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noticias Jueves 21 de Junio de 2018 - Página 7
“las abejitas” de Quinta de tilcoco
NOTIFICACIÓN pública de fecha 24 de agosto de 2016 que acompaña, Jardín de
otorgada ante el Notario de Santiago don Humberto
Quezada Moreno, con firma electrónica avanzada.
Ante el 1º Juzgado de Letras de San Fernando se ha CUARTO OTROSI. Ruego a S.S. se sirva tener pre- Integra rescata
presentado la siguiente demanda: BEATRIZ ACEVE- sente que en mi calidad de abogado habilitado para
DO BARAHONA, abogada, domiciliada en Cardenal el ejercicio de la profesión, asumiré el patrocinio y ac-
Caro 752 departamento 302, comuna de San Fernan- tuaré personalmente en el presente juicio.ROL C-481- tradiciones
do, en mi calidad de mandataria judicial y en repre- 2018 San Fernando, 5 de marzo de 2018, A lo principal:
sentación, según acreditaré, de BANCO SANTANDER despáchese; Al primer y cuarto otrosí: téngase presen-
CHILE, sociedad anónima bancaria, representada le- te; Al segundo otrosí: por acompañado pagaré, cus- campesinas
galmente por don Claudio Melandri Hinojosa en su ca- tódiese una vez acompañado materialmente; Al tercer
lidad de gerente general, factor de comercio, cédula de otrosí: téngase presente personería y por acompañado
identidad Nº 9.250.706-8, ambos domiciliados en calle documento con citación. Sin perjuicio de aportar ma-
Bandera N° 140 Santiago. Interpone demanda en juicio terialmente el pagaré original en el plazo de tres días, Emplazado en un sector eminentemente rural, Las
ejecutivo en contra de COMERCIALIZADORA VIEN- bajo apercibimiento de no continuar de pleno derecho Abejitas de Quinta de Tilcoco reconoce la riqueza
TO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denomi- la ejecución si no lo hiciere. Pablo Audilio Aceituno Ro- cultural de la zona.
nación, representada legalmente por CRISTIAN IGNA- mero. MANDAMIENTO. San Fernando, a 5 de marzo
CIO CABELLO BARRERA, factor de comercio, ambos de 2018. Un Ministro de Fe requerirá de pago a don
domiciliados en Chacabuco 978 departamento 712 de CRISTIAN IGNACIO CABELLO BARRERA, en calidad
San Fernando, como deudora principal y, contra el mis- de representante de COMERCIALIZADORA VIENTO
mo CRISTIAN IGNACIO CABELLO BARRERA, como SUR SpA, en calidad de deudor principal y por otra par-
avalista.1.- La sociedad demandada suscribió el15 de te, en su calidad de deudores solidarios a CRISTIAN
noviembre de 2016 el pagaré FONDO DE GARANTÍA IGNACIO CABELLO BARRERA, en su calidad de aval
PARA PEQUEÑOS EMPRESARIOS (Fogape), a la y codeudor solidario, para que en el acto de intima-
orden del Banco Santander-Chile, por la suma, en ca- ción pague a BANCO SANTANDER CHILE o a quien
pital, de $25.000.000valor de un préstamo que recibió sus derechos representen la suma de $15.789.259, por
en moneda nacional. 2.- El capital adeudado debía pa- concepto de saldo de capital, más los reajustes e inte-
garse conjuntamente con los intereses, en 23 cuotas reses pactados, hasta la fecha de pago efectivo, más la
iguales, mensuales y sucesivas de $1.267.518 cada comisión de 2% anual sobre el saldo del capital garan-
una con vencimientos los días 2 de cada mes, a contar tizado, a favor de Fondo de Garantía para Pequeños
del 2 de enero de 2017 hasta el 2 de noviembre de Empresarios, y costas. No verificado el pago en el acto
2018 más una última cuota número 24 por $1.267.501 de intimación, trábese embargo en bienes suficientes
con vencimiento el 2 de diciembre de 2018. 3.-La suma del deudor, quedando estos en su poder en calidad de
prestada devengaría un interés del 1,57% mensual depositario provisional, bajo su responsabilidad legal.
