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Página 6 - Martes 3 de Mayo de 2022



                                  EXTRACTO                                          Juzgado   de   Familia   de   Litueche,   causa   RIT   C-12-2021,   caratulado   ESPERGUEL/BASCUR   ordenó
                                                                                            EXTRACTO CAUSA RIT C-12-2021 JUZGADO DE FAMILIA DE LITUECHE
                                                                                               EXTRACTO CAUSA RIT C-12-2021 JUZGADO DE FAMILIA DE LITUECHEEXTRACTO CAUSA RIT C-12-2021 JUZGADO DE FAMILIA DE LITUECHE
                                                                                    notificar por avisos al demandado, HUGO ANTONIO BASCUR CASTILLO, cédula nacional de identidad
                                                                                         Juzgado   de   Familia   de   Litueche,   causa   RIT   C-12-2021,   caratulado   ESPERGUEL/BASCUR   ordenó Juzgado   de   Familia   de   Litueche,   causa   RIT   C-12-2021,   caratulado   ESPERGUEL/BASCUR   ordenó
          AGRICOLA PANAGRO LIMITADA Rut: 76.133.230-9, solicita un derecho de apro-  7.724.101-9, demanda de divorcio interpuesta en su contra con fecha 25 de enero de 2021, por
                                                                                         notificar por avisos al demandado, HUGO ANTONIO BASCUR CASTILLO, cédula nacional de identidad notificar por avisos al demandado, HUGO ANTONIO BASCUR CASTILLO, cédula nacional de identidad
          vechamiento consuntivo para riego, caudal 6.7 l/s, volumen total anual 86.832 m3,   doña MARIA ISIDES ESPERGUEL PEDREROS. La demandante, en lo principal interpone demanda de
                                                                                         7.724.101-9, demanda de divorcio interpuesta en su contra con fecha 25 de enero de 2021, por 7.724.101-9, demanda de divorcio interpuesta en su contra con fecha 25 de enero de 2021, por
                                                                                         doña MARIA ISIDES ESPERGUEL PEDREROS. La demandante, en lo principal interpone demanda de doña MARIA ISIDES ESPERGUEL PEDREROS. La demandante, en lo principal interpone demanda de
          ejercicio permanente y continuo, captación mecánica de aguas subterráneas de un   divorcio por cese de convivencia en contra de don HUGO ANTONIO BASCUR CASTILLO, solicitando
                                                                                         divorcio por cese de convivencia en contra de don HUGO ANTONIO BASCUR CASTILLO, solicitando divorcio por cese de convivencia en contra de don HUGO ANTONIO BASCUR CASTILLO, solicitando
          pozo profundo, localizado en la comuna de San Fernando, Provincia de Colchagua,   acogerla a tramitación y declarare el divorcio, ordenando subinscripciones correspondientes PRIMER
                                                                                         acogerla a tramitación y declarare el divorcio, ordenando subinscripciones correspondientes PRIMER acogerla a tramitación y declarare el divorcio, ordenando subinscripciones correspondientes PRIMER
          Región del Libertador Bernardo O´Higgins. El pozo se localiza en las coordenadas   OTROSI: La demandante solicita regulación de hijos en común, régimen de bienes y compensación
                                                                                         OTROSI: La demandante solicita regulación de hijos en común, régimen de bienes y compensación OTROSI: La demandante solicita regulación de hijos en común, régimen de bienes y compensación
                                                                                         económica;   SEGUNDO  OTROSÍ:   Acompaña  documentos;  TERCER  OTROSÍ:  Forma  de  notificación: económica;   SEGUNDO  OTROSÍ:   Acompaña  documentos;  TERCER  OTROSÍ:  Forma  de  notificación:
          U.T.M. (metros) N: 6.174.443 y E: 325.444, Datum WGS84, Carta IGM Nº F025-San   económica;  SEGUNDO   OTROSÍ:   Acompaña  documentos;  TERCER  OTROSÍ:  Forma   de  notificación:
                                                                                         CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y 2Poder. Tribunal resuelve con fecha 29 de enero de 2021: A lo CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y 2Poder. Tribunal resuelve con fecha 29 de enero de 2021: A lo
          Fernando. Escala 1:50.000.- solicita además un área de protección de radio 200 m.,   3- 220502301  CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y 2Poder. Tribunal resuelve con fecha 29 de enero de 2021: A lo
                                                                                         principal: Téngase por admitida a tramitación demanda de divorcio por cese de convivencia; Al principal: Téngase por admitida a tramitación demanda de divorcio por cese de convivencia; Al
          con centro en el pozo.                                                    principal: Téngase por admitida a tramitación demanda de divorcio por cese de convivencia; Al
