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BHDVWVRXQD Chile, solicitará de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del
artículo 104 del mismo cuerpo legal antes 3 señalado, el primer remate del
inmueble hipotecado, que se deberá efectuar por el total de la obligación
adeudada, esto es, considerando como mínimo los dividendos insolutos, más el
Página 4 -Martes 25 de Enero de 2022 saldo de capital adeudado, intereses penales, costas y primas de seguro que
recarguen la deuda. La suma total de los dividendos insolutos -8- asciende al día
01 de Febrero de 2018, a la cantidad de 26,488521 Unidades de Fomento,
EXTRACTO equivalentes a la misma fecha a la suma de $710.576.-, según la equivalencia en
U.F de 26.825,810000.- por cada U.F. De este modo, vengo en solicitar el pago de
Primer Juzgado de Letras de San Fernando. Causa Civil Rol C-404-2018,
la cantidad antes señalada, con arreglo al procedimiento especial establecido en el
caratulada BANCO DEL ESTADO DE CHILE con RIQUELME. Notificación por
avisos, conforme el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 20 de Título XIII del Decreto con Fuerza de Ley N° del año 1997, sobre Ley General de
Bancos, bajo los apercibimientos contemplados en los artículos 103 y siguientes
Febrero de 2018, se presentó demanda especial hipotecaria, del siguiente tenor:
de ese cuerpo legal. POR TANTO, Con el mérito de lo expuesto y conforme a lo
CODIGO: A-08. MATERIA: JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO.
PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO. DEMANDANTE: BANCO DEL ESTADO DE prescrito en los artículos 103 y siguientes de la Ley General de Bancos. A US.
RUEGO, ordenar se requiera de pago a don(a) NESTOR ENRIQUE RIQUELME
CHILE, OFICINA SAN FERNANDO. RUT: 97.030.000-7 REPRESENTANTE
REYES, ya individualizado, a fin que en el plazo de 10 días a contar del
LEGAL: JESSICA LOPEZ SAFFIE. RUN N°: 7.060.733-6. ABOGADO
PATROCINANTE: MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO. RUN N°: 13.233.382- requerimiento, pague al Banco del Estado de Chile, los dividendos devengados y
no pagados a su vencimiento (08), y los que se devenguen hasta la fecha de pago
3. APODERADO: JUDITH GONZALEZ ARENAS RUT: 13.780.471-9
efectivo, del crédito hipotecario referido, más los intereses correspondientes a las
DEMANDADO: RIQUELME REYES NESTOR ENRIQUE. RUT: 13.780.096-9.-
CUANTIA: 368, 164169 UF.- OPERACION: 872574730 EN LO PRINCIPAL: primas de seguros contratados, que ascienden al día 01 de Febrero de 2018, a la
cantidad de 26,488521 Unidades de Fomento, equivalentes a la misma fecha a la
Demanda En Juicio Especial Hipotecario; PRIMER OTROSI: Acompaña
suma de $710.576.-, según la equivalencia en U.F. de 26.825,810000.- por cada
Documentos; SEGUNDO OTROSI: Personería; TERCER OTROSI: Depositario
Definitivo; CUARTO OTROSI: Se tenga presente; QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y U.F.. bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, se solicitará al Tribunal el
remate del inmueble hipotecado para pagar con el producto del mismo, todos los
Poder. S. J. L. JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO. MAXIMILIANO
dividendos impagos y el saldo total insoluto del crédito hipotecario, con sus
JOSE SANCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en San Diego N° 81, piso 8 de la
comuna de Santiago, mandatario judicial en representación convencional, según intereses y primas de seguros, ascendentes a la misma fecha a la cantidad de
368,164169 Unidades de Fomento, que equivalen a $9.876.302.-, más los costas
se acreditará, del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del
del juicio. PRIMER OTROSI: Ruego a Ssa., tener por acompañada –con citación-
Estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente
doña Jessica López Saffie, chilena, casada, ingeniero comercial, Rut 7.060.733-6, la escritura de mutuo hipotecario mencionado en lo principal y certificado de
deuda, custodiando ambos documentos. SEGUNDO OTROSI: Ruego a Usía se PXSXXVDJXH
ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Santiago,
sirva tener presente que mi personería para actuar en representación del BANCO
y para estos efectos, todos domiciliados en calle Valdivia N° 408 de la comuna de
San Fernando, a Us. Respetuosamente digo: Que por escritura pública de fecha DEL ESTADO DE BHDVWVRXQD CHILE, consta en Escritura Pública de fecha
20 de Julio del Año 2009, protocolizada ante el Notario Público de Talca, don 20 de Julio de 2017, ante el Notario de la 42° Notaría de Santiago Don Álvaro
González Salinas, de la ciudad de Santiago, cuya copia acompaño escaneada en
PATRICIA MIHOVILOVIC LEMAITRE, documento cuya copia autorizada se
acompaña en un otrosí, el Banco del Estado de Chile, dio en préstamo don (ña) este acto. TERCER OTROSI: De conformidad con la norma del artículo 108 de la
NESTOR ENRIQUE RIQUELME REYES, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Ley General de Bancos, mi parte designa en carácter de depositario definitivo, al
propio deudor, con el objeto de asegurar el buen estado del inmueble hipotecado.
