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Jueves 29 de Junio de 2023 - Página 7



         Portero de la selección chilena y Betis de España se reunió además con alcalde y funcionarios municipales
                          Arquero Claudio Bravo visitó



                                  damnificados en Placilla





              En horas de la  a  los funcionarios muni-
       tarde del martes y de ma-  cipales para luego trasla-
       nera sorpresiva llegó a la  darse a la casa del adulto
       Municipalidad de Placilla  mayor de Placilla para
       el arquero de la Selección  visitar y reunirse por al-
       Chilena y del Real Betis  gunos instantes con un
       de España Claudio Bravo.  grupo de personas que se
              En primera ins-  encuentran albergadas en
       tancia el capitán de la roja  ese recinto tras inundarse
       se reunió con el alcalde  sus viviendas en la locali-
       Marcelo  González  Farías  dad de Lo Moscoso.
       y le hizo entrega de su        La sorpresa fue
       camiseta para ser sortea-  tan grande que la emoción
       da para ir en ayuda de las  fue general para quienes
       familias afectadas por el  se encuentran en albergue.
       sistema frontal. “Estoy fe-  No podían creer que el ca-                       EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
       liz y muy contento de po-  pitán de la selección chile-       Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando,  en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
       der visitarlos y me pongo  na de fútbol estaba junto a        Juicio  Ejecutivo, caratulados  “BANCO  DEL  ESTADO  DE  CHILE  CON  COMERCIAL
       a  disposición  de  ustedes  ellos, especialmente una  Bravo en la ciudad fueron
                                                                     ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL”,  por   resolución   16   Mayo
       ante cualquier solicitud de  abuelita que está en silla  a saludarlo y se tomaron         EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
                                                                     2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
       ayuda”, precisó el ex ar-  de ruedas y que se vio  fotos con él. El portero de   Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando,  en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
                                                                     conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
                                                                     mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
       quero de Colo Colo.    afectada por el temporal.  la selección aprovechó la   Juicio  Ejecutivo, caratulados  “BANCO  DEL  ESTADO  DE CHILE  CON COMERCIAL
              Posteriormente          Muchas  perso-  instancia para visitar unos   ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL”,  por   resolución   16   Mayo
                                                                     representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia.  Banco del Estado de
                                                                     Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.-  op.33353995. FOGAPE.-
       Claudio Bravo, acompa-  nas que  se  enteraron de  familiares que tiene en la   2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
                                                                     por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
       ñado de su esposa saludó  la presencia de Claudio  comuna de Placilla.     conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
                                                                     cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
                                                                                  mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
                                                                     calendario   de   pagos   inserto   en   el   pagaré   suscrito,   el   que   en   este   punto   se   da
                                                                                  representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia.  Banco del Estado de
                                                                                  Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.-  op.33353995. FOGAPE.-
                                                                     expresamente   por  reproducido.   No  ha   pagado   sus  obligaciones  desde  la   cuota  con
                                                                                  por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
                                                                     vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y  todas las posteriores por tanto Banco del
                                                                                  cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
                                                                     Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
                                                                                  calendario   de   pagos   inserto   en   el   pagaré   suscrito,   el   que   en   este   punto   se   da
                                                                     de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
                                                                                  expresamente   por  reproducido.   No  ha   pagado   sus  obligaciones  desde  la   cuota  con
                                                                     completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
                                                                                  vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y  todas las posteriores por tanto Banco del
                                                                     capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
                                                                                  Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
                                                                     más las   costas.  6 de  Febrero  de  2023,  se  provee  la   demanda:  A  lo  principal:  Por
                                                                                  de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
                                                                     interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
                                                                                  completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
                                                                     pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
                                                                                  capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
                                                                     Civil,   custódiese   una   vez   acompañado   materialmente;   Al   segundo   y   quinto   otrosí:
                                                                                  más las   costas.  6 de  Febrero  de  2023,  se  provee  la   demanda:  A  lo  principal:  Por
                                                                     Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
                                                                                  interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
                                                                     citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.-  MANDAMIENTO.  Con
                                                                                  pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
                                                                     fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
                                                                                  Civil,   custódiese   una   vez   acompañado   materialmente;   Al   segundo   y   quinto   otrosí:
                                                                     efecto   mandamiento   de   folio   1   ordenando   se   confeccione   nuevo   mandamiento   de
                                                                                  Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
                                                                     ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
                                                                                  citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.-  MANDAMIENTO.  Con
                                                                     pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
                                                                                  fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