                                                                                         primer   otrosí:   Resuélvase   en   audiencia;   Al   Segundo   Otrosí:   Téngase   por   acompañados   los primer   otrosí:   Resuélvase   en   audiencia;   Al   Segundo   Otrosí:   Téngase   por   acompañados   los
                                                                                         documentos, sin perjuicio de incorporarse en audiencia; Al Tercer Otrosí: Téngase presente forma documentos, sin perjuicio de incorporarse en audiencia; Al Tercer Otrosí: Téngase presente forma
                                                                                    primer   otrosí:   Resuélvase   en   audiencia;   Al   Segundo   Otrosí:   Téngase   por   acompañados   los
                                                                                         de   notificación;   Al   cuarto   Otrosí:   Téngase   presente   el   patrocinio   y   por   conferido   el   poder. de   notificación;   Al   cuarto   Otrosí:   Téngase   presente   el   patrocinio   y   por   conferido   el   poder.
                                                                                    documentos, sin perjuicio de incorporarse en audiencia; Al Tercer Otrosí: Téngase presente forma
                                                                                         Notifíquese al demandado personalmente de la demanda y su proveído, autorizándose desde ya su Notifíquese al demandado personalmente de la demanda y su proveído, autorizándose desde ya su
                                                                                    de   notificación;   Al   cuarto   Otrosí:   Téngase   presente   el   patrocinio   y   por   conferido   el   poder.
                                                                                         notificación subsidiaria, previa búsqueda legal respectiva, conforme lo establece el artículo 23 de la notificación subsidiaria, previa búsqueda legal respectiva, conforme lo establece el artículo 23 de la
                                                                                    Notifíquese al demandado personalmente de la demanda y su proveído, autorizándose desde ya su
                                                                                         ley 19968, realícese por receptor ad hoc. Notifíquese a la parte demandante a través de su abogado ley 19968, realícese por receptor ad hoc. Notifíquese a la parte demandante a través de su abogado
                                EXTRACTO
                                                                                         por el estado diario. Tribunal resuelve con fecha 11 de febrero de 2022 que atendido a lo informado por el estado diario. Tribunal resuelve con fecha 11 de febrero de 2022 que atendido a lo informado
                                                                                    notificación subsidiaria, previa búsqueda legal respectiva, conforme lo establece el artículo 23 de la
                                                                                         por el centro de notificaciones y al mérito de los antecedentes y diligencias practicadas en autos por el centro de notificaciones y al mérito de los antecedentes y diligencias practicadas en autos
           Primer  Juzgado  de Letras  de San Fernando.  Causa Civil Rol  C-404-2018, caratulada   ley 19968, realícese por receptor ad hoc. Notifíquese a la parte demandante a través de su abogado
                                                                                         para notificar al demandado, las que resultaron negativas. Notifíquesele a don HUGO ANTONIO para notificar al demandado, las que resultaron negativas. Notifíquesele a don HUGO ANTONIO
           BANCO DEL ESTADO DE CHILE con RIQUELME. Notificación por avisos, conforme el   por el estado diario. Tribunal resuelve con fecha 11 de febrero de 2022 que atendido a lo informado
                                                                                         BASCUR   CASTILLO   cédula   nacional   de   identidad   7.724.101-9,   la   demanda   sus   proveídos   y   la BASCUR   CASTILLO   cédula   nacional   de   identidad   7.724.101-9,   la   demanda   sus   proveídos   y   la
           artículo  54 del Código  de Procedimiento  Civil. Con fecha  11  de  Marzo de  2022, se   por el centro de notificaciones y al mérito de los antecedentes y diligencias practicadas en autos
                                                                                         presente resolución mediante la publicación de extracto en tres oportunidades en el diario de presente resolución mediante la publicación de extracto en tres oportunidades en el diario de
                                                                                         circulación nacional y siendo esta la primera notificación, en una oportunidad en el diario oficial; de circulación nacional y siendo esta la primera notificación, en una oportunidad en el diario oficial; de
                                                                                    para notificar al demandado, las que resultaron negativas. Notifíquesele a don HUGO ANTONIO
