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Sábado 1 de Julio de 2023 - Página 7


        Mañana domingo en Malloa se realizará tercera



            fecha del Mountain Bike Tour by Trek Subaru




              Sigue la emoción  julio en los hermosos para-  fecha, ya que es la prime-
       de la competición de MTB  jes de la Viña Valle Secreto,  ra vez que compite en ese
       más importante del país,  en la Comuna de Malloa.  sector y yo tampoco he
       donde cerca de 1.000 pe-       En una nueva cita  tenido la posibilidad de co-
       daleros se darán cita este  pedalera bajo un escenario  rrer en el Valle Secreto, así
       domingo 2 de julio en los  de montaña único, cerca de  que será muy entretenido
       bellos parajes cordillera-  mil deportistas y aficionados  conocer un nuevo circuito,
       nos del Cachapoal.     serán parte de esta competi-  algo por lo que se destaca
              Una nueva jorna-  ción que ya suma una década  mucho el Mountain Bike
       da de adrenalina y deporte  de vida y donde nuevamente  Tour, que es, precisamente,
       en  contacto  con la  natu-  se reencontrará las catego-  buscar nuevos sectores que
       raleza se avecina, con la  rías Familiar (20k), Experto  no se  haya corrido para
       disputa de la tercera fecha  (33k),  Intermedio  (40k)  y  ofrecer nuevos desafíos
       del Mountain Bike Tour by  E-Bike y Gravel (40k).   para  niños,  familias  los
       Trek Subaru que se llevará     “Llegaré con mu-  más experimentados”, co-
       a cabo a este domingo 2 de  cho entusiasmo a la tercera  mentó Gonzalo Aravena,   EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
                                                      multicampeón del MTB
                                                                     Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando,  en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
                                                      Tour, que marcha quinto
                                                                     Juicio  Ejecutivo, caratulados  “BANCO  DEL  ESTADO  DE  CHILE  CON  COMERCIAL
                                                      en  la  categoría  Expertos
                                                                     ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL”,  por   resolución   16   Mayo
                                                      (solo  pudo  correr la pri-                EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS
                                                                     2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
                                                      mera fecha),y ostenta una   Ante 1er. Juzgado de Letras de San Fernando,  en causa Civil Rol C-191-2021, sobre
                                                                     conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
                                                      dilatada trayectoria en el   Juicio  Ejecutivo, caratulados  “BANCO  DEL  ESTADO  DE CHILE  CON COMERCIAL
                                                                     mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
                                                      ciclismo con 19 años co-    ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL”,  por   resolución   16   Mayo
                                                                     representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia.  Banco del Estado de
                                                                     Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.-  op.33353995. FOGAPE.-
                                                      rriendo como “Elite”        2023,complementada con fecha 13 de junio de 2023 se decretó notificar por avisos de
                                                                     por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
                                                             Actualmente  el      conformidad con artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su proveído y
                                                                     cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
                                                      ranking Expertos para       mandamiento a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia EIRL.,
                                                                     calendario   de   pagos   inserto   en   el   pagaré   suscrito,   el   que   en   este   punto   se   da
                                                                                  representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia.  Banco del Estado de
                                                      hombres lo lideran con      Chile dio en préstamo a los ejecutados la suma de $7.198.054.-  op.33353995. FOGAPE.-
                                                                     expresamente   por  reproducido.   No  ha   pagado   sus  obligaciones  desde  la   cuota  con
                                                      10 puntos  Sebastián Mi-    por concepto de capital, más un interés del 1,5200% mensual, se obligó a pagar en 33
                                                                     vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y  todas las posteriores por tanto Banco del
                                                      randa, Walter Martínez      cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el
                                                                     Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
                                                      y Sebastián Gesche, éste    calendario   de   pagos   inserto   en   el   pagaré   suscrito,   el   que   en   este   punto   se   da
                                                                     de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
                                                                     completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
                                                      último ganador de  la  se-  expresamente   por  reproducido.   No  ha   pagado   sus  obligaciones  desde  la   cuota  con
                                                                                  vencimiento al 26 Septiembre 2022, inclusive y  todas las posteriores por tanto Banco del
                                                                     capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
                                                      gunda fecha, mientras que   Estado de Chile, ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda demandando la suma
                                                                     más las   costas.  6 de  Febrero  de  2023,  se  provee  la   demanda:  A  lo  principal:  Por
                                                      en Damas, Pilar Corvalán    de $7.198.054.- más intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
                                                                     interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
                                                      se alza en lo más alto del   completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,5000% anual sobre el saldo del
                                                                     pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
                                                      ranking con 14 unidades,    capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE),
                                                                     Civil,   custódiese   una   vez   acompañado   materialmente;   Al   segundo   y   quinto   otrosí:
                                                      seguida de Catalina Vi-     más las   costas.  6 de  Febrero  de  2023,  se  provee  la   demanda:  A  lo  principal:  Por
                                                                     Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
                                                                                  interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí: Téngase por acompañado
                                                                     citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.-  MANDAMIENTO.  Con
                                                      daurre (10 pts) y Alicia    pagaré, bajo el apercibimiento del número 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento
                                                      Olivares (8 pts).   fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
                                                                                  Civil,   custódiese   una   vez   acompañado   materialmente;   Al   segundo   y   quinto   otrosí:
                                                                     efecto   mandamiento   de   folio   1   ordenando   se   confeccione   nuevo   mandamiento   de
                                                             Para más informa-    Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería y por acompañado, con
                                                                     ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
                                                      ción e inscripciones pinchar   citación; Al cuarto otrosí: como se pide.- Cuantía: $7.198.054.-  MANDAMIENTO.  Con