                                                                     COMERCIAL   ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL,   en   calidad   de
                                                                                  efecto   mandamiento   de   folio   1   ordenando   se   confeccione   nuevo   mandamiento   de
                                                                     deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
                                                                                  ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
                                                                     calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
                                                                                  pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
                                                                     BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
                                                                                  COMERCIAL   ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL,   en   calidad   de
                                                                     $7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
                                                                                  deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
                                                                     la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
                                                                                  calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
                                                                     garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas.   No
                                                                                  BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
                                                                     verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
                                                                                  $7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
                                                                     deudor,   quedando   estos   en   su   poder   calidad   de   depositario   provisional,   bajo   su
                                                                                  la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
                                                                                  garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas.   No
                                                                     responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16  Mayo 2023.
                                                                                  verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
                                                                     Proveyendo   escrito   de   folio   41,   se   resuelve:   A   lo   principal:   De   conformidad   con   lo
                                                                                  deudor,   quedando   estos   en   su   poder   calidad   de   depositario   provisional,   bajo   su
                                                                     dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de
                                                                                  responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16  Mayo 2023.
                                                                     fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
                                                                                  Proveyendo   escrito   de   folio   41,   se   resuelve:   A   lo   principal:   De   conformidad   con   lo
                                                                     EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
                                                                                  dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de
                                                                     avisos   redactados   en   extractos   por   la   Secretaria   del   tribunal   o   quien   la   Subrogue.
                                                                                  fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
                                                                     Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                                                                                  EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
                                                                     una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
                                                                                  avisos   redactados   en   extractos   por   la   Secretaria   del   tribunal   o   quien   la   Subrogue.
                                                                     de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
                                                                                  Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                     CONSTANZA MORA GONZÁLEZ                         día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
                                                                                  una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
                                                                     Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
                                                                                  de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
                            Nutrición y Dietética                    resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
                                                                                  día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
                                                                     en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio  2023 se complementó resolución de
                                                                                  Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
                                                                     fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
                                                                                  resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
         - Certificación en Lactancia materna                        artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
                                                                                  en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio  2023 se complementó resolución de
            y alimentación complementaria.                           la   Iglesia,   en   su   calidad   de   aval   y   codeudor   solidario.-  OLGA   PEÑA
                                                                                  fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
         - Diplomado en Salud Materno Infantil                       FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.-
                                                                                  artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
                                                                                  la   Iglesia,   en   su   calidad   de   aval   y   codeudor   solidario.-  OLGA   PEÑA
         - Certificación de Abordaje Nutricional Trastorno                        FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.-                               28-29-1-4-230627301-02-03-04
            del Espectro autista
         - Certificación Salud Digestiva
         - Certificación Nutrición Clínica Pediátrica                             Olga Patricia Peña Fernández
                                                                                  Secretario
                             Contacto: +569 580 065 18                            PJUD                                     Este documento tiene firma electrónica
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                       Dirección: Av. Bernardo O’Higgins #429,                    Diecinueve de junio de dos mil veintitrés  http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                  15:37 UTC-4
                                                                                                                                      Este documento tiene firma electrónica
                            Clínica Reactivate - San Fernando                                                              Código: DBNXXFJZKRY y su original puede ser validado en
                                                                                                                                      http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                      Código: DBNXXFJZKRY
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