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Página 4 - Jueves 24 de Agosto de 2023



                                     Más de 1.900 personas damnificadas por las lluvias en la región
                   Santa Cruz y Coltauco recibieron



                  los fuertes embates del temporal





                             Pasada la noche del martes, el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED)
                                     decretó alerta roja para toda la región hasta que las condiciones del evento así lo ameriten.

              Durante la noche  a causa del sistema frontal  cuyas comunas más afec-  lluvias que afectaron a la  nas en las cuales el fren-  fuertes precipitaciones
       del martes, gran cantidad  que ha afectado a la zona  tadas han sido Coltauco  zona anteayer.  te de lluvia y viento ha      Respecto a la in-
       de la población de la re-  centro sur del país desde  y Santa Cruz, está ultima     La comuna col-  dejado una gran cantidad  formación  entregada  por
       gión de O´Higgins estuvo  el pasado sábado, dejando  quedó con prácticamen-  chagüina fue la que sufrió  de damnificados y de per-  el Servicio Nacional de
       en alerta por las inunda-  un total de 1.935 personas  te el 90% de la comuna  enormes daños con colap-  sonas que han perdido sus  Prevención y Respuesta
       ciones que se produjeron  damnificadas en la región,  inundada tras las fuertes  sos de  esteros,  canales y  hogares y/o trabajos.  ante Desastres  (SENA-
                                                                              quebradas que afectaron       En Coltauco, las  PRED) durante las  últi-
                                                                              la zona, el alcalde Wi-  calles nuevamente se con-  mas horas, ha totalizado
                                                                                           EXTRACTO
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                           N NOTIFICACION POR AVISO.- -                       lliam Arévalo profundizó  virtieron en ríos, princi-  24.922 personas damni-
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        Ante 1er. Juzgado de Letras de Rengo, causa Civil Rol C-519-2020, Juicio Ejecutivo,   en la situación de la co-  palmente  en la  localidad  ficadas en el  país,  de  los
                  “
        caratulados   B BANCO   DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON   PE A   CUEVAS“  A N C O     D E L     E S T A D O     D E     C H I L E     C O N     P EÑ A     C U E V A S     muna debido al sistema  de Rinconada de Parral,  cuales 1.935 correspon-
                                                              Ñ
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        T TERESA   DEL   CARMEN ,  31 Julio 2023, se decret  notificar por avisos de   frontal. Según explicó, el  que  ya  la  tarde  del  do-  den a la región de O´Hi-
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                                                             PRIMER   JUZGADO   DE   LETRAS   DE   SAN   FERNANDO,   causa   caratulada
                                                   ó
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        conformidad con art culo 54 y 443 inciso Primero del C digo de Procedimiento Civil,   90% de la comuna estaba  mingo debió ser evacuada  ggins, siendo la segunda
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        la   demanda,   su   prove do   y   mandamiento   a   la   demandada  T TERESA   DEL
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                                                             “MORENO/RIVADENEIRA”. Rol V-149-2021. Por sentencia de fecha 18/07/2023,
                                                                 é
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        C CARMEN PE A CUEVAS.   Banco del Estado de Chile dio en pr stamo a la   inundada. “Tenemos 50  debido a la “activación de  región con más afectados
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                                                                              centímetros de  agua,  los  quebradas y canales”. Sen-
        ejecutada con fecha 27 de Septiembre de 2016, por la cantidad de 42,749887.- UF.,  Posesión   Efectiva   Herencia   testada   de   doña   ELBA   ALICIA
                                                             se   concede