vencido, calculado en base a meses de 30 días y por Juez Titular Secretaria Subrogante. Certificado: Certi-
el número de días efectivamente transcurrido y que en fico que se guardó en custodia nº 305-2018 un pagaré
caso de mora o simple retardo en el pago de una cual- por $25.000.000. San Fernando, 13 de marzo de 2018.
quiera de las cuotas en que se divide la obligación, Rudecinda Sandoval García Secretaria Subrogante. Para Integra la fa- de los niños. No hay nada
se devengará un interés penal igual al interés máximo BEATRIZ ACEVEDO BARAHONA, por la demandante milia es la primera educa- más significativo para un
convencional permitido por la ley a la fecha de otorga- en juicio ejecutivo “BANCO SANTANDER CHILE CON dora, esta afirmación que niño ver como su papá o
miento de dicho pagaré o a la época de la mora o re- COMERCIALIZADORA VIENTO SUR SpA, rol C-481-
tardo, cualquiera de los dos que sea el más alto, desde 2018, a SS. digo: Como se desprende de lo informado bien podría ser solo una su mamá les cuentan algo,
el momento del retardo y hasta el pago efectivo; más por la Policía de Investigaciones en oficio reciente, el declaración de intereses, lo que sin duda van a uti-
una comisión de 2% anual sobre el saldo del capital representante de la sociedad demandada y demanda- resulta ser bastante más lizar en el futuro”, señala
garantizado, a favor del Fondo de Garantía para Pe- do personal don Cristian Ignacio Cabello Barrera, se que aquello en la experien- al respecto la directora del
queños Empresarios. 4.- El crédito estaba destinado a encuentra en territorio nacional. Con el fin de ser no- cia que a diario viven los jardín, Patricia Molina.
capital de trabajo. tificado, el demandado ha sido buscado en tres domi-
5.- Para los efectos del orden interno que el mandante cilios que esta parte ha podido aportar, sin resultados. niños y niñas de los 93 es- De esta forma los
necesita en el giro de sus operaciones comerciales, el En informe comercial de los demandados que ofrezco tablecimientos que posee niños y niñas conocen ofi-
documento más arriba singularizado tiene el número a SS., se consignan dos de los domicilios donde se la fundación en la región cios tan diversos como la
de crédito 420017366628. 6.- Es del caso que se dejó han efectuado búsquedas negativas en este juicio. De de O’Higgins. artesanía en la construc-
de pagar desde la cuota n° 11 que venció el 2 de no- acuerdo con lo señalado, es posible concluir que el se- Uno de ellos es el ción de mates; el oficio en
viembre de 2017, adeudando a mi mandante sólo por ñor Cabello es una persona cuya residencia es difícil
concepto de capital, la cantidad de $15.789.259más de determinar ya que con las diligencias practicadas y jardín infantil “Las Abeji- la agricultura con su ves-
intereses desde esa fecha y hasta la de pago, más la el informe que acompañaré materialmente, es posible tas” de Quinta de Tilcoco. timenta; o la preparación
comisión del 2% a favor del “Fondo de Garantía para dar a SS. el conocimiento de causa que requiere la Enclavado en un callejón de alimentos que a diario
Pequeños Empresarios”. 7.- El crédito del que da cuen- ley para proceder a la notificación por avisos. sin salida de la localidad consumen.
ta este pagaré está afecto a la garantía del “Fondo de POR TANTO, de acuerdo con el artículo 54 del Código El Carrizal de la mencio- “Eso es lo que
Garantía para Pequeños Empresarios” en un porcen- de Procedimiento Civil,
taje de80% sobre el saldo de capital adeudado. 8.- En RUEGO A US. ordenar que la demanda sea notificada a nada comuna, este centro tratamos de rescatar, la
virtud de lo acordado en el propio pagaré, se hace exi- ambos demandados por medio de un extracto publicado educativo es sin duda, un importancia de los trabajo
gible en forma anticipada el total de esta obligación, por cuatro veces en un diario local y una en el Diario Ofi- verdadero motor social del y oficios de cada uno de
a contar de la fecha de presentación de demanda. 9.- cial, con inclusión del mandamiento de ejecución para sector. nuestros apoderados o de
CRISTIAN IGNACIO CABELLO BARRERA se cons- requerir de pago y trabar embargo. OTROSÍ: Con el fin De ahí que cada nuestras familias en gene-
tituyó avalista sin limitaciones. 10.- Encontrándose la de proporcionar a SS. el conocimiento de causa para
firma del suscriptor y avalista autorizada por Notario disponer la notificación por avisos solicitada, solicito se experiencia liderada por ral y ponerlas al servicio
Público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 434 ordene acompañar informe comercial de los demanda- el equipo educativo que para nuevos aprendizajes.
