Page 9 - Diario Octubre 5
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Miércoles 5 de Octubre de 2022 - Página 9




                                                                                 RIT : C-1039-2021
                                                                                 RIT : C-1039-2021       ARRIETA/ARRIETA        F. Ing.: 11/11/2021
                                                                                                         ARRIETA/ARRIETA
                                                                                                                                 F. Ing.: 11/11/2021
                                                                                 RUC: 21- 2-2625979-9
                                                                                                         Proc.: Ordinario
                                                                                                                                 Forma Inicio: Demanda
                                                                                 RUC: 21- 2-2625979-9    Proc.: Ordinario       Forma Inicio: Demanda
                                                                                                               NOTIFICACIÓN
                                                                                                               NOTIFICACIÓN
                                                                                   Juzgado   de   Familia   de   San   Fernando,   causa   RIT   C-1039-2021,   RUC:   21-2-2625979-9,   caratulada
                                                                                   Juzgado   de   Familia   de   San   Fernando,   causa   RIT   C-1039-2021,   RUC:   21-2-2625979-9,   caratulada
                                                                                   ARRIETA/ARRIETA por cese de alimentos, por resolución de fecha 10 de agosto de 2022, se ha ordenado
                                                                                   ARRIETA/ARRIETA por cese de alimentos, por resolución de fecha 10 de agosto de 2022, se ha ordenado
                                                                                   notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su
                                                                                   notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, la demanda, su
                                                                                   proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, DEMANDA: A don
                                                                                   proveído y la presente resolución mediante avisos en el Diario VI Región y en el Diario Oficial, DEMANDA: A don
                                                                                   IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, C.I. 19.494.130-7, demanda por cese de alimentos ingresada en este
                                                                                   IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, C.I. 19.494.130-7, demanda por cese de alimentos ingresada en este
                                                                                   Tribunal el 11 de noviembre del 2021, interpuesta por don JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-6,
                                                                                   Tribunal el 11 de noviembre del 2021, interpuesta por don JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-6,
                                                                                   al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de cese de alimentos; PRIMER OTROSÍ: Solicita cese provisorio;
                                                                                   al siguiente tenor: EN LO PRINCIPAL: Demanda de cese de alimentos; PRIMER OTROSÍ: Solicita cese provisorio;
                                                                                   SEGUNDO OTROSÍ: solicitud que indica; TERCER OTROSÍ: acompaña documento; CUARTO OTROSÍ: Forma de
                                                                                   SEGUNDO OTROSÍ: solicitud que indica; TERCER OTROSÍ: acompaña documento; CUARTO OTROSÍ: Forma de
                                                                                   notificación; QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. S.J. de Familia JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-
                                                                                   notificación; QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. S.J. de Familia JORGE RAÚL ARRIETA SARAVIA, C.I. 6.887.004-
                                                                                   6, con domicilio en Población Pampa Nueva Sur, Bernardino Guerra N° 0214, comuna de Arica, a S.S. Que vengo
                                                                                   6, con domicilio en Población Pampa Nueva Sur, Bernardino Guerra N° 0214, comuna de Arica, a S.S. Que vengo
                                                                                   en interponer demanda de cese de alimentos, en contra de don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, chileno,
                                                                                   en interponer demanda de cese de alimentos, en contra de don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, chileno,
                                                                                   ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 19.494.130-7, con domicilio en Villa Los Cantaros,
                                                                                   ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 19.494.130-7, con domicilio en Villa Los Cantaros,
                                                                                   Pasaje   Las   Araucarias   29,   Comuna   de   San   Fernando,   Región   de   O´Higgins. PROVEIDO: San   Fernando,
                                                                                   Pasaje   Las   Araucarias   29,   Comuna   de   San   Fernando,   Región   de   O´Higgins. PROVEIDO: San   Fernando,
                                                                                   veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. A LO PRINCIPAL: Por interpuesta demanda de cese de alimentos.
                                                                                   veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. A LO PRINCIPAL: Por interpuesta demanda de cese de alimentos.
