Page 7 - Diario Octubre 16
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avisos                                            Martes 16 de Octubre de 2018 - Página 7





                          AVISO                                    E X T R A C T O
                                                                                                                   E X T R A C T O
               Ante el Segundo Juzgado Civil de Rancagua el         Por Decreto MOP (Exento) Nº1059, de 07 de sep-
          Fisco consignó $353.044.- como indemnización por la ex-  tiembre de 2018, y en base a la facultad otorgada por el         Por Decreto MOP (Exento) Nº1018, de 31 de agosto
          propiación de un lote de terreno ubicado en la comuna de   artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L.   de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artícu-
          Peralillo, provincia de Colchagua, dispuesta por Decreto   M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordi-  lo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L.
          Supremo MOP N° 723 de 18 de julio de 2018, correspon-  nado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP.   M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coor-
          diente al lote N° 12-C propietario aparente ARAYA PUE-  N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 2,   dinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL.
          BLA, RODRIGO ANDRES rol de avalúo 105-154 super-  3, 4 y 6, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA I-45 SEC-  MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N°
          ficie 92 metros cuadrados, necesario para la ejecución   TOR PUENTE NEGRO – LA RUFINA, que figura a nom-  49, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO IN-
          de la obra: “MEJORAMIENTO RUTA I-310 I-318 E I-330   bre de MARTINEZ MORELLI NANCY ANDREA DEL C,   TERMEDIO H-721, I-111 PELEQUEN-POLONIA, que figu-
          PERALILLO-LOS CARDOS, PERALILLO, COMUNA DE      NAVARRO ARRIAGADA ADRY MARIA JOS, FUENTES        ra a nombre de MANRIQUEZ CONTRERAS RAUL, rol de
          PERALILLO, REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO       SEPULVEDA HERIBERTO ISMA y NARAVAEZ BRIONES      avalúo 277-66, Comuna de SAN FERNANDO, REGION
          OHIGGINS”. Conmínase a interesados para que hagan   JOSE RODOLFO, roles de avalúo 412-96, 412-402, 412-77   DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS,
          valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L. 2.186 de   y 309-31, Comuna de SAN FERNANDO, REGION DEL   superficie  53 m2. La Comisión de Peritos integrada por
          1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el plazo de   LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS, su-  ANDRES RAINER SCHULZ VILLANUEVA, ALEJANDRO
          20 días no podrán hacerlos valer después sobre el monto  16 oct.- A. Bobadilla  perficies 19, 103, 157 y 410 m2 respectivamente. La Comi-  GREGORIO PADILLA HENRIQUEZ y MARLENE TERE-
          de la indemnización.  Autos rol: 400-2018.      sión de Peritos integrada por ANDRES RAINER SCHULZ   SA RÍOS MARCUELLO, mediante informe de tasación de  16 oct.- M. Ríos
                                                          VILLANUEVA, ALEJANDRO GREGORIO PADILLA HEN-
                         SECRETARIO                       RIQUEZ y MARLENE TERESA RIOS MARCUELLO, me-      09 de febrero de 2017, fijó el monto de la indemnización
                                                                                                           provisional en la cantidad de $584.500 para el lote N°49.
                                                          diante informe de tasación de 30 de noviembre de 2017,   La indemnización se pagará al contado. La publicación se
                                                          fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad   efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del
                                                          de $514.532 para el lote N°2, $2.480.884 para el lotenN°3,   Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
                          AVISO                           $3.805.896 para el lote Nº4, y $7.245.80 para el lote Nº6.  16 oct.- M. Ríos
                                                          La indemnización se pagará al contado. La publicación se
                                                          efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del
               Ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua el Fisco   Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
          consignó  $525.646.-  como indemnización  por  la expro-
          piación de un lote de terreno ubicado en la comuna de                                                    E X T R A C T O
          Peralillo, provincia de Colchagua, dispuesta por Decreto
          Supremo MOP N° 723 de 18 de julio de 2018, correspon-    E X T R A C T O                               Por Decreto MOP (Exento) Nº1008, de 31 de agosto
          diente al lote N°  13-B propietario aparente  SERRANO                                            de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo
          GUAJARDO, VICTORIA TRIND Y rol de avalúo 105-116                                                 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P.
