Page 8 - Diario Febrero 4
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Página 8 - Jueves 4 de Febrero de 2021


                                                              triple P del sistema Lazos:
                  Programa de Parentalidad Positiva


                          ya está presente en Rancagua






                 Todas  las  familias  en-  materia de crianza, por lo que a  experiencia en todo el mundo.  a través de una serie de estrate-  * Cuidar de sí mismo como pa-
        frentan en algún minuto de sus  partir de este mes  y gracias  al  El  programa  está  orientado al  gias e ideas, que son de elección  dre, madre o cuidador/a
        vidas desafíos y dudas en torno  Sistema Lazos, todas las fami-  fortalecimiento de las habilida-  de cada uno/a, adaptándose a sus  * Confiar en que lo que está ha-
        a la crianza, y desde Rancagua,  lias de Rancagua podrán acceder  des parental   es en el pro-  propias necesidades.  ciendo es lo correcto
        queremos apoyar a los padres,  de manera gratuita y a través de  ceso de crianza y desarrollo de
        madres y cuidadores/as ofre-  distintas plataformas al Progra-  adolescentes (10 a 17 años), a tra-  TRIPLE P AYUDA A  ¿Cómo accedo a  este  programa
        ciéndoles  estrategias  sencillas  ma de Parentalidad Positiva, Tri-  vés de atenciones individuales y  * Criar adolescentes más felices  en mi comuna?
        y cotidianas que les permitan  ple P Rancagua.            seminarios.                  y seguros                    -Para acceder al programa debes
        criar  con mayor  confianza  y           Triple  P:  “Programa           Triple  P  busca  mejorar  * Manejar la mala conducta para  enviar un correo a lazostriplep@
                                                                                      CONTAR   DE   LA   NOTIFICACIÓN   DE   ESTE   REQUERIMIENTO,   CON   SUS
        tranquilidad.                de Parentalidad Positiva”, es un  la confianza de padres, madres  que todos los integrantes de la  rancagua.cl
                                                                                      RESPECTIVOS INTERESES, REAJUSTES, PRIMAS DE SEGURO Y COSTAS.
                                                            HORAS, BAJO EL APERCIBIMIENTO
                                                                                                HORAS, BAJO EL APERCIBIMIENTO DE QUE SE DECRETE REMATE EN LA DE QUE SE DECRETE REMATE EN LA
                 En  contextos  como  los  modelo de  intervención  univer-  y cuidadores/as, promoviendo  familia disfruten más de la vida  -Encuentra  más inform
                                                                                      SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN CASO QUE EL DEUDOR NO PAGUE ación
                                                                                                PROPIEDAD HIPOTECADA POR EL TOTAL DE LA DEUDA.TAL DE LA DEUDA.