                                                                                   Traslado. AL PRIMER OTROSÍ: Traslado. AL SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide. AL TERCER OTROSÍ: Téngase por
                                                                                   Traslado. AL PRIMER OTROSÍ: Traslado. AL SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide. AL TERCER OTROSÍ: Téngase por
                              Región de O´Higgins                                  acompañado. Incorpórese jurídicamente en la oportunidad procesal respectiva. AL CUARTO OTROSÍ: Téngase
                                                                                   acompañado. Incorpórese jurídicamente en la oportunidad procesal respectiva. AL CUARTO OTROSÍ: Téngase
                                                                                   presente forma de notificación, sólo respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968
                                                                                   presente forma de notificación, sólo respecto de las resoluciones contempladas en el artículo 23 de la ley 19.968
              Abiertas postulaciones a                                             que no deban practicarse por el estado diario. AL QUINTO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder.
                                                                                   que no deban practicarse por el estado diario. AL QUINTO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder.
                                                                                   RESOLUCION: San Fernando, nueve de agosto del dos mil veintidós. EL TRIBUNAL RESUELVE LO SIGUIENTE: Vistos
                                                                                   RESOLUCION: San Fernando, nueve de agosto del dos mil veintidós. EL TRIBUNAL RESUELVE LO SIGUIENTE: Vistos
                                                                                   y oído: Advirtiendo el tribunal que al día de hoy y habiéndose realizado diferentes gestiones por parte del
                                                                                   y oído: Advirtiendo el tribunal que al día de hoy y habiéndose realizado diferentes gestiones por parte del
                                                                                   abogado de la parte demandante, la parte demandada no se encuentra emplazada del presente juicio. Teniendo
        recursos FNDR que permitirán                                               abogado de la parte demandante, la parte demandada no se encuentra emplazada del presente juicio. Teniendo
                                                                                   en consideración la petición formulada en audiencia por el abogado demandante y en virtud de las facultades
                                                                                   en consideración la petición formulada en audiencia por el abogado demandante y en virtud de las facultades
                                                                                   que otorga el art. 11 de la Ley 19.968, se suspende la presente audiencia preparatoria y se fija para su
                                                                                   que otorga el art. 11 de la Ley 19.968, se suspende la presente audiencia preparatoria y se fija para su
                                                                                   continuación, para del día 20 de Octubre de 2022, a las 09:45 horas, sala 1, bajo apercibimiento del artículo 21,
                                                                                   continuación, para del día 20 de Octubre de 2022, a las 09:45 horas, sala 1, bajo apercibimiento del artículo 21,
                                                                                   inciso 1º y 59 de la Ley 19.968. Bajo apercibimiento del artículo 59 de la Ley 19.968, esto es, que en caso que
          potenciar actividad minera a                                             inciso 1º y 59 de la Ley 19.968. Bajo apercibimiento del artículo 59 de la Ley 19.968, esto es, que en caso que
                                                                                   no concurra cualquiera de las partes, se entenderán notificados de todo lo que se resuelva en dicha audiencia. La
                                                                                   no concurra cualquiera de las partes, se entenderán notificados de todo lo que se resuelva en dicha audiencia. La
                                                                                   audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el link respectivo para
                                                                                   audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el link respectivo para
                                                                                   proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91427352471 ID de reunión:
                         pequeña escala                                            proceder a la conexión es el siguiente: Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91427352471 ID de reunión:
                                                                                   914 2735 2471 Código de acceso: 869163 Se sugiere que las partes se conecten a la dirección señalada con una
                                                                                   914 2735 2471 Código de acceso: 869163 Se sugiere que las partes se conecten a la dirección señalada con una
                                                                                   antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar técnicamente la correcta realización de la misma,
                                                                                   antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar técnicamente la correcta realización de la misma,
                                                                                   más la acreditación y validación de la identidad de los participantes. Debido a las características de cada causa,
                                                                                   más la acreditación y validación de la identidad de los participantes. Debido a las características de cada causa,
                                                                                   puede existir un retraso en el inicio de la audiencia, razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo
                                                                                   puede existir un retraso en el inicio de la audiencia, razón por la cual las partes deberán esperar su comienzo
                                                                                   dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente. Información sobre asistencia o conexión a las audiencias.
                                                                                   Los intervinientes que no puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente
               Más de 129 millo-  tividad,  competitividad,  que se concentran en Pele-  dentro de la plataforma Zoom referida anteriormente. Información sobre asistencia o conexión a las audiencias.
