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Página 8 - Miércoles 14 de Junio de 2023
Ministro Deportes Jaime Pizarro
visitó región de O’Higgins
Una grata visita Seremi de Educación. y Dirección Regional del administrar estos Juegos
a la región de O’Higgins Jaime Pizarro Instituto Nacional de De- Santiago 2023.
realizó el Ministro de llegó con su comitiva para portes Posteriormen-
Deportes Jaime Pizarro interiorizarse e informar, El Ministro de te se tomó fotografías
y junto a la Seremi Ma- de cómo están desarro- Deportes Jaime Pizarro con todas las personas
carena Chandía, Direc- llándose lo preparativos Herrera, manifestó que que quisieron y felicitó
tora Regional IND y los para los Juegos Paname- están bien avanzados los a todos los profesores,
miembros del COSOC de ricanos y Parapanameri- trabajos para cumplir en técnicos, monitores, or-
la actividad física y de- canos Santiago 2023, ya los plazos, en todo sentido ganizaciones deportivas,
porte, donde es integran- que la región será sede tales como en recintos de como a los equipos de la
te el profesor y deportista del surf en el balneario de competencia como en las Secretaria Ministerial de
Juan Quiroz Fuentes en su Pichilemu. Villa Olímpica donde se Deporte y del Instituto
calidad de vicepresidente A su vez hizo alojarán las distintas de- Nacional de Deportes Di-
de ese organismo, donde un recorrido por el lu- legaciones. El Secretario rección Regional, que día
fue recibido y acompa- gar compartió con los de Estado también des- a día motivan y trabajan
ñado en el recorrido por diversos participantes tacó la incorporación de para el desarrollo depor-
las instalaciones como en y profesores de talleres Harold Mayne-Nicholls tivo e integral como en
el punto de prensa. Ade- que se desarrollan en el un dirigente con vasta resultados a todo nivel,
más, estuvieron presentes recinto Hermógenes Li- experiencia a la Corpora- aportando deportistas a
el Delegado Regional, el zana y están las Oficinas ción que tiene por respon- las diferentes selecciones
alcalde de Rancagua y la de la Seremi de Deportes sabilidad de gestionas y y especialidades.
Codegua, Mostazal y Nancagua
Municipios firman convenio para ejecución
programa compromiso joven de INJUV
Con las firmas de los convenios con la participación de ocho municipios
RIT : C-884-2021 CORNEJO/ZÚÑIGA F. Ing.: 10/09/2021
RIT : C-884-2021 CORNEJO/ZÚÑIGA F. Ing.: 10/09/2021 de co-ejecución con las municipalidades de la región, de los cuales los de Code-
RUC: 21- 2-2523957-3
F. Ing.: 10/09/2021
CORNEJO/ZÚÑIGA
RIT : C-884-2021 Proc.: Ordinario Forma Inicio: Demanda de Codegua, Mostazal y Nancagua, se gua, Mostazal y Nancagua, fueron quie-
RUC: 21- 2-2523957-3
Forma Inicio: Demanda
Proc.: Ordinario
RUC: 21- 2-2523957-3 Proc.: Ordinario Forma Inicio: Demanda dio inicio a la ejecución del Programa nes se adjudicaron el proyecto. Cada uno
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-884-2021, RUC:
EXTRACTO NOTIFICACIÓN 21- 2-2523957-3, caratulada
CORNEJO/ZÚÑIGA por demanda de alimentos menores, por resolución de fecha 24 de mayo de 2023, se ha Compromiso Joven del Instituto Nacio- de ellos contará con un presupuesto de 5
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-884-2021,
EXTRACTO NOTIFICACIÓN RUC: 21- 2-2523957-3, caratulada
ordenado notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la
CORNEJO/ZÚÑIGA por demanda de alimentos menores, por resolución de fecha 24 de mayo de 2023, se ha
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-884-2021, RUC: 21- 2-2523957-3, caratulada nal de la Juventud (INJUV) en la Región millones de pesos para la ejecución del
demanda, su proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial,
ordenado notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la
DEMANDA: A don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, C.I. 13.344.882-9, demanda por Alimentos Menores
CORNEJO/ZÚÑIGA por demanda de alimentos menores, por resolución de fecha 24 de mayo de 2023, se ha de O´Higgins, el cual busca aumentar los programa, la cual contempla distintas
demanda, su proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial,
ingresada en este Tribunal el 10 de septiembre del 2021, interpuesta por doña KARINA DEL CARMEN CORNEJO
ordenado notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la
CORNEJO, C.I. 16.164.686-5., al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de Alimentos Menores; PRIMER
DEMANDA: A don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, C.I. 13.344.882-9, demanda por Alimentos Menores
demanda, su proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, niveles de participación de las y los jóve- etapas durante su desarrollo.