N° 4 del Código de Procedimiento Civil, el pagaré tiene dos proporcionado por una empresa privada a la que se desarrolla en la co- A pesar de ser un grupo
mérito ejecutivo. 11.- La deuda es líquida, actualmente tiene acceso Banco Santander. Para dar cumplimiento a munidad, suele llamar la pequeño, estamos siempre
exigible y no prescrita. POR TANTO, en mérito de lo las normas establecidas en la Ley 19.628 sobre protec- atención de los lugareños. tratando de innovar den-
anteriormente expuesto, los documentos acompaña- ción de la vida privada, pido que se ordene acompañarlo
dos y lo dispuesto en el artículo 434 N° 4 del Código materialmente con el fin de que sea custodiado en la Rescatando nuestras tradi- tro de las experiencias y
de Procedimiento Civil A S.S. PIDO: tener por inter- secretaría de vuestro tribunal, sin que sea publicado en ciones es una de ellas. la cantidad de niños y la
puesta la presente demanda ejecutiva en contra de el portal electrónico del Poder Judicial. En dicho infor- Esta experiencia comunidad general, nos
COMERCIALIZADORA VIENTO SUR SpA como deu- me, aparece registrado como único domicilio de cada busca que los 17 niños y aporta para llevar a cabo
dora principal y contra CRISTIAN IGNACIO CABELLO demandado, los que ya fueron descartados como su niñas del nivel heterogé- los proyectos que impulsa-
BARRERA como avalista, ordenando se despache en residencia de acuerdo con las certificaciones recepto-
su contra mandamiento de ejecución y embargo por un riales que constan en el juicio. En San Fernando, 24 de neo puedan conocer en el mos”, refiere Patricia.
total de $15.789.259, por concepto de saldo de capital, mayo de 2018 Téngase por acompañados documentos, terreno mismo la riqueza I n t e g r a
más los reajustes, intereses convenidos, compensa- con citación y por cumplido lo ordenado con fechas 18 cultural -principalmente O’Higgins posee 93 jardi-
torios y moratorios, hasta la fecha de pago efectivo, y 15 de mayo de 2018, se provee derechamente pre- campesina- que poseen y, nes infantiles y salas cuna,
más la comisión de 2% anual sobre el saldo del ca- sentación de fecha 11 de mayo de 2018: A lo principal: junto con ello, aprender de donde más de cinco mil
pital garantizado, a favor del “Fondo de Garantía para De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del
Pequeños Empresarios”, declarando en definitiva que Código de Procedimiento Civil, notifíquese la demanda sus propios padres y apo- 800 niños y niñas reciben
debe seguirse adelante con la ejecución hasta hacer a de fecha 01 de marzo de 2018, a los demandados Co- derados. una educación parvularia
mi representado entero y cumplido pago del total de lo mercializadora Viento Sur SpA, como deudora principal “Hay veces, don- de calidad a través de un
adeudado, con costas. PRIMER OTROSÍ. Señala bie- y don Cristian Cabello Barrera, como avalista, mediante de los papás no les hablan proyecto educativo que
nes para embargo y designa depositario provisional. avisos redactados en extractos por la Secretaría del tri- mucho de su trabajo pen- considera la participación
SEGUNDO OTROSÍ. Acompaña bajo el apercibimiento bunal o quien la subrogue. Publíquese por cuatro veces
del nº3 del artículo 346 del Código de Procedimiento consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad sando que en realidad no activa de los equipos de
Civil, el pagaré singularizado en lo principal y solicita y por una sola vez en el Diario Oficial. Al otrosí: este- es importante, pero para trabajo, las familias y la
custodia. TERCER OTROSI. Personería para repre- se lo resuelto precedentemente. Pablo Audilio Aceituno nosotros si es importante comunidad, en un entorno
sentar al Banco Santander Chile consta de escritura Romero. 21-22-26-27 jun.- B. Acevedo y desde ahí vamos avan- acogedor, diverso y prote-
zando con el aprendizaje gido./