CALLE CAUPOLICAN N°152 Y/O CALLE LOS REGIDORES N°0860, SAN
FERNANDO. Conforme a las disposiciones del Título XIII del Decreto con Fuerza CUARTO OTROSÍ: Sírvase S.S., tener presente que el representante legal del
PXSXXVDJXH
BANCO DEL ESTADO DE CHILE, en conforme a su Ley Orgánica, su Gerente
BHDVWVRXQD De Ley N° 3 del año 1997 sobre Ley General de Bancos, y sus General Ejecutivo, actualmente doña Jessica López Saffie, chilena, casada,
modificaciones y normas reglamentarias pertinentes, la cantidad de 497,000000 Ingeniero comercial, domiciliada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111,
Unidades de Fomento, mediante letras bancarias de su propia emisión, serie 4° piso, Santiago, según consta del Decreto Supremo de Hacienda N° 470 de
ME047020. La operación tiene el número 872574730. El deudor (a) se obligó a fecha 24 de Marzo de 2014. QUINTO OTROSÍ: Ruego a Ssa., tener presente que
pagar la expresa cantidad en el plazo de 240 meses contados desde el día 20 de designo abogada patrocinante y confiero poder en esta causa en la abogada
Julio 2009, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, habilitada para el ejercicio de la profesión, doña JUDITH GONZALEZ ARENAS,
calculados en la forma establecida en la escritura de mutuo, comprendiéndose en domiciliada en calle Valdivia N°408, de la ciudad de San Fernando, quien firma en
ellos la amortización y una tasa de interés real, anual y vencida de 4,7% anual. La señal de aceptación. Hay Proveído de fecha 05 de Marzo de 2018, que señala:
forma de calcular el monto de los dividendos mensuales quedó establecida en la NOMENCLATURA : 1. [1]Da curso a la demanda JUZGADO : 1º Juzgado de
misma escritura que se acompaña. De acuerdo a lo estipulado en la mencionada Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-404-2018 CARATULADO : BANCO DEL
escritura, en caso de mora o simple retardo, cada dividendo devengará desde el ESTADO DE CHILE/RIQUELME San Fernando, cinco de Marzo de dos mil
día hábil inmediatamente siguiente a aquél en de debió haberse pagado un interés dieciocho. Téngase por entrada a mi despacho con esta fecha la presente causa y
penal igual al máximo que la ley permita estipular para operaciones de crédito de se provee derechamente demanda de fecha 20 de febrero de 2018: A lo principal:
dinero reajustable, hasta el momento de su pago efectivo. A fin de garantizar el atendido lo dispuesto en el art culo 103 de la Ley General de Bancos, requiérase a
cumplimiento de las obligaciones contraídas en la referida escritura de mutuo, el la parte demandada para que en el plazo de 10 días pague la deuda ascendente a
deudor constituyó primera hipoteca a favor del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, la suma de UF 26,488521 correspondiente a los dividendos insolutos, equivalentes
sobre el inmueble ubicado en PASAJE 14 N°0860, VILLA SAN MARCOS, al día de 01 de febrero de 2018 a la suma de $710.576; bajo apercibimiento de
COMUNA DE SAN FERNANDO inscrita a su nombre a fojas 3064 número 692 del que se decrete remate en la propiedad hipotecada por el total de la deuda. Al
Registro De Propiedad del año 2009 tomo SERVIU, del Conservador de Bienes primer otrosí: téngase por acompañados documentos que indica, con citación,
Raíces de SAN FERNANDO. La referida hipoteca se inscribió a fojas 3064 custódiese la copia del mutuo una vez acompañada materialmente; Al segundo,
Número 692 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2009, Tomo Serviu, tercer, cuarto y quinto otrosí: téngase presente.- Sin perjuicio de aportar
del Conservador de Bienes Raíces de SAN FERNANDO. Es del caso VS. Que el materialmente la copia autorizada de contrato de mutuo e hipoteca, en el plazo de PXSXXVDJXH
deudor no ha dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida tres días, bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho la
escritura de mutuo, por cuanto no pagó los dividendos N° 94 en adelante, BHDVWVRXQD ejecución sino lo hiciere.- Cuantía: UF 26,488521 equivalentes al
correspondiente al mes de Julio de 2017 y siguientes, por lo que de conformidad día de 01 de febrero de 2018 a la suma de $710.576.- En San Fernando, a cinco
con lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley General de Bancos, mi representado de Marzo de dos mil dieciocho, se notificó por el estado diario, la resolución
viene en requerir judicialmente el pago de los dividendos insolutos y de los que precedente. Jcz. Con fecha 15 de Marzo de 2018, aparece el siguiente certificado:
devengaren hasta el día del pago efectivo, dentro del término de 10 días a contar NOMENCLATURA: 1. [378] Actuación JUZGADO: 1° Juzgado de Letras de San