                                                                                   Los intervinientes que no puedan acceder a video conferencia, cuentan con la opción de concurrir personalmente
                                                                                   al tribunal el día de la audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con
        nes de pesos forman parte   seguridad y estabilidad de  quén, comuna de Malloa,   al tribunal el día de la audiencia, siempre que la normativa de la autoridad sanitaria lo permita y cumpliendo con
                                                                                   las medidas de resguardo de la vida y salud establecidas por aquella. Causales de justificación de no asistencia a
                                                                                   audiencias Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se reprogramará
        del “Fondo de Implemen-  sus asociados. Las postu-  Coltauco y Placilla, y que   las medidas de resguardo de la vida y salud establecidas por aquella. Causales de justificación de no asistencia a
                                                                                   audiencias Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá por justificada la inasistencia a la audiencia y se reprogramará
                                                                                   en los siguientes casos: a.- Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede poner en
        tación para el Fortaleci-  laciones a este fondo están  cumplen con la normativa   en los siguientes casos: a.- Cuando la persona considere que su comparecencia al Juzgado la puede poner en
                                                                                   una situación de riesgo para su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese sentido
                                                                                   (mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b.- Si la persona pertenece a la
        miento de la Productividad  abiertas hasta  el  próximo  vigente y cuentan con los   una situación de riesgo para su salud, no obstante, las medidas adoptadas por el Tribunal en ese sentido
                                                                                   población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c.- Si
                                                                                   (mascarillas, guantes, control de temperatura, distanciamiento social, etc.). b.- Si la persona pertenece a la
        2022”, del Fondo Nacional  viernes 7 de octubre”, ma-  respectivos permisos del   población de riesgo determinada como tal por la autoridad sanitaria respecto del COVID-19 (coronavirus) c.- Si
                                                                                   la persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
                                                                                   autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
        de Desarrollo Regional  nifestó la máxima autori-  Servicio Nacional de Geo-  la persona tiene su domicilio dentro de las comunas que han sido declaradas en cuarentena obligatoria por la
                                                                                   en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
                                                                                   autoridad sanitaria. La parte que se encuentre en alguna de las situaciones de las letras a), b) y c) deberá ponerlo
        (FNDR), destinado a la  dad regional.           logía y Minería, Sernageo-  en conocimiento del tribunal a más tardar con un día de anticipación a la audiencia fijada, por cualquier medio
                                                                                   idóneo. Existe plataforma digital ZOOM de atención, a la que se podrá acceder mediante https://conecta.pjud.cl/
                                                                                   Mediante   Correo  electrónico   del   Tribunal,   solo   remisión   de   escritos.  [email protected]  Oficina   Judicial
        comunidad de la pequeña        La seremi  Bár-  min.          RIT : C-1039-2021  idóneo. Existe plataforma digital ZOOM de atención, a la que se podrá acceder mediante https://conecta.pjud.cl/
                                                                                   Mediante   Correo  electrónico   del   Tribunal,   solo   remisión   de   escritos.  [email protected]  Oficina   Judicial
                                                                                   Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada, que no cuente con medios para comparecer por video
                                                                                              ARRIETA/ARRIETA
                                                                                                                      F. Ing.: 11/11/2021
                                                                                   conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la
        minería de la Región de  bara  Gavia  explicó que      En tanto, la mi-    Virtual (clave única del Estado). Si la persona interesada, que no cuente con medios para comparecer por video
                                                                                                                      Forma Inicio: Demanda
                                                                                              Proc.: Ordinario
                                                                      RUC: 21- 2-2625979-9
                                                                                   parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento del art. 59 de la Ley 19.968. MINUTA DE PRUEBAS
                                                                                   conferencia, no justifica su inasistencia, y no asiste al tribunal, la audiencia se realizará de igual forma, con la
        O’Higgins, tanto metálica  la  comunidad minera,  nería metálica a pequeña   parte que asista, haciéndose efectivo el apercibimiento del art. 59 de la Ley 19.968. MINUTA DE PRUEBAS
                                                                                   OFRECIDAS Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar la tramitación, favorecer la bilateralidad de la
                                                                                   audiencia; se informa a las partes, que con una antelación de dos días hábiles a la fecha de audiencia, deberán
        como no metálica. Así lo  compuesta por personas  escala  es aquella  activi-  OFRECIDAS Y DILIGENCIAS SOLICITADAS: Como forma de agilizar la tramitación, favorecer la bilateralidad de la