        pagadero en 3 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 16,179144.- Unidades de   vehículos municipales no  apred ordenó también an-  Maule (22.347). Respecto
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             N NOTIFICACION POR AVISO.-

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                                                             RIVADENEIRA VIAL, a sus hijos doña Anita de las Mercedes, María Alicia, Isabel
                                                                  ú
        Fomento las 2 primeras cuotas y de 16,008554 Unidades de Fomento la  ltima que   pueden  pasar a  todos los  teayer sobre la evacuación  a los albergados, la región
 Ante 1er. Juzgado de Letras de Rengo, causa Civil Rol C-519-2020, Juicio Ejecutivo,      lugares”, manifestando su  de quienes se encontraban  cuenta 232 personas con-
        incluyen intereses y ser n pagaderas todos los d as 01 de cada mes a contar del d a í
                                             í
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                                                             Margarita,   María   Soledad,   María   Bernardita,   todos   de   apellidos   Moreno
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        01 de Septiembre de 2019 y la  ltima el d a 01 de Noviembre de 2019. Se pact  un
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 T TERESA   DEL   CARMEN ,  31 Julio 2023, se decret  notificar por avisos de      preocupación por la emer-  en “cercanía de canales y  tabilizadas y 312 quien
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        inter s de un 4,3% anual durante el per odo comprendido entre la fecha de cursaci n ó
                                                             Rivadeneira y a sus nietos Maricarmen Alicia, Paula Soledad, Sandra Isabel, y
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 conformidad con art culo 54 y 443 inciso Primero del C digo de Procedimiento Civil,      gencia. “Estamos en aler-  quebradas” en la comuna,  aún se encuentran aisla-
        y el 01 de Noviembre de 2019, fecha esta  ltima en que vencer a y se capitalizar a í
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                                                                                                                             das. Respecto a las vivien-
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 la   demanda,   su   prove do   y   mandamiento   a   la   demandada  TERESA  í     DEL  doña Consuelo Beatriz, todos de apellidos Moreno Muñoz, quienes heredan por
                                                     S
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        los intereses devengados. A contar de la misma fecha pagar a intereses del 4,3%
                                                    é
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 C CARMEN PE A CUEVAS.   Banco del Estado de Chile dio en pr stamo a la   ó   centro urbano, tenemos  des”, principalmente por el  das hay un total  de  328
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        anual. No ha pagado sus obligaciones adeudando incluyendo la capitalizaci n de los
                                                             derecho de representación de su padre don Luis Osvaldo Moreno Rivadeneira, en
 ejecutada con fecha 27 de Septiembre de 2016, por la cantidad de 42,749887.- UF.,   cuatro días con las lluvias  desbarde  del  río  Cacha-  casas con daños menores,
                     í
        intereses del per odo inicial, 3 Dividendos Impagos de 48,366842 UF, e Intereses
 pagadero en 3 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 16,179144.- í  Unidades de  la mitad legitimaria, cuarta de mejoras y cuarta de libre disposición, en la forma
        Penales de 0,803901 UF., lo que da un total al d a 19 de Febrero de 2020 a
                                                                              intensas, todo el sector  poal y el estero Purén. La  mientras que 421 hogares
                                                     ú
 Fomento las 2 primeras cuotas y de 16,008554 Unidades de Fomento la  ltima que   ó
        49,170743.-   Unidades   de   Fomento   a   la   suma   de   $1.396.695.-   a   raz n   de
                                                             prevista en la ley y según lo dispuesto por la causante en el  testamento otorgado ños mayores.