OTROSÍ: Acompaña Documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Solicita Alimentos Provisorios; TERCER OTROSÍ: Beneficio de
ingresada en este Tribunal el 10 de septiembre del 2021, interpuesta por doña KARINA DEL CARMEN CORNEJO
CORNEJO/ZÚÑIGA
F. Ing.: 10/09/2021
RIT : C-884-2021
DEMANDA: A don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, C.I. 13.344.882-9, demanda por Alimentos Menores nes en acciones de desarrollo comunita- Entre las actividades destacan
Asistencia Jurídica; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder; Propone forma de notificación.. S.J. de Familia KARINA
CORNEJO, C.I. 16.164.686-5., al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de Alimentos Menores; PRIMER
Forma Inicio: Demanda
RUC: 21- 2-2523957-3
Proc.: Ordinario
ingresada en este Tribunal el 10 de septiembre del 2021, interpuesta por doña KARINA DEL CARMEN CORNEJO rio local, a través del trabajo en conjunto un ciclo formativo de perspectiva y enfo-
DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, a S.S. en representación legal y velando por el interés superior de mis hijas,
OTROSÍ: Acompaña Documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Solicita Alimentos Provisorios; TERCER OTROSÍ: Beneficio de
AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, que vengo en interponer demanda
CORNEJO, C.I. 16.164.686-5., al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de Alimentos Menores; PRIMER
Asistencia Jurídica; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder; Propone forma de notificación.. S.J. de Familia KARINA
de alimentos en contra de CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ. PROVEIDO: San Fernando, uno de octubre de dos
EXTRACTO NOTIFICACIÓN
OTROSÍ: Acompaña Documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Solicita Alimentos Provisorios; TERCER OTROSÍ: Beneficio de entre ambas instituciones. que de juventudes; un diagnóstico local
mil veintiuno. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de Alimentos. Traslado. Al primer otrosí: Téngase
DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, a S.S. en representación legal y velando por el interés superior de mis hijas,
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-884-2021, RUC: 21- 2-2523957-3, caratulada
Asistencia Jurídica; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder; Propone forma de notificación.. S.J. de Familia KARINA Según la directora regional (s) juvenil; la creación del Plan de Acción
por acompañados. Incorpórese jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: Alimentos
AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, que vengo en interponer demanda
CORNEJO/ZÚÑIGA por demanda de alimentos menores, por resolución de fecha 24 de mayo de 2023, se ha
DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, a S.S. en representación legal y velando por el interés superior de mis hijas, de INJUV O´Higgins, Erika Leiva Calde- Municipal de Juventud (PAMJUV); ac-
provisorios. Con el mérito de los antecedentes expuestos y según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 14.908
de alimentos en contra de CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ. PROVEIDO: San Fernando, uno de octubre de dos
ordenado notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la
modificado por la Ley 20.152, y sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva, se fija como alimentos
AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, que vengo en interponer demanda
demanda, su proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial,
mil veintiuno. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de Alimentos. Traslado. Al primer otrosí: Téngase
provisorios a favor de las niñas AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, la
de alimentos en contra de CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ. PROVEIDO: San Fernando, uno de octubre de dos rón, “a través de esta iniciativa buscamos tividades de sensibilización; actividades
DEMANDA: A don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, C.I. 13.344.882-9, demanda por Alimentos Menores
por acompañados. Incorpórese jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: Alimentos
suma equivalente al 40% del ingreso minino mensual equivaliendo a la suma $134.800.- (ciento treinta y cuatro
ingresada en este Tribunal el 10 de septiembre del 2021, interpuesta por doña KARINA DEL CARMEN CORNEJO
mil veintiuno. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de Alimentos. Traslado. Al primer otrosí: Téngase una transversalización de la perspectiva focalizadas; y Encuentro de Juventudes,
mil ochocientos pesos) que el demandado don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, Cédula de Identidad N°
provisorios. Con el mérito de los antecedentes expuestos y según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 14.908
CORNEJO, C.I. 16.164.686-5., al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de Alimentos Menores; PRIMER
13.344.882-9, deberá pagar mensualmente, a contar del mes que sea notificado de la demanda y la presente
por acompañados. Incorpórese jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: Alimentos
modificado por la Ley 20.152, y sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva, se fija como alimentos
OTROSÍ: Acompaña Documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Solicita Alimentos Provisorios; TERCER OTROSÍ: Beneficio de
resolución y con fecha de pago por mes vencido, solo por el mes de la notificación, para los efectos de los meses
provisorios. Con el mérito de los antecedentes expuestos y según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 14.908 de juventudes en los equipos municipales entre otras.