de la notificación de este requerimiento, con sus respectivos intereses, reajustes, Fernando CAUSA ROL: C-404-2018 CARATULADO: BANCO DEL ESTADO DE
primas de seguros y costas. Sin perjuicio de los anterior, en caso que el deudor (a) PXSXXVDJXH CHILE/RIQUELME Certificado: Certifico que se guardó en custodia número 304-
no pague los dividendos adeudados dentro del plazo legal, el Banco del Estado de 2018. Una copia autorizada de contrato de mutuo hipotecario. San Fernando, 13
BHDVWVRXQD Chile, solicitará de acuerdo a lo dispuesto en el inciso cuarto del de marzo de 2018. Rudecinda Sandoval García Secretaria Subrogante. Con fecha
artículo 104 del mismo cuerpo legal antes 3 señalado, el primer remate del 13 de Septiembre de 2021 se solicitó por escrito notificación por avisos del
inmueble hipotecado, que se deberá efectuar por el total de la obligación ejecutado don NÉSTOR ENRIQUE RIQUELME REYES. El tribunal con fecha 14
adeudada, esto es, considerando como mínimo los dividendos insolutos, más el de Septiembre de 2021 proveyó: NOMENCLATURA : 1. [445]Mero trámite 25-26-27-28-220124301-02-03-04
saldo de capital adeudado, intereses penales, costas y primas de seguro que JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-404-2018
recarguen la deuda. La suma total de los dividendos insolutos -8- asciende al día CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RIQUELME San Fernando,
01 de Febrero de 2018, a la cantidad de 26,488521 Unidades de Fomento, catorce de Septiembre de dos mil veintiuno.- Proveyendo escrito de folio 74, se
equivalentes a la misma fecha a la suma de $710.576.-, según la equivalencia en resuelve: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de
U.F de 26.825,810000.- por cada U.F. De este modo, vengo en solicitar el pago de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda de fecha 20 de febrero de 2018, folio
la cantidad antes señalada, con arreglo al procedimiento especial establecido en el 1, y su proveído de fecha 05 de marzo de 2018, folio 5, al demandado Néstor
Título XIII del Decreto con Fuerza de Ley N° del año 1997, sobre Ley General de Enrique Riquelme Reyes, mediante avisos redactados en extractos por la
Bancos, bajo los apercibimientos contemplados en los artículos 103 y siguientes Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro veces
de ese cuerpo legal. POR TANTO, Con el mérito de lo expuesto y conforme a lo consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en el
prescrito en los artículos 103 y siguientes de la Ley General de Bancos. A US. Diario Oficial. Firma digitalmente juez titular que se indica en pie de página. En
RUEGO, ordenar se requiera de pago a don(a) NESTOR ENRIQUE RIQUELME San Fernando, a catorce de Septiembre de dos mil veintiuno, se notificó por el
REYES, ya individualizado, a fin que en el plazo de 10 días a contar del estado diario, la resolución precedente.- xha. Con fecha 25 de Octubre de 2021,
requerimiento, pague al Banco del Estado de Chile, los dividendos devengados y se presentó escrito del siguiente tenor: SOLICITA FIJAR DÍA Y HORA. S. J. L. 1°
no pagados a su vencimiento (08), y los que se devenguen hasta la fecha de pago JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO. JUDITH GONZALEZ ARENAS,
efectivo, del crédito hipotecario referido, más los intereses correspondientes a las Abogada, por el ejecutante en los autos ejecutivos caratulados “BANCO DEL
primas de seguros contratados, que ascienden al día 01 de Febrero de 2018, a la ESTADO DE CHILE con RIQUELME”, Rol C-404-2018, Cuaderno Principal, a
cantidad de 26,488521 Unidades de Fomento, equivalentes a la misma fecha a la S.S., respetuosamente digo: Se ha ordenado notificar por avisos la demanda al
suma de $710.576.-, según la equivalencia en U.F. de 26.825,810000.- por cada ejecutado de autos. Resta fijar día y hora para el requerimiento de pago, en PXSXXVDJXH
U.F.. bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, se solicitará al Tribunal el Secretaría del Tribunal. A USÍA PIDO, se sirva fijar día y hora para el
remate del inmueble hipotecado para pagar con el producto del mismo, todos los
dividendos impagos y el saldo total insoluto del crédito hipotecario, con sus
intereses y primas de seguros, ascendentes a la misma fecha a la cantidad de
368,164169 Unidades de Fomento, que equivalen a $9.876.302.-, más los costas
del juicio. PRIMER OTROSI: Ruego a Ssa., tener por acompañada –con citación-
la escritura de mutuo hipotecario mencionado en lo principal y certificado de
deuda, custodiando ambos documentos. SEGUNDO OTROSI: Ruego a Usía se PXSXXVDJXH
sirva tener presente que mi personería para actuar en representación del BANCO