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Página 4 - Martes 10 de Octubre de 2023
Gobernador Regional manifestó preocupación
por suspensión de operaciones y atenciones
de urgencia en Hospital Regional
El Gobernador Re- “Estamos muy preocu- rizamos con las y los trabajado-
gional de O´Higgins, Pablo pados por lo que está pasando res, con respecto al término de
NOTIFICACION POR AVISO.-
Ante 2° Juzgado de Letras San Fernando, causa Civil Rol C-253-2023, Juicio Ejecutivo,
Silva Amaya, manifestó su en el Hospital Regional, y en contratos del personal de salud.
caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PLANYD SOLUCIONES
preocupación y molestia por general en toda la red hospi-
Pero esto no puede provocar la
SPA”, resolución 7 Septiembre 2023, se decretó notificar por avisos de conformidad con
la suspensión de operaciones talaria y de salud de la región, suspensión de atenciones de ur-
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y requiérase de
y atenciones de urgencia en con respecto a las atenciones de gencia. Las personas que asis-
pago PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6 representada por don PATRICIO
el Hospital Regional y otros Urgencia. Ayer, anunciaron una ten a servicios de urgencia van
EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5, en su calidad de deudor principal
servicios hospitalarios de la huelga en los servicios de Ur-
porque lo necesitan y no tienen
y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5 en su
gencia de la región, lo que nos mayores alternativas, porque
región, debido al paro de fun-
calidad de Aval y codeudor solidario. Banco del Estado de Chile dio en préstamo al
cionarias y funcionarios de la parece muy grave. Nosotros en-
no tienen los recursos para ir a
ejecutado la suma de $5.041.835.-, por concepto de capital, más un interés del 1.85%
clínicas privadas.
salud pública.
tendemos la demanda y solida-
Mensual, que el deudor se obligó a pagar en 24 cuotas, mensuales y sucesivas de
$269.298.- cada una, salvo la última de $269.301.- cuotas que incluyen intereses y serán
pagaderas todos los días 20 de cada mes a contar del día 20 de Julio de 2020 y así
sucesivamente. El deudor no pagó desde la cuota con vencimiento 20 de Octubre de 2022,
NOTIFICACION POR AVISO.-
inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile hace exigible la
Ante 2° Juzgado de Letras San Fernando, causa Civil Rol C-253-2023, Juicio Ejecutivo,
totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.632.791.-, más los intereses pactados Por lo tanto, nos parece al Gobierno, a la Ministra de
caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PLANYD SOLUCIONES
devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión de mucha gravedad lo que está Salud, y a la Subsecretaría de
SPA”, resolución 7 Septiembre 2023, se decretó notificar por avisos de conformidad con
NOTIFICACION POR AVISO.-
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y requiérase de
legal del 20,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para pasando en los distintos hospi- Redes Asistenciales, que pue-
Ante 2° Juzgado de Letras San Fernando, causa Civil Rol C-253-2023, Juicio Ejecutivo,
pago PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6 representada por don PATRICIO
Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. 21 Febrero 2023. A lo tales de la Región de O´Higgins. dan llegar a una solución a esta
caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PLANYD SOLUCIONES
EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5, en su calidad de deudor principal
principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase por acompañado pagaré bajo Además, en el Hospital Regio- problemática, lo antes posible,
SPA”, resolución 7 Septiembre 2023, se decretó notificar por avisos de conformidad con
y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5 en su
artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y requiérase de
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al segundo otrosí: nal se han estado suspendiendo y que no permitamos que haya
calidad de Aval y codeudor solidario. Banco del Estado de Chile dio en préstamo al
pago PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6 representada por don PATRICIO
téngase presente respecto de los bienes muebles, y en cuanto a los incorporales, corporales operaciones programadas hace una mala atención de las y los
ejecutado la suma de $5.041.835.-, por concepto de capital, más un interés del 1.85%
EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5, en su calidad de deudor principal
e inmuebles no ha lugar por ahora, y respecto del depositario provisional, téngase presente;
Mensual, que el deudor se obligó a pagar en 24 cuotas, mensuales y sucesivas de
y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5 en su
Al tercer otrosí: téngase presente personería y por acompañada con citación; Al cuarto muchos meses, y que son nece- usuarios de la salud pública.