provisorios a favor de las niñas AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, la
Asistencia Jurídica; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder; Propone forma de notificación.. S.J. de Familia KARINA
siguientes la fecha de pago será dentro de los primeros diez días de cada mes, dineros que deberá depositar en
modificado por la Ley 20.152, y sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva, se fija como alimentos de todo el país, por lo que para nosotros “Para nosotros es importante la
DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, a S.S. en representación legal y velando por el interés superior de mis hijas,
suma equivalente al 40% del ingreso minino mensual equivaliendo a la suma $134.800.- (ciento treinta y cuatro
una cuenta de ahorro a la vista del Banco del Estado que deberá abrir EN EL MAS BREVE PLAZO POSIBLE la
AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, que vengo en interponer demanda
provisorios a favor de las niñas AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, la
mil ochocientos pesos) que el demandado don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, Cédula de Identidad N°
demandante KARINA DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, Cedula de Identidad. 16.164.686-5. Al tercer otrosí:
de alimentos en contra de CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ. PROVEIDO: San Fernando, uno de octubre de dos
suma equivalente al 40% del ingreso minino mensual equivaliendo a la suma $134.800.- (ciento treinta y cuatro es muy relevante que tres municipios de juventud en nuestra comuna. Firmar este
Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio y poder, y forma de notificación, sólo
13.344.882-9, deberá pagar mensualmente, a contar del mes que sea notificado de la demanda y la presente
mil veintiuno. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de Alimentos. Traslado. Al primer otrosí: Téngase
respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el
resolución y con fecha de pago por mes vencido, solo por el mes de la notificación, para los efectos de los meses
mil ochocientos pesos) que el demandado don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, Cédula de Identidad N° nuestra región sean parte de los 50 a nivel convenio es vital para nuestra adminis-
por acompañados. Incorpórese jurídicamente en la audiencia respectiva. Al segundo otrosí: Alimentos
estado diario. RESOLUCION: San Fernando, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Téngase presente
13.344.882-9, deberá pagar mensualmente, a contar del mes que sea notificado de la demanda y la presente
siguientes la fecha de pago será dentro de los primeros diez días de cada mes, dineros que deberá depositar en
provisorios. Con el mérito de los antecedentes expuestos y según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 14.908
número de cuenta de ahorro a la vista. FOLIO 21: Cuenta de ahorro a la vista para el pago de pensión
resolución y con fecha de pago por mes vencido, solo por el mes de la notificación, para los efectos de los meses nacional encargados de ejecutar este pro- tración, dándole énfasis principalmente
una cuenta de ahorro a la vista del Banco del Estado que deberá abrir EN EL MAS BREVE PLAZO POSIBLE la
modificado por la Ley 20.152, y sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva, se fija como alimentos
alimenticia, abierta con fecha 5 de octubre del año 2021, número de cuenta 41762850387. RESOLUCION: San
demandante KARINA DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, Cedula de Identidad. 16.164.686-5. Al tercer otrosí:
provisorios a favor de las niñas AYLINE ANASTASIA ZÚÑIGA CORNEJO y JOSEFA AGUSTINA ZÚÑIGA CORNEJO, la
siguientes la fecha de pago será dentro de los primeros diez días de cada mes, dineros que deberá depositar en grama durante este año y con posibilidad a la juventud que existe en nuestros co-
Fernando, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Al escrito de “solicitud que se indica” de fecha 23 de mayo
suma equivalente al 40% del ingreso minino mensual equivaliendo a la suma $134.800.- (ciento treinta y cuatro
Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio y poder, y forma de notificación, sólo
de 2023, a folio 95, se resuelve; Como se pide, no encontrándose aún el demandado de autos emplazado del
una cuenta de ahorro a la vista del Banco del Estado que deberá abrir EN EL MAS BREVE PLAZO POSIBLE la
