La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Rancagua concedió 61 (17,7%) de 344 solicitudes de internos propuestas por los tribunales de conducta de las diversas unidades penales de la jurisdicción.
Esta instancia –que sesionó entre el martes 10 y el jueves 12 de octubre- estuvo presidida por el ministro del tribunal de alzada, Michel González Carvajal, e integrada por los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, Raúl Baldomino Díaz y Sergio Allende Cabeza; los magistrados del Juzgado de Garantía de Rancagua, Gonzalo Celedón Bulnes y Paz Reyes Moreno; y la secretaria de la Corte y de la respectiva comisión, Andrea Alfaro de la Fuente.
Tras el análisis de los antecedentes, la comisión otorgó el beneficio a 32 internos del Centro Penitenciario de Rancagua, 17 correspondientes al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Rengo, 6 del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Santa Cruz y 6 del Centro de Detención Preventiva de Peumo.
En tanto, la instancia rechazó 276 solicitudes (80,3%) y omitió 7 (2%%).
El Decreto Ley N° 321, modificado por la ley 21.124 -que entró en vigencia el 18 de enero de 2019- establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, sobre los factores de riesgo de reincidencia y de conciencia del delito.
Además, en base al reglamento del Decreto Ley N°321 que determina que las comisiones de libertad condicional deben detallar fundadamente en sus informes si los postulantes cumplen o no cada uno de los requisitos, debiendo prestar especial consideración a la posible resocialización desglosada en los informes psicosociales.