           presentó  escrito  del presente tenor: SE DECRETE REMATE Y  SE HAGA EFECTIVO   conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. Se fija como fecha conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. Se fija como fecha
                                                                                    BASCUR   CASTILLO   cédula   nacional   de   identidad   7.724.101-9,   la   demanda   sus   proveídos   y   la
                                                                                         para la realización de la audiencia preparatoria el día 10 de mayo de 2022 a las 12:00 horas en este para la realización de la audiencia preparatoria el día 10 de mayo de 2022 a las 12:00 horas en este
           APERCIBIMIENTO. S.  J. L. 1° JUZGADO DE  LETRAS DE SAN FERNANDO. JUDITH   presente resolución mediante la publicación de extracto en tres oportunidades en el diario de
                                                                                         juzgado de Familia de Litueche, vía remota mediante la plataforma zoom, con las partes que asistan juzgado de Familia de Litueche, vía remota mediante la plataforma zoom, con las partes que asistan
           GONZALEZ  ARENAS,  abogada, por el ejecutante,  en autos hipotecarios caratulados   circulación nacional y siendo esta la primera notificación, en una oportunidad en el diario oficial; de
                                                                                         afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de
                                                                                         ulterior notificación. Deberá el demandado comparecer a la audiencia con abogado y contestar la ulterior notificación. Deberá el demandado comparecer a la audiencia con abogado y contestar la
           “BANCO DEL  ESTADO DE CHILE con RIQUELME”, Rol C-404-2018,  a S.S.,      conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. Se fija como fecha
                                                                                         demanda e interponer demanda reconvencional por escrito con a lo menos cinco días de antelación demanda e interponer demanda reconvencional por escrito con a lo menos cinco días de antelación
           respetuosamente digo: Consta en autos que, dentro del plazo legal de 10 días, la parte   para la realización de la audiencia preparatoria el día 10 de mayo de 2022 a las 12:00 horas en este
                                                                                         a la audiencia. En caso de carecer de medios económicos para contratar abogado, deberá recurrir a la audiencia. En caso de carecer de medios económicos para contratar abogado, deberá recurrir
                                                                                    juzgado de Familia de Litueche, vía remota mediante la plataforma zoom, con las partes que asistan
                                                                                         con anticipación a la Corporación de Asistencia Judicial o a otra institución que preste los servicios con anticipación a la Corporación de Asistencia Judicial o a otra institución que preste los servicios
           demandada no ha consignado suma alguna para solucionar el crédito perseguido en este   afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de
                                                                                         gratuitos a fin que se le proporcione un profesional para que lo represente. Notifíquese a la parte gratuitos a fin que se le proporcione un profesional para que lo represente. Notifíquese a la parte
           juicio, razón por la cual, en conformidad a los artículos 103 y 104 de la Ley General de   ulterior notificación. Deberá el demandado comparecer a la audiencia con abogado y contestar la
                                                                                         demandante por correo electrónico, al apoderado.demandante por correo electrónico, al apoderado.
           Bancos, y haciendo efectivo el apercibimiento contenido en la demanda de autos, Solicito   demanda e interponer demanda reconvencional por escrito con a lo menos cinco días de antelación   3- 220502306
                                                                                                                     SECRETARIA SUBROGANTESECRETARIA SUBROGANTE
           a  Us., se  sirva  decretar  remate  del inmueble  hipotecado, por el capital adeudado,
 Marzo de dos mil veintidós.- Proveyendo escrito de folio 92 , se resuelve: Como se pide,   a la audiencia. En caso de carecer de medios económicos para contratar abogado, deberá recurrir
                                                                                    con anticipación a la Corporación de Asistencia Judicial o a otra institución que preste los servicios
           dividendos  insolutos, intereses penales, costas  judiciales  y primas de seguro  que
 conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la   gratuitos a fin que se le proporcione un profesional para que lo represente. Notifíquese a la parte
           recarguen la deuda, todo ello, con citación. POR TANTO: RUEGO A S.S., así disponerlo.
 solicitud de remate de fecha 11 de marzo de 2022, y su proveído de la misma fecha, al   demandante por correo electrónico, al apoderado.