mil ochocientos pesos) que el demandado don CARLOS FABIÁN ZÚÑIGA MUÑOZ, Cédula de Identidad N°
procedimiento, demanda y proveído respectivo, reprográmese por esta última vez la audiencia fijada en autos y
respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el
demandante KARINA DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, Cedula de Identidad. 16.164.686-5. Al tercer otrosí: de extenderlo al 2024. Queremos, a tra- legios, a quienes les estamos dando un
13.344.882-9, deberá pagar mensualmente, a contar del mes que sea notificado de la demanda y la presente
se fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 13 de Julio de 2023, a las 09:00 horas, sala 3, bajo
estado diario. RESOLUCION: San Fernando, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Téngase presente
Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio y poder, y forma de notificación, sólo vés de ellos, conocer a las juventudes de lugar principal”, comentó el alcalde de la
resolución y con fecha de pago por mes vencido, solo por el mes de la notificación, para los efectos de los meses
apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin
número de cuenta de ahorro a la vista. FOLIO 21: Cuenta de ahorro a la vista para el pago de pensión
siguientes la fecha de pago será dentro de los primeros diez días de cada mes, dineros que deberá depositar en
necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. Conforme a lo dispuesto en
respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el cada una de las comunas y a partir de este comuna de Mostazal, Santiago Gárate.
una cuenta de ahorro a la vista del Banco del Estado que deberá abrir EN EL MAS BREVE PLAZO POSIBLE la
alimenticia, abierta con fecha 5 de octubre del año 2021, número de cuenta 41762850387. RESOLUCION: San
el artículo 60 bis de la ley 19.968 y artículo 77 bis del código de procedimiento civil, autorícese a todas las
estado diario. RESOLUCION: San Fernando, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Téngase presente
demandante KARINA DEL CARMEN CORNEJO CORNEJO, Cedula de Identidad. 16.164.686-5. Al tercer otrosí:
Fernando, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Al escrito de “solicitud que se indica” de fecha 23 de mayo
partes para comparecer telemáticamente y se ordena generar link para la realización de audiencia a distancia vía
número de cuenta de ahorro a la vista. FOLIO 21: Cuenta de ahorro a la vista para el pago de pensión diagnóstico elaborar un plan de trabajo en Por su parte, el jefe comunal
Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio y poder, y forma de notificación, sólo
por plataforma Zoom. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
de 2023, a folio 95, se resuelve; Como se pide, no encontrándose aún el demandado de autos emplazado del
alimenticia, abierta con fecha 5 de octubre del año 2021, número de cuenta 41762850387. RESOLUCION: San conjunto exclusivo para cada territorio”. de Nancagua, Mario Bustamante Sali-
respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el
link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom
procedimiento, demanda y proveído respectivo, reprográmese por esta última vez la audiencia fijada en autos y
estado diario. RESOLUCION: San Fernando, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Téngase presente
Fernando, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Al escrito de “solicitud que se indica” de fecha 23 de mayo
https://zoom.us/j/99853232998 ID de reunión: 998 5323 2998 Código de acceso: 131513. San Fernando, 24
se fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 13 de Julio de 2023, a las 09:00 horas, sala 3, bajo
número de cuenta de ahorro a la vista. FOLIO 21: Cuenta de ahorro a la vista para el pago de pensión
de mayo de 2023. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
de 2023, a folio 95, se resuelve; Como se pide, no encontrándose aún el demandado de autos emplazado del Por su parte, la Seremi de Desa- nas, indicó que “para nosotros, este es
apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin
alimenticia, abierta con fecha 5 de octubre del año 2021, número de cuenta 41762850387. RESOLUCION: San
procedimiento, demanda y proveído respectivo, reprográmese por esta última vez la audiencia fijada en autos y rrollo Social y Familia, Nayadeth Ahu- un gran logro, que nos llena de alegría y
Fernando, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Al escrito de “solicitud que se indica” de fecha 23 de mayo
necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. Conforme a lo dispuesto en
se fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 13 de Julio de 2023, a las 09:00 horas, sala 3, bajo
de 2023, a folio 95, se resuelve; Como se pide, no encontrándose aún el demandado de autos emplazado del
el artículo 60 bis de la ley 19.968 y artículo 77 bis del código de procedimiento civil, autorícese a todas las
procedimiento, demanda y proveído respectivo, reprográmese por esta última vez la audiencia fijada en autos y
apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin mada Herrera, indicó que “esta iniciativa entusiasmo. La juventud es el futuro de
partes para comparecer telemáticamente y se ordena generar link para la realización de audiencia a distancia vía
se fija nueva fecha de audiencia preparatoria para el día 13 de Julio de 2023, a las 09:00 horas, sala 3, bajo
Boris Mauricio Ortega Suazo
necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. Conforme a lo dispuesto en es parte de las propuestas del Gobierno nuestra comuna, y a través de esta cola-
por plataforma Zoom. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
apercibimiento de afectarle a la parte inasistente, todas las resoluciones que se dicten en este proceso, sin
Jefe Unidad
el artículo 60 bis de la ley 19.968 y artículo 77 bis del código de procedimiento civil, autorícese a todas las
link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom
necesidad de notificación posterior, de acuerdo con el artículo 59 de la ley 19.968. Conforme a lo dispuesto en
PJUD de nuestro presidente Gabriel Boric, boración, podremos trabajar juntos para
partes para comparecer telemáticamente y se ordena generar link para la realización de audiencia a distancia vía
el artículo 60 bis de la ley 19.968 y artículo 77 bis del código de procedimiento civil, autorícese a todas las
https://zoom.us/j/99853232998 ID de reunión: 998 5323 2998 Código de acceso: 131513. San Fernando, 24
Veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés
partes para comparecer telemáticamente y se ordena generar link para la realización de audiencia a distancia vía
por plataforma Zoom. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el cuyo eje principal lo son los niños, niñas brindarles herramientas y oportunidades
de mayo de 2023. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
17:36 UTC-4
por plataforma Zoom. La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom y adolescentes. Para nosotros es funda- para su desarrollo personal y profesional.
link respectivo para proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom
https://zoom.us/j/99853232998 ID de reunión: 998 5323 2998 Código de acceso: 131513. San Fernando, 24
https://zoom.us/j/99853232998 ID de reunión: 998 5323 2998 Código de acceso: 131513. San Fernando, 24
de mayo de 2023. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando. mental conocer qué es lo que piensan, Es vital invertir en nuestra juventud y
de mayo de 2023. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
Boris Mauricio Ortega Suazo sus necesidades y cuales son sus expec- ofrecerles espacios donde puedan crecer
Jefe Unidad tativas en relación al país en el que viven, y prosperar. Estamos muy agradecidos
PJUD Boris Mauricio Ortega Suazo 13-14-15-230612304-05-06 por lo que la ejecución de este programa por la confianza y el apoyo de INJUV
Boris Mauricio Ortega Suazo
Jefe Unidad
Veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés
Jefe Unidad es muy importante para que las y los jó- en nuestro compromiso con la juventud
PJUD
17:36 UTC-4
Este documento tiene firma electrónica
Veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés venes sean parte de la construcción de de Nancagua. Juntos, estamos constru-
PJUD 17:36 UTC-4 y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
Veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés nuestro país”. yendo un futuro prometedor para nuestra
17:36 UTC-4 Código: RZQZXFVHYWL
El proceso de postulación contó comunidad”.
Este documento tiene firma electrónica
Este documento tiene firma electrónica
y su original puede ser validado en
y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
http://verificadoc.pjud.cl
Código: RZQZXFVHYWL
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y su original puede ser validado en
http://verificadoc.pjud.cl
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