                                                                        de evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
                                                                                   ingresar a la carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta que contenga la individualización de los
                                                                        oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
                                                                                   audiencia; se informa a las partes, que con una antelación de dos días hábiles a la fecha de audiencia, deberán
        dio a conocer la seremi del  naturales o jurídicas, con-  dad  relacionada  con  la   ingresar a la carpeta judicial en formato PDF EDITABLE, una minuta que contenga la individualización de los
                                                                                   medios de prueba a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en los casos que proceda, deberá consignar:
                                                                        completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
                                                                                   Individualización completa de los testigos (nombre, domicilio) Dirección, correo electrónico de las instituciones a
                                                                        de dichos oficios. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación de asistencia
        ramo, Bárbara  Gavia  He-  sistentes en productores  explotación de sustancias   medios de prueba a rendir en la audiencia de juicio. Dicha minuta, en los casos que proceda, deberá consignar:
                                                                                   las  que  se  solicite  oficios.   Si se  trata  de  otras  causas;  indicar  la  resolución/escrito/informe,  que  la  parte
                                                                        judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. Se apercibe desde ya a la parte demandada, que de no comparecer
                                                                                   Individualización completa de los testigos (nombre, domicilio) Dirección, correo electrónico de las instituciones a
        rrera, quien explicó que es-  individuales o asociativos,  naturales de las cuales se   RIT : C-1039-2021  ARRIETA/ARRIETA  F. Ing.: 11/11/2021
                                                                                   incorporará bajo su responsabilidad como prueba documental.
                                                                        a la próxima audiencia con su abogado designado o con algún abogado particular de su confianza, este tribunal
                                                                                   las  que  se  solicite  oficios.   Si se  trata  de  otras  causas;  indicar  la  resolución/escrito/informe,  que  la  parte
                                                                                   Se hace presente a las partes que en atención a la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país con ocasión
                                                                        entenderá que renuncia al derecho de ser asesorado por abogado y la audiencia se celebrara de todas formas.
        tos recursos corresponden  puede postular proyectos  puede  extraer  minerales   RUC: 21- 2-2625979-9cia Judicial de San Fernando. Se hace presente a las partes la siguiente
                                                                                   incorporará bajo su responsabilidad como prueba documental.
                                                                                                             ARRIETA/ARRIETA
                                                                                     RIT : C-1039-2021
                                                                                                                                     F. Ing.: 11/11/2021
                                                                                   del Covid-19, este Tribunal no está despachando oficios por correspondencia. Por lo anterior y con la finalidad
                                                                                                         Proc.: Ordinario
                                                                                                                                 Forma Inicio: Demanda
                                                                        Información atención Corporación Asisten
                                                                                   Se hace presente a las partes que en atención a la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país con ocasión
        al convenio de transferen-  asociativos e individua-  promediando hasta dos   del Covid-19, este Tribunal no está despachando oficios por correspondencia. Por lo anterior y con la finalidad
                                                                                                                                     Forma Inicio: Demanda
                                                                        información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp
                                                                                     RUC: 21- 2-2625979-9
                                                                                                             Proc.: Ordinario
                                                                        +569 3942 0388; Email: [email protected] ; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00
        cia de capital para ejecutar  les. En este último caso;  mil toneladas métricas   de evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
                                                                        hrs.   A   13:00   hrs   y   de   15:00   hrs.   a   17:00   hrs.   Comunas   atendidas:   San   Fernando,   Placilla,   Nancagua,
                                                                                       de evitar dilaciones innecesarias en el proceso y tal como se refirió precedentemente, al momento de solicitar
                                                                                                                                          Este documento tiene firma electrónica
        el  programa “Transferen-  el  monto máximo a  adju-  secas (TMS) los últimos   oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
                                                                        Chimbarongo. Vistos
                                                                                                                                          y su original puede ser validado en