          superficie 39 metros cuadrados, necesario para la ejecu-        Por Decreto MOP (Exento) Nº1027, de 31 de agosto   Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y
          ción de la obra: “MEJORAMIENTO RUTA I-310 I-318 E   de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo   sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206
          I-330 PERALILLO-LOS CARDOS, PERALILLO, COMU-    3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P.   de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.74 y 75,
          NA DE PERALILLO, REGION DEL LIBERTADOR BER-     Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y   para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTER-
          NARDO OHIGGINS”. Conmínase a interesados para que   sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206   MEDIO H-721, I-111 PELEQUEN-POLONIA, que figura a
          hagan valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L.   de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 12, 14,   nombre de DIAZ VERGARA FERNANDO SALVADOR y
          2.186 de 1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el   16 y 17, para la obra:               DIAZ VERGARA LUIS SEGUNDO, roles de avalúo 243-
          plazo de 20 días no podrán hacerlos valer después sobre  16 oct.- A. Bobadilla  MEJORAMIENTO RUTA I-45 SECTOR PUENTE NEGRO   55 y 227-489, Comuna de SAN FERNANDO, REGION
          el monto de la indemnización.  Autos rol: 417-2018.  – LA RUFINA, que figura a nombre de RORE GUAJARDO   DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS,
                                                          MARISA DEL CARMEN, CASTILLO JARA MARIA FLO-
                          SECRETARIA                      RISA, JARA JARA CECILIA DEL CARMEN, ROJAS PE-    superficies 107 y 35 m2 respectivamente. La Comisión
                                                                                                           de Peritos integrada por ANDRES RAINER SCHULZ VI-
                                                          REZ MARIELA GLENDA DEL C Y y ULLOA MAREGATTI     LLANUEVA, ALEJANDRO GREGORIO PADILLA HEN-
                                                          LUIS FERNANDO Y OTR, roles de avalúo 410-125, 410-  RIQUEZ y MARLENE TERESA RÍOS MARCUELLO, me-
                                                          12, 410-319, 410-17 y 309-77, Comuna de SAN FERNAN-  diante informe de tasación de 09 de febrero de 2017, fijó
                          AVISO                           DO, REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO       $576.000 para el lote Nº74, y $440.000 para el lote Nº75.  16 oct.- M. Ríos
                                                                                                           el monto de la indemnización provisional en la cantidad de
                                                          O’HIGGINS, superficies 40, 28, 17, 35 y 902 m2 respecti-
                                                          vamente. La Comisión de Peritos integrada por ANDRES   La indemnización se pagará al contado. La publicación se
               Ante el Segundo Juzgado Civil de Rancagua el Fis-  RAINER SCHULZ VILLANUEVA, ALEJANDRO GREGO-  efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del
          co consignó $936.249.- y $896.322.- como indemnización   RIO PADILLA HENRIQUEZ y MARLENE TERESA RIOS   Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
          por la expropiación de dos lotes de terreno ubicados en   MARCUELLO, mediante informe de tasación de 18 de ju-
          la comuna de Peralillo, provincia de Colchagua, dispues-  nio de 2018, fijó el monto de la indemnización provisional
          ta por Decreto Supremo MOP N° 723 de 18 de julio de   en la cantidad de $1.309.500 para el lote N°12, $1.869.200
                                                          para el lote Nº14, $1.326.550 para el lote Nº15, $776.750
          2018, correspondiente a los lotes N° 13-A y 13-C propie-  para el lote Nº16, y $13.288.500 para el lote N°17. La in- 16 oct.- M. Ríos
          tario aparente  SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL
          SAL J rol de avalúo 105-348 y 105-349 respectivamente   demnización se pagará al contado. La publicación se efec-  E X T R A C T O
          superficie 57 y 35 metros cuadrados, necesarios para la   túa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del
          ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO RUTA I-310 I-318   Decreto Ley Nº 2186, de 1978.                   Por Decreto MOP (Exento) Nº1110, de 10 de septiembre
          E I-330 PERALILLO-LOS CARDOS, PERALILLO, COMU-                                                   de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3°
          NA DE PERALILLO, REGION DEL LIBERTADOR BER-                                                      letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº
          NARDO OHIGGINS”. Conmínase a interesados para que                                                850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y siste-
          plazo de 20 días no podrán hacerlos valer después sobre  16 oct.- A. Bobadilla     E X T R A C T O    matizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de
          hagan valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L.