                                                            í
                                í
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                                               á
 incluyen intereses y ser n pagaderas todos los d as 01 de cada mes a contar del d a   á  rural también está afecta-  emergencia ha sobrepasa-  tienen da
        $28.405,010000 por cada Unidad de Fomento, m s los intereses penales m ximos y
                            í
                                                         ó
                   ú
 01 de Septiembre de 2019 y la  ltima el d a 01 de Noviembre de 2019. Se pact  un   í  do.  Ya están bajando las  do toda capacidad de res-     Respecto a la si-
                                              ó
        costas, ordenando seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer pago  ntegro de lo
                                                             el  día 10/07/2015 ante la Notaría Carlos Guzmán Baigorria de la Comuna de San
                                                           ó
 é
                         í
 inter s de un 4,3% anual durante el per odo comprendido entre la fecha de cursaci n   aguas del sector rural que  puesta de manera evidente,  tuación meteorológica, el
        adeudado al Banco del Estado de Chile, con costas. Rengo, 16 Abril 2020. A lo
                             ú
                    á
 y el 01 de Noviembre de 2019, fecha esta  ltima en  í que vencer a y se capitalizar aí  é  ñ  í    Fernando.  está más en las montañas  donde la inundación ha lle-  sistema frontal  ya  dejado
        principal: desp chese: al primer otros : t ngase por acompa ado documentos que
        indica en la forma que se ala, mant ngase en custodia; al segundo otros : t ngase
                                     é
 los intereses devengados. A contar de   ñ la misma fecha pagar a intereses del 4,3%í     í  é  y estamos llegando hoy a  gado hasta la zona céntrica  la zona afectada por lo cual
 anual. No ha pagado sus obligaciones adeudando incluyendo la capitalizació  í  ó n de los   la  zona  centro”, aseguró  de la localidad.  entre hoy hasta el sabado
        presente debiendo darse cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 449 del C digo de
                                                     ó
       í
        Procedimiento Civil, que dice relaci n al orden de prelaci n; al tercer otros : t ngase
 intereses del per odo inicial, 3 Dividendos Impagos ó  de 48,366842 UF, e Intereses   íé  Arévalo.         En San Fernan-   no esperan lluvias, sin em-
                      í
                                                  ó
        presente   personer a   y   por   acompa ada   con   citaci n;   al   cuarto   otros :   t ngase
                                                          Ximena Andrea Hinojosa Abarca
 Penales de 0,803901 UF., lo que da un total al  í ñ  d a 19 de Febrero de 2020 a   í  é
        presente; al quinto otros : no ha lugar por ahora; al sexto otros : t ngase presente
 49,170743.-   Unidades   de   Fomento  í   a   la   suma   de   $1.396.695.-   a   raz n   deó  íSecretario     Paredones, San  do, durante la noche del  bargo durante la noche del
                                                              é
        patrocinio y poder conferido.  M MANDAMIENTO.  Rengo. 16 Abril 2020. Por el
 $28.405,010000 por cada Unidad de Fomento, m á  A s los intereses penales m ximos yá  N D A M I E N T O .     PJUD    Fernando  (específica-  martes el sector Los Huer-  domingo hasta posiblemen-
                                                          Siete de agosto de dos mil veintitrés
        presente mandamiento un Ministro de Fe requerir de pago a la parte demandada,
                                 ó
 costas, ordenando seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer pago  ntegro de lo   mente en el sector Los  tos fue alertado en varias  te el lunes por la mañana se
                                                   í
                                                          17:22 UTC-4
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        do a  TERESA  DEL  CARMEN  PE A  CUEVAS,  para  que  en  el  acto  de  su
 adeudado al Banco del Estado de Chile, con costas. Rengo, 16 Abril 2020. A lo   Huertos), Chimbarongo,  ocasiones por la amena-  esperan nuevamente preci-
               ó
        notificaci n y requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien
                           é
                                           ñ
 principal: desp chese: al primer otros : t ngase por acompa ado documentos que   Nancagua, Doñihue y  za  del desborde del rio  pitaciones, aunque con me-
                         í
      á
        sus   derechos   represente,   la   cantidad   de   49,170743.-   Unidades   de   Fomento,
                                                        é
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                        é
 indica en la forma que se ala, mant ngase en custodia; al segundo otros : t ngase   Coltauco son otras comu-  Tinguiririca debido a las  nor intensidad.
                                            í
                    í
        equivalentes a t tulo meramente ejemplar al d a 19 de Febrero de 2020 a la suma de
                                          í
                                                      ó
 presente debiendo darse cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 449 del C digo de
                   á
                                                ú
        $1.396.695 m s los intereses pactados, y costas, seg n consta de los autos ejecutivos.