                                                                                   completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
                                                                                       oficios como prueba, durante la oportunidad procesal correspondiente, se deberá indicar la individualización
                                                                                                                                           Este documento tiene firma electrónica
                                                                        Que revisada la causa aparecen efectivamente ingentes y múltiples gestiones realizadas por la parte demandante
                                                                                                                                          http://verificadoc.pjud.cl
        cia y Fomento de la Peque-  dicar será de $6.000.000;  cuatro meses. En la región   de dichos oficios. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación de asistencia
                                                                                       completa de la entidad y correo electrónico pertinente; bajo apercibimiento de tener por rechazada la solicitud
                                                                                                                                           y su original puede ser validado en
                                                                        don Jorge Arrieta Saravia a través de distintas gestiones receptor judicial, a través de carabineros de Chile, por
                                                                                                                                           http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                       de dichos oficios. Notifíquese al abogado que sea designado por el abogado jefe de la corporación de asis
                                                                                   judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. Se apercibe desde ya a la parte demandada, que de no comparecer tencia
                                                                                                                                          Código: LFWDXBXWGMD
        ña Minería”, que suscribie-  mientras que  para  pro-  de O’Higgins la minería   a la próxima audiencia con su abogado designado o con algún abogado particular de su confianza, este tribunal
                                                                        policía   investigaciones   de   Chile,   además   de   búsquedas,   no   habido   éxitos   en   la   notificación   de   la   parte
                                                                                       judicial (CAJ), realícese vía correo electrónico. Se apercibe desde ya a la parte demandada, que de no comparecer
                                                                                                                                           Código: LFWDXBXWGMD
                                                                        demandada. Por tanto, estaríamos en la situación de hecho del artículo 54 del código procedimiento civil, que
        ron el Gobierno Regional  yectos  asociativos será de  metálica se concentra en   entenderá que renuncia al derecho de ser asesorado por abogado y la audiencia se celebrara de todas formas.
                                                                                       a la próxima audiencia con su abogado designado o con algún abogado particular de su confianza, este tribunal
                                                                        por remisión tendría que aplicarse en esta causa, en atención a que se han realizado ingentes gestiones para
                                                                                       entenderá que renuncia al derecho de ser asesorado por abogado y la audiencia se celebrara de todas formas.
                                                                                   Información atención Corporación Asistencia Judicial de San Fernando. Se hace presente a las partes la siguiente
        de O’Higgins y la Subse-  $14.000.000, incluido to-  el Distrito Minero 55 de   información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp
                                                                        intentar notificar a don Ignacio Andrés Arrieta Arenas y también teniendo presente la circunstancia que señala el
                                                                                       Información atención Corporación Asistencia Judicial de San Fernando. Se hace presente a las partes la siguiente
                                                                        abogado en audiencia del día de hoy, en tanto que, la madre del demandado don Ignacio, concurrió a la localidad
        cretaría de Minería.    dos los impuestos en am-  Chancón, en la comuna de   +569 3942 0388; Email: [email protected] ; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00
                                                                                       información para tomar contacto con el abogado designado: Centro Jurídico - Social San Fernando, Whatsapp
                                                                        Arica, lugar donde encontraría la residencia de la parte demandante, cuestión que resulta paradójica en atención
                                                                                       +569 3942 0388; Email: [email protected] ; Horario de atención: Lunes a viernes desde las 09:00
                                                                                   hrs.   A   13:00   hrs   y   de   15:00   hrs.   a   17:00   hrs.   Comunas   atendidas:   San   Fernando,   Placilla,   Nancagua,
                                                                        a  que  el  juicio se ventila en otra región,  como la  es  de la  comuna  de  San  Fernando,  sexta región, este
               El   Gobernador  bos casos.              Rancagua, aunque tam-      Chimbarongo. Vistos   hrs   y   de   15:00   hrs.   a   17:00   hrs.   Comunas   atendidas:   San   Fernando,   Placilla,   Nancagua,
                                                                                       hrs.   A   13:00
                                                                        antecedente da entender de manera no oficial, que la parte demandada si podría estar en conocimiento de la
                                                                                       Chimbarongo. Vistos
        Regional,  Pablo  Silva        El  plazo de  eje-  bién hay faenas en Gra-  Que revisada la causa aparecen efectivamente ingentes y múltiples gestiones realizadas por la parte demandante
