Page 10 - Diario Enero 4
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policial
Página 10 - Jueves 4 de Enero de 2018
nancagua
Dos heridos dejó volcamiento de camión
Dos personas resul- Producto del fuer-
taron lesionadas luego que el te impacto, el conductor y su
camión en que se desplazaban acompañante resultaron lesio-
volcara a la altura de la comu- nados debiendo ser rescatados
na de Nancagua. El accidente desde la cabina por voluntarios
se registró pasadas las 10:30 del Cuerpo de Bomberos de esa
horas de ayer en el kilómetro comuna y trasladados al ser-
24 de la Ruta 90. vicio de urgencias del centro
Por causas que están asistencial local.
siendo investigadas por carabi- El procedimiento po-
neros, el conductor del camión licial fue adoptado por carabi-
cargado con huevos, que se di- neros de la Tenencia de Nanca-
rigía a San Fernando, perdió gua, cuyos antecedentes fueron
el control del pesado vehículo puestos a disposición del Mi-
saliéndose de la pista de circu- nisterio Público. Debido al ac-
lación terminando finalmente cidente, el tránsito vehicular
volcado a un costado de la ca- estuvo suspendido por algunos
rretera. minutos./ (R.S.H.C.)
Caso Caval
Decretan sobreseimiento definitivo
de sebastián Dávalos Bachelet
La Corte de Apela- En la causa, el ente curso progresivo, llegando
ciones de Rancagua acogió persecutor investiga la even- incluso en su arista princi-
este martes 2 de enero, la tual participación de Dáva- pal a clausurar la misma y
solicitud de la defensa y de- los Bachelet en los delitos de presentar acusación fiscal
cretó el sobreseimiento defi- negociación incompatible, en relación a los otros en-
nitivo de Sebastián Dávalos uso de información privile- causados y en relación al
Bachelet, investigado por giada, tráfico de influencias requirente en cuestión, solo
el Ministerio Público en el y revelación de secretos por en esta faz procesal, instada
marco del denominado caso parte de dependiente públi- por la defensa, ha expuesto
Caval. co. determinados indicios im-
En fallo unánime, “Que, en la espe- precisos y generales, que a
la Segunda Sala del tribunal cie, no cabe duda y constitu- juicio de la propia Fiscalía,
de alzada -integrada por los ye un supuesto pacífico de la no han revestido la ido-
ministros Marcelo Vásquez, controversia la circunstancia neidad suficiente para a lo
Emilio Elgueta y el abogado de que el encartado de ma- menos inferir la existencia
(i) Álvaro Barría- revocó la rras, como se ha indicado, indiciaria o preliminar de
resolución recurrida, dictada ostenta la calidad de impu- los sustratos facticos de los
el 18 de diciembre pasado tado en la pesquisa desde ilícitos atribuidos al referido
por el Juzgado de Garantía de al año 2014, transcurriendo imputado Dávalos Bache-
Rancagua, por considerar que hasta esta data un período de let, que hubieren justificado versia, a estas alturas de la ción a todos los injustos que adecuado y concordante con
el tiempo de investigación de tres años de investigación, en su evento mínimamente investigación, respecto de fueron antes descritos”. la objetividad que constituye
la fiscalía ha sido excesivo y lapso en el cual, el órgano la solicitud de audiencia de la subsunción del factum “Que, sin perjuicio la directriz esencial de su
porque los hechos atribuibles persecutor, con excepción formalización”, sostiene el atribuido en la tipificación de lo antes colegido -conti- cometido profesional, más
a Dávalos Bachelet no son de Dávalos Bachelet, le ha fallo. de los ilícitos descritos, dán- núa-, es necesario consignar aún, cuando esta se ejecu-
constitutivos de delito. brindado a la indagación un La resolución dose en consecuencia en el que la certeza jurídica, es un ta con medidas intrusivas
agrega que: “(...) no obstante caso sub judice, con la certe- estado inalienable que debe en una etapa preliminar, la
el excesivo período transcu- za requerida, el presupuesto irrogarse cada ciudadano, que por tal circunstancia
rrido, datos probatorios que factico valórico de que los en concordancia con el de- debe ostentar aspectos de
sin concretar una valoración hechos denunciados y objeto bido proceso y en la materia celeridad y certeza que le
de su mérito, en el caso en de la actuación aludida, con con los efectos del principio brinden verosimilitud a ta-
comento, ostensiblemente respecto de Dávalos Bache- de inocencia, estándar que les pesquisas, lo que además
no devela ningún resulta- let, no son constitutivos de imperativamente debe ins- se condice con las garantías
do que haga comprensible delitos y no le son imputa- tar al ente persecutor, en el contempladas en Tratados
y entendible la actividad bles, hipótesis que justifica ejercicio del ius puniendi internacionales suscritos por
del órgano persecutor o un decretar el sobreseimiento estatal, a desplegar su activi- Chile, en el ámbito de un
parámetro viable de contro- definitivo requerido, en rela- dad en un tiempo razonable, justo y debido proceso”./
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