$269.298.- cada una, salvo la última de $269.301.- cuotas que incluyen intereses y serán
calidad de Aval y codeudor solidario. Banco del Estado de Chile dio en préstamo al
otrosí: téngase presente correo electrónico [email protected], solo respecto de las sarias para el bienestar de la co- Por lo tanto, el primer llama-
pagaderas todos los días 20 de cada mes a contar del día 20 de Julio de 2020 y así
ejecutado la suma de $5.041.835.-, por concepto de capital, más un interés del 1.85%
sucesivamente. El deudor no pagó desde la cuota con vencimiento 20 de Octubre de 2022,
Mensual, que el deudor se obligó a pagar en 24 cuotas, mensuales y sucesivas de
resoluciones que deban notificarse personalmente o por cédula; y Al quinto otrosí: téngase munidad”, aseguró la máxima do es al Gobierno, al Ministro
$269.298.- cada una, salvo la última de $269.301.- cuotas que incluyen intereses y serán
inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile hace exigible la
presente.- 17 Marzo 2023 se solicitó rectificación de demanda y nueva confección de autoridad regional. de Hacienda, a la Ministra de
pagaderas todos los días 20 de cada mes a contar del día 20 de Julio de 2020 y así
totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.632.791.-, más los intereses pactados
mandamiento en el sentido que en el párrafo séptimo y en el párrafo decimo en la parte Al respecto, el Gober- Salud, a la Subsecretaría, para
sucesivamente. El deudor no pagó desde la cuota con vencimiento 20 de Octubre de 2022,
devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión
petitoria de la demanda, se indicó erróneamente la suma de $5.632.791.- debiendo decir lo nador Silva Amaya enfatizó que puedan colocar los recur-
inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile hace exigible la
legal del 20,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para
correcto la suma de $4.575.659. Con fecha 24 Mayo 2023, se rectificó demanda en el que “ante esta situación críti- sos necesarios que permitan
totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.632.791.-, más los intereses pactados
Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. 21 Febrero 2023. A lo
devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión
sentido que en el párrafo tercero al final de éste de la demanda dice “20 de Julio de 2020” ca queremos hacer un llamado el normal funcionamiento de
principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase por acompañado pagaré bajo
legal del 20,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para
debiendo decir lo correcto “20 de Julio de 2022”. MANDAMIENTO. San Fernando, 21 de al personal del Hospital y al los servicios de urgencia. Y
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al segundo otrosí:
Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. 21 Febrero 2023. A lo
Marzo 2023.- Un Ministro de Fe requerirá de pago a “PLANYD SOLUCIONES SPA”, Servicio de Salud O´Higgins, un segundo llamado es a las y
téngase presente respecto de los bienes muebles, y en cuanto a los incorporales, corporales
principal: despáchese; Al primer otrosí: téngase por acompañado pagaré bajo
representada legalmente por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARÍAS, quien que puedan reconsiderar esta los trabajadores de salud, para
e inmuebles no ha lugar por ahora, y respecto del depositario provisional, téngase presente;
apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil; Al segundo otrosí:
además tiene la calidad de Aval y Codeudor Solidario, para que en el acto de intimación situación, buscar otras formas que no pongan en riesgo a las
Al tercer otrosí: téngase presente personería y por acompañada con citación; Al cuarto
téngase presente respecto de los bienes muebles, y en cuanto a los incorporales, corporales
otrosí: téngase presente correo electrónico [email protected], solo respecto de las
e inmuebles no ha lugar por ahora, y respecto del depositario provisional, téngase presente;
pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos represente, la suma de
Al tercer otrosí: téngase presente personería y por acompañada con citación; Al cuarto
resoluciones que deban notificarse personalmente o por cédula; y Al quinto otrosí: téngase
$4.575.659.- por concepto de capital, más la comisión legal anual del 20,00% sobre el saldo de presión”. y los pacientes. Es peligroso,
otrosí: téngase presente correo electrónico [email protected], solo respecto de las
presente.- 17 Marzo 2023 se solicitó rectificación de demanda y nueva confección de
de capital garantizado por el Fondo de Garantía para pequeños empresarios (FOGAPE), La máxima autoridad gravísimo que se estén dejan-
resoluciones que deban notificarse personalmente o por cédula; y Al quinto otrosí: téngase
mandamiento en el sentido que en el párrafo séptimo y en el párrafo decimo en la parte
más intereses convencionales y penales pactados, y costas. No verificado el pago en el acto regional tomó contacto con do de atender las urgencias
presente.- 17 Marzo 2023 se solicitó rectificación de demanda y nueva confección de
petitoria de la demanda, se indicó erróneamente la suma de $5.632.791.- debiendo decir lo
de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su diversas autoridades naciona- de gente de escasos recursos,
mandamiento en el sentido que en el párrafo séptimo y en el párrafo decimo en la parte
correcto la suma de $4.575.659. Con fecha 24 Mayo 2023, se rectificó demanda en el
poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-253- les y regionales de Salud, para cuyo retraso de atención les
petitoria de la demanda, se indicó erróneamente la suma de $5.632.791.- debiendo decir lo
sentido que en el párrafo tercero al final de éste de la demanda dice “20 de Julio de 2020”
correcto la suma de $4.575.659. Con fecha 24 Mayo 2023, se rectificó demanda en el
2023. RESOLUCION. San Fernando, 7 Septiembre 2023. De conformidad con lo manifestarles su preocupa- puede costar la vida”, finalizó
debiendo decir lo correcto “20 de Julio de 2022”. MANDAMIENTO. San Fernando, 21 de
sentido que en el párrafo tercero al final de éste de la demanda dice “20 de Julio de 2020”
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su ción al respecto. “Le pedimos el Gobernador Regional.
