fecha   21   de   abril   del   año   2021,   nados por otras muje-  pilar  los  antecedentes,  el  cía de  investigaciones,
                                : 1. [378]Actuaci nó
                    Litueche,  dos de Agosto de dos mil veintiuno
                                                                                            interpuesta, y en consecuencia, se declara a don  RICARDO OMAR ABARZA
            NOMENCLATURA
  debidamente rectificada a través de resolución de fecha 18 de junio del año 2021,  existían  denun-  res que denunciaban al  personal de la BriseX  hicieron un llamado a
        gua, con la finalidad de  un brazo, con la inten-
                                                        nar  que
                                                                                            ABARZA, cédula nacional de identidad N°4.880.872-7, nacido el 10 de diciembre
                                : Juzgado de Letras y Gar.de Litueche
            JUZGADO
        realizar una denuncia,  ción  supuestamente  de  cias previas por hechos
  se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento   mismo sujeto en redes  rancagua dio cuenta de  denunciar a otras per-
                                                                                            de 1945, interdicto por causa de demencia; prívesele de la administración de todos
            CAUSA ROL
                                : V-17-2021 EXTRACTO
                                                        similares desde el año
        en la cual indicó que  abusarla sexualmente.
  de doña Crelia Rosa Osorio, Rut 3.975.353-7 ocurrido el día 9 de octubre del año   sociales, los detectives  las diligencias efectua-  sonas que pudiesen ha-
                                                                                            sus bienes y nómbrese asimismo como curadora general de sus bienes a doña
                                : ARRU /OSORIOÉ
            CARATULADO
  2020, siendo su último domicilio en el sector de El Pihuelo sin número de la   lograron identificar el  das a la fiscal de turno  ber sido, eventualmen-
        mientras habría estado
                                       tras  cursar  la  2019, los que tenían lugar
                                                                                            Rosa del Carmen de la Paz Valencia, cédula nacional de identidad N°6.241.458-
                        En causa Rol V-17-2021, del Tribunal de Letras y Garantía de Litueche,
  comuna de La Estrella, conforme al testamento solemne abierto, otorgado por la            8. II.- Dese estricto cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 447 del Código
            Con esta fecha se autoriza extracto.   por   sentencia   de   fecha   21   de   abril   del   año   2021,
                    caratulada   “Arrué/Osorio”,
        caminando por el sector  denuncia, la Brigada  en el sector Baquedano y   automóvil  menciona-  de la  macrozona  o’Hig-  te,  víctimas  del  sujeto,
                    debidamente rectificada a través de resolución de fecha 18 de junio d
  causante ante la Notario Público de Litueche doña Carmen Correa Ossa, de fecha el año 2021,   Civil.”
                                investigadora  de  deli-
                                                        siempre mencionaban un
        Baquedano, en la comu-
                    se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento
  17 de diciembre del año 2015, a sus herederos legitimarios: Alejandro Alfonso,   do y el conductor de  gins, quien gestionó con  quien fue puesto a dis-
            Litueche,  dos de Agosto de dos mil veintiuno
                    de doña Crelia Rosa Osorio, Rut 3.975.353-7 ocurrido el día 9 de octubre del año
  Crelia Ester, Cecilia de Lourdes, Jaquelina del Carmen, Rodi del Carmen, Ana   este,  el  cual  fue  reco-  el Juzgado de Garantía  posición del Juzgado de
                    2020, siendo su último domicilio en el sector de El Pihuelo sin número de la
  Rosa, Guillermina del Carmen y Julio Enrique, todos ellos de apellidos Arrué   nocido por otras cuatro  de  rancagua, una orden  Garantía de  rancagua,
                    comuna de La Estrella, conforme al testamento solemne abierto, otorgado por la
                                      EXTRACTO
  Osorio. Este último, representado por sus hijos, don Julio Enrique Arrué Lizana y
                    causante ante la Notario Público de Litueche doña Carmen Correa Ossa, de fecha   personas, además de la  de detención verbal en  para su correspondiente
  Fabiola   del  Pilar  Arrué   Lizana,  esta  fallecida   el  22  de  junio  del   año  2019  y
                    17 de diciembre del año 2015, a sus herederos legitimarios: Alejandro Alfonso,
                 En causa Rol V-17-2021, del Tribunal de Letras y Garantía de Litueche,   denunciante,  como  el  contra del imputado de 33  control de detención.
  representada por su hijo y bisnieto de la causante, don Martín Ignacio Jeria Arrué.
