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Martes 4 de Julio de 2023 - Página 11



                                                                       Coltauco
       Mujer muere atropellada cuando prestaba



                  ayuda a persona tendida en la ruta






              Trágica muerte  se registró cerca de las  pacto, la mujer falleció  se encontraba tendido en
       sufrió una mujer de 39  23 horas en el kilómetro  en forma  instantánea,  plena ruta.
       años que la noche del do-  34 de la citada carretera  mientras que el peatón de   El  fiscal  de
       mingo, mientras prestaba  cuando el conductor  45 años sufrió lesiones   turno dispuso que la
       ayuda a una persona que  del vehículo, quien se  de gravedad debiendo ser  brigada  especializada
       se encontraba tendida en  desplazaba en dirección  trasladado a un centro   SIAT  de  la Prefectura
       la calzada, fue atropella-  sur por la Ruta H-30  asistencial de la zona.  de carabineros Cacha-
       da por el conductor de un  al  ver  la  presencia  de     De acuerdo a los  poal se constituyera en
       automóvil que circulaba  los dos peatones en la  primeros  antecedentes  el sitio de suceso con la
       por la Ruta H-30 en la  calzada intentó realizar   policiales, la mujer minu-  finalidad de levantar ev-
       comuna de Coltauco.    una  maniobra evasiva,  tos  antes  del  accidente,  idencias que  permitan
              El fatal acci-  no logrando esquivar a  había  descendido  desde  establecer la dinámica y
       dente, de acuerdo al in-  ambas personas.      un vehículo para inten-  circunstancias del  fatal
       forme de carabineros,          Producto del im-  tar ayudar al hombre que  atropello. EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
                                                                     Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando,  en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
                                                                     Juicio  Ejecutivo, caratulados  “BANCO  DEL  ESTADO  DE  CHILE  CON  COMERCIAL
                                                                     ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL”,  por   resolución   16   Mayo
                                                                                                 EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
                                   Rancagua                          2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
                                                                     conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
               Pareja de adultos                                     mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
                                                                                  Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando,  en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
                                                                                  Juicio  Ejecutivo, caratulados  “BANCO  DEL  ESTADO  DE CHILE  CON COMERCIAL
                                                                     representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia.  Banco del Estado de
                                                                                  ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL”,  por   resolución   16   Mayo
                                                                     Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.-  op.33353995. FOGAPE.-
                                                                                  2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
       mayores lesionados en                                                      conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
                                                                     por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
                                                                     cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
                                                                                  mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
                                                                     calendario   de   pagos   inserto   en   el   pagaré   suscrito,   el   que   en   este   punto   se   da
                                                                                  representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia.  Banco del Estado de
                                                                     expresamente   por  reproducido.   No  ha   pagado   sus  obligaciones  desde  la   cuota  con
          incendio de vivienda                                                    Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.-  op.33353995. FOGAPE.-
                                                                     vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y  todas las posteriores por tanto Banco del
                                                                                  por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
                                                                                  cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
                                                                     Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
                                                                                  calendario   de   pagos   inserto   en   el   pagaré   suscrito,   el   que   en   este   punto   se   da
                                                                     de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
                                                                                  expresamente   por  reproducido.   No  ha   pagado   sus  obligaciones  desde  la   cuota  con
                                                                     completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
                Oportuna intervención de carabineros permitió rescatarlos   capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
                                                                                  vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y  todas las posteriores por tanto Banco del
                      con vida y trasladarlos al Hospital regional.  más las   costas.  6 de  Febrero  de  2023,  se  provee  la   demanda:  A  lo  principal:  Por
                                                                                  Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
                                                                                  de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
                                                                     interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
              Con lesiones de gravedad re-  ra Comisaría a cargo del procedimien-  completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
                                                                     pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
                                                                                  capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
                                                                     Civil,   custódiese   una   vez   acompañado   materialmente;   Al   segundo   y   quinto   otrosí:
       sultaron dos adultos mayores de 84 y 88  to policial ingresó a la casa rescatando   más las   costas.  6 de  Febrero  de  2023,  se  provee  la   demanda:  A  lo  principal:  Por
                                                                     Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
       años de edad luego que su vivienda fue-  a la pareja de adultos mayores los que   interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
                                                                     citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.-  MANDAMIENTO.  Con
       ra afectada por un devastador incendio  posteriormente fueron trasladados al   pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
                                                                     fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
       en la comuna de Rancagua. El fuego se  Hospital Regional de Rancagua, donde   Civil,   custódiese   una   vez   acompañado   materialmente;   Al   segundo   y   quinto   otrosí:
                                                                     efecto   mandamiento   de   folio   1   ordenando   se   confeccione   nuevo   mandamiento   de
                                                                                  Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
       inició aproximadamente a las seis de la  ingresaron con diagnóstico reservado.  citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.-  MANDAMIENTO.  Con
                                                                     ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
                                                                     pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
       mañana de ayer en la residencia ubicada     En las labores de control y    fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