                                                                        demanda, no obstante ello es necesario practicar esta gestión del artículo 54 del código civil, a fin de cumplir
                                                                                       Que revisada la causa aparecen efectivamente ingentes y múltiples gestiones realizadas por la parte demandante
                                                                                   don Jorge Arrieta Saravia a través de distintas gestiones receptor judicial, a través de carabineros de Chile, por
                                                                        con esta ritualidad de la primera gestión judicial emplazarla como en derecho corresponde. En razón de lo
        Amaya, anunció que esta  cución máxima de los  neros, Pichidegua y otras   policía   investigaciones   de   Chile,   además   de   búsquedas,   no   habido   éxitos   en   la   notificación   de   la   parte
                                                                                       don Jorge Arrieta Saravia a través de distintas gestiones receptor judicial, a través de carabineros de Chile, por
                                                                        anterior, es que se acoge la solicitud de la parte demandante y por lo tanto, se ordena notificar al demandado
                                                                                       policía   investigaciones   de   Chile,   además   de   búsquedas,   no   habido   éxitos   en   la   notificación   de   la
                                                                                   demandada. Por tanto, estaríamos en la situación de hecho del artículo 54 del código procedimiento civil, que    parte
        entrega de un subsidio  proyectos seleccionados,  comunas.      don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, RUN. 19.494.130-7, ya ingresado en la presente causa, de la demanda,
                                                                                       demandada. Por tanto, estaríamos en la situación de hecho del artículo 54 del código procedimiento civil, que
                                                                                   por remisión tendría que aplicarse en esta causa, en atención a que se han realizado ingentes gestiones para
                                                                        su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la
        económico tiene como fin  incluida la rendición res-     Finalmente, Bár-  intentar notificar a don Ignacio Andrés Arrieta Arenas y también teniendo presente la circunstancia que señala el
                                                                                       por remisión tendría que aplicarse en esta causa, en atención a que se han realizado ingentes gestiones para
                                                                        parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del
                                                                                       intentar notificar a don Ignacio Andrés Arrieta Arenas y también teniendo presente la circunstancia que señala el
        mejorar la calidad de vida  pectiva, deberá ser de tres  bara Gavia señaló que en   abogado en audiencia del día de hoy, en tanto que, la madre del demandado don Ignacio, concurrió a la localidad
                                                                        código de procedimiento civil. Requiérase el extracto de la notificación ante el ministro de fe de este tribunal,
                                                                                       abogado en audiencia del día de hoy, en tanto que, la madre del demandado don Ignacio, concurrió a la localidad
                                                                                   Arica, lugar donde encontraría la residencia de la parte demandante, cuestión que resulta paradójica en atención
                                                                        quién deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante de autos, que deberá acompañar las
        de los pequeñas mineras  meses, para proyectos que  caso  de  necesitar asesoría   a  que  el  juicio se ventila en otra región,  como la  es  de la  comuna  de  San  Fernando,  sexta región, este
                                                                                       Arica, lugar donde encontraría la residencia de la parte demandante, cuestión que resulta paradójica en atención
                                                                        publicaciones con a lo menos cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia preparatoria que se fije,
                                                                                       a  que  el  juicio se ventila en otra región,  como la  es  de la  comuna  de  San  Fernando,  sexta región,
        y mineros artesanales, la-  comprenden adquisición  técnica para preparar la   antecedente da entender de manera no oficial, que la parte demandada si podría estar en conocimiento de la   este
                                                                        publicaciones a realizar por parte del demandante a su costa. Notifiques a la parte demandante a través de su
                                                                                       antecedente da entender de manera no oficial, que la parte demandada si podría estar en conocimiento de la
                                                                                   demanda, no obstante ello es necesario practicar esta gestión del artículo 54 del código civil, a fin de cumplir
                                                                        abogado por correo electrónico.
        jeros y salineros de O’Hi-  de equipos, herramientas  postulación y la elabora-  con esta ritualidad de la primera gestión judicial emplazarla como en derecho corresponde. En razón de lo
                                                                                       demanda, no obstante ello es necesario practicar esta gestión del artículo 54 del código civil, a fin de cumplir
                                                                        La parte demandante y su abogado quedan notificados de todo lo obrado, por el solo hecho de haber asistido a
                                                                                       con esta ritualidad de la primera gestión judicial emplazarla como en derecho corresponde. En razón de lo
        ggins. “En nuestro nuevo  y/o maquinarias nuevas, y  ción de  los proyectos, los   anterior, es que se acoge la solicitud de la parte demandante y por lo tanto, se ordena notificar al demandado
                                                                        esta audiencia y citadas a la audiencia fijada con el apercibimiento legal del art. 59 de la Ley 19.968.