           El Tribunal con fecha 11 de Marzo de 2022, proveyó: NOMENCLATURA: 1. [128]Decreta
 demandado Néstor Enrique Riquelme Reyes, mediante avisos redactados en extracto por                                   SECRETARIA SUBROGANTE
           el remate JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-404-2018
 la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por tres veces consecutivas en
           CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RIQUELME San Fernando, once de                                         Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado enEste documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
 el Diario Sexta Región de esta ciudad. Firma digitalmente juez titular que se indica en pie   Marisol Andrea Quijada MoraMarisol Andrea Quijada Mora  http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa.http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa.
                                                                                                                         A contar del 05 de Septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde alA contar del 05 de Septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al
           Marzo de dos mil veintidós.- Proveyendo escrito de folio 90, se resuelve: Como se pide,   Fecha: 30/03/2022 11:52:31Fecha: 30/03/2022 11:52:31  horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insularhorario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular
                                                                                                                         Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para másOccidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
 de página. En San Fernando, a catorce de Marzo de dos mil veintidós, se notificó por el                       BLDYYSNXYDBLDYYSNXYD  información consulte http://www.horaoficial.clinformación consulte http://www.horaoficial.cl
           se decreta el remate. Notifíquese por cédula. Firma digitalmente juez titular que se indica
 estado diario, la resolución precedente.- xha San Fernando, 17 de Marzo de 2022.
           en pie de página. En San Fernando, a once de Marzo de dos mil veintidós, se notificó por
 Secretaria Subrogante   Marzo de dos mil veintidós.- Proveyendo escrito de folio 92 , se resuelve: Como se pide,   CITACIÓN A
                   conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la
           el estado  diario, la  resolución precedente.-  xha. Con  fecha  14 de Marzo  de 2022, se
                   solicitud de remate de fecha 11 de marzo de 2022, y su proveído de la misma fecha, al
           presentó el siguiente  escrito: NOTIFICACIÓN  POR AVISO. S.  J. L.  1°  JUZGADO DE   JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA ASOCIACIÓN CANAL LA CUESTA
                   demandado Néstor Enrique Riquelme Reyes, mediante avisos redactados en extracto por   Comuna de Chimbarongo, Provincia de Colchagua, Región de O’Higgins.

           LETRAS DE SAN FERNANDO. JUDITH  GONZALEZ  ARENAS, abogada, por el                                                 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

                                                                                                                             http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa.
                   la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por tres veces consecutivas en   Marisol Andrea Quijada Mora  A contar del 05 de Septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al
           ejecutante,  en autos  hipotecarios  caratulados  “BANCO DEL  ESTADO DE CHILE con   ASOCIACIÓN                    horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular
                                                                        Fecha: 30/03/2022 11:52:31 CANAL LA CUESTA cita a Junta General Extraordinaria
                   el Diario Sexta Región de esta ciudad. Firma digitalmente juez titular que se indica en pie
                                                                                                                             Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
                                                                                                                             información consulte http://www.horaoficial.cl
           RIQUELME”, Rol C-404-2018, a S.S., respetuosamente digo: Con fecha 11 de Marzo de   de accionistas, para informar acerca de:  “Proyecto de Revestimiento
                                                                                                                BLDYYSNXYD
                   de página. En San Fernando, a catorce de Marzo de dos mil veintidós, se notificó por el
                   estado diario, la resolución precedente.- xha San Fernando, 17 de Marzo de 2022.