                                                            PROPIEDAD HIPOTECADA POR EL TO
        actuales, sabemos lo importante  sal que promueve la parentalidad  el desarrollo social, emocional y  * Estimular la conducta que es  acerca de Triple P pinchando
                                                                                      LOS DIVIDENDOS ADEUDADOS DENTRO DEL PLAZO LEGAL, EL BANCO
                                                                                      SOLICITARÁ EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE HIPOTECADO, QUE SE
        que es recibir orientaciones en  positiva con más de 35 años de  conductual de sus hijos e hijas,  de su agrado     aquí
                                                                                      DEBERÁ EFECTUAR POR EL TOTAL DE LA OBLIGACIÓN ADEUDADA, ESTO
                                                                                      ES, CONSIDERANDO COMO MÍNIMO LOS DIVIDENDOS INSOLUTOS, MÁS EL
                                                                                      SALDO   DEL   CAPITAL   ADEUDADO,   INTERESES   PENALES,   COSTAS   Y
                                                                                      PRIMAS DE SEGURO QUE RECARGUEN LA DEUDA. LA SUMA TOTAL DE
                                                                                      LOS DIVIDENDOS INSOLUTOS ASCIENDE AL DÍA 21 DE ENERO DE 2020 A
                                                                                      LA CANTIDAD DE 205,878385.- UNIDADES DE FOMENTO, EQUIVALENTES A
              NOTIFICACIÓN POR AVISOS. ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SAN           LA MISMA FECHA A LA SUMA DE $5.832.353.- SEGÚN LIQUIDACIÓN QUE SE
              FERNANDO, AUTOS ROL C-950-2020, SOBRE JUICIO EJECUTIVO ESPECIAL,        ACOMPAÑA. SE SOLICITA EL PAGO DE LA CANTIDAD ANTES SEÑALADA,
              ACCIÓN HIPOTECARIA SEGÚN LEY DE BANCOS, CARATULADO  “BANCO              CON   ARREGLO   AL   PROCEDIMIENTO   ESPECIAL   ESTABLECIDO   EN   EL
              DEL   ESTADO   DE   CHILE   CON   ROJAS”.   ESTE   TRIBUNAL  ORDENÓ   CON   TÍTULO XIII DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 3 DE 1997 SOBRE LEY
              FECHA 06 DE ENERO DE 2021, NOTIFICAR POR AVISO EXTRACTADO DE LA         GENERAL DE BANCOS, BAJO LOS APERCIBIMIENTOS CONTEMPLADOS EN
              DEMANDA Y SU PROVEÍDO AL EJECUTADO  ROXANA MARGARET ROJAS               LOS ARTÍCULOS 103 Y SIGUIENTES DE ESE CUERPO LEGAL. RESOLUCIÓN.
              GAVILÁN,   IGNORO   GIRO,   CHILENO,   CÉDULA   DE   IDENTIDAD   NÚMERO   SAN FERNANDO, VEINTE DE MAYO DE DOS MIL VEINTE.- A LO PRINCIPAL:
              11.279.178-7, CON DOMICILIO DESCONOCIDO. DEMANDANTE: BANCO DEL          ATENDIDO LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 103 DE LA LEY GENERAL DE
              ESTADO DE CHILE, RUT Nº: 97.030.000-7, REPRESENTANTE LEGAL: JUAN        BANCOS, REQUIÉRASE A LA PARTE DEMANDADA PARA QUE EN EL PLAZO
              COOPER   ÁLVAREZ   RUT   Nº:9.096.866-1,   CHILENO,   CASADO,   INGENIERO   DE 10 DÍAS PAGUE LA DEUDA ASCENDENTE A LA SUMA DE UF 205,878385
