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Página 6 - Miércoles 12 de Febrero de 2025


                                                                                              Investigan hallazgo

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             N NOMENCLATURA                : : 1. [378]Actuaci n
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             J JUZGADO               : : 1  Juzgado de Letras de San Fernando               de cadáver al interior
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             C CAUSA ROL             : : C-2336-2024
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             C CARATULADO            : : BANCO DE CHILE/JARA
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             Ante el 11  Juzgado de Letras de San Fernando, en autos Rol N  CC-2336-2024,
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             caratulados "B BANCO   DE   CHILE   /   JARA", se orden  notificar por avisos aló
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                                                                      A
                                                                   U
             demandado, la siguiente demanda ejecutiva y resoluciones: P PAULA ARANCIBIA
                                                                 A
                                                                                B
                                                                                  I
                                                                              C
                                                                            N
                                                                                  A
                                                                          R
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                                                                                I
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               O
             R RODRIGUEZ, Abogada, c dula nacional de identidad n mero 9.342.648-7, en
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                       E
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                D
                  R
             representaci n convencional y en calidad de mandataria judicial, seg n se acreditará
                                                                       ú
                       ó
             del B BANCO DE CHILE, sociedad An nima del Giro Bancario, Rut 97.004.000-5,ó
                      O
                                 L
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                              H

             representada   legalmente   por   don   Eduardo   Alberto   Ebensperger   Orrego,   ambos
                                                                        °
             domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago, calle Ahumada N  251, a S.S.
             respetuosamente digo: Vengo en deducir demanda en juicio ejecutivo en contra de
             P PABLO  ANDRES JARA  VASQUEZ, ignoro profesi n u oficio, en calidad deó
                                           U
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             deudor principal, con domicilio en Pasaje Florencia Uno 0350, comuna de San
                                                      g
             Fernando. El Banco de Chile es acreedor del P Pagar  en Cuotas (Cuotas en Pesos)é   e n   C u o t a s   ( C u o t a s   e n   P e s o s )
                                                     a
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                                                  2

             N N 1873, suscrito con fecha 110 de enero de 2023 por la cantidad de $$45.875.281.-,

                                             r
                                                                              .
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                                                   0
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                                                     2
                                           n
                                                                            7
                                                                                   -
                                                                             5
                                                                               2
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                   3
                                                                                8
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                                                                                 1

               º
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                                               é
                                        ó
             suma que el demandado recibi  en pr stamo, en dinero efectivo y a su entera                          Machalí
                                        ó
                    ó
             satisfacci n. El deudor se oblig  a pagar la cantidad adeudada por concepto de     Conductor de automóvil
                            é
                                          ó
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 efectuarse personalmente o por c dula. Resoluci n de fecha 28 de enero de 2025:
                                          ó

                                                     2
                                           n
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                                             d
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                                                 c

                                                            n
                                                                       5

                                     s
                                                        d
                                                                  e
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             capital   e   intereses   en   60   cuotas   iguales,   mensuales   y   sucesivas   de   $1.082.519
                                                    ó
                                       í
 De conformidad con lo dispuesto en el art culo 54 del C digo de Procedimiento                   muere tras chocar con
                                                        ú
             venciendo la primera el 10 de abril de 2023 y una  ltima cuota de $1.082.526.- con
          í
                                                                    í
 Civil, notif quese la demanda de fecha 08 de noviembre de 2024, su prove do y
                                                               é
             vencimiento el 10 de marzo de 2028, con una tasa de inter s mensual de 1,12%. Es
                                                                   á
 mandamiento de fecha 29 de noviembre de 2024, al demandado Pablo Jara V squez,             árbol en Carretera El Cobre
             del caso que el deudor se encuentra en mora en el pago de sus obligaciones, toda vez
                                                  í
 mediante avisos redactados en extractos por la Secretar a del tribunal o quien la  d e   2 0 2 , en
                       ó

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             que no pag  desde la c cuota N 16 con vencimiento el 10 de Julio de 2024°
                                        °
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 Subrogue. Publ quese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Regi n de esta   é
                                                          ñ
                        ó
             adelante, raz n por la cual y de acuerdo a lo se alado en el pagar  se le ha
 ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de
             procedido a hacer exigible el total adeudado. Por consiguiente, el demandado adeuda
          á
 pago y trat ndose de un acto procesal distinto de la notificació  al Banco de Chile la suma total de  $ $37.966.285.-, m s los intereses pactados yá
                                                      8 n de la demanda,
                                                     2
                                                         .
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 c tese al demandado para el d a  2 25 de marzo de 2025 a las 09:30  horas en

