Aprende +: Conoces La Ley Cholito?

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El año 2017, se promulgó la "Ley Cholito", o Ley Nº 21.020, de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía. Quedó establecido que una persona contrae un conjunto de obligaciones cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía.

Qué es la tenencia responsable de mascotas?

Es el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía.

La tenencia responsable implica también la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para evitar que la mascota o animal de compañía cause daños a las personas o a la propiedad de otros

Esas obligaciones consisten en registrar al animal ante la autoridad competente, proporcionarle alimento, albergue, buen trato y brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar. A su vez  se estipula no someterlo a sufrimientos a lo largo de su vida, así también como respetar las normas de salud y seguridad pública que sean aplicables.

De incumplir algunos de los puntos antes mencionados, los dueños de mascotas se exponen a multas que van entre las 10 a 30 UTM, a inhabilidad para tenencia de animales y, en casos extremos, a presidio de grado menor a medio.

Esta ley, sin embargo, entró en vigencia por etapas el Ministerio del interior, y  la Subdere a través de éste, proporcionaron una plataforma informática a los municipios, para  registrar a las mascotas o animales de compañía.

 Es importante señalar que la responsabilidad de inscribirlos en dichos registros es de los dueños o poseedores de ellos.

Actualmente, hay dos maneras de inscribir a las mascotas en los registros: una vía web (https://registratumascota.cl/inicio.xhtml), donde el dueño o poseedor de una mascota (perro o gato sobre 2 meses de edad) puede inscribir a su mascota con una serie de documentos que se les exigen para dicha operación como comprobante de microchips, declaración simple de poseedor, declaración simple de inhabilidad. Este trámite se realiza con la clave única que entrega el Registro Civil.

Para quienes quieran hacer el trámite en forma personal las municipalidades están facultadas y  subirán los datos de la mascota a inscribir (siempre autorizados por el dueño, ya que, tendrá que ser la persona interesada quien firme los documentos anteriormente descritos).

Posterior a la inscripción de las mascotas por las vías antes mencionadas (web y presencial), llegará a la municipalidad la solicitud de inscripción correspondiente, la cual deberá ser chequeada por los funcionarios municipales designados previamente para este fin, quienes podrán aceptar o rechazar dicha solicitud, en al caso que se rechace la solicitud por falta de algún documento o dato, el dueño deberá completarlo y enviarlo nuevamente, en al caso de ser aceptada a solicitud, le llegará un correo al dueño de la mascota la solicitud aceptada validando la inscripción, la cual será en forma de carne el que contendrá la identificación de la mascota, el logo municipal y un código QR de verificación.

Es importante recalcar que los municipios no son responsables por la inscripción y registros de las mascotas, sino que son los propios dueños o tenedores responsables de esto. La responsabilidad del municipio es administrar la plataforma de dicho registro, y posteriormente a través de inspectores municipales, fiscalizar el debido registro de las mascotas (no basta con que la mascota tenga microchip y esté inscrita en algún registro, éste debe inscribirse en el registro oficial de la Subdere (www.tenenciaresponsablemascotas.cl), el cual lo validará posteriormente el municipio). Por lo mismo, si su mascota ya tiene chip y fue registrada en la oportunidad en que se lo suministraron, hoy debe realizar nuevamente la inscripción de su mascota ya sea por Internet o de forma presencial, en el municipio, de lo contrario estará incumpliendo la ley y su mascota no figurará en el registro nacional de mascotas

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