Page 10 - Diario Octubre 15
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        Página 10 - Martes 15 de Octubre de 2019




                        A V I S O                                       A V I S O                                        A V I S O

          Ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua el Fisco con-  Ante el Segundo Juzgado Civil de Rancagua el Fisco con-  Ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua el Fisco consig-
          signó $9.335.089.- (lote 37),  $2.391.839.- (lote 38),   signó $23.362.622.- como indemnización por la expropia-  nó $14.616.845.- como indemnización por la expropiación
          $3.310.586.- (lote 39) y $2.875.988.- (lote 40) como indem-  ción de un lote de terreno ubicado en la comuna de San   de un lote de terreno ubicado en la comuna de San Fernan-
          nización por la expropiación de cuatro lotes de terreno ubi-  Fernando, provincia de Colchagua, dispuesta por Decreto   do, provincia de Colchagua, dispuesta por Decreto Supre-
          cados en la comuna de San Fernando, provincia de Col-  Supremo MOP Nº 706 de 26 de julio de 2019, correspon-  mo MOP Nº 706 de 26 de julio de 2019, correspondiente al
          chagua, dispuesta por Decreto Supremo MOP Nº 702 de   diente al lote N° 77 propietario aparente López Villagra,   lote N° 79 propietario aparente Agrícola Garcés Limitada,
          26 de julio de 2019, correspondiente a los lotes N° 37, 38,   Eugenia del Trans rol de avalúo 412-148 superficie 4.826   rol de avalúo 412-52 superficie 1.589 metros cuadrados,
          39 y 40 propietario aparente Inversiones K.P. SPA. rol de   metros cuadrados, necesario para la ejecución de la   necesario para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO
          avalúo 412-23 superficie 1.345m2, 336m2, 325m2 y 299   obra: “MEJORAMIENTO RUTA I-45, SECTOR PUENTE   RUTA I-45, SECTOR PUENTE NEGRO-LA RUFINA, CO-
          m2 respectivamente, necesarios para la ejecución de la   NEGRO-LA RUFINA,  COMUNA DE  SAN FERNANDO,   MUNA DE SAN FERNANDO, REGION DEL LIBERTADOR
          obra: “MEJORAMIENTO RUTA I-45, SECTOR PUENTE    REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO  OHIGGINS”.       BERNARDO OHIGGINS”. Conmínase a interesados para
          NEGRO-LA RUFINA,  COMUNA DE  SAN FERNANDO,      Conmínase a interesados para que hagan valer sus de-  que hagan valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L.
          REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO  OHIGGINS”.      rechos conforme artículo 23 del D.L. 2.186 de 1978, bajo   2.186 de 1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el
          Conmínase a interesados para que hagan valer sus de-  apercibimiento de que transcurrido el plazo de 20 días no   plazo de 20 días no podrán hacerlos valer después sobre el  15.- a. Bobadilla
          rechos conforme artículo 23 del D.L. 2.186 de 1978, bajo   podrán hacerlos valer después sobre el monto de la in-  monto de la indemnización. Autos rol: C-7413-2019
          apercibimiento de que transcurrido el plazo de 20 días no   demnización. Autos rol: C-7523-2019
          podrán hacerlos valer después sobre el monto de la in-                                     15.- a. Bobadilla      Secretaria
          demnización. Autos rol: C-7414-2019        15.- a. Bobadilla     Secretario
                           Secretaria
                                                                                                                   E X T R A C T O

