Page 7 - Diario Mayo 19
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                                                  278 años de vida de la “Comarca de ensueño”
              “San Fernando una ciudad que busca



                                 avanzar a un futuro mejor”





                 El  concejal  Alejandro  ción que sólo mejorará cuando  San Fernando seguirá crecien-
        Riquelme Calvo señaló que la  a través de nuestros hijos y fa-  do en el futuro de la mano de
        ciudad de San Fernando es una  milia mantengamos nuestras  todos sus habitantes, siendo
        ciudad que busca avanzar ha-  raíces y tradiciones”.      empáticos,  preocupándonos
        cia un futuro mejor, al cumplir           Manifestó   también   del otro, solidarios, es parte de
        la capital de Colchagua el día  que muchos sanfernandinos,  lo que siempre hemos sido”.
        17 de mayo recién pasado, 278  que hoy no están en la ciudad           El  concejal  Riquelme
        años de vida.                mantienen un constante con-  manifestó como autoridad y
                 Fue  un  aniversario  tacto con su tierra a través de  vecino que espera que la ciu-
        diferente, ya que la crisis sa-  las redes sociales y tecnología,  dad se levante de esta crisis sa-
        nitaria  que  afecta  al  país,  ha  San Fernando recorre el mundo  nitaria, manteniendo un auto-
        llevado a la suspensión de este  con los “patiperros” colchagüi-  cuidado,  ayudando  a  nuestros
        tipo  de  actividades,  evitando  nos que llevan la historia de su  adultos mayores y niños, sien-
        el contacto social, para la au-  ciudad por diferentes lugares  do empático con el otro, ya que
        toridad comunal dijo que fue  del planeta.                así juntos será la única forma
        un día distinto ya que se vi-           Riquelme  Calvo  seña-  se superará esta pandemia.
        nieron a su memoria diferentes  ló también que “Me he contac-           Finalizó   expresando
        recuerdos de lo que han sido  tado a través de la  RRSS  con  la autoridad que “Cuidemos
        la comuna, los glorioso de su  muchos sanfernandinos que  nuestra ciudad, su historia,
        historia, de lo que es y será la  han construido una nueva vida  sus tradiciones y su gente, es
        principal ciudad de la provin-  fuera de su ciudad, pero que  la ciudad del progreso, defen-
        cia de Colchagua.            mantienen sus raíces intactas  diéndola, ya que la ciudad que
                 El  concejal  dijo  que  a través de la mirada especial  queremos hay que construirla
        “La ciudad ha avanzado, ha ha-  del oriundo de esta tierra hua-  entre todos, diariamente, ba-
        bido mucha  inversión  privada  sa. San Fernando es una ciudad  rriendo nuestra vereda, salu-  El concejal Alejandro Riquelme Calvo señaló que la ciudad de San
        que nos lleva a sentir que es-  con mucha historia, donde mu-  dando al vecino, preocupándo-  Fernando es una ciudad que busca avanzar hacia un futuro mejor, al
        tamos avanzando por un lado,  chos seguiremos luchando por  nos de todos, son 278 años de   cumplir la capital de Colchagua 278 años de vida
        pero perdiendo algunas cosas  nuestras tradiciones, nuestra  vida construyendo y sementan-
        como la capacidad de ser más  identidad,  por  lo  que  fuimos,  do un camino para el futuro de
        empático, más familiar, situa-  lo que somos y lo que seremos,  Chile”.
                                                                                                          EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS Juzgado Civil de Rancagua, causa C-4-
                                                                                                 EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS Juzgado Civil de Rancagua,
                                                                                                          2020, sobre procedimiento rendici n de cuentas, caratula AMPUERO/SOCIEDAD LOó
                                                                                                          CASTILLO LTDA, orden  notificar por aviso extractado la demanda y sus proveidos aó
                                                                                                 causa C-4-2020, sobre procedimiento rendición de cuentas, caratula
                                                                                                          Pilar Villalobos Bellemans,  Rut  16.126.432-6, y a Pablo Andre Cordero Tapia, RUT
                                                                                                 AMPUERO/SOCIEDAD LO CASTILLO LTDA, ordenó notificar por aviso
                                                                                                          16.777.069-K, demandante  Rosa Jacqueline Ampuero Pinochet, Rut  9.224.166-1, la
                                                                                                 extractado la demanda y sus proveidos a Pilar Villalobos Bellemans, Rut
                                                                                                          demandante solicita tener por interpuesta demanda de rendici n de cuentas respecto aló
                                                                                                 16.126.432-6, y a Pablo Andre Cordero Tapia, RUT 16.777.069-K, de-  í
                                                                                                                                                ó
                                                                                                          proyecto de  Construcci n, Ampliaci n y Remodelaci n de Local Comercial Mar a“
                                                                                                                                    ó
                                                                                                                           ó
                                                                                                          Alejandra  y la suma de $111.589.203 que con fecha 04 de julio del a o 2019 se dio en”
                                                                                                 mandante Rosa Jacqueline Ampuero Pinochet, Rut 9.224.166-1, la de-  ñ
                                                                                                          administraci nó ; proveido de fecha 09 de enero de 2020:  A lo principal: t ngase poré
                                                                                                 mandante solicita tener por interpuesta demanda de rendición de cuen-
                                                                                                          presentada solicitud de rendici n de cuenta, de conformidad al procedimiento establecidoó
                                                                                                 tas respecto al proyecto de “Construcción, Ampliación y Remodelación
                                                                                                                                   ó
                                                                                                          en los art culos 693 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, debiendo do a Pilarí
                                                                                                          Villalobos Bellemans en su calidad  de representante  legal  de Sociedad Lo Castillo
                                                                                                 de Local Comercial María Alejandra” y la suma de $111.589.203 que
                                                                                                          Limitada, presentar cuenta detallada de la administraci n, dentro del plazo de 15 d asó
                                                                                                 con fecha 04 de julio del año 2019 se dio en administración; proveido de   ó  í
                                                                                                          h biles contados desde la notificaci n personal de la presente resoluci n.- Al primerá
                                                                                                                                  ó
                                                                                                 fecha 09 de enero de 2020: A lo princip                 í       °
                                                                                                                            ñal: téngase por presentada soli-
                                                                                                          otros : t ngase por acompa ado contrato bajo apercibimiento del art culo 346 N 3 delíé