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             penales que se devenguen desde la fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo.
             P Por tanto, en m rito de lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 434é
 dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se   í
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 efectuar  por Receptor Judicial. Incl yase lo resuelto precedentemente en el extracto
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                            ó
             y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, y dem s normas legales pertinentes,
                          O
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 respectivo. M MANDA sMIENTO: San Fernando, a veintinueve de noviembre de dos
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                        .  tener   por   deducida   demanda   ejecutiva   y   ordenar   se   despache
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                                                                   á
             mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma indicada, m s intereses y costas.
                                 ó mil veinticuatro. Un Ministro de Fe requerir  de pago a PABLO ANDR S JARA
  Á
             E En el primer otrosí: Acompa a documento; ñ n pague a BANCO DE CHILE, o aó
                                                                           ñ
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 V SQUEZ, para   que en el acto de intimaci         EEn el segundo otrosí: Se ala bienes
                                                                     o
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 qui n sus derechos representen la suma de $37.966.282, m s interese es, reajustes y  o s í
             para   embargo   y   designa   depositario   provisional;  E En   el   tercer   otrosí:   Acredita
                                                                    r
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 costas. No verificado el pago n en el acto de la intimaci n, tr bese embargo en bienesó  á  n   e l   q u i n t o   o   o s í
                                      o
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                          e
             personer a; E En el cuarto otrosí: Se tenga presente; EEn el quinto otrosí: Confiere
                                                                      2
                                                                     0
                                                       n
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                                                                       4: T ngase por

                                                           e
                                                                 d
                                                                  e
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                                                        o
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                                                 2
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                                     ó

 suficientes   del   deudor,   quedando  e   estos u  cen n  su poder en   dcalidad   de   depositario   é
             patrocinio y poder. R Resoluci n de fecha 29 de noviembre de 2024ó
                                                           á
                                                 ñ
             cumplido con lo ordenado, y por acompa ado documento, se provee derechamente
 provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-2336-2.024.  Dem s antecedentes,         Especies robadas y droga fueron
       í
 Secretar a del Tribunal.                                                 é                   halladas en predio de Codegua
             la   demanda   de   fecha   08   de   noviembre   de   2024:   A   lo   principal:   t ngase   por
                                                               á
                                                         é
             interpuesta demanda ejecutiva de cobro de pagar , desp chese mandamiento de
                                              í
                                                                            é
                                                                  ñ
                   ó
                                                é
             ejecuci n y embargo; Al primer otros : t nganse por acompa ado pagar , bajo el
                                                           ó
                                             í
             apercibimiento del numeral 3 del art culo 346 del C digo de Procedimiento Civil,
 Jorge Eduardo Sepúlveda Palma                í  é                          í  é
                ó
             cust diese; Al segundo y quinto otros : t ngase presente; Al tercer otros : t ngase
 Secretario
                                                                  ó
                            í
                                          ñ
 PJUD        presente personer a y por acompa ado documento, con citaci n; Al cuarto otros : í
              é
             t ngase presente correo electr nico s lo para efectos de las notificaciones que deban
 Veintinueve de enero de dos mil veinticinco  ó  ó
 22:18 UTC-3
                                        é
                                                                       n
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                                                                                0

                                                                      e
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                                                s
             efectuarse personalmente o por c dula. RResoluci n de fecha 28 de enero de 2025:
                                                         e
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                                                                ó
                                                   í
             De conformidad con lo dispuesto en el art culo 54 del C digo de Procedimiento
                                                                         Este documento tiene firma electrónica
                                                                         y su original puede ser validado en
                                                                               í
                      í
             Civil, notif quese la demanda de fecha 08 de noviembre de 2024, su prove do y
                                                                         http://verificadoc.pjud.cl
                                        é

                                                                    e

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                efectuarse personalmente o por c dula. Resoluci n de fecha 28 de enero de 2025:
                                                                            5
                                                                       d

