Decretan prisión preventiva para imputado por tenencia ilegal de armas en Santa Cruz

Policial

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Caro Romero, Michel González Carvajal y el abogado (i) Jaime Cortez Miranda– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, que había dejado sujeto al imputado a las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno, arraigo nacional y firma semanal ante Carabineros.

La Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó la prisión preventiva por peligro de fuga en contra de D.C.C.D., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego. Ilícito cometido el viernes recién pasado, en la villa Los Guindos.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Caro Romero, Michel González Carvajal y el abogado (i) Jaime Cortez Miranda– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, que había dejado sujeto al imputado a las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno, arraigo nacional y firma semanal ante Carabineros.

“Que, del mérito de los antecedentes hechos valer en estrados, aparece que el arma de fuego incautada y que justifica la formalización del imputado, se encontró en la pieza que este ocupa en el domicilio allanado, sobre su velador y al lado de documentos de identificación del mismo, entre ellos, un duplicado de un instrumento emitido por la PDI que da cuenta de su situación migratoria irregular. Además, se da cuenta que el arma encontrada tenía su número de inscripción poco claro, que sería igual al de un arma inscrita a nombre de un tercero”, consigna el fallo.

La resolución agrega: “Que, lo anterior resulta más que suficiente para dar por establecido, en esta etapa inicial de la investigación, los presupuestos materiales de la prisión preventiva, por cuanto configuran presunciones fundadas tanto sobre la existencia del delito de tenencia ilegal de arma de fuego, materia de la formalización, como respecto de la participación que le corresponde al imputado en el mismo”.

El tribunal razonó que: “(…) para tener por configurada la necesidad cautelar que exige la prisión preventiva, se debe tener presente la gravedad del hecho atribuido, la pena asignada al delito y la situación migratoria irregular del imputado en Chile, en cuanto esta impide decretar una medida cautelar menos gravosa que asegure su comparecencia a los actos del procedimiento, puesto que su libertad, en tales condiciones, dificulta su ubicación y debido control”.

“Que, por consiguiente, conforme a lo razonado, la prisión preventiva se impone como necesaria en este caso ante el evidente riesgo de fuga, más aún si no consta que el imputado tenga un suficiente arraigo familiar y social”, concluye.

Según el ente persecutor, en el marco de la ejecución de una orden de entrada y registro a un domicilio, en el marco de la investigación por el secuestro de un empresario, se halló e incautó en el dormitorio del imputado un arma de fuego, sin contar D.C.C.D., con autorización para su tenencia.

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