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Miércoles 12 de Junio de 2024 - Página 9



                                                                 Mes de la fertilidad
          Parlamentarias y Sociedad Chilena de Medicina



              Reproductiva hicieron llamado para  ampliar


            tratamientos de fertilidad en sistema de salud



                         Las diputadas Camila Flores, Yovana Ahumada, Catalina del Real, Carla Morales, Joanna Pérez y la Fundación Fën,
                                           expresaron la urgencia de abordar la crisis de natalidad que enfrenta el país.





















                                                                                                         ó
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                                                              N NOMENCLATURA               : : 1. [378]Actuaci n
                                                                      C
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                                                              J JUZGADO              : : 1  Juzgado de Letras de San Fernando
                                                                                                              n
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                                                                     R

                                                              C CAUSA ROL            : : C-1865-2023
                                                                                                     É
                                                                                                     É
                                                                                       A
                                                                   T
                                                              C CARATULADO           : : BANCO DE CR DITO E
                                                                                         N
                                                               A
                                                                                          C
                                                                     U
                                                                 R
                                                                                                            E

                                                                                                        I
                                                                  A
                                                                                                      D
                                                                                                          O
                                                                                                        T
                                                                                      B
                                                                           O

                                                                                                E
                                                                                              D

                                                                         D
                                                                                                  C
                                                                        A
                                                                                                   R

                                                                                            O
                                                                       L
                                                                                 A
                                                                V
                                                                                     S
                                                                   R
                                                                      O
                                                                  E
                                                                                    E
                                                                                N
                                                                             C
                                                                           S
                                                                            /
                                                                     I
                                                                                   L
                                                                         E
                                                              N
                                                              I INVERSIONES/CANALES
                                                                    S
                                                                        N
                                                                               A
                                                                                       EXTRACTO REMATE
                                                              PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO, en CAUSA ROL  C-1865-
                                                              2023  caratulado   “BANCO   DE   CRÉDITO   E   INVERSIONES   con   CANALES
                                                              CANTILLANA, CRISTIAN”, rematará el día 25 de junio de 2024 a las 09:00 horas, en
                                                              forma presencial en dependencias del tribunal, ubicado en Luis Amesti N° 1550, Villa
                                                                                                                  ó
                                                                                                                  ó
                                                                                   U
                                                                              L
                                                                                                              u
                                                                                                           A
                                                                                 T
                                                                                A

                                                                                      A

                                                                                                               a
                                                                                                    1
                                                                                                     .
                                                                                                              t
                                                                                    R
                                                                                                       3
                                                                                                          ]
                                                                                                        7
                                                                                                         8
                                                                                                   : : 1. [378]Actuaci n
                                                                                                      [
                                                                          E
                                                                           N
                                                                    N NOMENCLATURA
                                                                                                                   n
                                                                        M
                                                                      O
                                                                             C
                                                                                                             c
                                                                                                                 i
                                                                                                                c
                                                              Centinela Norte, San Fernando, el inmueble del demandado CRISTIAN LEONARDO
                                                                                               º
                                                                                               º

                                                                                                                          e
                                                                                              1
                                                                                                                            n
                                                                        G
                                                                                                                           r
                                                                                                               a
                                                                                                                         F
                                                                                                          e
                                                                                                             e

                                                                    J JUZGADO

                                                                                                                  d
                                                                                             : : 1  Juzgado de Letras de San Fernando

                                                                                                     d
                                                                                                        d
                                                                     U
                                                                                                    a
                                                                                                                     S

                                                                                                                      a
                                                                                                                                o
                                                                                                                               d
                                                                                                       o
                                                                                                                       n
                                                                                                                              n
                                                                                                              r
                                                                                                J

                                                                                                                             a
                                                                                                              t
                                                                                                                   e
                                                                                                   g
                                                                                                  z
                                                                       Z
                                                                                                 u

                                                                                                           L
                                                                                                                s
                                                                          A
                                                                           D
                                                                             O
                                                              CANALES A  CANTILLANA          : : C-1865-2023
                                                                    C CAUSA ROL  individualizado como:  Parcela de agrado N°3, Ampliación
                                                                                                       2
                                                                                               -
                                                                              O
                                                                                                 8
                                                                          A

                                                                             R
                                                                                                     -
                                                                                                1
                                                                                                      0
                                                                       U
                                                                                              C

                                                                                                   5
                                                                                                     2
                                                                                                  6
                                                                                L
                                                                         S
                                                                                                         3
                                                                                                             É
                                                                                                             É
                                                              Loteo Camino A T U L A D O     : : BANCO DE CR DITO E
                                                                       R La Sierra, resultante de subdivisión resto de Hijuela o Fundo San Luis,
                                                                                                      D
                                                                                               A
                                                                                                          C
                                                                                                  C
                                                                                                            R

                                                                                                    O

                                                                                                                     E

                                                                    C CARATULADO
                                                                      A
                                                                                                 N
                                                                                                        E

                                                                                                                   O
                                                                                                                I
                                                                                                                 T
                                                                                                               D
                                                                                              B
                                                                                                                   ó
                                                                                                                   ó
                                                                                                                    n
                                                                                                                u