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                                                                              á
                                                   ó
                                                   ó
             mandamiento de fecha 29 de noviembre de 2024, al demandado Pablo Jara V squez,
                                                                         Código: CTUXXSFLZWM
                                                            ó
                                                 í
                De conformidad con lo dispuesto en el art culo 54 del C digo de Procedimiento
                                                             í
             mediante avisos redactados en extractos por la Secretar a del tribunal o quien la
                        í
                                                                          í
                Civil, notif quese la demanda de fecha 08 de noviembre de 2024, su prove do y
                          í
                                                                           ó
             Subrogue. Publ quese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Regi n de esta
                                                                        á
                mandamiento de fecha 29 de noviembre de 2024, al demandado Pablo Jara V squez,
             ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de
                                                          í
                mediante avisos redactados en extractos por la Secretar a del tribunal o quien la
                                                                   ó
                       á
             pago y trat ndose de un acto procesal distinto de la notificaci n de la demanda,
                           í
                                                                      ó
                Subrogue. Publ quese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Regi n de esta
              í
                                                        d
             c tese al demandado para el d a  2 25 de marzo de 2025 a las 09:30  horas en
                                                                        :
                                                                         3
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                                                                      0
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                                                         e
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                                        í ciudad y por una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de
                        á
                                                               ó
             dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se
                pago y trat ndose de un acto procesal distinto de la notificaci n de la demanda,
                                       í
                 í
                                                         0
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                                          5
                                                  z

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                                                 a
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                                                        2
                                                                  0
                                                                    3
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                                                     d
                                                                   9
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                                                               a
                c tese al demandado para el d a  2 25 de marzo de 2025 a las 09:30  horas en
                                                               l
                                                                     0


                                                   o
                                                      e
             efectuar  por Receptor Judicial. Incl yase lo resuelto precedentemente en el extracto
                dependencias de este Primer Juzgado de Letras de San Fernando, diligencia que se
                         A
                          N
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                                   N
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                                      O
             respectivo. M MANDAMIENTO: San Fernando, a veintinueve de noviembre de dos
                     á
                                          ú
                efectuar  por Receptor Judicial. Incl yase lo resuelto precedentemente en el extracto
                                                                            É
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             mil veinticuatro. Un Ministro de Fe requerir  de pago a PABLO ANDR S JARA
                                     O
                               M
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                respectivo. M MANDAMIENTO: San Fernando, a veintinueve de noviembre de dos
                           N
                          A
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             V SQUEZ, para que en el acto de intimaci n pague a BANCO DE CHILE, o a
                                                 á
                                                                      É
                mil veinticuatro. Un Ministro de Fe requerir  de pago a PABLO ANDR S JARA
                é
                                                                á
             qui n sus derechos representen la suma de $37.966.282, m s intereses, reajustes y
                 Á
                                                 ó
                V SQUEZ, para que en el acto de intimaci n pague a BANCO DE CHILE, o a
                                                          ó
             costas. No verificado el pago en el acto de la intimaci n, tr bese embargo en bienes
                  é
                qui n sus derechos representen la suma de $37.966.282, má
                                                               á s intereses, reajustes y
                                                           á
                                                       ó
             suficientes   del   deudor,   quedando   estos   en   su   poder   en   calidad   de   depositario
                costas. No verificado el pago en el acto de la intimaci n, tr bese embargo en bienes
                                                                       á
                suficientes   del   deudor,   quedando   estos   en   su   poder   en   calidad   de   depositario
             provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-2336-2.024.  Dem s antecedentes,   250206301-02-03-04
                provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-2336-2.024.  Dem s antecedentes,
                    í
             Secretar a del Tribunal.                             á
                      í
                Secretar a del Tribunal.
         Jorge Eduardo Sepúlveda Palma
            Jorge Eduardo Sepúlveda Palma
         Secretario
            Secretario
         PJUD PJUD                                            Este documento tiene firma electrónica
                                                              y su original puede ser validado en
            Veintinueve de enero de dos mil veinticinco
         Veintinueve de enero de dos mil veinticinco          http://verificadoc.pjud.cl
            22:18 UTC-3
         22:18 UTC-3
                                                              Código: CTUXXSFLZWM
                                                                    Este documento tiene firma electrónica
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                                                                         Este documento tiene firma electrónica
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