                                                                                       anterior, es que se acoge la solicitud de la parte demandante y por lo tanto, se ordena notificar al demandado
                                                                                   don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, RUN. 19.494.130-7, ya ingresado en la presente causa, de la demanda,
                                                                        Dése copia simple del acta que se levanta de esta audiencia a las partes que lo soliciten. Dirigida por el Juez o la
        Gobierno Regional esta-  de cuatro meses, para los  interesados en postular al   su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la
                                                                                       don IGNACIO ANDRÉS ARRIETA ARENAS, RUN. 19.494.130-7, ya ingresado en la presente causa, de la demanda,
                                                                        Jueza del Juzgado de Familia de San Fernando que se individualiza en la imagen de firma electrónica estampada
                                                                                       su proveído y la presente resolución, mediante tres avisos en un diario de circulación nacional a elección de la
        mos  muy  comprometidos  proyectos  de ejecución de  Fondo  de  implementación   parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del
                                                                        en la presente acta. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
                                                                                       parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida en el inciso final del artículo 54 del
                                                                                   código de procedimiento civil. Requiérase el extracto de la notificación ante el ministro de fe de este tribunal,
                                                                                       código de procedimiento civil. Requiérase el extracto de la notificación ante el ministro de fe de este tribunal,
        con los pequeños mineros  obras mineras.        para el Fortalecimiento    quién deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante de autos, que deberá acompañar las
                                                                                       quién deberá confeccionarlo. Se hace presente a la parte demandante de autos, que deberá acompañar las
        de O´Higgins. Este fondo       Bárbara   Gavia  de la Productividad 2022,   publicaciones con a lo menos cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia preparatoria que se fije,
                                                                                       publicaciones con a lo menos cinco días de anticipación a la celebración de la audiencia preparatoria que se fije,
                                                                                   publicaciones a realizar por parte del demandante a su costa. Notifiques a la parte demandante a través de su
                                                                                       publicaciones a realizar por parte del demandante a su costa. Notifiques a la parte demandante a través de su
        tiene como objetivo gene-  explicó que la Minería no  pueden contar con el apo-  abogado por correo electrónico.
                                                                     Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                                                       abogado por correo electrónico.
                                                                     Jefe Unidad
        rar economías de escala a  metálica comprende la ac-  yo de los profesionales de   La parte demandante y su abogado quedan notificados de todo lo obrado, por el solo hecho de haber asistido a
                                                                                       La parte demandante y su abogado quedan notificados de todo lo obrado, por el solo hecho de haber asistido a
                                                                                   esta audiencia y citadas a la audiencia fijada con el apercibimiento legal del art. 59 de la Ley 19.968.
                                                                     PJUD
                                                                                       esta audiencia y citadas a la audiencia fijada con el apercibimiento legal del art. 59 de la Ley 19.968.
        través del uso de innova-  tividad desarrollada por  la Seremi de Minería, en   Dése copia simple del acta que se levanta de esta audiencia a las partes que lo soliciten. Dirigida por el Juez o la
                                                                                       Dése copia simple del acta que se levanta de esta audiencia a las partes que lo soliciten. Dirigida por el Juez o la
                                                                     Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
        ción, herramientas, equi-  los salineros y salineras  la oficina ubicada en calla   Jueza del Juzgado de Familia de San Fernando que se individualiza en la imagen de firma electrónica estampada
                                                                     20:14 UTC-4
                                                                                       Jueza del Juzgado de Familia de San Fernando que se individualiza en la imagen de firma electrónica estampada
                                                                                   en la presente acta. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
        pamiento y maquinarias  de Cardenal Caro, ade-  Andrés de Alcázar 148,         en la presente acta. San Fernando, 31 de agosto de 2022. Ministro de Fe. Juzgado de Familia de San Fernando.
        comunes, para mejorar las  más  de los canteros  y los  Rancagua y al  teléfono
        condiciones de produc-  trabajadores de la piedra  722235103.
                                                                                Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                                                     Boris Mauricio Ortega Suazo
                                                                                Jefe Unidad
                                                                                     Jefe Unidad
                                                                                PJUD                                                                  4-5-6-221003204-05-06
                                                                                     PJUD
                                                                                Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
                                                                                     Treinta y uno de agosto de dos mil veintidós
                                              FRANCISCO                              20:14 UTC-4
                                                                                20:14 UTC-4
                                                BECERRA
                  Llamar al 989559788                                                                                          Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                               Código: LFWDXBXWGMD
                                                                                                                                           Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                                               http://verificadoc.pjud.cl
                                                                                                                                           Código: LFWDXBXWGMD
                                                                                                                                               Código: LFWDXBXWGMD
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