              COMERCIAL, AMBOS DOMICILIADOS EN AVENIDA LIBERTADOR BERNARDO            CORRESPONDIENTE A LOS DIVIDENDOS INSOLUTOS, EQUIVALENTES AL
              O´HIGGINS   N°1111,   SANTIAGO;   LEYLA   DENNIS   ALVAREZ   PIZARRO,   RUT   DÍA  21  DE  ENERO DE  2020  A  LA  SUMA  DE  $5.832.353, BAJO
              Nº:14.357.873-9,   ABOGADO,   DOMICILIADO   EN   SAN   DIEGO   81,   PISO   8,   APERCIBIMIENTO   DE   QUE   SE   DECRETE   REMATE   EN   LA   PROPIEDAD
              COMUNA   DE   SANTIAGO,   MANDATARIO   JUDICIAL   EN   REPRESENTACIÓN   HIPOTECADA POR EL TOTAL DE LA DEUDA; AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE
              CONVENCIONAL,   SEGÚN   SE   ACREDITO   EN   AUTOS.   POR   ESCRITURA   POR   ACOMPAÑADOS   DOCUMENTOS   QUE   INDICA,   CON   CITACIÓN,
              PÚBLICA OTORGADA EN LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DE FECHA 31 DE            CUSTÓDIESE EL MUTUO HIPOTECARIO; AL SEGUNDO OTROSÍ: TÉNGASE
              MAYO DE 2002, ANTE EL NOTARIO PÚBLICO DE SAN FERNANDO, DON(ÑA)          PRESENTE PERSONERÍA Y POR ACOMPAÑADA CON CITACIÓN; AL TERCER
              JAIME BERNALES VALENZUELA, DOCUMENTO CUYA COPIA AUTORIZADA              OTROSÍ: NO HA LUGAR; Y AL CUARTO OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE, SIN
              SE COMPAÑA EN UN OTROSÍ, EL BANCO DEL ESTADO DE CHILE DIO EN            PERJUICIO   SEÑÁLESE   DOMICILIO   CONOCIDO   DENTRO   DEL   RADIO
              PRÉSTAMO A ROJAS GAVILAN ROXANA MARGARET, CONFORME A LAS                URBANO   DEL   TRIBUNAL   DENTRO   DE   TERCERO   DÍA,   BAJO
              DISPOSICIONES DEL TÍTULO XIII DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 3        APERCIBIMIENTO   DE   NOTIFICAR   TODAS   LAS   RESOLUCIONES   QUE   SE
              DE 1997 SOBRE LEY GENERAL DE BANCOS Y SUS MODIFICACIONES, Y             DICTEN POR EL ESTADO DIARIO, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO
              NORMAS   REGLAMENTARIAS   PERTINENTES,   LA   CANTIDAD   DE   920.-     EN LOS ARTÍCULOS 49 Y 53 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. SIN
              UNIDADES DE FOMENTO SOLO POR CONCEPTO DE CAPITAL, EN LETRAS             PERJUICIO   DE   APORTAR   MATERIALMENTE   ESCRITURA   DE   MUTUO
              HIPOTECARIAS   DE   SU   PROPIA   EMISIÓN   DE   LA   SERIE   AD05820V1.   EL   HIPOTECARIO EN ORIGINAL EN EL PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, BAJO
              DEUDOR SE OBLIGÓ A PAGAR LA EXPRESADA CANTIDAD, EN EL PLAZO DE          APERCIBIMIENTO DE NO CONTINUAR DE PLENO DERECHO LA EJECUCIÓN,
              234 MESES, CONTADOS DESDE EL DÍA 1 DE JULIO DE 2002, POR MEDIO DE       SI  ASÍ NO  LO HICIERE.-  ATENDIDO QUE  ME  AFECTA  LA  CAUSAL   DE
              DIVIDENDOS ANTICIPADOS, MENSUALES Y SUCESIVOS, CALCULADOS EN            RECUSACIÓN   PREVISTA   EN   EL   ARTÍCULO   196   N°   5   DEL   CÓDIGO
              LA   FORMA   ESTABLECIDA   EN   LA   MISMA   ESCRITURA   DE   MUTUO,    ORGÁNICO DE TRIBUNALES, EN RELACIÓN CON LA PARTE DEMANDANTE