Marzo 2023.- Un Ministro de Fe requerirá de pago a “PLANYD SOLUCIONES SPA”,
debiendo decir lo correcto “20 de Julio de 2022”. MANDAMIENTO. San Fernando, 21 de
proveído y requiérase de pago a PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6
representada legalmente por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARÍAS, quien
Marzo 2023.- Un Ministro de Fe requerirá de pago a “PLANYD SOLUCIONES SPA”,
además tiene la calidad de Aval y Codeudor Solidario, para que en el acto de intimación
representada por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5,
representada legalmente por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARÍAS, quien
pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos represente, la suma de
además tiene la calidad de Aval y Codeudor Solidario, para que en el acto de intimación
en su calidad de deudor principal y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS,
$4.575.659.- por concepto de capital, más la comisión legal anual del 20,00% sobre el saldo
pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos represente, la suma de
Rut N° 11.995.810-5 en su calidad de Aval y codeudor solidario, mediante avisos
$4.575.659.- por concepto de capital, más la comisión legal anual del 20,00% sobre el saldo
de capital garantizado por el Fondo de Garantía para pequeños empresarios (FOGAPE),
redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
de capital garantizado por el Fondo de Garantía para pequeños empresarios (FOGAPE),
más intereses convencionales y penales pactados, y costas. No verificado el pago en el acto
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
más intereses convencionales y penales pactados, y costas. No verificado el pago en el acto
de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su
Diario Oficial. Comparezca al respectivo requerimiento de pago, el ejecutado en la
de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su
poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-253-
poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol: C-253-
Secretaría del tribunal al tercer día después de la última publicación de la notificación por
2023. RESOLUCION. San Fernando, 7 Septiembre 2023. De conformidad con lo
2023. RESOLUCION. San Fernando, 7 Septiembre 2023. De conformidad con lo
avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento de tenerlo por opuesto sin más trámite a la 4-5-6-10-231003201-02-03-04
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda, su
diligencia. San Fernando, 27 de Septiembre 2023.-
proveído y requiérase de pago a PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6
proveído y requiérase de pago a PLANYD SOLUCIONES SPA, RUT 77.012.383-6
representada por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5,
representada por don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS, Rut N° 11.995.810-5,
en su calidad de deudor principal y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS,
en su calidad de deudor principal y a don PATRICIO EDUARDO ESPINOZA FARIAS,
Rut N° 11.995.810-5 en su calidad de Aval y codeudor solidario, mediante avisos
Rut N° 11.995.810-5 en su calidad de Aval y codeudor solidario, mediante avisos
redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
Ximena Luz Guzmán Torres redactados en extractos por la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
Secretario cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
Diario Oficial. Comparezca al respectivo requerimiento de pago, el ejecutado en la
Diario Oficial. Comparezca al respectivo requerimiento de pago, el ejecutado en la
PJUD
Secretaría del tribunal al tercer día después de la última publicación de la notificación por
Secretaría del tribunal al tercer día después de la última publicación de la notificación por
Veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés
avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento de tenerlo por opuesto sin más trámite a la
15:49 UTC-3 avisos, a las 09:30 horas, bajo el apercibimiento de tenerlo por opuesto sin más trámite a la
diligencia. San Fernando, 27 de Septiembre 2023.-
diligencia. San Fernando, 27 de Septiembre 2023.- Gonzalo Donoso T.
Gerente Comercial
[email protected]
Ximena Luz Guzmán Torres
Ximena Luz Guzmán Torres
Secretario Fono contactos: +569-93097868
Secretario Este documento tiene firma electrónica
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PJUD http://verificadoc.pjud.cl Res Sanitaria 2196-2020
Veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés
15:49 UTC-3
Veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés
15:49 UTC-3 Código: LNGZXXXDJFD
Resolución SAG N 683/2020
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