                        A V I S O                                       A V I S O                          Por Decreto MOP (Exento) Nº1100, de 16 de septiembre
                                                                                                           de 2019, y en base a la facultad otorgada por el artículo
                                                                                                           3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P.
          Ante el Segundo Juzgado Civil de Rancagua el Fisco con-  Ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua el Fisco con-  Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y
          signó $1.460.867.- (lote 76) y $33.085.717.- (lote 78) como   signó $2.900.265.- como indemnización por la expropia-  sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206
          indemnización por la expropiación de dos lotes de terre-  ción de un lote de terreno ubicado en la comuna de San   de 1960, se expropió el lote de terreno N° 35, para la obra:
          no ubicados en la comuna de San Fernando, provincia   Fernando, provincia de Colchagua, dispuesta por Decreto   MEJORAMIENTO RUTA I-45 SECTOR PUENTE NEGRO
          de Colchagua, dispuesta por Decreto Supremo MOP Nº   Supremo MOP Nº 706 de 26 de julio de 2019, correspon-  - LA RUFINA, que figura a nombre de AGRICOLA EU LI-
          706 de 26 de julio de 2019, correspondiente a los lotes   diente al lote N° 75 propietario aparente Román Acevedo,   MITADA, rol de avalúo 410-81, Comuna de SAN FERNAN-
          N° 76 y 78 propietario aparente Comunidad Fresia del C.   Nancy y otra, rol de avalúo 412-61 superficie 132 metros   DO, REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO
          Briones Brio rol de avalúo 309-41 superficie 133 y 7.122   cuadrados, necesario para la ejecución de la obra: “MEJO-  O’HIGGINS, superficie 4.062 m2. La Comisión de Peritos
          metros  cuadrados  respectivamente,  necesarios  para la   RAMIENTO RUTA I-45, SECTOR PUENTE NEGRO-LA   integrada por ANDRES RAINER SCHULZ VILLANUE-
          ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO RUTA I-45, SEC-  RUFINA, COMUNA DE SAN FERNANDO, REGION DEL   VA, ALEJANDRO GREGORIO PADILLA HENRIQUEZ y
          TOR PUENTE NEGRO-LA RUFINA, COMUNA DE SAN       LIBERTADOR BERNARDO OHIGGINS”. Conmínase a in-   MARLENE TERESA RIOS MARCUELLO, mediante infor-
          FERNANDO, REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO        teresados para que hagan valer sus derechos conforme   me de tasación de 25 de junio de 2018, fijó el monto de la
          OHIGGINS”. Conmínase a interesados para que hagan   artículo 23 del D.L. 2.186 de 1978, bajo apercibimiento de   indemnización provisional en la cantidad de $80.503.202
          valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L. 2.186 de   que transcurrido el plazo de 20 días no podrán hacerlos   para el lote N°35. La indemnización se pagará al contado.  15 oct.- Y. Cordova
          1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el plazo de   valer después sobre el monto de la indemnización. Autos   La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto
          20 días no podrán hacerlos valer después sobre el monto   rol: C-7412-2019                 15.- a. Bobadilla  en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
          de la indemnización. Autos rol: C-7522-2019  15.- a. Bobadilla   Secretaria

                           Secretario
                                                                                                                   E X T R A C T O

                                                                                                           Por Decreto MOP (Exento) Nº1102, de 16 de septiembre de
                                                                                                           2019, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra
                                                                                                           a), 10° letra c), 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de
                                                                                                           1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematiza-
                                                                                                           do de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960,
                                                                                                           se expropió el lote de terreno N° 64, para la obra: MEJO-
                                                                                                           RAMIENTO RUTA I-45 SECTOR PUENTE NEGRO - LA
                                                                                                           RUFINA, que figura a nombre de AGRICOLA GARCES LI-
                                                                                                           MITADA, rol de avalúo 412-52, Comuna de SAN FERNAN-
                                                                                                           DO, REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO
                                                                                                           O’HIGGINS, superficie 2.147 m2. La Comisión de Peritos
                                                                                                           integrada por ANDRES RAINER SCHULZ VILLANUEVA,
                                                                                                           ALEJANDRO GREGORIO PADILLA HENRIQUEZ y MAR-
                                                                                                           LENE TERESA RIOS MARCUELLO, mediante informe de
                                                                                                           tasación de 13 de julio de 2018, fijó el monto de la indem-
                                                                                                           nización provisional en la cantidad de $53.454.150 para el
                                                                                                           lote N°64. La indemnización se pagará al contado. La pu- 15 oct.- Y. Cordova
                                                                                                           blicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el
                                                                                                           artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.


                                                                                                                   E X T R A C T O


                                                                                                           Por Decreto MOP (Exento) Nº1117, de 16 de septiembre
                                                                                                           de 2019, y en base a la facultad otorgada por el artículo
                                                                                                           3° letra a), 10° letra c), 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P.
                                                                                                           Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y
                                                                                                           sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206
                                                                                                           de 1960, se expropió el lote de terreno N° 13, para la obra:
                                                                                                           MEJORAMIENTO RUTA I-45 SECTOR PUENTE NEGRO
                                                                                                           - LA RUFINA, que figura a nombre de SCOTIABANK CHI-
                                                                                                           LE, rol de avalúo 309-64, Comuna de SAN FERNANDO,
                                                                                                           REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO
                                                                                                           O’HIGGINS, superficie 2.498 m2. La Comisión de Peritos
                                                                                                           integrada por ANDRES RAINER SCHULZ VILLANUE-
                                                                                                           VA, ALEJANDRO GREGORIO PADILLA HENRIQUEZ y
                                                                                                           MARLENE TERESA RIOS MARCUELLO, mediante infor-
                                                                                                           me de tasación de 18 de junio de 2018, fijó el monto de la
                                                                                                           indemnización provisional en la cantidad de $96.915.400
                                                                                                           para el lote N°13. La indemnización se pagará al contado.  15 oct.- Y. Cordova
                                                                                                           La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto
                                                                                                           en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
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