                    Crelia Ester, Cecilia de Lourdes, Jaquelina del Carmen, Rodi del Carmen, Ana
            caratulada   “Arrué/Osorio”,   por   sentencia   de   fecha   21   de   abril   del   año   2021,
                    Rosa, Guillermina del Carmen y Julio Enrique, todos ellos de apellidos Arrué
  Además, se concede la posesión efectiva de la herencia testada a don Marcelo
            debidamente rectificada a través de resolución de fecha 18 de junio del año 2021,
                    Osorio. Este último, representado por sus hijos, don Julio Enrique Arrué Lizana y
  Ramiro Arrué Arrué, cédula nacional de identidad Nº 14.474.439-k, en su calidad
                    Fabiola   del  Pilar  Arrué   Lizana,  esta  fallecida   el  22  de  junio  del   año  2019  y
            se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento
  de heredero de la cuarta de mejoras y de la cuarta de libre disposición.
                    representada por su hijo y bisnieto de la causante, don Martín Ignacio Jeria Arrué.
            de doña Crelia Rosa Osorio, Rut 3.975.353-7 ocurrido el día 9 de octubre del año
                    Además, se concede la posesión efectiva de la herencia testada a don Marcelo
            2020, siendo su último domicilio en el sector de El Pihuelo sin número de la                      EXTRACTO
                   FRANCISCO GUAJARDO MORALES
                    Ramiro Arrué Arrué, cédula nacional de identidad Nº 14.474.439-k, en su calidad
            comuna de La Estrella, conforme al testamento solemne abierto, otorgado por la             SENTENCIA DECLARATIVA
                      SECRETARIO SUBROGANTE
                    de heredero de la cuarta de mejoras y de la cuarta de libre disposición.
            causante ante la Notario Público de Litueche doña Carmen Correa Ossa, de fecha           INTERDICCIÓN POR DEMENCIA
            17 de diciembre del año 2015, a sus herederos legitimarios: Alejandro Alfonso,
                                  FRANCISCO GUAJARDO MORALES
                                    SECRETARIO SUBROGANTE
            Crelia Ester, Cecilia de Lourdes, Jaquelina del Carmen, Rodi del Carmen, Ana
                                                                                 Con fecha 23 de abril de 2021, a fojas 17 y siguientes en autos voluntarios sobre
            Rosa, Guillermina del Carmen y Julio Enrique, todos ellos de apellidos Arrué
                                                                                 interdicción por demencia caratulados “DE LA PAZ”, Rol V-207-2020, del Segundo
            Osorio. Este último, representado por sus hijos, don Julio Enrique Arrué Lizana y
                                                                                 Juzgado de Letras de San Fernando, se resolvió: “I.- Que, ha lugar a la solicitud
            Fabiola   del  Pilar  Arrué   Lizana,  esta  fallecida   el  22  de  junio  del   año  2019  y
            representada por su hijo y bisnieto de la causante, don Martín Ignacio Jeria Arrué.   interpuesta, y en consecuencia, se declara a don  RICARDO OMAR ABARZA
                                                                                 ABARZA, cédula nacional de identidad N°4.880.872-7, nacido el 10 de diciembre
            Además, se concede la posesión efectiva de la herencia testada a don Marcelo
                                                                                 de 1945, interdicto por causa de demencia; prívesele de la administración de todos
            Ramiro Arrué Arrué, cédula nacional de identidad Nº 14.474.439-k, en su calidad
                                                                                 sus bienes y nómbrese asimismo como curadora general de sus bienes a doña
            de heredero de la cuarta de mejoras y de la cuarta de libre disposición.
                                                                                 Rosa del Carmen de la Paz Valencia, cédula nacional de identidad N°6.241.458-
                            FRANCISCO GUAJARDO MORALES                           8. II.- Dese estricto cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 447 del Código
                               SECRETARIO SUBROGANTE                 EWPCVQNMQL  EWPCVQNMQL  Civil.”
                                                  Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                            Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                  validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la  4-5-10-210803301-02-03            2-3-4-210730301-02-03
                                                            validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                  causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada
                                                            causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada
                                                  corresponde  al  horario  de  invierno  establecido  en  Chile establecido  en  Chile Ximena Luz Guzman Torres
                                                            corresponde  al  horario  de  invierno
                                                            Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica
           Francisco Javier Guajardo Morales
 Francisco Javier Guajardo Morales                Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica  Fecha: 01/06/2021 19:00:11
                                                            Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular
                                                  Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular
           Fecha: 02/08/2021 16:44:04
                                                            Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos
 Fecha: 02/08/2021 16:44:04                       Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos           03208969988
                                                            horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl
                                                  horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl
                                                                               EWPCVQNMQL
                                                           Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                           validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                           causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada
                                                           corresponde  al  horario  de  invierno  establecido  en  Chile
 Francisco Javier Guajardo Morales                         Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica
                                                           Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular
 Fecha: 02/08/2021 16:44:04                                Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos
                                                           horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl
                                                                     Ximena Luz Guzman Torres
                                                                     Fecha: 01/06/2021 19:00:11
                                                                                                               03208969988
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