Page 11 - Diario Mayo 4
P. 11
policial Viernes 4 de Mayo de 2018 - Página 11
Las Cabras
carabineros rescató
a hombre desde canal
de regadío
La oportuna inter- de un hombre que se estaba Posteriormente, el termia, siendo estabilizado
vención de carabineros per- ahogando en un canal de re- hombre de 61 años fue tras- y luego derivado al Hospital
mitió rescatar desde un ca- gadío de un metro y medio ladado hasta el CESFAM de la comuna de Rengo. Por
nal de regadío de la comuna de profundidad con claras de Las Cabras donde según ahora el afectado se encuen-
de Las Cabras a un hombre señales de hipotermia en el informe médico, ingresó tra fuera de riesgo vital./
que se ahogaba y presentaba las inmediaciones de calle con altos índices de hipo- (R.S.H.C.)
claras señales de hipoter- Cuenca de esta ciudad.
mia. Los dos funcio-
El hecho se pro- narios a cargo del procedi-
dujo cerca de las 23 horas miento no dudaron en lan-
de este miércoles cuando zarse a las aguas y rescatar a
personal de la Subcomisaría la víctima y luego utilizando
local efectuaba un patrullaje su ropa operativa lo abriga-
preventivo por esta ciudad ron a la espera de la llegada
y se percató de la presencia de una ambulancia.
Corte Suprema Legalice su pozo,
presencia en toda la VI
condenan a servicio de salud región, pague sólo si
por falta de atención de parto hay resultados
La Corte Suprema condenó cias que tuvo por establecidas y en tima influyó en la falta de servicio
al Servicio de Salud de O’Higgins cuya virtud justifica la reducción de establecida en autos y que tampoco 995326160
a pagar una indemnización de la suma a pagar como resarcimiento, se entiende la aplicación del artículo
$200.000.000 (doscientos millones a la cantidad de $80.000.000”, sostie- 240 del Código Procesal Penal con [email protected]
de pesos) por falta de servicio en ne el fallo. una reducción prudencial del monto
atención de parto en el Hospital Re- La resolución agrega: “Acu- a indemnizar, lo cierto y determinan-
gional de Rancagua. de en primer lugar el fallo en examen te es que ninguna de las dos circuns-
En fallo unánime, la Terce- a la culpa de la víctima -la paciente tancias antes señaladas -esto es, ni la
ra Sala del máximo tribunal -integra- Lorena Olivares Rubio- por la tar- que regula el artículo 2330 del Códi- [email protected]
da por los ministros Sergio Muñoz, danza en la presentación del exa- go Civil, que aunque no se menciona Calle Chillan 502, OF. 35, 2° nivel
Rosa Egnem, María Eugenia Sando- men PSGO (prueba de sobrecarga es el texto que recibe aplicación, ni San Fernando
FONO: +56995008288
val, Carlos Aránguiz y Arturo Pra- de glucosa) lo que sólo cumplió el la propia del artículo 240 del Código Carla Rozas Avila & Carlos Rozas Astudilo
do- revocó la sentencia recurrida, 4 de marzo de 2013, razón que ha- Procesal Penal- formaron parte de la (ex notaria)
dictada por la Corte de Apelaciones bría contribuido a la concreción de la litis, y por ende, tampoco integraron
de Rancagua, en la parte que rebajó falta de servicio. Se añade, por otra las peticiones concretas de los es- SE VENDE
el monto de indemnización. parte, en el motivo antes citado que critos que otorgan la competencia o
“Que en efecto, luego de existe constancia en autos que la de- marco de acción a la Corte de Apela- • Terreno 3000 m2, Tinguiririca Calle Prin-
concordar los jueces con el fallo ape- mandante nombrada ya fue indemni- ciones en relación al fallo de primer cipal. Chimbarongo,
lado en cuanto a que el Servicio de- zada, o bien, que tiene un crédito en grado”. • Casa Población 11 de Septiembre. San Fer-
mandado resulta obligado en razón su favor por la suma de $31.543.824, “Tales supuestos no fueron nando.
de haber mediado falta de servicio en con arreglo a lo dispuesto por el ar- alegados por la demandada en los • 4,5 HAS. Puntilla Codegua, parte bosque,
las atenciones prestadas a la paciente tículo 240 del Código Procesal Pe- escritos de la discusión, que son los casa, especial ecoturismo. Chimbarongo
Lorena Olivares Rubio y concurrir nal que regula lo concerniente a la que demarcan o fijan los contornos • Media HAS. Terreno El Trapiche, San Fer-
nando.
los supuestos previstos en el artícu- suspensión condicional del procedi- del pleito, misma razón por la que el • Departamento Los Palacios, Piso 3, buen
lo 38 de la Ley N° 19.966 y 42 de la miento, razón por la que -según lo fallo de primer grado no contiene re- estado.
Ley N° 18.575, por lo que asume que expresa- la Corte procederá a rebajar ferencia alguna a tales materias. En • Casa V. Conavicoop, Calle O. Castillo, 3
se configura la relación de causali- “prudencialmente” el quantum in- otras palabras, no existió una ins- dormitorios, amplia entrada de vehículos
dad con los perjuicios ocasionados demnizatorio”. tancia de debate o discusión sobre y bodega.
a la actora y a su hijo, sin embargo, “(...) al margen -continúa- los puntos expuestos, lo que resul- • Casa Villa Los Castaños, Avda 1, con local
al abordar lo relativo a la determina- de no explicitarse en el fundamento taba indispensable para la adecuada comercial, entrada de vehículos, 3 dormi-
ción del monto de la indemnización ya aludido la forma en que la con- defensa de los intereses de la parte torios.
incorpora de oficio dos circunstan- ducta de tardanza atribuida a la víc- demandante”, concluye./