                                                                     COMERCIAL   ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL,   en   calidad   de
       en calle Roma de la capital regional.  extinción del fuego trabajaron volun-  efecto   mandamiento   de   folio   1   ordenando   se   confeccione   nuevo   mandamiento   de
                                                                     deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
              Debido aparentemente a una  tarios de diferentes compañías del      ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
                                                                     calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
                                                                                  pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
       explosión, se originó un incendio en la  Cuerpo de Bomberos de Rancagua.   COMERCIAL   ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL,   en   calidad   de
                                                                     BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
                                                                     $7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
       vivienda, que rápidamente se propagó a  Las causas que habrían originado la   deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
                                                                     la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
       todo el inmueble con sus dos moradores  emergencia, por ahora se desconocen,   calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
                                                                     garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas.   No
       en su interior. Carabineros de la Prime-  pero peritos trabajan establecerlas.  BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
                                                                                  $7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
                                                                     verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
                                                                                  la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
                                                                     deudor,   quedando   estos   en   su   poder   calidad   de   depositario   provisional,   bajo   su
                                                                                  garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas.   No
                                                                     responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16  Mayo 2023.
                                                                                  verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
                                                                     Proveyendo   escrito   de   folio   41,   se   resuelve:   A   lo   principal:   De   conformidad   con   lo
                                                                                  deudor,   quedando   estos   en   su   poder   calidad   de   depositario   provisional,   bajo   su
                                                                     dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de
                           Entrada a San Fernando                    fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
                                                                                  responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16  Mayo 2023.
             Dos personas heridas                                                 dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de
                                                                                  Proveyendo   escrito   de   folio   41,   se   resuelve:   A   lo   principal:   De   conformidad   con   lo
                                                                     EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
                                                                     avisos   redactados   en   extractos   por   la   Secretaria   del   tribunal   o   quien   la   Subrogue.
                                                                                  fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
                                                                     Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
           y un vacuno muerto en                                                  EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
                                                                     una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
                                                                                  avisos   redactados   en   extractos   por   la   Secretaria   del   tribunal   o   quien   la   Subrogue.
                                                                     de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
                                                                                  Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                                                                     día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
                                                                                  una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
             accidente de tránsito                                   Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
                                                                                  de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
                                                                     resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
                                                                                  día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
                                                                     en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio  2023 se complementó resolución de
                                                                                  Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
                                                                     fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
                                                                                  resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
                                                                     artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
              Dos personas le-  carretera siendo violenta-  por el SAMU al servicio de   en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio  2023 se complementó resolución de
                                                                     la   Iglesia,   en   su   calidad   de   aval   y   codeudor   solidario.-  OLGA   PEÑA
       sionadas de gravedad y un  mente  impactado por  un  urgencias del Hospital San   fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
                                                                     FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.-
       vacuno muerto fue el re-  automóvil. Producto de  Juan de Dios de San Fer-  artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
                                                                                  la   Iglesia,   en   su   calidad   de   aval   y   codeudor   solidario.-  OLGA   PEÑA
       sultado de un accidente de  ello, el animal salió eyecta-  nando.          FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.-                               28-29-1-4-230627301-02-03-04
       tránsito  registrado pasada  do a la pista contraria don-     En tanto, el an-
       la medianoche del viernes  de fue embestido por otro  imal debido a los impac-
       en el kilómetro 3 de la Ruta  vehículo.        tos murió en forma in-
       90, en la entrada a San Fer-     A raíz del acci-  stantánea. En las labores de   Olga Patricia Peña Fernández
                                                                                  Secretario
       nando.                 dente, los conductores de  rescate trabajaron voluntar-  PJUD                                Este documento tiene firma electrónica
                                                                                                                           y su original puede ser validado en
              El accidente se  ambos vehículos resultaron  ios de la Primera y Segunda   Diecinueve de junio de dos mil veintitrés  http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                  15:37 UTC-4
                                                                                                                                      Este documento tiene firma electrónica
       habría originado luego que  con lesiones de gravedad  Compañía del Cuerpo de                                        Código: DBNXXFJZKRY y su original puede ser validado en
                                                                                                                                      http://verificadoc.pjud.cl
       el vacuno ingresara a la  debiendo ser trasladados  Bomberos de esta ciudad.                                                   Código: DBNXXFJZKRY
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