          2.186 de 1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el
                                                                                                           1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.31, 33, 34,
          el monto de la indemnización.  Autos rol: 398-2018.        Por Decreto MOP (Exento) Nº998, de 31 de agosto de   41 y 42, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA I-45 SEC-
                                                                                                           TOR PUENTE NEGRO – LA RUFINA, que figura a nom-
                                                          2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3°   bre de AGRICOLA EU LIMITADA, CEBALLOS MACHU-
                         SECRETARIO                       letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P.   CA SERGIO ANTONIO,  ALCAINO ARENAS CLAUDIO
                                                          Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y
                                                          sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206   DOMINGO, INVERSIONES K.P. SPA. E INVERSIONES
                                                          de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.50, 51,   K.P. SPA, roles de avalúo 410-92, 412-659, 412-660, 412-
                                                                                                           23 y 412-23, Comuna de SAN FERNANDO, REGION DEL
                          AVISO                           61 y 62, para la obra: AMPLIACIÓN REPOSICIÓN RUTA   LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS, su-
                                                          90, SECTOR CRUCE I-860 MANANTIALES - ACCESO
                                                          A PLACILLA, que figura a nombre de SOC AGRICOLA   perficies 708, 110, 1.032, 260 y 277 m2 respectivamente.
               Ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua el Fisco   MOSCOSO  BUSTAMANT,  SOC  AGRICOLA  MOSCO-  La Comisión de Peritos integrada por ANDRES RAINER
                                                                                                           SCHULZ VILLANUEVA, ALEJANDRO GREGORIO PADI-
          consignó $1.120.232.- como indemnización por la expro-  SO BUSTAMANT, SOC AGRICOLA MOSCOSO BUS-  LLA HENRIQUEZ y MARLENE TERESA RÍOS MARCUE-
          piación de un lote de terreno ubicado en la comuna de   TAMANT,  ESCOBAR PEREZ  VILFREDO  y  ESCOBAR   LLO, mediante informe de tasación de 25 de junio de 2018,
          Peralillo, provincia de Colchagua, dispuesta por Decreto   PEREZ VILFREDO, roles de avalúo 61-37, 61-37, 61-37,   fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad  16 oct.- M. Ríos
          Supremo MOP N° 726 de 18 de julio de 2018, corres-  61-44 y 61-44, Comuna de PLACILLA, REGION DEL LIB.   de $4.142.500  para el lote N°31, $1.399.000 para el lote
          pondiente al lote N°  31-C propietario aparente  TOBAR   GRAL. B. O’HIGGINS, superficies 325, 335, 340, 8.792   Nº33, $5.906.000 para el lote Nº34, $1.990.000 para el
          CEPEDA, ALIRO CEPEDA rol de avalúo 147-235 super-  y 6.098 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos in-  lote Nº 41, y $1.914.000 para el lote Nº42. La indemniza-
          ficie 258 metros cuadrados, necesario para la ejecución   tegrada por ANDRES RAINER SCHULZ VILLANUEVA,   ción se pagará al contado. La publicación se efectúa en
          de la obra: “MEJORAMIENTO RUTA I-310 I-318 E I-330   ROBERT GERARD MICHAEL HILLIARD JORQUERA y   cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto
          PERALILLO-LOS CARDOS, PERALILLO, COMUNA DE      ALEJANDRO  GREGORIO  PADILLA  HENRIQUEZ,  me-    Ley Nº 2186, de 1978.
          PERALILLO, REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO       diante informe de tasación de 09 de marzo de 2018, fijó
          OHIGGINS”. Conmínase a interesados para que hagan   el monto de la indemnización provisional en la cantidad
          valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L. 2.186 de   de $7.029.250 para el lote N°50, $10.172.750 para el lote  16 oct.- M. Ríos
          1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el plazo de   Nº51, $4.580.000 para el lote Nº52, $140.611.300 para el
          20 días no podrán hacerlos valer después sobre el monto  16 oct.- A. Bobadilla  lote Nº61, y $42.040.700 para el lote N°62. La indemniza-
          de la indemnización.  Autos rol: 418-2018.      ción se pagará al contado. La publicación se efectúa en
                                                          cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto
                          SECRETARIA                      Ley Nº 2186, de 1978.
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