                                                                                 C

                                                                                                                  c
                                                                                          A
                                                                                                        .
                                                                                        R
                                                                                                           8
                                                                                                         [
                                                                                     T
                                                                                                                   i
                                                                           O
                                                                                                            ]
                                                                                                         3
                                                                                                             A
                                                                                   L
                                                                                                       1
                                                                                       U
                                                                                                               c
                                                                               E
                                                                             M
                                                                                    A
                                                                                                          7
                                                                                                                 a
                                                                                N
                                                                                                               t
                                                                                 E
                                                                             O
                                                                                       N
                                                                     N Pedehue, comuna de San Fernando. Dominio inscrito a Fs. 1787 Nº1944,
                                                                             I
                                                                                    C
                                                              ubicada en V E N NOMENCLATURA L E S  º º  : : 1. [378]Actuaci n
                                                                          R
                                                                                  S
                                                                               N
                                                                                   /
                                                                           S
                                                                    I INVERSIONES/CANALES
                                                                                         A
                                                                                      A

                                                                                                             L
                                                                                                                               d
                                                                                                                                o
                                                                               A
                                                                             G
                                                                                                     z
                                                                                                        d
                                                                                                                    e
                                                                                                                              n
                                                                                                       a
                                                                                                      g
                                                                                                                      S
                                                                                                                           e
                                                                                                                           r

                                                                                                                         F
                                                                                                            e
                                                                            Z
                                                                                                              e
                                                                                                                            n

                                                                                                                  s
                                                                                                                r
                                                                                                                 a
                                                                                                                        n
                                                                           U
                                                                          J JUZGADO



                                                                                                           d
                                                                                                    u
                                                                                                                       a
                                                                                                   J
                                                                                D
                                                                                                                   d
                                                                                                         o

                                                                                                                             a
                                                                                                : : 1  Juzgado de Letras de San Fernando
                                                                                                               t
                                                                                  O
                                                                                                 1
                                                              Registro de Propiedad, año 2012, Conservador Bienes Raíces de San Fernando.
                                                                                                         0
                                                                                                           3
                                                                                                          2
                                                                                    L
                                                                                   O
                                                                                 R
                                                                                                 C

                                                                                                : : C-1865-2023
                                                                             U
                                                                           A
                                                                          C CAUSA ROL

                                                                               A
                                                                              S
                                                                                                     6
                                                                                                    8
                                                                                                   1
                                                                                                        2
                                                                                                       -
                                                                                                      5
                                                                                                  -
                                                              Mínimo subasta $66.430.413.- Interesados en participar de la subasta, deberán rendir
                                                                                                               É
                                                                                                               É
                                                                                                 B
                                                                                                                D
                                                                                                                  I


                                                                                                            C
                                                                           A
                                                                                                                  T
                                                                                                                      E

                                                                                                              R

                                                                          C CARATULADO
                                                                                                  A
                                                                                                                    O
                                                                                  L
                                                                                      O
                                                                                                     C
                                                                                   A
                                                                                     D
                                                                                                    N
                                                                                                          E
                                                                                 U
                                                                              A
                                                                                                : : BANCO DE CR DITO E
                                                                             R
                                                                                                      O
                                                                               T