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                                        ó
                                                      íé
 Procedimiento Civil, que dice relaci n al orden de prelaci n; al tercer otros : t ngase
                                                 ó
                                                     á
        No verificado el  pago en el  acto de la intimaci n, tr bese embargo en bienes
                                                     í
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 presente   personer a   y   por   acompa ada   con   citaci n;   al   cuarto   otros :   t ngase            EXTRACTO
        suficientes   del   deudor,   quedando   estos   en   su   poder   en   calidad   de   depositario
                                                 é
                                              í
              í
 presente; al quinto otros : no ha lugar por ahora; al sexto otros : t ngase presente                        EXTRACTO
                                                      S
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        provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol C-519-R RESOLUCION. Rengo. 31
                                                            I
 patrocinio y poder conferido.  MANDAMIENTO.  Rengo. 16 Abril 2020. Por el  O N

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                                         é
        Julio 2023. A lo principal: Atendido el m rito de autos, ha lugar a lo solicitado y
 presente mandamiento un Ministro de Fe requerir de pago a la parte demandada,
                                              ó
            í
        notif quese   la   demanda   de   autos,   su   resoluci n   y   el   mandamiento,   a   la   parte
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 do a  TERESA  DEL  CARMEN  PE A  CUEVAS,  para  que  en  el  acto  de  su   °     PRIMER   JUZGADO   DE   LETRAS   DE   SAN   FERNANDO,   causa   caratulada
        demandada  de  do a  T TERESA   DEL   CARMEN   PE A   CUEVAS,   RUT   NÑ
                                                    Ñ
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 ó
 notificaci n y requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien  A S ,    R U T    N°     PRIMER   JUZGADO   DE   LETRAS   DE   SAN   FERNANDO,   causa   caratulada
                                                                                   “MORENO/RIVADENEIRA”. Rol V-149-2021. Por sentencia de fecha 18/07/2023,
                  5
          .
        1 15.112.587-5,  por medio de avisos, ello de conformidad con lo dispuesto en el art.
         5
                 -
              5
              .
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               8
             2
                7
 sus   derechos   represente,   la   cantidad   de   49,170743.-   Unidades   de   Fomento,   “MORENO/RIVADENEIRA”. Rol V-149-2021. Por sentencia de fecha 18/07/2023,
                                  ó
        54 y 443 inciso Primero del C digo de Procedimiento Civil, debiendo llevarse a
                              í
      í
 equivalentes a t tulo meramente ejemplar al d a 19 de Febrero de 2020 a la suma de   á  se   concede   Posesión   Efectiva   Herencia   testada   de   doña   ELBA   ALICIA
                                                          í
                                      é
        efecto el requerimiento de pago a trav s de receptor judicial el d a siguiente h bil de
                                                                                   se   concede   Posesión   Efectiva   Herencia   testada   de   doña   ELBA   ALICIA
     á
                                   ú
 $1.396.695 m s los intereses pactados, y costas, seg n consta de los autos ejecutivos.  é  RIVADENEIRA VIAL, a sus hijos doña Anita de las Mercedes, María Alicia, Isabel
                 ó
        la notificaci n, en dependencias del Tribunal, a las 09:00 horas y si  ste recayere en
                                   ó
                                        á
 No verificado el  pago en el  acto de la intimaci n, tr bese embargo en bienes   ñ  RIVADENEIRA VIAL, a sus hijos doña Anita de las Mercedes, María Alicia, Isabel
        d a s bado o festivo, se realizar el primer d a h bil siguiente, a la hora se alada.- Con
                                            á
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                                         í
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 suficientes   del   deudor,   quedando   estos   en   su   poder   en   calidad   de   depositario   Margarita,   María   Soledad,   María   Bernardita,   todos   de   apellidos   Moreno
                                                       á
                               ó
        el fin de efectuar la notificaci n y requerimiento anterior, h ganse tres publicaciones
                                      R
                                               I
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 provisional, bajo su responsabilidad legal. Rol C-519-RESOLUCION. Rengo. 31  í  é  Rivadeneira y a sus nietos Maricarmen Alicia, Paula Soledad, Sandra Isabel, y
                                                  N
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                                                    ó
        en un diario de la Comuna, de la provincia o de la regi n, como as  tambi n en el
                                                                                   Rivadeneira y a sus nietos Maricarmen Alicia, Paula Soledad, Sandra Isabel, y
                            é
 Julio 2023. A lo principal: Atendido el m rito de autos, ha lugar a lo solicitado y      doña Consuelo Beatriz, todos de apellidos Moreno Muñoz, quienes heredan por
        Diario Oficial, siendo  sta los d as primero o quince de cualquier mes o al d a í
                          é
                                  í
