Conforme a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, se avisa de la compra que don Cristián Andrés Maturana Campos, rut 7.205.780-5, y Guillermo Francisco Niedmann Espinoza, rut 7.805.181-7, efectuaron respecto de una propiedad raíz rural, ubicada en Chacurra, Sector Cáhuil, de la comuna de Pichilemu, provincia Cardenal Caro, Sexta Región, llamada LOTE A, de una superficie de 7,34 hás, que tiene los siguientes deslindes: NORTE, con sucesión Humberto Galarce, en 436 metros; SUR, Sucesión Elena Polanco Galarce, en 453 metros; ORIENTE, con camino Pichilemu a Cáhuil, en 161 metros metros, y PONIENTE, con propiedad de Niedmann y otros, en 167 metros. Cubren la propiedad los roles de avalúo fiscal 1125-15 y 1125-16, ambos de la comuna de Pichilemu. Esta propiedad carece de título inscrito. La adquirieron por compra efectuada a don Daniel Benavente Aninat, según consta en escritura de compraventa suscrita ante el Notario de Santiago Juan Carlos Álvarez Domínguez suplente del Titular Hernán Cuadra Gazmuri, de fecha tres de noviembre de dos mil veinte, repertorio diecisiete mil doscientos noventa y nueve. Se avisa con el fin de dar cumplimiento al artículo 58 del Reglamento del Conservatorio de Bienes Raíces y del artículo 693 del Código Civil.-
4-7-9 dic.- A. Cuadra