                                                                                                         D
                                                              caución equivalente E R S10% del mínimo  EXTRACTO REMATE
                                                                            V  al
                                                                          I INVERSIONES/CANALES fijado mediante cupón de pago del Banco
                                                                                    N
                                                                                      S
                                                                                       /
                                                                                        C
                                                                                     E
                                                                           N
                                                                                 I
                                                                                  O
                                                                                              L
                                                                                               E
                                                                                                S
                                                                                          A
                                                                                           N
                                                                                             A
                                                              Estado   extraído   de   página   del   Poder   Judicial,   y   efectuado   el   pago,   ingresar
                                                                    PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO, en CAUSA ROL  C-1865-
                                                              comprobante respectivo, a través del módulo establecido en la Oficina Judicial Virtual
                                                                    2023  caratulado   “BANCO   DE   CRÉDITO   E   INVERSIONES   con   CANALES
                                                                                                  EXTRACTO REMATE
                                                              a más tardar el día anterior al remate, individualizándose, individualizándose en dicho
                                                                    CANTILLANA, CRISTIAN”, rematará el día 25 de junio de 2024 a las 09:00 horas, en
                                                              módulo e indicando el rol de la causa en la cual participará, correo electrónico y un
                                                                          PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO, en CAUSA ROL  C-1865-
                                                                    forma presencial en dependencias del tribunal, ubicado en Luis Amesti N° 1550, Villa
                                                                          2023  caratulado   “BANCO   DE   CRÉDITO   E   INVERSIONES   con   CANALES
                                                              número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta. Acta
                                                                    Centinela Norte, San Fernando, el inmueble del demandado CRISTIAN LEONARDO
                                                                          CANTILLANA, CRISTIAN”, rematará el día 25 de junio de 2024 a las 09:00 horas, en
                                                              de remate deberá suscribirse  por el  adjudicatario  el mismo  día  del remate, bajo
                                                                    CANALES CANTILLANA individualizado como:  Parcela de agrado N°3, Ampliación
                                                                          forma presencial en dependencias del tribunal, ubicado en Luis Amesti N° 1550, Villa
                                                              apercibimiento   de   quedar   sin   efecto   el   remate   y   hacerse   efectiva   la   caución
                                                                    Loteo Camino La Sierra, resultante de subdivisión resto de Hijuela o Fundo San Luis,
                                                                          Centinela Norte, San Fernando, el inmueble del demandado CRISTIAN LEONARDO
                                                              consignada por aquél, la que será abonada al crédito en la forma prevista en el inciso
                                                                    ubicada en Pedehue, comuna de San Fernando. Dominio inscrito a Fs. 1787 Nº1944,
                                                                          CANALES CANTILLANA individualizado como:  Parcela de agrado N°3, Ampliación
                                                              segundo  del   artículo   494   del  CPC.   El  depósito  del   saldo  de  la  subasta,   deberá
                                                                    Registro de Propiedad, año 2012, Conservador Bienes Raíces de San Fernando.
                                                                          Loteo Camino La Sierra, resultante de subdivisión resto de Hijuela o Fundo San Luis,
                                                              efectuarse por el adjudicatario dentro del plazo de quinto día hábil de efectuado el
                                                                          ubicada en Pedehue, comuna de San Fernando. Dominio inscrito a Fs. 1787 Nº1944,
                                                                    Mínimo subasta $66.430.413.- Interesados en participar de la subasta, deberán rendir
                                                              remate. Demás antecedentes en secretaría del tribunal. Secretario subrogante.
                                                                    caución equivalente al 10% del mínimo fijado mediante cupón de pago del Banco
                                                                          Registro de Propiedad, año 2012, Conservador Bienes Raíces de San Fernando.
                                                                          Mínimo subasta $66.430.413.- Interesados en participar de la subasta, deberán rendir
                                                                    Estado   extraído   de   página   del   Poder   Judicial,   y   efectuado   el   pago,   ingresar
                                                                          caución equivalente al 10% del mínimo fijado mediante cupón de pago del Banco
                                                                    comprobante respectivo, a través del módulo establecido en la Oficina Judicial Virtual
                                                                          Estado   extraído   de   página   del   Poder   Judicial,   y   efectuado   el   pago,   ingresar
                                                                    a más tardar el día anterior al remate, individualizándose, individualizándose en dicho
                                                         Jorge Eduardo Sepúlveda Palma
                                                                          comprobante respectivo, a través del módulo establecido en la Oficina Judicial Virtual
                                                         Secretario  módulo e indicando el rol de la causa en la cual participará, correo electrónico y un
                                                                          a más tardar el día anterior al remate, individualizándose, individualizándose en dicho
                                                         PJUD       número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta. Acta
                                                                          módulo e indicando el rol de la causa en la cual participará, correo electrónico y un
                                                         Siete de junio de dos mil veinticuatro
                                                         10:49 UTC-4  de remate deberá suscribirse  por el  adjudicatario  el mismo  día  del remate, bajo
                                                                          número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta. Acta
                                                                    apercibimiento   de   quedar   sin   efecto   el   remate   y   hacerse   efectiva   la   caución
                                                                          de remate deberá suscribirse  por el  adjudicatario  el mismo  día  del remate, bajo
                                                                    consignada por aquél, la que será abonada al crédito en la forma prevista en el inciso
                                                                          apercibimiento   de   quedar   sin   efecto   el   remate   y   hacerse   efectiva   la   caución
                                                                    segundo  del   artículo   494   del  CPC.   El   depósito  del   saldo  de  la  subasta,   deberá
                                                                          consignada por aquél, la que será abonada al crédito en la forma prevista en el inciso
                                                                    efectuarse por el adjudicatario dentro del plazo de quinto día hábil de efectuado el
                                                                          segundo  del   artículo   494   del  CPC.   El  depósito  del   saldo  de  la  subasta,   deberá
                                                                          efectuarse por el adjudicatario dentro del plazo de quinto día hábil de efectuado el
                                                                    remate. Demás antecedentes en secretaría del tribunal. Secretario subrogante.
                                                                                                                                                  240607301-02-03-04-05
                                                                          remate. Demás antecedentes en secretaría del tribunal. Secretario subrogante.
                                                                Jorge Eduardo Sepúlveda Palma
                                                                      Jorge Eduardo Sepúlveda Palma
                                                                Secretario
                                                                      Secretario
                                                                PJUD
                                                                      PJUD
                                                                Siete de junio de dos mil veinticuatro
                                                                      Siete de junio de dos mil veinticuatro
                                                                10:49 UTC-4
                                                                      10:49 UTC-4
                                                                                                                         Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                         Código: XBXVXXVXLTX
                                                                                                                                  Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                                  y su original puede ser validado en
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                                                                                                                                  http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                  Código: XBXVXXVXLTX
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