Page 4 - Diario Octubre 1
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        Página 4 - Martes 1 de Octubre de 2019































               Próximamente se construirá primera


                           escuela ambiental en Placilla





                El  viernes  recién  el día en que algunos mar-  Luis  Cruz  Martínez, don-  escuela ambiental de la co-  del departamento de obras          “Los   trabajos
        pasado funcionarios mu-  chaban  en  diferentes par-  de antiguamente funcio-  muna.            de la Municipalidad de  fueron realizados por fun-
        nicipales de la comuna  tes del país contra el cam-  naba  una  agrupación  de          En el lugar se pro-  Placilla.  cionarios municipales a
        de  Placilla  realizaron  una  bio climático. El grupo de  rehabilitación de alcohó-  cedió a  limpiar el  terreno          Luego de tres ho-  contrata y de planta, con
        importante actividad en  trabajadores del municipio  licos y que próximamente  retirando la basura, cortar  ras de intenso trabajo el  el fin de dejar limpio este
        terreno, especialmente en  llegó hasta la población  se convertirá en la primera  el pasto y finalmente pin-  recinto quedó en óptimas  lugar el cual se encontraba
                                                                                tar  una  cocina  que  quedó  condiciones para que pron-  hace mucho tiempo aban-
                                                                                en el antiguo inmueble.  to se inicie la construcción  donado. Estamos muy con-
                                                                                Los trabajos fueron  enca-  de la primera escuela am-  tentos  porque  pronto  ten-
                                                                                bezados por la  encargada  biental de Placilla para rea-  dremos la primera Escuela
                                                                                de la oficina de medio am-  lizar clases de medioam-  Ambiental  en nuestra  co-
                                                                                biente Nicol Galáz, junto a  biente  a los vecinos de  la  muna”, precisó el alcalde
                                                                                un equipo de funcionarios  localidad.           Tulio Contreras./





                                                                                                   ORDEN DE NO PAGO

                                                                                Por extravío queda nulo cheque Nº 2639351 de la cuenta corriente Nº 195316 del Banco Estado;
                                                                                sucursal San Fernando.                                                  1-2-3 oct.- 34193




                                                                                                              AVISO


                                                                                  Ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua el Fisco consignó $838.399.- como indemnización
                                                                                  por la expropiación de un lote de terreno ubicado en la comuna de Peralillo, provincia de
                                                                                  Colchagua, dispuesta por Decreto Supremo MOP N° 654 de 26 de julio de 2019, correspon-
                                                                                  diente al lote N° 25-A propietario aparente CASTRO MELLA, FRANCISCO JAVIER SE rol
                                                                                  de avalúo 146-25 superficie 32 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra
                                                                                  “MEJORAMIENTO RUTA I-310 I-318 E I-330 PERALILLO-LOS CARDOS, PERALILLO, CO-
                                                                                  MUNA DE PERALILLO, REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO OHIGGINS”. Conmínase
                                                                                  a interesados para que hagan valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L. 2.186 de
                                                                                  1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el plazo de 20 días no podrán hacerlos valer
                                                                                  después sobre el monto de la indemnización.  Autos rol: 342-2019   1 oct.- L. Hald
             CONVERSAMOS Y NOS INFORMAMOS…
                                                                                                              SECRETARIA
            “CAMBIO SOCIAL”


                                                                                                              AVISO


           ESCÚCHANOS TODOS LOS DOMINGOS A LAS 10:00 AM                           Ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua el Fisco consignó $3.436.488.- como indemniza-
                                                                                  ción por la expropiación de un lote de terreno ubicado en la comuna de Peralillo, provincia
                              EN RADIO ARTESANIA                                  de Colchagua, dispuesta por Decreto Supremo MOP N° 578 de 8 de julio de 2019, corres-
                                                                                  pondiente al lote N° 24 propietario aparente SÁNCHEZ SOTO, MANUEL ORLANDO rol
                                                                                  de avalúo 146-19 superficie 254 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra
                                                                                  “MEJORAMIENTO RUTA I-310 I-318 E I-330 PERALILLO-LOS CARDOS, PERALILLO, CO-
                           Este proyecto es financiado por:                       MUNA DE PERALILLO, REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO OHIGGINS”. Conmínase
                                                                                  a interesados para que hagan valer sus derechos conforme artículo 23 del D.L. 2.186 de
                                                                                  1978, bajo apercibimiento de que transcurrido el plazo de 20 días no podrán hacerlos valer
                                                                                  después sobre el monto de la indemnización.  Autos rol: 334-2019   1 oct.- L. Hald
                                                                                                              SECRETARIA
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