                                                                                                 citud de rendición de cuenta, de conformidad al procedimiento estable-  ó  í
                                                                                                                                    á
                                                                                                          C digo de Procedimiento Civil, dem s documentos con citaci n. Al segundo otros :ó
                                                                                                 cido en los artículos 693 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
                                                                                                                                   ; Proveido de fecha 29 de enero de 2020, A lo
                                                                                                          t ngase presente patrocinio y poderé
                                                                                                                                                   é
                                                                                                          principal:   t ngase   por   modificada   la   demanda   en   los   t rminos   solicitados   y,   ené
                                                                                                 debiendo do a Pilar Villalobos Bellemans en su calidad de representante   ó
                                                                                                          consecuencia, se complementa el prove do de la demanda en resoluci n de fecha 09 deí
                                                                                                 legal de Sociedad Lo Castillo Limitada, presentar cuenta detallada de la   é
                                                                                                          enero de 2020, folio 5, quedando del modo siguiente:   A lo principal: t ngase por“
                                                                                                 administración, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la
                                                                                                          presentada solicitud de rendici n de cuenta, de conformidad al procedimiento establecidoó
                                                                                                 notificación personal de la presente resolución.- Al primer otrosí: ténga-  ñ
                                                                                                          en los art culos 693 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, debiendo do a Pilarí
                                                                                                                                   ó
                                                                                                          Villalobos Bellemans y/o don Pablo Cordero Tapia en su calidad de representantes
                                                                                                 se por acompañado contrato bajo apercibimiento del artículo 346 N°3
                                                                                                          legales   de   Sociedad   Lo   Castillo   Limitada,   presentar   cuenta   detallada   de   la
                                                                                                 del Código de Procedimien                 áto Civil, demás documentos con citación. Al   ó
                                                                                                          administraci n, dentro del plazo de 15 d as h biles contados desde la notificaci nó
                                                                                                 segundo otrosí: téngase presente patrocinio y poder; Proveido de fecha
                                                                                                          personal de la presente resoluci n. ; ó” Proveido de fecha 20 de marzo de 2020, Como se
                                                                                                 29 de enero de 2020, A lo principal: téngase por modificada la demanda
                                                                                                          pide,   atendido   el   m rito   de   autos,   notif quese   el   libelo   a   la   parte   demandada   deé
                                                                                                                                       í
                                                                                                          conformidad a lo dispuesto en el art culo 54 del C digo de   Procedimiento Civil,í
                                                                                                                                               ó
                                                                                                 en los términos solicitados y, en consecuencia, se complementa el pro-
                                                                                                          mediante tres avisos extractados, redactados por la se ora secretaria del Tribunal, losñ
                                                                                                 veído de la demanda en resolución de fecha 09 de enero de 2020, folio
                                                                                                          que ser an publicados en un diario de circulaci n regional, sin perjuicio del que debeí
                                                                                                                                          ó
                                                                                                 5, quedando del modo siguiente: “A lo principal: téngase por presentada
                                                                                                          realizarse en el Diario Oficial.-. Ministro de fe.
                                                                                                 solicitud de rendición de cuenta, de conformidad al procedimiento esta-
                                                                                                 blecido en los artículos 693 y siguientes del Código de Procedimiento
                                                                                                 Civil, debiendo doña Pilar Villalobos Bellemans y/o don Pablo Cordero
                                                                                                 Tapia en su calidad de representantes legales de Sociedad Lo Castillo
                                                                                                 Limitada, presentar cuenta detallada de la administración, dentro del
                                                                                                 plazo de 15 d as hábiles contados desde la notificación personal de la
                                    Clínica Odontológica ZAVAL                                   presente resolución.”; Proveido de fecha 20 de marzo de 2020, Como  18-19-20-22 DE MAYO 2020.
                                    Odontología Integral                                         se pide, atendido el mérito de autos, notifíquese el libelo a la parte de-
                                                                                                 mandada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de
                                                                                                 Procedimiento Civil, mediante tres avisos extractados, redactados por
                                    Chacabuco Nº 803, esquina Cardenal Caro                      la señora secretaria del Tribunal, los que serían publicados en un diario
                                    San Fernando - 72 2718814 - +56971351246 -                   de circulación regional, sin perjuicio del que debe realizarse en el Diario
                                    [email protected]                                       Oficial.-. Ministro de fe.
                  Un completo equipo de profesionales para cada especialidad
          *Odontología general   *Odontopediatria           *Trastornos temporomandibulares     Cecilia Mercedes Cornejo Romero  Clara Luz Vasquez Riquelme
          *Endodoncia          *Implantología               *Rehabilitación oral                Fecha: 21/04/2020 20:37:07  Fecha: 22/04/2020 09:17:07
                                                                                                                                    03300537397
          *Ortodoncia          *Cirugía bucal y maxilofacial   *Rejuvenicimiento facial
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