                                                                     pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
                                                      el siguiente enlace https://  fecha 12 Mayo 2023, de acuerdo al artículo 84 del Código Procedimiento se dejó sin
                                                                     COMERCIAL   ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL,   en   calidad   de
                                                                                  efecto   mandamiento   de   folio   1   ordenando   se   confeccione   nuevo   mandamiento   de
                                                      mountainbiketour.cl/ deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
                                                                                  ejecución y embargo.- San Fernando, a 12 Mayo 2023.- Un ministro de Fe requerirá de
                                                                     calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
                                                      Fotografías de archivo.     pago a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en calidad representante de
                                                                     BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
                                                                                  COMERCIAL   ROLANDO   ALVARO   DELGADO   DE   LA   IGLESIA   EIRL,   en   calidad   de
                                                                     $7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
                                                                                  deudor principal y por otra parte a ROLANDO ALVARO DELGADO DE LA IGLESIA, en
                                                                     la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
                                                                                  calidad de aval y codeudora solidaria, para que en el acto de intimidación pague al
                                                                     garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas.   No
                                                                                  BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus derechos representen la suma de
                                                                     verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
                                                                                  $7.198.054.- más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta
                                                                     deudor,   quedando   estos   en   su   poder   calidad   de   depositario   provisional,   bajo   su
                                                                                  la fecha de pago efectivo, más la comisión de 0,5000% anual sobre el saldo del capital
                                                                                  garantizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas.   No
                                                                     responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16  Mayo 2023.
                                                                                  verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del
                                                                     Proveyendo   escrito   de   folio   41,   se   resuelve:   A   lo   principal:   De   conformidad   con   lo
                                                                                  deudor,   quedando   estos   en   su   poder   calidad   de   depositario   provisional,   bajo   su
                                                                     dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de
                                                                                  responsabilidad legal. Rol:C-191-2.023.- RESOLUCION. San Fernando, 16  Mayo 2023.
                                                                     fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
                                                                                  Proveyendo   escrito   de   folio   41,   se   resuelve:   A   lo   principal:   De   conformidad   con   lo
                                                                     EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
                                                                                  dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese  la demanda de
                                                                     avisos   redactados   en   extractos   por   la   Secretaria   del   tribunal   o   quien   la   Subrogue.
                                                                                  fecha 02 Febrero 2023, a la empresa Comercial Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia
                                                                     Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                                                                                  EIRL, y a su representante legal don Rolando Alvaro Delgado De La Iglesia mediante
                                                                     una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
                                                                                  avisos   redactados   en   extractos   por   la   Secretaria   del   tribunal   o   quien   la   Subrogue.
                                                                     de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
                                                                                  Publíquese por cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                                                                     día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
                                                                                  una sola vez en el Diario Oficial. Para los efectos del requerimiento de pago y tratándose
                                                                     Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
                                                                                  de un acto procesal distinto de la notificación de la demanda, cítese al demandado para el
                                                                     resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
                                                                                  día 06 de Julio de 2023 a las 09:30 horas en dependencias de este Primer Juzgado de
                                                                     en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio  2023 se complementó resolución de
                                                                                  Letras de San Fernando, diligencia que se efectuará por Receptor Judicial. Inclúyase lo
                                                                     fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
                                                                                  resuelto precedentemente en el extracto respectivo. Al otrosí: Como se pide, apercíbase
                                                                     artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
                                                                                  en los términos solicitados. Por resolución 13 Junio  2023 se complementó resolución de
                                                                     la   Iglesia,   en   su   calidad   de   aval   y   codeudor   solidario.-  OLGA   PEÑA
                                                                                  fecha 16 Mayo 2023 en el sentido que se complementa que la notificación de acuerdo al
                                                                     FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.-
                                                                                  artículo 54 del Código Procedimiento Civil, también es a don Rolando Alvaro Delgado de
                                                                           230630801  la   Iglesia,   en   su   calidad   de   aval   y   codeudor   solidario.-  OLGA   PEÑA   28-29-1-4-230627301-02-03-04
                                                                                  FERNANDEZ.SECRETARIA SUBROGANTE.-
                                                                                  Olga Patricia Peña Fernández
                                                                                  Secretario
                                                                                  PJUD                                     Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                  Diecinueve de junio de dos mil veintitrés  http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                  15:37 UTC-4
                                                                                                                                      Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                                      http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                      Código: DBNXXFJZKRY
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