                                ó
 notif quese   la   demanda   de   autos,   su   resoluci n   y   el   mandamiento,   a   la   parte   doña Consuelo Beatriz, todos de apellidos Moreno Muñoz, quienes heredan por
 í
                                   á
                        í
        siguiente; y al otros : no encontr ndose notificada la parte demandada, es que se
                                                                                   derecho de representación de su padre don Luis Osvaldo Moreno Rivadeneira, en
                                                            °
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 demandada  de  do a  TERESA   DEL   CARMEN   PE A   CUEVAS,   RUT   NÑ A   C U E V A S ,    R U T     N°     derecho de representación de su padre don Luis Osvaldo Moreno Rivadeneira, en
               R
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        resuelve, que no ha lugar, por ahora a lo solicitado.-
 1 15.112.587-5,  por medio de avisos, ello de conformidad con lo dispuesto en el art.   la mitad legitimaria, cuarta de mejoras y cuarta de libre disposición, en la forma
    5
   -
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                                                                                   la mitad legitimaria, cuarta de mejoras y cuarta de libre disposición, en la forma
                    ó
 54 y 443 inciso Primero del C digo de Procedimiento Civil, debiendo llevarse a    prevista en la ley y según lo dispuesto por la causante en el  testamento otorgado
                        é
                                             í
                                                        á
 efecto el requerimiento de pago a trav s de receptor judicial el d a siguiente h bil de   prevista en la ley y según lo dispuesto por la causante en el  testamento otorgado
                                                                           22-23-24-230821204-05-06
                                                                                   el  día 10/07/2015 ante la Notaría Carlos Guzmán Baigorria de la Comuna de San
                                                é
   ó
 la notificaci n, en dependencias del Tribunal, a las 09:00 horas y si  ste recayere en   Este documento tiene firma electrónica
                                                                                   el  día 10/07/2015 ante la Notaría Carlos Guzmán Baigorria de la Comuna de San
                                                                                   Fernando.
                            í
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                                                   ñ
 d a s bado o festivo, se realizar el primer d a h bil siguiente, a la hora se alada.- Con   y su original puede ser validado en
                                                                                   Fernando.
                 ó
                                         á
 el fin de efectuar la notificaci n y requerimiento anterior, h ganse tres publicaciones   http://verificadoc.pjud.cl
            Edson Marcelo Alvarado Díaz
                                       ó
                                                       é
                                                 í
 en un diario de la Comuna, de la provincia o de la regi n, como as  tambi n en el   Código: FKKJXHCXMWB
            Secretario
                                                            í
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 Diario Oficial, siendo  sta los d as primero o quince de cualquier mes o al d a   Ximena Andrea Hinojosa Abarca                                  22-23-24-230821301-02-03
                     í PJUD
          í
                     á
            Dieciséis de agosto de dos mil veintitrés
 siguiente; y al otros : no encontr ndose notificada la parte demandada, es que se   Ximena Andrea Hinojosa Abarca
                                                                                Secretario
            10:00 UTC-4                                                         Secretario
 resuelve, que no ha lugar, por ahora a lo solicitado.-                         PJUD
                                                                                PJUD
                                                                                Siete de agosto de dos mil veintitrés
                                                                                17:22 UTC-4
                                                                                Siete de agosto de dos mil veintitrés
                                                                                17:22 UTC-4
                                                   Este documento tiene firma electrónica
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                                                   http://verificadoc.pjud.cl                                             y su original puede ser validado en
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                                                   Código: FKKJXHCXMWB
                                                                                                                          Código: VQNCXGPNQKX
                                                                                                                                      Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                                      y su original puede ser validado en
                                                                                                                                      http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                      Código: VQNCXGPNQKX
                                                                                                                                      Código: VQNCXGPNQKX
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