              COMPRENDIÉNDOSE   EN   ELLOS   LA   AMORTIZACIÓN   Y   UNA   TASA   DE   BANCO   ESTADO   DE   CHILE,   PÓNGASE   EN   CONOCIMIENTO   DICHA
              INTERÉS   REAL,   ANUAL   Y   VENCIDA   DE   6,40%.   DE   ACUERDO   A   LO   CIRCUNSTANCIA A LAS PARTES PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL
              ESTIPULADO   EN   LA   MENCIONADA   ESCRITURA,   EN   CASO   DE   MORA   O   ARTÍCULO 125  DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.-   CUANTÍA: UF
              SIMPLE RETARDO, CADA DIVIDENDO DEVENGARÍA DESDE EL DÍA HÁBIL            205,878385   CORRESPONDIENTE   A   LOS   DIVIDENDOS   INSOLUTOS,
              INMEDIATAMENTE SIGUIENTE A AQUÉL EN QUE DEBIÓ HABERSE PAGADO,           EQUIVALENTES AL DÍA 21 DE ENERO DE 2020 A LA SUMA DE $5.832.353.-
              UN INTERÉS PENAL IGUAL AL MÁXIMO QUE LA LEY PERMITA ESTIPULAR           RESOLUCIÓN. SAN FERNANDO, ONCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO
              PARA OPERACIONES DE CRÉDITO DE DINERO REAJUSTABLE, HASTA EL             PROVEYENDO LA PRESENTACIÓN DE FOLIO 23: DE CONFORMIDAD CON
              MOMENTO   DE   SU   PAGO   EFECTIVO.   SE   PACTÓ,   ASIMISMO,   LA     LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 54 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO
              INDIVISIBILIDAD   DE   LAS   OBLIGACIONES   QUE   EMANAN   DEL   CONTRATO   CIVIL, NOTIFÍQUESE LA DEMANDA DE AUTOS Y SU PROVEÍDO A DOÑA
              REFERIDO,   A   FIN   DE   GARANTIZAR   EL   CUMPLIMIENTO   DE   LAS    ROXANA MARGARET ROJAS GAVILÁN, CÉDULA NACIONAL DE IDENTIDAD
              OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN LA REFERIDA ESCRITURA DE MUTUO, EL           NÚMERO 11.279.178-7, MEDIANTE AVISOS REDACTADOS EN EXTRACTOS
              DEUDOR CONSTITUYÓ PRIMERA HIPOTECA EN FAVOR DEL BANCO DEL               POR LA SEÑORA SECRETARIA SUBROGANTE DEL TRIBUNAL. PUBLÍQUESE
              ESTADO DE CHILE SOBRE EL INMUEBLE UBICADO CALLE LOS PALACIOS            POR CUATRO VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO SEXTA REGIÓN DE
              N°375,   DEPARTAMENTO   N°202,   PISO   2,   EDIFICIO   2,   CONDOMINIO   LOS   ESTA CIUDAD Y POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL.  COMPAREZCA
              PARQUES, SAN FERNANDO, INSCRITO A SU NOMBRE A FS.6110V, N°1026,         AL   RESPECTIVO   REQUERIMIENTO   DE   PAGO,   EL   EJECUTADO   EN   LA   2-3-4-5-  XKTGSYFZQM
              DEL REGISTRO DE PROPIEDAD DEL AÑO 2002 DEL CONSERVADOR DE               SECRETARÍA   DEL   TRIBUNAL   AL   DÉCIMO   DÍA   HÁBIL   DESPUÉS   DE   LA
              BIENES   RAÍCES   DE   SAN   FERNANDO,   POR   SU   PARTE   LA   HIPOTECA   ÚLTIMA   PUBLICACIÓN   DE   LA   NOTIFICACIÓN   POR   AVISOS,   A   LAS   09:30
              REFERIDA   SE   INSCRIBIÓ   A   FS.250,   N°254   Y   A   FS.250V   N°255,   DEL   HORAS, BAJO EL APERCIBIMIENTO DE QUE SE DECRETE REMATE EN LA
              REGISTRO   DE   HIPOTECAS   Y   GRAVÁMENES   DEL   AÑO   2002   DEL
              CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE SAN FERNANDO.  LA DEUDORA NO            PROPIEDAD HIPOTECADA POR EL TOTAL DE LA DEUDA.