           2022,  se ordenó decreto de  remate de  la propiedad  hipotecada.  Se ordenó  notificar  al   Canal La Cuesta en Tramo desde Camino a Tinguiririca hasta Ruta 5”,
                   Secretaria Subrogante                                          y para facultar a la asamblea y al Directorio a nombrar al Representante
           ejecutado, no teniendo éste domicilio conocido. Como consta en autos, procede que la
                                                                                  Legal del señalado proyecto, para ser postulado a tramitación del subsidio
           notificación ya señalada, se notifique al ejecutado, mediante aviso, proponiendo para ello,
                                                                                  en la Comisión Nacional de Riego.
           se notifique mediante extracto redactado por la Sra. Secretaria del Tribunal, en el Diario VI   Además representación del  proyecto ante organismos  públicos tales
           Región de esta ciudad. POR TANTO: RUEGO A S.S., se sirva así disponerlo. Con fecha   como CNR; DGA; DOH; INDAP; MOP;  CONAMA y Municipalidad  de
           14 de Marzo  de 2022, el Tribunal proveyó:  NOMENCLATURA : 1.  [445]Mero trámite   Chimbarongo.
           JUZGADO  : 1º  Juzgado de Letras  de San Fernando  CAUSA ROL  : C-404-2018   XCVCYNYXFV  Lugar: Salón Parroquial La Merced, calle Pisagua Nº111 Chimbarongo.
           CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RIQUELME San Fernando, catorce de   Fecha: Sábado 14 de mayo de 2022 a las 11:00 hrs. en primera citación;
          Marzo de dos mil veintidós.- Proveyendo escrito de folio 92 , se resuelve: Como se pide,   y a las 11:30 hrs. en segunda citación.          3-4-5 my.- 220502503-04-05
          conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la
          solicitud de remate de fecha 11 de marzo de 2022, y su proveído de la misma fecha, al            EL PRESIDENTE
          demandado Néstor Enrique Riquelme Reyes, mediante avisos redactados en extracto por   3-4-5-220502303-04-05
          la Secretaria del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por tres veces consecutivas en
          el Diario Sexta Región de esta ciudad. Firma digitalmente juez titular que se indica en pie     EXTRACTO
          de página. En San Fernando, a catorce de Marzo de dos mil veintidós, se notificó por el   AGRICOLA LAS TINAJAS LIMITADA, R.U.T Nº76.261.570-3, solicita derecho de
          estado diario, la resolución precedente.- xha San Fernando, 17 de Marzo de 2022.   aprovechamiento consuntivo para riego, de los siguientes pozos:
          Secretaria Subrogante                                                    POZO 1: caudal 18 l/s, volumen total anual de 233.280 m3, Coordenadas UTM (me-
                                                                                   tros) NORTE: 6.158.041 y ESTE: 318.268.
                                                                                   POZO 2: caudal 35 l/s, volumen total anual de 453.600 m3, Coordenadas UTM (me-
                                                                                   tros) NORTE: 6.157.357 y ESTE: 318.730.
                                                                                   POZO3: caudal 45 l/s, volumen total anual de 583.200 m3, Coordenadas UTM (me-
                                                                                   tros) NORTE: 6.158.548 y ESTE: 317.558.
                                                                          XCVCYNYXFV
                                                                    XCVCYNYXFV
                                                                                   Todos ellos, de ejercicio permanente y continuo, extracción mecánica de aguas sub-
                                                         Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                         validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la  terráneas de un pozo profundo, localizados en la comuna de Chimbarongo, Provin-
                                                         causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
                                               Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                         visualizada corresponde al horario de verano establecido en
                                               validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                         Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
          Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia  causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora  cia de Colchagua, Región del Libertador Bernardo O´Higgins. Coordenadas según
                                                         Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
          Fecha: 17/03/2022 13:53:26           visualizada corresponde al horario de verano establecido en
                                                         información consulte http://www.horaoficial.cl
 Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia         Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de  Datum WGS84, Carta IGM Nº F025-San Fernando. Escala 1:50.000.- solicita ade-  3- 220502302
                                               Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
 Fecha: 17/03/2022 13:53:26                    información consulte http://www.horaoficial.cl  más un área de protección definida por un radio de 200 m., con centro en cada pozo.
                                      FRANCISCO
                                       BECERRA
                                                                                XCVCYNYXFV
                                                           Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                           validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                           causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
                                                           visualizada corresponde al horario de verano establecido en
 Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia                     Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
                                                           Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
 Fecha: 17/03/2022 13:53:26                                información consulte http://www.horaoficial.cl
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