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www.diariosextaregion.cl Miércoles 29 de Julio de 2020 - Página 7
Hospital NOTIFICACIÓN
de Coínco NOTIFICACION POR AVISOS Ante el Primer Juzgado Civil de San Fernando, en causa
operativos de ROL C 2.901-2019, sobre juicio ejecutivo civil, materia cobro de pagaré, caratulado
"BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON MIGUEL ANGEL DÍAZ POBLETE”. Este
tribunal ordenó con fecha 14 de Julio de 2020, notificar por aviso extractado de la
demanda y su proveído al ejecutado MIGUEL ANGEL DÍAZ POBLETE, ignoro giro,
pesquisa activa chileno, Cédula de identidad número 17.550.242-4, con domicilio desconocido.
demanda de fecha 20 de diciembre de 2019, su proveído y mandamiento de fecha 24 de
diciembre de 2019, al demandado Miguel Ángel Díaz
DEMANDANTE: BANCO DEL ESTADO DE CHILE, RUT Nº: 97.030.000-7, Poblete, mediante avisos
REPRESENTANTE LEGAL: JUAN COOPER ÁLVAREZ RUT Nº: 9.096.866-1, chileno,
redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
de CoVID-19 casado, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O
cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en
´Higgins N° 1111, Santiago; LEYLA DENNIS ALVAREZ PIZARRO, RUT Nº: 14.357.873-9,
el Diario Oficial. RESOLUCIÓN San Fernando, veinte de Julio de dos mil veinte Ha lugar
Abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial
a la reposición planteada, se complementa la resolución dictada con fecha 14 de julio de
en representación convencional, según se acredito en autos. Banco del Estado de Chile
2020, en el sentido que se fija día y hora para el requerimiento de pago para el 10 de
es dueño del pagaré Operación N° 20997309. El pagaré fue suscrito por la suma de
agosto de 2020, las 09:30 horas, en dependencia de este Primer Juzgado de Letras de
$21.281.122.-, por concepto de capital, más un interés del 1.09% mensual, que el deudor
San Fernando.
se obligó a pagar en 1 cuota de $24.804.377.- con vencimiento el día 5 de Agosto de
2019. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de
cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el
incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas
que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando
facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como
si fuese plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se
dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 2.00% anual sobre
el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de
Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa
de garantía de 80.00% del saldo capital. El referido pagaré no fue pagado en su
vencimiento, por lo que vengo en ejercer la presente acción, demandando la suma de
$17.493.580.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el
completo pago de la deuda más las costas de esta causa más los intereses pactados
devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión
legal del 2.00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para
El Ministerio de Salud mentación de este operativo, la Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como consta del
estableció el plan nacional de las máxima autoridad del estable- pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al
acciones de testeo, trazabilidad y cimiento de salud coincano, se- portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se
aislamiento (TTA) de pacientes ñaló que “Este primer testeo fue encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la
Covid-19 confirmados, sospecho- realizado en dependencias del acción ejecutiva no se encuentra prescrita. RESOLUCIÓN San Fernando, veinticuatro de
sos y probables, y sus contactos hospital donde una de nuestras diciembre de dos mil diecinueve. A lo principal: Despáchese; Al primer otrosí: Por
estrechos en Chile, potenciando principales preocupaciones fue acompañado pagaré, bajo el apercibimiento contemplado en el n° 3 del artículo 346 del
la coordinación, entre las SERE- el flujo de pacientes, habilitan- Código de Procedimiento Civil, custódiese una vez acompañado materialmente; Al
MI de Salud, los directores de do un pasillo exclusivo para que segundo y quinto otrosí: Téngase presente; Al tercer otrosí: Téngase presente personería
Servicios de Salud y la APS en el ellos pudiesen transitar y con y por acompañado documento, con citación; Al cuarto otrosí: No ha lugar en la forma
territorio. En esa línea, el Hospi- una citación diferida para evitar solicitada. MANDAMIENTO San Fernando, a veinticuatro de diciembre de dos mil
tal de Coínco comenzó a imple- contacto, entre ellos. También, diecinueve. Un Ministro de Fe requerirá de pago a MIGUEL ÁNGEL DÍAZ POBLETE, para
mentar esta estrategia, realizando destacamos la orientación cons- que en el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quién sus
su primer operativo en dependen- tante, por medio de un consen- derechos representen la suma de $17.493.580., por concepto de saldo de capital, más los
cias del centro de salud. timiento informado aplicado al reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago
Dentro de los objetivos inicio del proceso y posterior a efectivo, más la comisión de 2,0% anual sobre el saldo del capital garantizado, a favor de
que tiene la estrategia TTA desta- esto la persona accede a un stand Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, y costas. No verificado el pago en el acto
can la ampliación de la cobertura de información respecto a cuanto de la intimación, trábese embargo en bienes suficientes del deudor, quedando estos en su
del examen de PCR, acercándola se demora el resultado del exa- poder en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.- Rol: C-2.901-
2019 RESOLUCIÓN San Fernando, catorce de Julio de dos mil veinte De conformidad
al nivel comunitario, aislamiento men y se refuerzan los consejos con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese la
de los casos sospechosos desde de autocuidado”.
el inicio de síntomas o desde el Añadió la directora que demanda de fecha 20 de diciembre de 2019, su proveído y mandamiento de fecha 24 de
momento de la primera consulta, “Quiero destacar también la per- diciembre de 2019, al demandado Miguel Ángel Díaz Poblete, mediante avisos
aumentando la efectividad de las cepción y comportamiento que redactados en extractos por la Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por
medidas de aislamiento y cua- tuvieron los usuarios respecto a cuatro veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por una sola vez en
rentena. la implementación de la estrate- el Diario Oficial. RESOLUCIÓN San Fernando, veinte de Julio de dos mil veinte Ha lugar
a la reposición planteada, se complementa la resolución dictada con fecha 14 de julio de
Para poder realizar gia, llegaron a la hora, respeta- 2020, en el sentido que se fija día y hora para el requerimiento de pago para el 10 de 28-29 -30-31
los operativos en le comuna de ron todas las medidas de protec- agosto de 2020, las 09:30 horas, en dependencia de este Primer Juzgado de Letras de
Coínco, el equipo del hospital ción y pese a la incomodidad que San Fernando.
encabezado por su directora, significa realizarse el examen, se
Gabriela Cheausu, trabajaron mostraron muy agradecidas”.
arduamente en la planificación Finalmente, la profesio-
y ejecución del mismo, así lo nal manifestó su satisfacción por
describió la enfermera, señalan- la tarea realizada y su desarrollo
do que “Esta es una estrategia de carácter progresivo a futuro,
que venimos planificando desde indicando que “La recepción fue Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia
hace un tiempo y que contempló sumamente positiva por lo que Fecha: 23/07/2020 20:50:42 03444041560
una serie de reuniones con el para nuestro próximo operativo
equipo de epidemiología en las que será este sábado, nuevamen-
cuales se evaluaron los grupos te en dependencias del hospital,
de comunidad a testear. Dentro y estará dirigido a grupos de per- franciscO becerra
de estos, destacaban los cuidado- sonas que deben salir a trabajar
res de postrados y representantes como bomberos, funcionarios de emPastes DE lIBRoS, TESIS, oTRoS.
de bomberos, quienes fueron los la municipalidad, entre otros y a
primeros en ser citados, reali- partir de la próxima semana nos
zando un total de 13 muestras”. instalaremos en distintos puntos
Respecto a la imple- de la comuna”.-
Rudecinda del Rosario Sandoval Garcia
Fecha: 23/07/2020 20:50:42
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