              HA   DADO   CUMPLIMIENTO   A   LAS   OBLIGACIONES   EMANADAS   DE   LA
              REFERIDA   ESCRITURA   DE   MUTUO,   POR   CUANTO   NO   PAGÓ   LOS
              DIVIDENDOS   N°184   AL   N°211,   CORRESPONDIENTES   A   LOS   MESES   DE
              OCTUBRE DE 2017 A ENERO DE 2020, POR LO CUAL, DE CONFORMIDAD
              CON   LO   DISPUESTO   EN   EL   ARTÍCULO   103   DE   LA   LEY   GENERAL   DE
              BANCOS,   MI   REPRESENTADA   VIENE   EN   REQUERIR   JUDICIALMENTE   EL   XKTGSYFZQM
              PAGO DE LOS DIVIDENDOS INSOLUTOS Y DE LOS QUE SE DEVENGAREN
              HASTA EL DÍA DEL PAGO EFECTIVO, DENTRO DEL TÉRMINO DE 10 DÍAS A
              CONTAR   DE   LA   NOTIFICACIÓN   DE   ESTE   REQUERIMIENTO,   CON   SUS                                                      XKTGSYFZQM                          XKTGSYFZQM
              RESPECTIVOS INTERESES, REAJUSTES, PRIMAS DE SEGURO Y COSTAS.
              SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN CASO QUE EL DEUDOR NO PAGUE
              LOS DIVIDENDOS ADEUDADOS DENTRO DEL PLAZO LEGAL, EL BANCO
              SOLICITARÁ EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE HIPOTECADO, QUE SE
              DEBERÁ EFECTUAR POR EL TOTAL DE LA OBLIGACIÓN ADEUDADA, ESTO                                           Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser  Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
              ES, CONSIDERANDO COMO MÍNIMO LOS DIVIDENDOS INSOLUTOS, MÁS EL                                          validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la  validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                                                                                     causa.
                                                                                                                                                        causa.
              SALDO   DEL   CAPITAL   ADEUDADO,   INTERESES   PENALES,   COSTAS   Y                                  A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada  A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada
                                                                                                                     corresponde  al  horario  de  verano  establecido  en  Chile
                                                                                                                                                        corresponde  al  horario  de  verano  establecido  en  Chile
                                               Ximena Luz Guzman Torres
              PRIMAS DE SEGURO QUE RECARGUEN LA DEUDA. LA SUMA TOTAL DE            Ximena Luz Guzman Torres          Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e  Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e
                                               Fecha: 18/01/2021 17:46:04
              LOS DIVIDENDOS INSOLUTOS ASCIENDE AL DÍA 21 DE ENERO DE 2020 A       Fecha: 18/01/2021 17:46:04        Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información  Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información
                                                                                                                                                        consulte http://www.horaoficial.cl
                                                                                                                     consulte http://www.horaoficial.cl
              LA CANTIDAD DE 205,878385.- UNIDADES DE FOMENTO, EQUIVALENTES A
              LA MISMA FECHA A LA SUMA DE $5.832.353.- SEGÚN LIQUIDACIÓN QUE SE
              ACOMPAÑA. SE SOLICITA EL PAGO DE LA CANTIDAD ANTES SEÑALADA,
              CON   ARREGLO   AL   PROCEDIMIENTO   ESPECIAL   ESTABLECIDO   EN   EL
              TÍTULO XIII DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 3 DE 1997 SOBRE LEY
              GENERAL DE BANCOS, BAJO LOS APERCIBIMIENTOS CONTEMPLADOS EN
              LOS ARTÍCULOS 103 Y SIGUIENTES DE ESE CUERPO LEGAL. RESOLUCIÓN.
