SAG O’Higgins da a conocer requisitos para interesados en convertirse en productores orgánicos

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¿Cómo validar mi producción como orgánica? Esta es una de las preguntas más comunes que reciben los funcionarios y funcionarias del SAG O’Higgins a la hora de recibir consultas por parte de productores y productoras interesadas en este rubro de la actividad.   

Luis Rodríguez, director regional del SAG, es concreto. “Solo el sello orgánico, del cual pueden hacer uso los productores que cuenten con su certificación, es el medio para comprobar si un producto se elaboró bajo la normativa relacionada”.  

Es por ello que los agricultores y agricultoras, pero también quienes elaboren productos procesados como mermeladas, manjares, chocolates, frutas en conserva, miel, barras de cereal y colados de fruta orgánico, entre otros, y que interesados/as en acceder a la certificación de productores/as orgánicos deben formalizar sus actividades mediante lo establecido en la Ley Nº 20.089.  

“Para utilizar la denominación de orgánicos, ecológicos o biológicos en sus productos, las Organizaciones de Agricultores Ecológicos, deben registrarse ante el SAG y cumplir con la normativa vigente en agricultura orgánica”, sostuvo Rodríguez. La normativa considera como Organizaciones de Agricultores Ecológicos a aquellas integradas por pequeños productores, familiares, campesinos e indígenas, con personalidad jurídica y cuyas ventas anuales no superen el equivalente a 25.000 Unidades de Fomento.  

Entre los requisitos está el llevar un registro de sus actividades que permitan establecer un sistema de trazabilidad y presentar un sistema de control interno, que contenga el listado de quienes lo integran, el método y registro de medidas de control para establecer los niveles de supervisión a los miembros del grupo. Además de información actualizada de sus miembros, planes de manejo, tipos de cultivo, superficie y destino de la producción. Finalmente también deberán contar con un Manual de Procedimientos internos que debe cumplir con la norma técnica chilena vigente.   

En el ámbito de la fiscalización, para acceder a la certificación del SAG, las organizaciones de agricultores ecológicos deberán dar libre acceso a sus unidades productivas y de comercialización a fiscalizadores del SAG, permitir las fiscalizaciones, entregando la información solicitada y cumpliendo los requerimientos que la institución determine. Además, deberán entregar un informe anual y mantener actualizada la información en el sistema vigente del SAG.  

Finalmente, Rodríguez reiteró a la comunidad que a la hora de adquirir productos orgánicos verifiquen el sello. “Todos los productos que cuentan con certificación orgánica, ya sea emitida por el SAG o por algún organismo de certificación reconocido por la institución, poseen un sello específico. Se trata de una marca gráfica que debe incorporarse en el etiquetado de todos los productos certificados bajo esta Normativa, que se distribuyan en Chile bajo la categoría de “orgánico”, “ecológico” o “biológico”, y que están bajo fiscalización de nuestra institución”, finalizó. 

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