              SAN FERNANDO, VEINTE DE MAYO DE DOS MIL VEINTE.- A LO PRINCIPAL:
              ATENDIDO LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 103 DE LA LEY GENERAL DE
              BANCOS, REQUIÉRASE A LA PARTE DEMANDADA PARA QUE EN EL PLAZO
              DE 10 DÍAS PAGUE LA DEUDA ASCENDENTE A LA SUMA DE UF 205,878385
              CORRESPONDIENTE A LOS DIVIDENDOS INSOLUTOS, EQUIVALENTES AL
              DÍA  21  DE  ENERO DE  2020  A  LA  SUMA  DE  $5.832.353, BAJO
              APERCIBIMIENTO   DE   QUE   SE   DECRETE   REMATE   EN   LA   PROPIEDAD
              HIPOTECADA POR EL TOTAL DE LA DEUDA; AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE
              POR   ACOMPAÑADOS   DOCUMENTOS   QUE   INDICA,   CON   CITACIÓN,
              CUSTÓDIESE EL MUTUO HIPOTECARIO; AL SEGUNDO OTROSÍ: TÉNGASE
              PRESENTE PERSONERÍA Y POR ACOMPAÑADA CON CITACIÓN; AL TERCER
              OTROSÍ: NO HA LUGAR; Y AL CUARTO OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE, SIN
              PERJUICIO   SEÑÁLESE   DOMICILIO   CONOCIDO   DENTRO   DEL   RADIO
              URBANO   DEL   TRIBUNAL   DENTRO   DE   TERCERO   DÍA,   BAJO
              APERCIBIMIENTO   DE   NOTIFICAR   TODAS   LAS   RESOLUCIONES   QUE   SE
              DICTEN POR EL ESTADO DIARIO, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO
              EN LOS ARTÍCULOS 49 Y 53 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. SIN
              PERJUICIO   DE   APORTAR   MATERIALMENTE   ESCRITURA   DE   MUTUO
              HIPOTECARIO EN ORIGINAL EN EL PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, BAJO
              APERCIBIMIENTO DE NO CONTINUAR DE PLENO DERECHO LA EJECUCIÓN,
              SI  ASÍ NO  LO HICIERE.-  ATENDIDO QUE  ME  AFECTA  LA  CAUSAL   DE
              RECUSACIÓN   PREVISTA   EN   EL   ARTÍCULO   196   N°   5   DEL   CÓDIGO
              ORGÁNICO DE TRIBUNALES, EN RELACIÓN CON LA PARTE DEMANDANTE
              BANCO   ESTADO   DE   CHILE,   PÓNGASE   EN   CONOCIMIENTO   DICHA
              CIRCUNSTANCIA A LAS PARTES PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL
              ARTÍCULO 125  DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.-   CUANTÍA: UF
              205,878385   CORRESPONDIENTE   A   LOS   DIVIDENDOS   INSOLUTOS,                                                                        XKTGSYFZQM
              EQUIVALENTES AL DÍA 21 DE ENERO DE 2020 A LA SUMA DE $5.832.353.-
              RESOLUCIÓN. SAN FERNANDO, ONCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO
              PROVEYENDO LA PRESENTACIÓN DE FOLIO 23: DE CONFORMIDAD CON
              LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 54 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO                                                           Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
              CIVIL, NOTIFÍQUESE LA DEMANDA DE AUTOS Y SU PROVEÍDO A DOÑA                                                          validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                                                                                                   causa.
              ROXANA MARGARET ROJAS GAVILÁN, CÉDULA NACIONAL DE IDENTIDAD   Ximena Luz Guzman Torres                               A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada
                                                                                                                                   corresponde  al  horario  de  verano  establecido  en  Chile
              NÚMERO 11.279.178-7, MEDIANTE AVISOS REDACTADOS EN EXTRACTOS   Fecha: 18/01/2021 17:46:04                            Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e
                                                                                                                                   Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información
                                                                                                                                   consulte http://www.horaoficial.cl
              POR LA SEÑORA SECRETARIA SUBROGANTE DEL TRIBUNAL. PUBLÍQUESE
              POR CUATRO VECES CONSECUTIVAS EN EL DIARIO SEXTA REGIÓN DE
              ESTA CIUDAD Y POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL.  COMPAREZCA
              AL   RESPECTIVO   REQUERIMIENTO   DE   PAGO,   EL   EJECUTADO   EN   LA   XKTGSYFZQM
              SECRETARÍA   DEL   TRIBUNAL   AL   DÉCIMO   DÍA   HÁBIL   DESPUÉS   DE   LA
              ÚLTIMA   PUBLICACIÓN   DE   LA   NOTIFICACIÓN   POR   AVISOS,   A   LAS   09:30
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